Cálculo de la indemnización de 8 días por finalización de contrato temporal

by admin on 13/08/2008 · 214 comments

La finalización de los contratos temporales trae consigo el pago por parte de la empresa de una indemnización consistente en 8 días de salario por año de servicio, indemnización que, siguiendo lo que dispone el Estatuto de los Trabajadores art.49.1c), no incluye a los contratos formativos (prácticas y de formación), de interinidad (suplencias por enfermedad, maternidad, excedencias, etc) y de inserción (obra o servicio de interés general o social).

De todas las indemnizaciones, la que nos ocupa es la más sencilla de calcular: en estos casos apenas podemos hablar de antigüedad (como consecuencia no existe por ejemplo un tope máximo de mensualidades prefijado, como sí ocurre en el caso del despido improcedente), ni de variables o beneficios sociales, ya que este tipo de retribuciones suelen ofrecerse en los contratos indefinidos.

De este modo, el cálculo se limita a 8 días de salario por año trabajado o la parte proporcional si el periodo trabajado es inferior a un año. Pongamos un ejemplo. Dada una retribución bruta de 1.000 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero y de finalización el 30 de junio. En primer lugar habría que hallar el salario diario, y para ello hay quien hace diferenciaciones entre salario diario y salario mensual, y hay quien no. Nosotros estamos en este segundo grupo (lo sentimos, no somos tan puristas), y esto por dos razones: primero porque esa regla no existe realmente para el cálculo de la indemnización (¿dónde está?, ¿alguien la ha visto?), y segundo, porque las diferencias son ínfimas, e incluso a veces inexistentes, y para este tipo de indemnizaciones, aún más. Bueno, hay una tercera: los cálculos sencillos son maravillosos. Así que obtendríamos la indemnización a pagar en nuestro ejemplo de la siguiente forma: 1000/30*180/360*8 = 133,33€ (o 130,42 considerando el salario como diario). Hay que recordar que esta indemnización no cotiza pero sí tributa.

También habría que tener en cuenta la figura del preaviso. El empresario tiene obligación de comunicar la finalización del contrato con 15 días de antelación en aquellos cuya duración sea superior a un año, lo que vendría a afectar sobre todo a contratos por obra o servicio. Si la empresa no da el preaviso, está obligada a pagarlo, lo incluimos aquí porque si bien el preaviso no es una indemnización, tiene un carácter claramente compensatorio, y entraría en el cálculo del finiquito.

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{ 214 comentarios }

1 Mari Carmen 17/06/2011 at 22:34

Hola,

Trabajo en un partido politico. Tengo contrato por obra desde septiembre de 2007 y se me acaba el dia 21 de junio de 2011. Quiero saber si aun esta en vigor la indemnizacion de 8 dias por año tabajado y donde puedo consultar la información para imprimirla y llevarla a la empresa.

Muchas gracias,

Mari Carmen

2 ale 19/05/2011 at 17:46

hola soy ale, tengo apenas 4 meses en la empresa y soy becaria. tengo tres meses de embarazo.
queria saber que derechos tengo yo si tengo poco tiempo trabajando y mi contrato se renueva cada mes.

3 Rosa Iturrioz 30/04/2011 at 05:09

A María la de los cuatro años; en primer lugar, según creo debían haberte hecho fija en la empresa; naturalmente que tienen que indemnizarte por año trabajado y darte la proporcional de la paga extra; hay empresas (no se si por convenio) que pagan parte de la de navidad y verano, y lo calculan por 12 meses, si es sólo por una de ellas, la calculan por seis. Si hace menos de un mes que has firmado, vuela al sindicato más cercano, puedes reclamar todavía.

4 Rosa Iturrioz 30/04/2011 at 05:05

A María la embarazada: no te están dando la baja de maternidad, te están echando y eso si lo denuncias se les cae el pelo. Pero que empresarios hay en este país? así nos va.

