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Deducción 400 euros

02/05/2008 · 157 comentarios · Nomina

Es el tema de moda ahora mismo, y sin embargo todo en él es pura incertidumbre. Para los que no estén muy al tanto, les pongo en antecedentes. Durante la campaña electoral 2008 ZP presentó una medida fiscal consistente en la devolución de 400€ a todos los contribuyentes españoles (lo que a primera vista dejaría fuera a todos aquellos que no presentan su declaración de la renta, punto éste muy criticado) . El origen de esta medida es la actual crisis crediticia internacional y la explosión a nivel local del boom inmobiliario; nuestro dinero puede ahora comprar menos cosas, lo que está provocando un descenso del consumo y del ahorro, que a su vez implica un menor crecimiento en la economía del país (la famosa desaceleración-recesión económina). Esos 400 euros irían destinados precisamente a aumentar la renta disponible de las familias favoreciendo así su capacidad para gastar y para ahorrar (lo que a su vez, si ésta es una medida sólo para el presente ejercicio fiscal, también debería favorecer la recaudación de impuestos de la renta y de IVA del año que viene, con lo que, lo comido por lo servido, o nadie da duros a cuatro pesetas, y menos el Estado). Como dato curioso, el propio ministro Solbes ha comentado que esta medida va a favorecer la contratación de trabajadores, dado que el coste que el empresario asume por un trabajador va a ser menor (ej:se contrata a un trabajador por 18.000 euros brutos al año, pero de esos 18.000€ el Estado “regala” 400€, con lo que el empresario ahora está pagando realmente 17.600€ brutos por el trabajador. Mi opinión es que como mucho aumentará la contratación de becarios durante el verano, y nunca se sabrá si es por este motivo o porque este es un hecho tradicional o porque el alcance de la crisis económica no permite otra cosa que contratar becarios.

¿Pero, cómo va a hacerse la devolución?. Hasta ahora lo que sabemos es que sólo hay un borrador de Real Decreto pendiente de ser aprobado por el Consejo de Ministros. De este borrador sacamos en claro que la primera deducción se hará casi con toda seguridad en la nómina de junio minorando por un importe de 200€ la cuota de retención que corresponda de aplicar las mismas reglas de cálculo de irpf que se vienen aplicando hasta ahora. Para los 200€ restantes se regularizará el tipo de irpf, que obviamente será menor, y que incluirá dos decimales, volviendo así a los tipos de irpf del “siglo pasado”, como muchos lectores recordarán. No os preocupéis porque Hacienda va a colgar un programa de ayuda online para hallar los nuevos porcentajes. Asimismo como es lógico, todos los programadores informáticos están trabajando a destajo para incluir parches en las aplicaciones informáticas de nómina. En cuanto sepamos más cosas, lo iremos diciendo. Del mismo modo, si tenéis cualquier información de interés o queréis opinar sobre este tema, esperamos vuestros comentarios. Un cordial saludo a todos.


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157 comentarios hasta ahora ↓

  • 1 Antonio 12/05/2008 a las 3:48 pm

    He oido que los autónomos también tendrán derecho a esta deducción, ¿es cierto?

  • 2 admin 12/05/2008 a las 9:32 pm

    Qué tal Antonio,

    sí, es totalmente cierto. Con el borrador en la mano te puedo decir que la cuantía de la nueva deducción de 400 € se tendrá en cuenta en el cálculo del importe de los pagos fraccionados que deban ingresar los autónomos trimestralmente .

    Esto es, los autónomos cada trimestre podrán deducirse 100 €. No obstante, cuando dicho importe sea superior al límite máximo de deducción en el pago fraccionado, la diferencia podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados correspondientes al mismo período impositivo cuyo importe positivo lo permita y hasta el límite máximo de dicho importe.

    En el primer pago fraccionado que deba realizarse a partir 01-06-2008 podrán deducirse 200 € .

