Es una de esas preguntas que te haces simple y llanamente por puro morbo. En el mejor de los casos, la empresa puede invertir en ti formándote, pagándote variables para motivarte, haciéndote partícipe de beneficios sociales como vales de comida, móviles, seguros de vida, planes de pensiones, coches, alquileres de vivienda, etc. El límite en este sentido lo pone cada empresa, aquí nos queremos referir al mínimo obligado coste que asume la empresa por cada uno de nosotros.
La respuesta es que la empresa se hace cargo como mínimo del salario bruto anual que pacta en tu contrato más la cuota de Seguridad Social que corresponde pagar a la empresa. Es decir, desglosando la retribución bruta del trabajador podríamos decir que:
COSTE TOTAL = (((DEVENGO TOTAL O BRUTO (NETO + DEDUCCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL DEL EMPLEADO + RETENCION IRPF)) + (COSTE DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA)).
De esta forma, lo que realmente importaría sería hallar el coste de Seguridad Social que asume la empresa. Este coste, también conocido como cuota patronal, se obtiene aplicando un porcentaje, que suele oscilar entre un 30% y un 38% sobre la base de cotización del trabajador.
Siguiendo el ejemplo de los 20.000€, pongamos que además los cobro en 12 pagas, tengo un contrato indefinido y trabajo en el sector de la construcción.
En este supuesto ganaría 1.666,66€ brutos al mes. De esta cantidad supongamos que sólo son cotizables 1.500€ (es decir, que la base de cotización por contingencias comunes, profesionales, y de desempleo, formación y FOGASA = 1.500).
Sabiendo esto, el resto es fácil, basta hacer una visita a la página oficial de la Seguridad Social donde podrás encontrar los tipos de cotización aplicados a la empresa por las distintas contingencias que está obligada a cubrir. Y expresamente la tarifa de primas establecida para la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Siguiendo el ejemplo, aplicamos los porcentajes de la Seguridad Social a las 3 bases de cotización, que hemos dicho tendrán un valor de 1.500. Sumemos. Contingencias comunes: 23,6%. Desempleo: 5,75% (tipo general por contrato indefinido, cambiará en julio’08 a 5,5). FOGASA: 0,20%. Formación profesional: 0,60%. AT y EP: 7,30%. En total 37,45%, X 1.500 X 12 = 6.741€.
Coste total asumido por la empresa = 20.000€ + 6.741€ = 26.741€. Este coste de 6.741€ no aparece en la nómina.
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en laq nomina de marzo se me ha puesto el costo de empresa 320.62€ me repercute el algo ya que tyengo una edad de 57 años.
Querido Admin: ¿Podrías calcular el Coste de la cuota laboral por Discapacidad y darme tu comentario si se trata de un Sobrecoste o nó para la empresa? Gracias
mi pregunta es la siguiente: ¿Pueden bajarme de categoria profesional siendo oficial de 1ª a peón especialista? Tengo que firmar obligatoriamente o puedo negarme???? El ramo al cual pertenezco es el de la construcción, y ya nos han bajado el sueldo. Un saludo….
puede la empresa bajar la base de cotizacion
¿Qué es el AT y EP y de donde sale su valor de 7,3?
Hola Antonio,
1) los 1.500 euros cotizables es un ejemplo (se da por supuesto que en dicho ejemplo 100 euros de las nóminas no cotizan),
2) la cesión de trabajadores está prohibida salvo que seas una empresa constituida legalmente a esos efectos (Empresa de Trabajo Temporal o Agencia de Colocación).
3) para cuestiones específicas de pymes, te recomiendo http://www.pymesyautonomos.com/
Hay un par de aspectos que no he entendido. A ver si me lo podéis aclarar ya que soy totalmente nuevo.
1) Si el bruto son 1666,66, ¿cómo se que lo cotizable sólo son 1500?
2) Si uno tiene una empresa y otra empresa le solicita un trabajador. ¿Cuánto debería de facturar?
Según lo que he visto en el post, si uno quiere pagarle al trabajar 20.000 euros, lo que tiene que facturar a la otra empresa sería: 26.741 euros + 16% IVA, ¿es así? Que si la pagan mensualmente, lo tendría que dividir en periodos de 12 meses. Otra duda relacionada con ésto. Ahí he supuesto que son 12 meses lo que quieren al trabajador, pero supongamos que de buenas a primeras no lo sé. ¿Cuánto tengo que imputar en la factura por si hubiera que finalizar su contrato? Es decir, ¿cuánto le correspondería por día trabajado? ¿y cómo facturo eso?