5 Rosa Iturrioz 30/04/2011 at 05:02

Hola. Estaba ojeando las páginas porque tambíén tenía un contrato de fin de obra, y hace 15 días me entregaron una carta de preaviso de fin de contrato. El caso es que mi trato era de al menos 6 meses y aunque al darme la carta me dijeron que no era seguro mi despido o mi conversión a fija, el contrato finaba el día 3 de mayo y finalmente hoy 29 me han comunicado que a la puta calle.
En este caso no voy a revolver porque no merece la pena, pero os veo muy desinformados de vuestros derechos; ahora mismo no estoy sindicada, mi marido está en paro y hasta las cuotas nos venía mal pagar, pero vamos sobre algunas cosas que he leído, hay respuestas muy sencillas: si tienes un accidente acudiendo al trabajo, es un accidente laboral, es su mutua quién debe atenderte y dudo mucho que puedan echarte hasta tu recuperación; cambiar de una empresa a otra con el mismo dueño, sei firmas finiquito de la primera, pocos jueces te darían la razón en caso de que para reclamar la antiguedad, por ejemplo, si se declara insiolvente y paga el Fondo de Garantia Salaria, raro es el que la cobra (conozo algun caso rarísimo); esto es porque ha sido un acuerdo entre trabajador y empresa no visado por trabajo. Tener un contrato por 20 horas y trabajar 39, es como para denunciar a ese tío en magistratura y que lo vigilen; eso si, corres el riesgo de verte en la calle…
En fin, yo os recomiendo las consultas en sindicatos, te atienden abogados y son gratis (si no se llega a juicio) o a un abogado laboralista (ese si cobra) y sobre todo comprarse un librito barato que se llama Estatuto de los Trabajadores, aunque al ritmo que vamos y como llegue Rajoy, no se si conservará su doctrina. Es más, lo dudo; si la izquierda recorta al currela, la derecha siempre predica la contención salarial. En fin, besos.

6 olga hernando 25/04/2011 at 11:16

hola. empece a trabajar en una empresa de hosteleria el 2/11/2010 con un contrato de 6 meses. el 19/01/2011 tuve un accidente al ir a trabajar y estoy de baja desde entonces. mi contrato finaliza el 2/05/2011 y no me van a renovar. ¿me corresponde alguna indemnizacion?

7 montse 08/04/2011 at 10:40

llevo 8 meses y 8 dias en mi empresa y ahora me despiden,cuanto me pertenece de indenizacimon y de pagas dobles,vacaciones ,y finiquito?gracias

8 MARIA 25/03/2011 at 14:31

hola necesito que alguien me ayude.
el 19 de marzo finalizo mi contrato de obra y servicio,lelvaba trabajando 4 años, 15 dias antes me diron el aviso que me finalizaba el contrato y no me renobaban y disfrute de los dias de vacaciones que tenia pendiente,mi duda es que firme la nomina de esos 19 dias de marzo y y un documento d eliquidacion y finiquito en el cual apareia solo la parte proporcional de la paga extra de verano.mi jefa me dijo que no me pertenecia indemnacion cosa que me dicen que no es asi ya que me deberia aber dado 8 dias por año trabajado.es asI?y podria reclamarlo al no ponermelo en el documento de liquidacion y finiquito?porque tb me comentan que es un derecho d elos trabajadores irrenunciable, y por lo tanto reclamable ahunque firmara.alguen me puede contestar si es asi?mandarmelo al e-mail porfavor.gracias

9 TERESA 09/03/2011 at 00:44

Hola.
mi consulta es la siguiente, tengo 11 meses trabajando en una empresa, no he firmado contrato, pero se va firmar de 3 meses, hasta ahora, la cosa es que sospecho me quieren despedir, que derechos puedo reclamar, gracias

10 Maria 07/03/2011 at 17:57

Hola,
Llevo 6 años trabajan do en una empresa. He pedido excedencia de 2 meses porque he tenido un hijo. La empresa me ha presentado una carta de finiquito para firmar i el importe del finiquito no es más que el que me corresponde a la última nómina de baja maternal. Me deberían pagar indeminzacion al coger excedencia ??