    Estos días se escucharán muchas cosas sobre este tema, pero el RD no entrará en vigor hasta el 1 de junio, a partir de ese momento no dudes que desde “Tusnominas” lo contaremos todo con pelo y señales.

    Espero haberte contestado, un cordial saludo.

  • 3 Pedrito el Ladronzuelo 23/05/2008 a las 6:18 pm

    Hola,
    Tengo dos preguntas:

    -Que pasa si las retenciones son de menos de 200 euros? cuanto me descontaran? y el resto de meses de cuanto sera el descuento de las retenciones?

    -Y los parados? que pasa con los parados? como se beneficiaran de esta medida?

  • 4 admin 24/05/2008 a las 6:42 pm

    Hola Pedrito, qué tal,

    en ese caso, si tienes paga extra en junio no habrá problema, ya que suponiendo que tengas una retención de irpf de 150€, podrán deducirte los otros 50€ de la extra. Si no es así, en los meses sucesivos hasta diciembre se te deducirá en proporción lo que resta para alcanzar los 400€.

    Todo esto siempre que te correspondan los 400€. Con toda seguridad ya te puedo decir, según nos ha comentado una fuente fiable, que en la práctica van a quedar fuera de la medida aquellas personas que tengan una cuota íntegra menor a esos 400€ y aquellas otras personas a las que se les practique la retención del 2% propia del encadenamiento de contratos temporales durante el año.

    En cuanto a los parados, ese es un gran tema, nadie habla de ellos, aunque ellos son perceptores de haberes pasivos, colectivo que a última hora, junto con los autónomos, ha sido incluido en la medida. El INEM, como entidad colaboradora que practica retenciones, tendrá que actuar exactamente igual que la empresa, y hacer las deducciones basándose en las mismas reglas.

    A destacar el mutismo de la Administración sobre este tema, ante la avalancha de llamadas, Hacienda opta por no decir nada hasta que se publique el RD.

    Un cordial saludo,

  • 5 marta 26/05/2008 a las 4:39 pm

    pq los de retencion 2% no se ven beneficiados?

  • 6 “Deconstructing” 400 euros: me aplican un 2%, me quedo sin deducción | Tus nominas.com 27/05/2008 a las 11:13 pm

    [...] post es en respuesta a la pregunta que hacía marta [...]

  • 7 Ana 09/06/2008 a las 10:45 pm

    Mi pregunta es la siguiente:

    Si no haces la declaración de la renta y tus retenciones superan ese importe, te reintegran igual los 400 €? mi rentención mensual es de 96,00 €…

  • 8 admin 10/06/2008 a las 7:09 pm

    Hola Ana, qué tal,

    me faltan datos, pero suponiendo que no tengas paga extra, en la nómina de junio se te va a descontar los 96€, y en los meses de julio a diciembre el resto hasta llegar a 400€ (400€-96€= 304€). Una retención de 96€, aun con 12 pagas anuales, sería suficiente para que se te adelanten los 400€ en tus nóminas de junio a diciembre.
    Ahora bien, respecto al tema de la declaración de la Renta, intuyo que lo que me quieres decir es qué pasa si tienes retenciones suficientes pero no estás obligada a hacer la declaración (corrígeme si me equivoco), y esa es una pregunta interesante, no he leído en ninguna parte que a los que se les vaya a hacer la deducción (la gran mayoría, al menos para el ejercicio fiscal 2008) tengan obligatoriamente que presentar declaración si no les corresponde según los antiguos requisitos, por lo que sólo deberías presentarla en principio, si te favoreciera por otros motivos (si te hubieran retenido de más en el trabajo, por ejemplo).

    Un cordial saludo,

  • 9 maribel 10/06/2008 a las 9:15 pm

    Hola, en mi trabajo me han dicho que los que acordamos un sueldo neto no recibiremos estos 400€, es verdad?

