En efecto, el plazo de 20 días hábiles para presentar la demada por despido se ve suspendido por el ingreso de la papeleta de conciliación en el SMAC.
¿Qué es la conciliación previa?
Es un acto cuya finalidad es informar a la parte interesada del objeto de la reclamación, y promover un acuerdo previo entre ambas partes que evite el proceso judicial.
¿Dónde tiene lugar, cómo y ante quién?
En el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social o el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma si se ha transferido esta materia. Es decir, se intenta la vía administrativa antes de pasar a la vía judicial. La conciliación se solicita mediante papeleta de conciliación. Y el acto se celebra ante un funcionario del Servicio administrativo correspondiente que carece de facultad de control para aprobar o desaprobar lo pactado.
¿Es obligatoria?
Sí, en todos los procesos laborales, excepto en unos cuantos especificados en el art. 64 LPL
¿Cómo funciona la suspensión?
El plazo de suspensión comprende desde la fecha en que se presenta la papeleta de conciliación, que ya no cuenta, hasta el día siguiente de intentada la conciliación o tras quince días de la presentación de la solicitud.
¿Está Iñaki a tiempo?
Nos planteaba el siguiente caso:
- fecha de despido 6/7/09
- presentación papeleta de conciliación 9/7/09
- acto de conciliación sin avenencia 22/7/09
Echando mano de un calendario y de las reglas de cómputo para el plazo de despido, el último día para presentar la demanda hubiera sido el 18 de agosto.
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