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	<title>Tus nominas &#187; Laboral</title>
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	<description>El primer blog sobre nóminas y cálculo de nóminas</description>
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		<title>Cualidades de un profesional de alto nivel</title>
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		<pubDate>Mon, 21 Feb 2011 18:24:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[head hunters]]></category>

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		<description><![CDATA[Existe una tremenda oferta de trabajadores a causa de la recesión global que estamos atravesando. Es cierto que en algunos países se está sufriendo menos que en otros, pero las tasas de paro no parecen desinflarse en un futuro inmediato. Para defenderse ante semejante competencia, el candidato debe destacar por encima del resto y así [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>Existe una tremenda oferta de trabajadores a causa de la recesión global que estamos atravesando. Es cierto que en algunos países se está sufriendo menos que en otros, pero las tasas de paro no parecen desinflarse en un futuro inmediato. Para defenderse ante semejante competencia, el candidato debe destacar por encima del resto y así poder ser más atractivo para esas empresas, que sí están buscando a gente cualificada. El término profesional se usa de modo muy suelto y hay que saber distinguirse de un empleado y ser considerado un experto… un profesional.</p>
<p>Para ser el objetivo idóneo en las eternas búsquedas de <a href="http://www.experteer.es/headhunter/search" target="_blank">head hunters</a>, el candidato perfecto tiene que cumplir con una serie de criterios bastante amplia. Existen muchos blogs y páginas dedicadas a asesora a aquellas personas buscando trabajo.</p>
<p>En nuestra extensa investigación hemos destacado sobre todos los demás, los siguientes consejos:</p>
<ul>
<li>Ser <strong>experto</strong> en la materia. Es importante conocer bien la industria en la que el candidato quiere incorporarse y mejor si es un experto en esa industria.</li>
<li>La <strong>motivación</strong> es algo que no puede faltar y menos en tiempos de crisis. El candidato ideal debe demostrar poder de recuperación y capacidad para adaptarse. Es en estas situaciones tan complicadas que se demuestra el verdadero <strong>liderazgo</strong> de un candidato.  Una cualidad muy deseada en cualquier profesión. Por supuesto no puede faltar el sentido de <strong>responsabilidad</strong> y <strong>dedicación</strong> hacia un proyecto o un trabajo.</li>
<li>El candidato tiene que ser el dueño del proyecto en sus labores y asumir tanto lo bueno, como lo malo.</li>
<li>Ser <strong>proactivo</strong> puede resultar complicado una vez se llega a un nivel de comodidad. Ser conformista es una cualidad poco deseada en un líder, y para evitar convertirse en uno, hay que ser proactivo a toda costa.</li>
<li>Por último y prácticamente lo más importante, es la <strong>confianza</strong> en uno mismo, especialmente en los momentos que estamos atravesando. Es muy fácil caer en una depresión cuando no existen oportunidades y de las pocas que se presentan, no se consiguen. Es un ciclo vicioso muy peligroso y que no puede afectar la autoconfianza. Si el candidato es incapaz de creer en sí mismo lo tendrá difícil para convencer a empresas interesadas lo contrario.</li>
</ul>
<p>Podemos encontrar otros consejos para convertirse en el candidato perfecto y ser el número uno en el <a href="http://www.experteer.es/headhunter/index" target="_blank">listado de headhunters</a>, y animamos a todos que hagan sus propias búsquedas y asesoren qué otras cualidades tiene que tener un verdadero profesional. De momento, hemos destacado las que más coherencia tienen para una época de recesión y poder destacar sobre todos los demás ante un futuro jefe.</p>
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		<title>No hay que dar de baja a nadie en la Seguridad Social por la huelga</title>
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		<pubDate>Tue, 21 Sep 2010 19:49:36 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Nomina]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad Social]]></category>
