¿Alguna vez habéis pensado a qué corresponden los descuentos que figuran en vuestras nóminas?. Si os fijáis, dentro del apartado de las cotizaciones hay una línea que dice “formación profesional”. Es precisamente esta parte de las cotizaciones la que después nos permite tener una formación profesional adecuada a nuestro puesto de trabajo.
La cuota de Formación Profesional es el resultado de aplicar el tipo de 0,70% a la Base de Cotización por contingencias profesionales a la Seguridad social. De ese 0,70% , un 0,1% es la parte que se detrae de la nómina del trabajador y un 0,60% es la parte que soporta la empresa. Ambas cantidades son pagadas por la empresa en los Boletines de Cotización.
La principal ventaja del sistema de Formación profesional es que las empresas pueden diseñar su propio plan de formación adaptado a sus necesidades y saber exactamente cuánto dinero tienen disponible para gastarse en formar a sus trabajadores.
¿Que son los créditos de formación continua?
Son créditos anuales puestos a disposición de las empresas y que éstas pueden hacer efectivos mediante las correspondientes bonificaciones a la Seguridad Social. El importe del crédito resulta de aplicar el porcentaje que corresponda según el número de trabajadores (ver tabla resumen) a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de Formación Profesional del año anterior. Este porcentaje refleja el importe disponible bonificable para gastar en formación.
Independientemente de la bonificación disponible, dependiendo del número de trabajadores que tenga la empresa, a ésta le corresponde cofinanciar (pagar sin bonificación) un porcentaje sobre el coste total. Las empresas pueden aportar el % de cofinanciación que les corresponde computando como tal los costes salariales de los trabajadores si parte de la formación la realizan en horas de trabajo.
En el siguiente cuadro resumimos la bonificación que, sobre la cantidad abonada en el año anterior en concepto de Formación Profesional (en los TC1), puede aplicarse la empresa.
| Nº trabajadores | % Bonificación | % Aportación privada |
|---|---|---|
| 1 a 5 | 420 Euros | 0% |
| 6 a 9 | 100% | 0% |
| 10 a 49 | 75% | 10% |
| 50 a 249 | 60% | 20% |
| >250 | 50% | 40% |
Un ejemplo
La empresa “X” ha pagado en el año anterior en concepto de Formación Profesional en sus boletines de Seguridad Social un importe de 100.000 € y tuvo una plantilla media de 300 empleados. En este caso el crédito asignado para acciones formativas será de 100.000* 50% (por ser >250 trabajadores) = 50.000 €.
¿Qué es la Fundación Tripartita?
La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (antiguo FORCEM) es la entidad estatal encargada de impulsar y coordinar la Formación Continua, y tiene encomendadas las siguientes funciones:
- Publicar la normativa que marca qué importe de subvención le corresponde a cada empresa y regular los pasos a seguir para acceder a la misma.
- Poner a disposición de los usuarios la Aplicación Informática y el soporte telefónico necesario para su tramitación.
- Velar por la correcta aplicación de la normativa en la formación subvencionada, a través de diferentes mecanismos de control y seguimiento
Por otra parte la subvención de FUNDACIÓN TRIPARTITA tiene carácter anual y no acumulable, esto quiere decir que aquel importe que no se agote en formación ejecutada durante el ejercicio vigente se perderá y, al empezar el nuevo año, la empresa dispondrá automáticamente de un nuevo crédito.
La gran ventaja de este sistema de gestión es que la subvención se deduce directamente de los boletines mensuales de cotización a la Seguridad Social, es decir, una vez finalizado un curso para el que se ha tramitado la subvención, la empresa podrá empezar a liquidar la bonificación correspondiente a partir del siguiente boletín.
En un próximo artículo comentaremos cómo se gestiona la comunicación de las acciones formativas a través de la aplicación de la Fundación Tripartita.
Ana Belén Siles es Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia y trabaja actualmente en el departamento de RRHH de una empresa a nivel nacional.
{ 9 comentarios }
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Hola Ana Belen,
Me gustaria sabe si el plan de formacion al cual las empresas pueden acogerse a la bonificacion, puede extenderse a medidas para la mejora de la productividad de los empleados. Es decir, se ha de justificar obligatoriamente con cusos de formacion o se puede implementar un programa por ejemplo de bienestar y masaje para los empleados de forma que contribuya a la mejora de la productividad? Como iniciativa empresarial. Gracias
gracias un saludo
holA buenas noches!!