11 eduardo 24/12/2010 at 13:26

quisiera saber cuanto dias de indemnizacion tengo por un año de trabajo me hicieron un contratto de tres meses y posteriormente uno de nueve meses

12 Andres 09/12/2010 at 19:41

hola mi duda es que yo en mi actual trabajo estuve por un año con un contrato por horas y no tuve beneficios de ningun tipo y me cambiaron de contrato pero sin liquidarme el anterior ahora yo puse la renuncia y me quieren liquidar solo del contrato actual mi pregunta es no tengo derecho a recibir nada del contrato anterior……..

13 may 10/11/2010 at 13:43

hola, ha finalizado mi contrato de un año en una empresa donde tenia una nomina de 800 euros brutos y las pagas extras incluidas, y me han hecho otro contrato por 2 meses pero a nombre de otra empresa,queria saber si me corresponde algun tipo de indemnización por la finalización del primer contrato de un año?

gracias

14 Cristina 05/11/2010 at 21:39

Hola, tengo un contrato temporal que acababa el 30 de Noviembre (era solo de dos meses). He avisado hoy de mi marcha, dando 22 días de pre-aviso, ya que me iré 2 días antes de lo estipulado, igualmente al ser grupo 7, me dicen que debo avisar con 2 meses de antelación y no encuentro la lógica. Por favor, me podrías decir si esto es así?

Muchas gracias

15 marta 05/11/2010 at 16:26

buenas tardes.tengo una duda; haber mi contrato es de relevo (llevo mas de 4años) y finaliza el 18/11/2010.A fecha de hoy no me han comunicado nada.he de entender que me van a renovar o no estan obligads a avisar con 15 dias? Gracias necesito una respuesta

16 victor raul 30/10/2010 at 00:00

ESTIMADOS SEÑORES, POR EL COMENTARIO QUE HICE EL DIA 24/10/10 QUEDA INVALIDADO, PORQUE YA SOLUCINE EL PROBLEMA QUE TENIA CON LA EMPRESA MADEL Y SE LLEGO A UN MUTUO ACUERDO. TODO FUE POR UNA MALA COORDINACION DEL VENDEDOR. DE TODAS MANERAS MUCHAS GRACIAS A SU PAGINA.
ABRAZOS,
VICTOR MONTEAGUDO

17 victor raul 24/10/2010 at 13:50

Estimados por este medio acudo a su profesionalismo para evitar los actos deshonestos por lo tanto quisiera una pequeña orientacion;mi esposa ha realizado un contrato con la coorporacion Madel s.a.c el contrato preparatorio de compra venta de vehiculo automotor se dio inicio el dia 17 de setiembre en ella habla que dicho contrato tiene vigencia 30 dias habiles;como vera la fecha limite para finalizar el contarto esta serca a finalizar ;acudo a su profesionalismo para que nos apoyen como puedo proceder en caso que dicha empresa no cumpla con el acuerdo firmado ;le comento esto por que xisten indicadores que la empresa Madel S.A.C no esta cumpliendo con nosotros;como es el caso de hacerse los locos de cuando haran entrega de la unidad movil,otra de ellas que el gerente nunca se encuentra,que el contrato lo estan evaluando,que se olvidaron coordinar con el gerente,que estan esperando la llegada de la unidad,etc.
En cuanto a referencia del gerente de nombre Heli Dionico Delgado Davila se acudio a la RENIEC teniendo como refrencia su direccion Av.Conquistadores 292 San Isidro hemos hido al lugar desconocen al señor Delgado Davila en dicho lugar es un atienda de venta de marmoles estos indicadores nos preocupa por favor de orientarnos como debemos de actuar ante este acto deshonesto.
espero sus cometarios.