  • 10 admin 10/06/2008 a las 9:42 pm

    Hola maribel,

    no, eso es totalmente falso. No hay relación causa-efecto entre tener pactado el salario en neto y no recibir la deducción de 400 euros.
    Aunque tengas el salario pactado en neto, tienes una retención de irpf, igual que todos, y sobre ella actúa los 400 euros, de la forma que ya adelanta Hacienda en su nota informativa, que me parece muy clara, y que puedes ver en el artículo “Deduccion 400 euros: el puzzle está resuelto”.

    Suerte.

  • 11 alejandra 10/06/2008 a las 11:19 pm

    Hola, mi problema es como el de Maribel yo tengo pactado un neto con la empresa y lo que alegan para no deducirme los 400 Euros es que ya me lo deduciré en la renta del 2009. Mi pregunta es la siguiente ¿ Está el empresario obligado a realizarme la deducción en mi cuota de IRPF o por el contrario queda a la libre elección del empresario a realizarlo?

  • 12 ivan 11/06/2008 a las 11:16 am

    Hola, queria saber si los que no hicimos la declaracion deste año tenemos derecho a cobrar los 400 euros

  • 13 Rosabel Blanco 11/06/2008 a las 12:49 pm

    ¿Que pasa con la reducción de los 400€ en IRPF si un funcionario se pide a partir del 9 de junio una licencia o permiso sin sueldo hasta el 31 de julio? ¿se le reducen los 400€ o la parte proporcional (puesto que ha estado casi dos meses sin retención en irpf)?

  • 14 admin 11/06/2008 a las 9:44 pm

    Hola iván, qué tal,

    son ejercicios fiscales diferentes, para el ejercicio fiscal 2008 tienes derecho a la deducción en la medida que te corresponda.

    Un cordial saludo,

  • 15 admin 11/06/2008 a las 10:02 pm

    Qué tal Rosabel,

    Podrán deducirte las retenciones que tengas en junio, (las que produzcan tus salarios del 1 al 9 de junio). Y de agosto a diciembre se te descontará lo que reste para alcanzar los 400€.

    Sin embargo dado que te fuiste el día 9 y que en muchos casos los parches informáticos no estaban disponibles por esas fechas, es posible que no te hayan hecho esa pequeña deducción entonces. En cualquier caso desde agosto, mes a mes, se te deducirá lo posible para alcanzar los 400. Si esto no es suficiente, podrás solicitar la devolución en tu declaración.

    Un saludo.

  • 16 Las empresas no están obligadas a deducir los 400 euros en la nómina | Tus nominas 12/06/2008 a las 12:11 am

    [...] Este artículo es en respuesta al comentario de Alejandra. [...]

  • 17 chus 12/06/2008 a las 12:20 pm

    mi comentario es el siguiente yo trabajo y me retinen casi todos lo meses el 2% y mi marido tambien tiene nomina de aproximadamente 980€ tenemos derecho a los 400€ los dos? muchas gracias

  • 18 claudia 12/06/2008 a las 9:15 pm

    yo llevo tres años y medio trabajando en españa, nunca he hecho la declaracion de la renta porque no llego a los 20.000 al año, y la empresa me retiene un mes por ejemplo un 11%, otro un 14%, no todos los meses me retienen un mismo porcentaje, pero si que hay meses en que me han descontado mas de 200 euros, tengo 14 pagas al año, me podrias explicar si me devolveran 400 euros?….gracias.

  • 19 admin 13/06/2008 a las 1:21 am

    Hola chus,

    si te retienen el 2%, en junio te descontarán de tu retención de junio hasta un importe máximo de 200€. Ese será todo el efecto que causará la medida en tus nóminas. Si a tu marido también le retienen un 2% fijo por contrato temporal, la situación sería idéntica.

    Un cordial saludo,

  • 20 admin 13/06/2008 a las 1:34 am

    Hola Claudia, qué tal:

    Tal y como expones la situación, imagino que parte de la nómina la cobras en variable. Si la retención de tu paga normal de junio y la de tu paga extra de junio suman 200€, te deducirán este mes esos 200€ (éste es el tope máximo de deducción para el mes de junio). Los restantes 200€ los obtendrás mediante regularización de tu irpf a la baja en tu nómina de julio, que se mantendrá hasta diciembre. Teniendo 100€ de retención al mes, y con 14 pagas, la deducción se debería hacer en tus nóminas de sobra, sin necesidad de recurrir por tal motivo a regulizar tu situación en la declaración de la renta.