Mi empresa conta de la odontologa y yo porque yo he entrado para hacer una baja maternal. ettoy interezada en hacer un curso para trabajadores que pone coste 0€ eso que lo pagaria mi empresa o lo paga mi nomina pone foramcion 0,10% . yo no quiero que mi jefa tenga que pagar nada por mi. me gustira que me inforacen y tambien cuantos cursos se puede hacer si se puede hacer 2
Buenas tardes Ana Belén. Lo primero que me gustaría es felicitarte por los artículos expuestos, siempre es de agradecer este aporte de conocimientos.
Pero tengo una duda, si en mi nómina me deducen el 0.10% de formación, lo estoy pagando yo, no mi empresa, ¿ cómo es posible que la empresa la vuelva a pagar en el boletín de cotización?
¿Si una empresa no realiza cursos durante el año, dónde va a parar su crédito? ¿ Lo utilizan otras empresas, o simplemente se pierde?
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola Salvador, me alegro que los articulos te hayan ayudado. Además de otros temas de laboral sí que me ocupo de la formación así como la gestión de bonificaciones en la empresa a la que pertenezco pues es una manera muy rentable de conseguir mejorar el rendimiento de trabajadores. La verdad es que tanto la aplicacion de Fundación Tripartita como la propia gestión de bonificaciones al comienzo es un poco complicado pero como todo una vez se controla es cuestión de ser constante y estar muy pendiente en el tema de plazos. Por favor, deja tu mail al administrador para poder ponernos en contacto y hablamos ok?
Gracias y un saludo.
Ana Belén, la información que das en estos dos artículos es muy interesante. Estoy al frente de una academia de formación en Valencia y estamos tratando de gestionar nosotros mismos las bonificaciones, pero ando como loco buscando in-formación de cómo hacerlo. Aunque me queda mucho por aprender, tus dos textos me han ayudado mucho. Me encantaría seguir leyendo sobre esto, o poder aprender más; incluso -ojalá me dijeras que también te dedicas a eso- ¡¡delegar en ti esas gestiones!!
Un abrazo, realmente muy agradecido.
Muchas gracias por los 2 artículos, esto me ayudará a la hora de plantearlo
Hola Javi, antes de nada agradecerte tu comentario. Sobre tus preguntas, dices bien en lo que respecta a los cursos que se hacen cuando uno esta desempleado pues la finalidad de la Formación Profesional es la formación de los trabajadores ocupados y también desempleados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal. Respecto a la formación como un derecho, cuando estás desempleado si que lo tienes en sentido mas estricto y por eso nos llaman tantas veces para hacer cursos ya que se pretende con ello que encuentres pronto un empleo y dejes esa situación pero cuando estas ocupado es la empresa la que se ocupa de gestionar ese Plan de formación y distribuye el crédito de la manera más provechosa entre sus empleados, date cuenta de que dependiendo de cada empresa existe una cofinanciacion privada que tiene que cumplir , y eso le puede suponer un coste por su parte.
Por ejemplo, si tu eres contable , sería ridiculo que solicitaras realizar un curso de mecanica a tu empresa, ahora bien podrías solicitar un curso de contabilidad y serían ellos los que valoraran si realmente ese curso puede ser bueno para ambos el invertir parte del credito en tu formación.
Si estas en una pequeña empresa deberían valorar que coste les supone tu curso en función del número de empleados que tengais pues es posible que no exista obligación de cofinanciación privada. Mañana vamos a publicar un segundo articulo sobre las acciones formativas y su bonificación , asi que te aconsejo que lo leas para más aclaración.
Espero haberte sido de ayuda, un saludo.
Ana Belén.
Siempre me pregunté el motivo del concepto de formación profesional, pensaba que ese dinero se recaudaba para financiar los conocidos cursos que se hacen cuando uno está desempleado.
Me parece muy interesante, pero como trabajador, me surge una duda ¿Significa que tengo derecho a recibir formación? ¿De qué manera me podría beneficiar de esto si trabajo en una pequeña empresa?
Me gusta mucho el blog, felicidades por el trabajo. Gracias, saludos.