abrazos

victor Monteagudo

18 Marta 20/10/2010 at 14:30

Hola buenos dias
Mi consulta es la siguiente
Trabajo en una empresa temporal desde hace 2 años y medio con un contrato de Obra y servicio
El servicio se brida en las oficinas de una empresa ( a) que a su vez presta servicio para otra empresa (b)
Ahora bien en la empresa a ya no va a prestar servicios a la empresa b, porque finalizo el proyecto. Pero en realidad el servicio se va a seguir brindado en otra sede y con otra empresa.
Me han llamado de mi empresa temporal para decir que al acabarse el proyecto finaliza mi contrato y me van a pagar 8 dias por año trabajado como indemnizacion.
Eso es correcto? Ya que el servicios continua, con otra empresa y en otro lugar pero sigue…..
En mi contrato dice que trabajo para la empresa (a) pero no menciona nada de la empresa (b)
Muchas gracias

19 LOURDES CESARINA DESENA GONZALEZ 14/10/2010 at 01:47

QUIERO SABER QUE TENDRIA QUE COBRAR POR FINALIZACION DE CONTRATO ,TENGO UN CONTRATO DE SEIS MESES .NO HICE VACACIONES Y COBRO 860 e AL MES TRABAJO DE AYUDANTE DE COCINA Y TRABAJO HASTA DIAS FESTIVO .. GRACIAS ESPERO RESPUESTA BUENAS

20 oscar 27/09/2010 at 22:04

hola que tal !!! mi situacion es la siguiente.. me han despedido de el trabajo que tenia por mediacion de una ett, un coche se salio de la calzada y golpeo la furgoneta de la empresa en la cual yo trabajaba, cogi la baja y alos 20 dias medan el alta pero deciden echarme, en un año y un mes que dura mi contrato no me dan ninguna nomina ni veo ningun contrato, el puesto que me pone en el contrato al cual pude acceder gracias a la peticion de un abogado me doy cuenta de que me han partido el contrato en dos es decir… me dan de baja y me vuelven a dar de alta sin imformarme a mi. de finiquito me han ingresado 550 euros pero no tengo la nomina pues no me la dieron, el finiquito seria de el 1 de septiembre asta el 23, se supone que me deverian de dar el 100% de el salario?? ellos los de la ett me dicen que solo me corresponde el 75% aunque sea baja por accidente laboral, el contrato que me han dado para pedir el paro pone que soy ayudante de repartidor cuando en verdad era almacenero yo solo sin ayuda ninguna y en una camara de congelados, y repartidor un dia a la semana, pasado mañana dia 29 tengo una vista en magistratura de el trabajo en san sebastian y no se que es lo que tengo que pedir, ademas no me han dado la indecnizacion por año trabajado y no se que es lo que me corresponde por lo que e ejercido en la realidad,de las horas extras ni hablo por que no os lo creeriais pero solo me pagaban 8, les puse una denuncia a la vez en asuntos sociales y lavorales y les han metido en una inspeccion por que han visto irregularidades muy graves en mi contrato, si alguien save o me puede echar una mano le estaria muy agradecido, el jueves pasado les icieron a las dos empresas entregar imformacion al inspector pero antes de el jueves me estuvieron sobornando los de la ett para que desistiera y quitara la denuncia, me ofrecieron asta mil trescientos euros pero les dije que no que hay mucha gente trabajando para estos indeseables y que hay que sacrificarse por los demas, gracias y perdonar por mis faltas de ortografia

21 Rene 24/09/2010 at 19:38

Hola mi pregunta es que llevo trabaje cuatro años en la misma empresa y luego un año en otra
pero eran del mismo dueño, pero tenia contratos temporales de cuatro o seis meses, pero de ninguno me han pagado finiquito y ahora me han despedido y mi pregunta es ahora tienen q pagarme el finiquito de los cinco años o solo del ultimo contrato temporal q es de tres meses
por favor contestarme

22 Carlos 15/09/2010 at 19:28

Buenas tardes. No entiendo mucho de estos temas.Mi situación es la siguiente: Tenía un contrato de sustitución por maternidad hasta el 19 de Noviembre, pero me han despedido esta semana por reducción de plantilla. Quisiera saber si deben de pagarme los días que restan de septiembre, el mes de octubre y los 19 días de noviembreo sencillamente los días trabajados de este mes. Muchas gracias.