    Espero que sirva de ayuda,
    Saludos.

  • 21 Javier 13/06/2008 a las 10:13 am

    Estoy intentando hacer un cartel para los empleados explicando lo que pasara con estos 400€
    primero que ahora en junio ( por lo que pueda pasar) solo reducire en proporcion alo cobrado, es decir si solo se ha cobrado hasta el mes de junio un 40% de la nomina anual solo deducire un 40% de los 400€ no un 50%,

    y que para el resto del año se aplicara la nueva norma

    asi mismo quiero que vengan a solicitar un IRPF voluntario, pero no se como “animarles” a ello sin imponerlo

    Alguna idea??

    Gracias a todos

  • 22 chus 13/06/2008 a las 11:53 am

    gracias por contestar pero a mi si me descuentan el 2% pero a mi marido el 11% nos daran a los dos los 400€? y nos repercutira al año que viene a la hora de hacer la declaracion de la renta? por que tenemos una hipoteca y hacemos la declaracion individual. NOs daran a los dos los 400€ proometidos aunque entren en casa dos nominas? muchas gracias por contestarme con atelacion es que tenemos un lio jejej

  • 23 admin 13/06/2008 a las 6:16 pm

    Hola Javier, qué tal,

    básicamente lo que han cobrado antes de la nómina de junio no es relevante. Sólo importará la retención que se practica en las nóminas de junio a diciembre, te animo a que hagas la deducción como establece el RD, (puedes ver algunos artículos y comentarios en tusnominas), ya que lo mismo da devolver 20€ menos al trabajador, ya que esos 20€ luego tendrás que pagarlos a Hacienda en el 110 antes del 20 de julio. Mejor para el trabajador que para Hacienda, no?.
    Respecto al tema de animar a tus trabajadores a pedir un irpf voluntario mayor, entiendo que es porque tienen un 2% de retención. Simplemente sería informarles de que en en mayo del 2009, pueden recibir grandes batacazos, sobre todo en salarios a partir de 12.000€, si bien es verdad que excepcionalmente este año se suavizará en parte por los 400 euros.

    Un saludo.

  • 24 admin 13/06/2008 a las 6:34 pm

    Hola chus,

    Si te practican un 2% de retención prácticamente tendrías que descartar que te correspondieran los 400 íntegros. Para el caso de tu marido es más que probable que sí los reciba íntegros, aunque no te lo puedo decir con exactitud: no me das ni su bruto ni su retención (sólo el porcentaje).
    No obstante, corrígeme si me equivoco, por ese tipo de retención debe cobrar más de 15.000 euros brutos anuales, que a un 11% produce las suficientes retenciones para que le devuelvan los 400 euros en sus nóminas, mes a mes, sin esperar a hacer la declaración.

    Espero haberte aclarado algo.
    Gracias.

  • 25 Ferran 16/06/2008 a las 5:16 pm

    Entonces, en el borrador final, es necesario realizar la declaración de la renta para poder recibir los 400 €? o aun sin haberla hecho podremos deducirlos?

  • 26 Dani 16/06/2008 a las 5:46 pm

    Mi pregunta és: estoy obligado a que me practiquen esta “deducción” en la retención de las nóminas o es opcional?

  • 27 admin 16/06/2008 a las 8:05 pm

    Hola Ferran:

    Si tienes retenciones suficientes, la empresa podrá deducirte los 400€ en tus nóminas hasta diciembre. Una vez que te los has deducido, si te toca hacer la declaración tendrás que declarar que por X rentas te han practicado X retenciones-400€.