		<category><![CDATA[huelga en seguridad social]]></category>

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		<description><![CDATA[Nervios y dudas ante la llegada inminente de la huelga, no sólo en los trabajadores, sino principalmente en los departamentos de personal. Algunos razonamientos tempraneros han seguido esta línea: Si el día de la huelga, como dijimos en un post anterior sobre sus efectos económicos en la nómina, es un día que no se cobra, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>Nervios y dudas ante la llegada inminente de la huelga, no sólo en los trabajadores, sino principalmente en los departamentos de personal.</p>
<p>Algunos razonamientos tempraneros han seguido esta línea:</p>
<ol>
<li>Si el día de la huelga, como dijimos en un post anterior sobre <a title="huelga en la nomina" href="http://tusnominas.com/efectos-economicos-de-la-huelga-en-la-nomina/" target="_blank">sus efectos económicos en la nómina</a>, es un día que <strong>no se cobra, tampoco habría que cotizar</strong> por él (no hay devengo, no hay base de cotización).</li>
<li><strong>Luego si no se cotiza por él, tal vez habría que dar de baja</strong> al trabajador en la Seguridad Social y darle de alta en una situación especial durante el día D. O simplemente darle de baja el día de la huelga y darle de alta el día 30.</li>
<li><strong>Si <a title="alta previa en ss" href="http://tusnominas.com/se-puede-dar-de-alta-en-seguridad-social-a-un-trabajador-durante-su-primera-jornada-de-trabajo-y-sin-embargo-no-deberia-hacerse/" target="_blank">el alta tiene que ser previa</a></strong>, entre el 28 y el 29 se tendrían que preparar todos los movimientos de baja y alta. Wohoo!. Eso puede ser una auténtico infierno para las grandes empresas!.</li>
</ol>
<p><strong>Los derechos de los trabajadores, intactos</strong></p>
<p>Los teléfonos de la Seguridad Social han echado chispas estos días, y afortunadamente se ha aleccionado a los funcionarios para informar adecuadamente sobre los pasos a seguir. Como también comentamos en el post anterior sobre la <a title="huelga en la nomina" href="http://tusnominas.com/efectos-economicos-de-la-huelga-en-la-nomina/" target="_blank">huelga en la nómina</a>, la huelga supone una suspensión del contrato, y en concordancia, lo que hay que comunicar a la Seguridad Social no es una baja y un alta, sino un cambio en la situación del contrato, una suspensión del mismo.</p>
<p class="note">Aunque el trabajador no vaya cotizar por el día de la huelga, <strong>seguirá de alta en el sistema de la Seguridad Social</strong>, y por lo tanto, seguirá cubierto. Así, el día de huelga computa también para el cálculo de todas las prestaciones.</p>
<p class="note"><strong>No hay obligación de preavisar a la empresa.</strong> Así que la empresa no tendrá más remedio que pasar lista ese día, porque el huelguista tiene derecho a no preavisar a la empresa sobre sus intenciones.</p>
<p><strong>Mecanización de movimientos en situación de huelga</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Con respecto a la transmisión de situaciones de huelga por los   usuarios del Sistema RED , es necesario aclarar los siguientes puntos:</p>
<p>El campo &#8220;Inactividad&#8221; es para señalar los periodos de inactividad   para los contratos a tiempo parcial, y va a ser utilizado además para   reflejar otro tipo de situaciones en las que los trabajadores no   realizan actividad laboral pero deben mantenerse en situación de alta.</p>
<p>Para ello, se han habilitado los siguientes campos. A partir de ahora   se denominará &#8220;Tipo de inactividad&#8221; y pasará a ser un campo numérico   con los siguientes valores:</p>
<p>1.PERIODO  INACTIVIDAD</p>
<p>2.HUELGA TOTAL</p>
<p>3.HUELGA PARCIAL</p>
<p>4.TRIENIOS FUNCIONARIOS</p>
<p>El valor &#8220;2&#8243; Huelga total deberá anotarse en las situaciones de   huelga legal total del trabajador.</p>
<p>Para reflejar estas situaciones se deberá realizar un movimiento de   cambio de contrato (tanto en online como en remesas), en el que figure,   además de los datos propios del contrato, el valor 2 en el campo Tipo  de  inactividad.</p>
<p>El valor &#8220;3&#8243; Huelga parcial, deberá anotarse en las situaciones de   huelga legal parcial del trabajador.</p>