23 juan 06/09/2010 at 03:03

Hola, he estado trabajando este verano de socorrista me hacian contratos por horas , en agosto por semanas 22,5 horas a la semana , me corresponde finiquito? gracoas

24 francisco 26/08/2010 at 14:43

Mi pregunta es que ocurre con una trabajadora que cumple trienio de antiguedad el último día de su contrato laboral, señalando el convenio que se devenga desde el primer día del mes en el que se cumple el trienio. ¿Para calcular indemnización ¿se tendría en cuenta ese último trienio?

25 admin 26/08/2010 at 12:26

Hola Maria,

la que indicamos en este artículo, 8 días por año trabajado, salvo si tenías alguno de los contratos que también mencionamos en el artículo. :-)

También te pagarían la parte proporcional de pagas extras si tu sueldo está dividido en más de 12 pagas.

26 Maria 26/08/2010 at 12:00

Se me ha acabado el contrato por 2 años que tenía y no me renuevan por no querer hacerme indefinida, mi pregunta es si tengo alguna indemnización al respecto o sólo me van a pagar las vacaciones que me deben.
Gracias!!!

27 Jose Luis Duran Navarro 21/08/2010 at 19:08

21/08/2010
Buenas tardes:
Tengo un contrato nº 289 indefinido a tiempo parcial, con una base de cotizacion de 354.16 € desde el 27/02/2008 y me quieren despedir,con fecha 01/09/2010,necesito saber a que indenizacion tengo derecho, asi como al desempleo.
attmte.- Jose L.

28 MªAmparo 19/08/2010 at 13:36

Buenos dias mi duda es la siguiente:

Llevo trabajando en la empresa (convenio del metal) desde el dia 03/09/2009, estoy a punto de cumplir el año, y no me renuevan ya que me tienen que hacer indefinida, tengo un contrato de 9 meses que se cumple en septiembre y ya me han dado el preaviso y mi pregunta es:

Que indemnizacion me corresponde?

29 Carmen 16/07/2010 at 20:40

Estoy de baja por enfermedad común durante una sustitución por período vacacional, una vez que se cumpla el plazo de la baja (dentro de 8 días) la empresa ya me debería haber despedido en el caso de seguir trabajando, de todos modos ya tiene a otra persona contratada en mi lugar. ¿Qué debo hacer una vez que me den el alta? ¿Debo entregarla a la empresa a pesar de que en el contrato consta que para ese día ya habría terminado la sustitución? En el caso de que siga de baja ¿debo seguir enviando el parte a la empresa? Es la primera vez que me dan una baja y no sé cómo debo actúar. Gracias por la atención y espero vuestras respuesta.

30 almadalua 15/07/2010 at 17:10

hola, si te cambian de fin de obra a indefinido te tienen que liquidar los años que estaba de fin de obra?

31 Pablo 15/06/2010 at 12:16

Hola tengo entendido lo siguiente:
La Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, BOE del 30 de diciembre, dio una nueva redacción al artículo 15.5 del E.T., con el siguiente tenor literal:

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de fijos.
Segun esto si yo que estoy contratado por obra y servicio, he ido renovando contratos tacitamente a tenor de que mi empresa, prestadora de servicios a un tercero, los ha ido prorrogando con la tercera…¿se entenderian como mas de un contrato temporal los que mi empresa hace con la empresa a la que prestamos dicho servicio, o solo si a mi en vez de prorrogarme tacitamente los contratos de obra y servicio, me hubiesesn hecho firmar sendos contratos?
Gracias.

32 admin 12/06/2010 at 20:23

Hola Lourdes,

es mi ejemplo, y en mi ejemplo las prorratas están incluidas. El trabajador gana 12.000€ al año. Espero que esto te haya quitado un peso de encima.