    Si no te toca hacer la declaración, porque por ejemplo ganas menos de 22.000€ y has tenido un solo pagador (empresario) en el año, y te han deducido los 400€ en las nóminas, es porque te correspondían, y te los han adelantado. ¿Para qué vas a hacer la declaración?.

    Ahora bien,¿ a quién le va a cuadrar tanto su declaración de la renta como para que, con la aplicación incluida de la deducción de 400 euros, le quede un saldo con Hacienda exactamente igual a 0???. No olvidemos que los 400 euros no va a ser todo lo que puedas conseguir deducirte en la declaración.

    Espero haberte respondido.
    Un cordial saludo.

  • 28 admin 16/06/2008 a las 8:42 pm

    Hola Dani,

    tu pregunta me ha dejado fuera de juego, ¿por qué querrías que no te aplicaran la deducción?.

    En cualquier caso, ya te adelanto que todos los programas informáticos de nóminas han incorporado ya a estas alturas un parche por el cual las deducciones se aplican automáticamente a las nóminas de acuerdo a las directrices dadas por Hacienda. Ése sería tu mayor impedimento, que serías la excepción. Y las excepciones son engorrosas sobre todo en temas de gestión.

    Ahora bien, otra solución que tienes en tu mano, algo más sencilla, es aumentar de forma voluntaria tu porcentaje de irpf, puedes solicitarlo formalmente a tu empresa, va a ser más complicado que se nieguen a eso.

    Espero que te sirva,
    Saludos.

  • 29 tati 17/06/2008 a las 8:57 am

    Hola:

    El tema de las retenciones creo que lo tengo claro; yo hago las nómnas de la empresa (sólo somos 6) con una hoja de cálculo. Hay algún sitio en internet donde pueda descargarme lgo gratuito para hacerlas? sobre todo la de junio.
    Gracias

  • 30 Dani 17/06/2008 a las 9:45 am

    Hola de nuevo!
    Yo este año estoy trabajando en 2 sitios, y el año que viene estaré obligado hacer la renta. Entonces he pensado que si estoy obligado hacer la renta, con esta deducción de los 400€ me saldrá a pagar. Una manera que he pensado para que no me saliera a pagar sería no deduciendo esta cantidad. ¿Sería correcto?
    Gracias de nuevo!

  • 31 Vanesa 17/06/2008 a las 10:31 am

    ¿Que pasará en la declaración del año que viene?¿Han cambiado los porcentajes de retención? Espero que el gobierno tenga en cuenta que si este año nos da 400€ descontándolo del IRPF, no salga a pagar el año que viene en le declaración por tener precisamente menos retenciones

  • 32 MARIO 17/06/2008 a las 10:56 am

    yo, no tengo muy claro lo de los 400 €, por que si me devulven 400 € ahora del irpf, el año que viene cuando haga la declaracion de la renta de este año, si de la renta de 2007 me han devuelto 6o € el año que viene le voy a tener que pagar lo que me han dado de los 400 €, esto es correcto o no.

  • 33 SONIA 17/06/2008 a las 12:59 pm

    HOLA,

    EN CUANTO A LA REDUCCION DE 200€ EN EL 2º TRIMESTRE DE LOS AUTONOMOS MODELO 130 ESTIMACION DIRECTA,

    ¿PODRIAIS DECIRME COMO SE HA DE RELLENAR EL MODELO?

    LE AÑADO 200€ A LOS GATOS, HABIENDO CALCULADO ANTES SI TENGO LA CANTIDAD SUFICIENTE PARA HACERLO.

    O HABRA ALGUNA CASILLA PARA REDUCIR LA CUOTA QUE SALGA.

    NO SE NO LO TENGO MUY CLARO.

    SALUDOS Y GRACIAS

  • 34 Pilar 17/06/2008 a las 4:24 pm

    Hola a todos. Solo quería comentaros una duda; ¿se puede renunciar a esta ayuda?