<p>Deberán comunicarse de la misma forma que se harán las huelgas   totales, con la salvedad de que al tratarse de una huelga en la que el   trabajador realiza parte de su jornada habitual, deberá notificarse el   porcentaje de jornada realizada cumplimentando el campo de nueva   creación &#8216;Coeficiente Actividad huelga parcial&#8217;.</p>
<p><a href="http://tusnominas.com/wp-content/uploads/2010/09/huelga-ss2.png"><img class="alignleft size-large wp-image-6735" style="border: 2px solid black;" title="huelga ss" src="http://tusnominas.com/wp-content/uploads/2010/09/huelga-ss2-1024x422.png" alt="" width="645" height="266" /></a></p>
<p>Ambos coeficientes, &#8220;2&#8243; y &#8220;3&#8243;, deberán retirarse una vez pasada la huelga (el 30 de septiembre).</p>
<p>Como cualquier cambio de contrato, tienes 6 días naturales para llevar a cabo dicha variación.</p>
<p><em>Sofía Ramírez Gómez. 13 años trabajando en RRHH. Especialista en  nóminas.</em></p>
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		<title>Efectos económicos de la huelga en la nómina</title>
		<link>http://tusnominas.com/efectos-economicos-de-la-huelga-en-la-nomina/</link>
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		<pubDate>Thu, 16 Sep 2010 19:15:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Sofia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Nomina]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad Social]]></category>
		<category><![CDATA[huelga]]></category>

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		<description><![CDATA[A la vuelta de la esquina, está ya la próxima Huelga General, convocada para el miércoles 29 de Septiembre, y bueno creo que sería interesante tener en cuenta algunos detalles sobre la misma que pueden ser de gran interés para todos. No sé hasta que punto le puede interesar al trabajador o no acudir a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>A la vuelta de la esquina, está ya la próxima Huelga General, convocada para el miércoles 29 de Septiembre, y bueno creo que sería interesante tener en cuenta algunos detalles sobre la misma que pueden ser de gran interés para todos.</p>
<p>No sé hasta que punto le puede interesar al trabajador o no acudir a una huelga, teniendo en cuenta que el simple hecho de la huelga libera al empresario de la obligación de abonar el salario al personal huelguista del día o de las horas de huelga.</p>
<p class="note"><strong>La suspensión del contrato, libera de ambas obligaciones, la de trabajar y, claro está, la de remunerar el trabajo.</strong></p>
<p>A pesar de ello, no es obligatorio para las empresas descontar de la nómina los días u horas de la huelga y, de hecho, algunas no lo hacen.</p>
<p>Estas son <strong>algunas consideraciones generales que debemos tener en cuenta</strong> antes de hacer una huelga:</p>
<p>Durante la huelga se suspende el contrato de trabajo y no hay prestación, ni de trabajo, ni de salario.</p>
<p>• La retribución a descontar por cada día de huelga comprende el salario de la jornada no trabajada.</p>
<p>• Dentro de estos conceptos figuran la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias y la parte proporcional correspondiente a la retribución del descanso semanal del período en que se haya producido la huelga.</p>
<p><strong>Otras consideraciones</strong></p>
<p><em>a) Descuento de la parte proporcional de domingos y festivos</em></p>
<p>Se descuentan los días de descanso semanal y festivos comprendidos dentro del periodo de huelga, si los hubiera.</p>
<p><em>b) Descuento de las primas de asistencia</em></p>
<p>Respecto del pago de las primas de asistencia, sólo puede descontarse el importe de una prima diaria por cada día de huelga. La prima de asistencia, ya bastante en desuso, es una compensación al trabajador por el buen cumplimiento del horario de trabajo.</p>
<p><em>c) Duración y pago de las vacaciones anuales retribuidas</em></p>
<p>No se produce descuento sobre las mismas, con lo cual no afecta.</p>
<p><em>d) Tiempo de huelga y tiempo de servicio a la empresa</em></p>
<p>El tiempo que los trabajadores han empleado en la huelga es inevitable considerarlo tiempo de servicio en la empresa, con lo cual computa a los efectos de jubilación, permisos, e incluso, antigüedad.</p>