33 Lourdes 09/06/2010 at 13:46

El cálculo debería hacerse : salario anual (con pagas extras) / 360 días = a salario diario x 8 días= a indemnización, porque en el ejemplo que dais, no habéis incluído la parte proporcional de las pagas

34 Paloma Herranz 08/06/2010 at 09:22

Hola, queria saber si tendria derecho al cobro de indeznización por fin de contrato temporal
si al finalizar el mismo, soy yo la trabajadora quien no quiere segir renovandolo.
Muchas gracias.
Un saludo

35 Enrique 28/05/2010 at 15:55

Hola, buenas tardes, el 6 de julio de 2009 comence a trabrajar para una multinacional muy conocida con un contratro de obra y servicios pero de sustitucion para cubrir una baja de interinidad, hoy 28 de mayo me comunica la empresa que le han dado el alta a la persona que estaba sustituyendo y que mi contrato finaliza el dia 31 de este mismo mes es decir el lunes que viene, entiendo y asi lo he hablado por teléfono que me deben pagar como finiquito la parte proporcional a la paga extra de verano por el tiempo trabajado desde el 1 de enero hasta el dia 31 de mayo, que me deben pagar los dias festivos trabajados y que no he podido pedir, ni disfrutar, hasta ahi lo tengo más o menos todo claro…
mis preguntas son:
si en mi contrato pone que la duracion será hasta fin de baja de …… ¿¿me corresponde algún tipo de indemnización??
¿¿es legal que sólo me avisen a tres días de finalizar mi contrato, o deben de ser 15 días??

Esto es todo, espero que me podáis ayudar

Muchas gracias
Un saludo

36 mari 27/05/2010 at 20:50

hola llevo en la empresa desde 04-02-2002 hasta el 01-06-2010 en ese tiempo perdi un oido y me tirado 18 meses de baja cobrando al 100% por la empresa ahora que se me a cumplido me dicen que pasare a cobrar por la mutua hasta que se resuelva mi enfermedad para que me den una paga. por lo tanto mi sueldo era de 1550 bruto mensual y con 3 pagas de 1400 euros me gustaria saber cuanto es mi finiquito? muchas gracias

37 Sabina Isabel Gomez 26/05/2010 at 16:38

Hace 15 días en la empresa q trabajo me sacaron de vacaciones luego me dicen q c me vencio el contrato q era a partir del 3 de mayo 2009 al 3 de mayo del 2010 pasada la fecha no me notificavan nada hasta el 15 de mayo del presente año.Cuando acudo a retirar mi líquidacion por terminación de contrato solo me pagan vacaciones proporcionadas, decimo tercer mes,y prima de antigudad quiero saber si esto esta bien y en total de líquidacion solo fue 608.08 expliquenme porfavor estoy desesperada un saludo y gracias

38 SONIA 18/05/2010 at 16:52

Buenas tardes el 25 de julio del 2007 entre en una empresa trabajando de tarde,pues e octubre del año pasado cambie el turno previo aviso al jefe de equipo con 9 meses de antelacion,pues bien me lo concedieron al poco tiempo me llamaron de RRHH y me cambian del cliente por el que estaba a otro,despues de varios meses me lo vuelven a cambiar por otro que finalmente ha treminado el cliente y al mismo tiempo me avisan con 15 dias de aviso de que el 21 de Mayo del 2010 me hechan,me gustaria que me resolvieran algunas dudas:
-Por cuantos dias al año me tienen que pagar?
-Seria despido procedente,improcedente,obra y servicio(que es por el contrato que tengo)
Un saludo y gracias!

39 isabel 09/05/2010 at 15:33

por favor me pueden responder? gracias,en un contrato del tipo 502-temporal a tiempo parcial tengo derecho a vacaciones. 30 horas semanales, 6 horas al dia, por favor contestar. gracias

40 katty 02/05/2010 at 21:03

hOla quiesiera saber ,yo e firmado un contrato por 4 meses y me an despedido al cumplir el 1er mes ,quisiera saber cuanto ,me corresponde en mi liquidacion y que otras cosas mas me deben pagar

41 admin 08/04/2010 at 22:02

Hola Simone,

no contestamos vía e-mail. De todas formas, qué quieres que te diga, no te beneficia en nada.

