Dentro de la estructura de tu nómina, normalmente en la parte inferior izquierda del recibo, hallarás las bases de cotización, estas bases identifican la parte de tu sueldo que necesariamente generará cotizaciones a ingresar en la Seguridad Social, previa aplicación de unos porcentajes legalmente establecidos.
Para la determinación de estas bases, hay que tener en cuenta las siguientes reglas generales (art.1 O. 18/1/2005) que ilustraremos con el ejemplo de un sueldo bruto de 1.000€/mes en 14 pagas de un licenciado.
- Base de contingencias comunes:
- se computa la remuneración devengada en el mes, con exclusión de los conceptos no cotizables (ej: dietas, o plus de transporte y cheques comida hasta cierto importe, hablaremos de estos conceptos en futuros comentarios, ahora, para simplificar, tomaremos los 1.000€ devengados en el mes como cotizables).
- A la remuneración anterior se añadirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias (es decir, 1000€*2pagasextras/12meses=166,66€).
- Si hubiera gratificaciones cuyo devengo fuera superior al mes o percepciones no periódicas a recibir en el mismo año, habría que hallar la parte proporcional, dividiendo el importe anual entre 365 días o entre 12 meses, según sea el salario diario o mensual, y multiplicándolo luego por los días del mes a cotizar (ej. bonus de 5.000€ devengado en el año/12*1=416,66€).
- Que la base de cotización resultante esté comprendida entre la base máxima y mínima de cotización vigente. Si no fuera así, habría que aplicar esos topes, establecidos en función del grupo de cotización de la categoría profesional del trabajador (ej.: 1000€+166,66€+416,66€ =1.583,33€; esta base es la definitiva, pues está entre la bases máximas y mínimas establecidas en el 2008 para un licenciado).
- Base de contingencias profesionales: se siguen las mismas reglas que para la base de contingencias comunes, pero añadiendo el importe de las horas extras.
- Base por desempleo, formación profesional y FOGASA: se siguen las mismas reglas que para la de contingencias profesionales.
Si tienes dudas sobre cómo ha sido calculada tu base de cotización, escríbenos dándonos detalles.
Comentarios sobre las bases máximas y mínimas de 2012
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