<p><em>e) Efectos derivados sobre los no huelguistas</em></p>
<p>Para un grupo de sentencias, los trabajadores no huelguistas a los que se impide trabajar conservan íntegro su derecho al salario.</p>
<p><em>f) Período de prueba</em></p>
<p>El período de prueba se interrumpe por la huelga.</p>
<p><em>g) Enfermedad durante la huelga</em></p>
<p>• El trabajador huelguista cae enfermo durante la huelga: debe sufrir las consecuencias que se deriven de ese hecho, y el empresario lo considerará en huelga hasta el final del conflicto. Una vez se establezca la normalidad laboral, si persistiese la enfermedad, se le considerará de baja por enfermedad, con lo cual cobraría por Incapacidad Temporal una vez terminado el conflicto.</p>
<p>• Un trabajador no huelguista cae enfermo durante la huelga, deberá estar en la misma situación de alta especial en la Seguridad Social y ser dado de alta en la cotización al mismo tiempo que todos, cuando la huelga termine, momento en que el enfermo pasará a la situación de I.T.</p>
<p>• El trabajador ya está enfermo cuando se declara la huelga: se considera enfermo hasta su curación, puesto que nada permite afirmar que hubiera participado en la huelga en caso de no estar enfermo.</p>
<p><strong>SEGURIDAD SOCIAL</strong></p>
<p>El ejercicio del derecho de huelga o cierre patronal tiene unos efectos con respecto a la Seguridad Social, que derivan de la situación de alta especial en que queda el trabajador por el mero hecho del conflicto. Estos efectos son los siguientes:</p>
<p>• En cuanto a la cotización: se suspende la obligación de cotizar, tanto para el empresario como para el trabajador. La empresa deberá comunicar esta circunstancia a la Tesorería General de la Seguridad Social.</p>
<p>Aquí os dejo este artículo, para qué valoréis la opción de ir o no a la huelga, aunque esto es algo que depende también de la situación de cada uno.</p>
<p><em>Sofía Ramírez Gómez. 13 años trabajando en RRHH. Especialista en nóminas.</em></p>
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		<title>Factores clave para trabajar en la administración de personal</title>
		<link>http://tusnominas.com/factores-clave-para-trabajar-en-la-administracion-de-personal/</link>
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		<pubDate>Sat, 08 May 2010 23:00:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Variedades]]></category>
		<category><![CDATA[administracion de personal]]></category>

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		<description><![CDATA[Alguna vez me han preguntado qué cosas se necesitan para trabajar en la administración de personal. Antes de entrar a ello, me gustaría adelantar que la administración de personal en general no está bien pagada. Es decir, si buscas pasta, puede que te interese más intentar otra cosa (no es broma). De entrada, hay puestos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>Alguna vez me han preguntado qué cosas se necesitan para trabajar en  la administración de personal. Antes de entrar a ello, me gustaría  adelantar que la administración de personal en general no está bien  pagada.</p>
<p>Es decir, si buscas pasta, puede que te interese más intentar otra  cosa (no es broma). De entrada, hay puestos en una empresa mejor pagados  que (al menos en apariencia) traen consigo un esfuerzo igual o inferior  al que se hace en la administración de personal. Pero hay un problema,  la administración de personal no da dinero a la empresa. Es decir, si  vas a trabajar en esto, hazte a la idea de que la empresa te ve como un  coste. Ni que decir tiene que los empresarios odian los costes, y  tienden a reducirlos (lógico por otra parte).</p>
<p>Por supuesto hay excepciones, pero hay que despuntar mucho y hacer un  gran esfuerzo para abrirte camino. Hay que diferenciarse.</p>
<p><strong>Empezar siendo un crack con (relativamente) poco esfuerzo</strong></p>
<p>Siempre digo lo mismo, pero con 4 cosas puedes empezar a trabajar en  cualquier sitio y casi en cualquier cosa:</p>
<ul>
<li>Domina Office.</li>
<li>Ten un buen nivel de inglés oral y escrito.</li>
<li>Domina alguna herramienta propia de tu entorno de trabajo (en este  caso un programa de nóminas, a ser posible el que mayor implantación  tenga en el mercado (Meta4, SAP, A3Nom).</li>