42 Simone 06/04/2010 at 11:47

Hola. que me prejudica el echo que tengo un contracto de trabajo por obra y servicio de 20 horas semanales cuando yo trabajo 39 horas semanales? Espero que alguin me conteste a mi e-mail. Gracias!

43 David 30/03/2010 at 16:11

Hola, mi situación es la siguiente :

El 2 de agosto de este año se acaba mi contrato de relevo ( por prejubilación de un trabajador ) que tengo desde octubre de 2006, y no tengo intención de renovarlo.

Es más, quisiera saber si preavisando ( 15 dias ) el mismo dia 15 de junio para finalizar el dia 30, perdería la indemnización de 8 días/año por acabar el contrato un mes antes de lo previsto.

El motivo por el que necesito rescindir en julio es que llevo mucho tiempo de noche , estoy agotado, y otros motivos personales.

Gracias de antemano por la ayuda.

Un saludo.

44 alvaro alvarez moral 29/03/2010 at 20:27

Hola.
Llevo en mi empresa de comercial 0por telefono trabajando empezando un contrato de 4 meses, luego renovacion de 2 mese y luego me hicieron indefinido, llevando de indefinido casi 1 año y 4meses.Llevo casi un mes de baja por ansiedad y me amenzan con no pagarme la nomina del mes de baja.¿Eso no eslegal verdad?¿donde podria denunciar en caso de llegar a extremos?¿Si medespiden estando fijo como0 puedo calcular el finiquito aproximado que me corresponde=¿y si regreso tras pedir el alta y a los 3 o 4 dias me despiden, que indeninzacion me corresponderia?
Gracis pero necesito est ayuda por favor.
Un saludo

45 admin 24/02/2010 at 16:58

Hola Charlize,

te remito al artículo.

46 Charlize 23/02/2010 at 18:39

Quería saber si alguien me podría aclarar una duda que tengo, hasta hace unos días he estado trabajando para una empresa con la cual tenía un contrato a tiempo parcial (20 horas semanales) de seis meses, al término de estos seis meses mi contrato ha finalizado y no me lo han renovado. Mi pregunta es: ¿ tengo derecho a la indemnización de los 8 días por año? ¿O algún tipo de indemnización?

47 Teresa 23/01/2010 at 00:05

Ruben, esto lo hacen muchas empresas, y más en los tiempos que corren. Al menos sabes que vas a seguir ahí al menos hasta que vuelva tu compañera…

48 admin 19/01/2010 at 12:46

Hola ruben g.

lo hacen para que tu coste de cotización y el de tu compañera en situación de maternidad sea 0. No sé qué podría pasarte si te niegas, prueba y nos lo cuentas.

49 ruben g. 19/01/2010 at 02:12

a ver si alguien me puede ayudar, querria saber si la siguiente situacion es legal:
llevo un año y tres meses contratado en una empresa, con contrato de obra, hace poco mas de un mes una compañera de mi departamento cogio la baja por maternidad, y un mes despues me dicen que me van a cambiar de contrato, me van a hacer un contrato de interinidad para sustituir a la trabajadora que está de baja, con lo que yo paso a este tipo de contrato, en que me perjudica, es legal que haga esto mi empresa? estamos hablando de una multinacional, se que no tiene nada que ver, pero da rabia que por ahorrarse el tema de la seguridad social de mi contrato me obliguen a cambiar, creo que sera por este motico…
en el caso de negarme, que podria pasar?

50 Chuaquín 28/08/2009 at 12:54

Entiendo que la conversión de un contrato eventual del futuro relevista, ya sea en otro del mismo tipo pero de mayor plazo o indefinido, no supone una expiración, pq la relación laboral sigue vigente en todo momento y a todos los efectos.

La “jugada” que menciona el administrador en el nº 43 la he hecho dos veces este año. Y aún da para más: si se mantiene, el año que viene nos acogeremos a la ayuda por conversión anticipada en indefinido del contrato eventual del relevista, prevista en la normativa autonómica.

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