<li>Maneja herramientas que, aunque no tengan que ver con tu trabajo,  mejoren tu productividad.</li>
</ul>
<p>Con estas 4 cosas te garantizo que te posicionas inmediatamente muy  por encima de la media. Por muy increíble que parezca, sigue siendo muy  difícil encontrar hoy por hoy en España a alguien que sea versátil en  Excel o que pueda atender a un cliente en inglés correctamente por  e-mail o en persona. Estas dos cosas son fundamentales.</p>
<p>Para dominar un programa de nóminas no tienes más remedio que empezar  a trabajar en algún sitio y centrarte en aprender cómo se maneja.  Porque ningún centro de formación compra un software de nóminas decente  para enseñarlo. Básicamente es caro, como mucho te encontrarás con el  Nominaplús, que es como comprar a un político un coche de segunda mano.</p>
<p>Para la herramienta de productividad, ya hoy en día ni siquiera es  necesario que te compres nada, hay multitud de blogs que hablan del tema.  <a title="productividad" href="http://canasto.es/2009/05/ranking-blogs-productividad-personal/" target="_blank">Aquí</a> tienes una lista de ellos.</p>
<p>Si quieres comprarte algún libro, te recomiendo “Organízate con  eficacia”, de David Allen. Si eres desordenado/a, puede que te cambie la  vida.</p>
<p><strong>Alguna habilidad personal</strong></p>
<p>Aquí no me atrevo a dar consejos (bueno, lo anterior ni siquiera eran  consejos). A lo largo de los años he visto que las personas somos tan  iguales pero a la vez tan diferentes…. Básicamente debes conocer tus  puntos fuertes y explotartos sin ningún tipo de pudor. Si no eres el más  saleroso, pero eres un tipo muy analítico, céntrate en lo analítico, es  algo muy valorado en empresas de muchos trabajadores. Si te van las  relaciones personales, céntrate en una buena atención al cliente. Es  decir, céntrate en lo que más te guste. Además de disfrutar más, va a  diferenciarte del resto de una forma natural.</p>
<p><strong>El rey de las fotocopiadoras</strong></p>
<p>De alguna forma tienes que ser útil a los demás en algo. Cuando  empiezas, esto es complicado, aunque solo aparentemente. Recuerdo que  cuando empecé a trabajar me preocupé de saber cómo funcionaba la  fotocopiadora. Lo hice porque observaba cómo la gente se quedaba muchas  veces pillada a la hora de hacer una fotocopia por las dos caras o de  escanear un documento. Es curioso, pero hay gente que aunque lo haya  hecho ya más de una vez, sigue dudando. Es como si cuando vamos a la  fotocopiadora pusiéramos la mente en blanco, tal vez pensando en cuánto  queda para salir, o en el estado de forma física de la vecina del  quinto. No lo sé, el caso es que ocurre. Y no digamos si tienes  esperando a un cliente, tienes que hacer una fotocopia y la máquina se  atasca. El bloqueo mental que te puede entrar es tan fuerte que si  alguien te ayuda en ese preciso instante, se lo agradeces eternamente.  Yo procuraba estar allí en ese momento. Una cosa supersencilla de  aprender pero que ayudaba tremendamente a la gente. Lógicamente, si te  quedas en eso, corres el riesgo de ser el tonto de la oficina.  Posteriormente me especialicé en despidos y finiquitos, y así  sucesivamente.</p>
<p><strong>Abstraerte del entorno y seguir aprendiendo</strong></p>
<p>Habrá cosas que te distraerán de tus objetivos. Bueno, más que las  cosas, las personas. No lo permitas. Te encontrarás con gente que se  planta muy pronto, aprende tres cosas y se queda ahí, eso es el  pasaporte a ninguna parte. En algún momento tienes que plantarte, pero  nunca al principio. Con la gente hay que intentar ser cálido, pero con  los objetivos frío como el acero.</p>
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		<title>Embarazo de riesgo</title>
		<link>http://tusnominas.com/embarazo-de-riesgo/</link>
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		<pubDate>Sun, 28 Mar 2010 20:29:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad Social]]></category>
		<category><![CDATA[embarazo de riesgo]]></category>

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		<description><![CDATA[En la actualidad muchas mujeres embarazadas consiguen compaginar su estado de gestación con su labor profesional, tratando que su situación afecte lo menos posible a sus responsabilidades laborales. El problema surge en aquellas profesiones en las que compatibilizar trabajo y embarazo resulta cuanto menos imposible, ya que el puesto que desempeña la mujer embarazada conlleva [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>En la  actualidad muchas mujeres embarazadas consiguen compaginar su estado de  gestación con su labor profesional, tratando que su situación afecte lo  menos posible a sus responsabilidades laborales.</p>
<p>El  problema surge en aquellas profesiones en las que compatibilizar trabajo  y embarazo resulta cuanto menos imposible, ya que el puesto que  desempeña la mujer embarazada conlleva una serie de riesgos que impiden  su desempeño, como son por ejemplo aquellos puestos que requieren cargar  pesos, posturas poco ergonómicas o el contacto con productos tóxicos&#8230;  en estos casos se pone en peligro la propia salud de la mujer  embarazada o del feto.</p>
<p>Ahora bien,  las mujeres embarazadas además de beneficiarse de la prestación de baja  maternal para cuando llega el momento de dar a luz, también cuentan con  otro apoyo por parte de la Seguridad Social. Se trata de una prestación  económica cuyo objetivo es  cubrir la pérdida de ingresos que se  produce, cuando la trabajadora es declarada en situación de suspensión  del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo. Son casos en los  que, debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro  compatible con su estado, dicho cambio no resulta posible  por motivos  justificados.</p>
<p><strong>Prestación  a cobrar</strong></p>
<p>100% de  la base reguladora.</p>
<p><strong>Condiciones  necesarias para que se de un embarazo de riesgo</strong></p>
<p>Además  de tener un embarazo sin complicaciones, para que la prestación por  riesgo se conceda, la trabajadora debe cumplir una serie de requisitos:</p>
<ul>
<li>Estar <strong>afiliada y en situación de alta en la Seguridad Social</strong>.</li>
<li> A diferencia de otras prestaciones, <strong>no se exige un periodo  mínimo de cotización</strong>.</li>
<li>La trabajadora debe acreditar estar <strong>embarazada.</strong></li>
<li><strong>Certificar</strong> la posibilidad de que el desarrollo de su  actividad laboral perjudique la salud de la trabajadora o a la del  propio feto.</li>
<li>Debe darse la circunstancia de que la empresa <strong>no disponga de otro  puesto de trabajo libre de riesgo</strong> en el que reubicar a la  empleada. <strong> </strong></li>
</ul>
<p><strong>¿Cómo  se tramita?</strong></p>
<p>La  trabajadora deberá comunicar a la Entidad Gestora o a la Mutua la  suspensión del contrato o actividad por riesgo durante el embarazo,  acompañando:</p>
<ul>
<li>Informe del Médico del Servicio Público de Salud que la asiste.</li>
<li>Declaración de la empresa o de la trabajadora por cuenta propia  sobre los trabajos y actividades realizadas, condiciones del puesto de  trabajo, categoría, riesgo específico, etc.</li>
</ul>
<p>Los  servicios médicos de la Entidad Gestora o de la Mutua, emitirán <strong>certificado  médico</strong> acreditando que las condiciones del puesto influyen  negativamente en la salud de la trabajadora o del feto.</p>
<p>La  trabajadora entonces presentará la solicitud según <em><a href="http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/41061.pdf">modelo  oficial</a></em> a la que acompañará, además de los documentos  anteriores, la <strong>declaración de la empresa</strong> sobre inexistencia de  otro puesto compatible con el estado de la trabajadora.</p>
<p>La  solicitud de documentacion puede presentarse en cualquiera de los  centros de la entidad gestora (INSS) o de la Mutua y la resolución de la  prestación debe comunicarse en un plazo máximo de 30 días desde su  solicitud.</p>
<p><strong>¿Cuándo  se inicia la prestación?</strong></p>
<p><em>Trabajadoras  por cuenta ajena</em>: el derecho nace el mismo día en que se inicia la  suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.</p>
<p><em>Trabajadoras  por cuenta propia</em>: el día siguiente a aquel en se emite el  certificado por los servicios médicos de la Entidad Gestora o de la  Mutua.</p>
<p><em>Ana  Belén Siles es licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia y  actualmente trabaja en el departamento de RRHH de una empresa a nivel  nacional.</em></p>
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