    Yo cobro un sueldo neto y en la empresa ya me han comentado que aunque de irpf no me retengan nada de mi sueldo yo seguiré cobrando lo mismo. ¿Entonces ese dinero que me da como ayuda el gobierno se lo queda la empresa? ¿puedo renunciar a ella?

    Otro detalle es si esta ley también es para los que no presentremos declaración este año.

    Muchas gracias de antemano

  • 35 Mercedes 17/06/2008 a las 5:38 pm

    si en tu nómina no tienes ninguna retención de IRPF como se va a proceder a la deducción de los 400 €

  • 36 yoli 17/06/2008 a las 6:52 pm

    hola mi pregunta es yo firme un papel el año pasado para que me retubieran un 6% yo tengo derecho a cobrar en el mes de junio los 200e

  • 37 admin 17/06/2008 a las 7:09 pm

    Hola Dani,

    en primer lugar, tal vez pienses que te van a devolver 800 euros por tener dos trabajos, esto no necesariamente es así, a no ser que estés muy bien pagado en ambos. Si tienes dos trabajos temporales (a un 2% de irpf los dos), y una retribución total anual mínima de 12.000 a 13.000€ dejaría que me devolvieran en los dos sitios en la nómina de junio, las normas para este colectivo están tan ajustadas, que no van a “regalarte” nada por anticipado.

    Si tuvieras un trabajo temporal, y otro no ( con porcentajes del 2% y mayor del 2% respectivamente) puede que te tocase pagar algo en la declaración, por ese trabajo de fin de semana (es un suponer), que te han retenido a un 2% pero que estaba bien pagado. En ese caso, sí pediría un aumento voluntario de irpf en cualquiera de las dos empresas.

    Ya nos contarás qué haces, y cómo te resulta.
    Saludos cordiales

  • 38 admin 17/06/2008 a las 7:59 pm

    Hola tati, cómo estás,

    si te refieres a un software de nóminas, no te podría decir, aunque por “tusnóminas” se anuncian bastantes aplicaciones de nóminas, podrías echar un vistazo.

    Si te refieres a que no utilizas ni quieres utilizar ningún programa y que te apañas con Excel, efectivamente las deducciones de junio te van a resultar muy fáciles de aplicar y lo más difícil probablemente venga a partir de julio. No obstante, si has sabido llegar hasta este punto calculando las nóminas a mano, seguro que el resto puedes seguir haciéndolo igual de bien. Para calcular el % de retención a partir de julio, tendrías que bajarte el programa especial de retenciones que ha habilitado Hacienda para la ocasión. Echa un vistazo al artículo “una pequeña ayuda para calcular…” de este blog. Si te encuentras algún problema, podemos ayudarte.

    Nuestro e-mail es: tusnominas@gmail.com.

    Un cordial saludo.

  • 39 admin 17/06/2008 a las 8:18 pm

    Hola Vanesa, qué tal,

    Pues interesante pregunta, si en el ejercicio fiscal 2008 el lema es: “a más renta, más deducción 400 euros” , en el 2009 este lema va a ser aún más cierto que en el 2008 si cabe. El RD pone unos topes mínimos por debajo de los cuales no se cobrará absolutamente nada de esta deducción. Por lo que algún afortunado este año, no lo va a ser en la misma medida el año que viene.

    Escribiremos un artículo sobre este tema.

    Espero haberte contestado.
    Un saludo.

  • 40 admin 17/06/2008 a las 8:31 pm

    Hola Mario, qué tal:

    no, para nada, eso no es correcto. No tendría sentido que te dedujesen los 400 euros en las nóminas para luego tener que devolverlos. Si te adelantan el descuento es poque en principio te corresponde y eso será tenido en cuenta por Hacienda en tu declaración, al igual que tomará en cuenta muchas más cosas no relacionadas con los 400 euros, por supuesto.

    Un saludo.

  • 41 admin 17/06/2008 a las 10:02 pm

    Hola Sonia, qué hay,

    siento decirte que no gestionamos este tipo de modelos en nuestra asesoría, nosotros atendemos básicamente a empresas, normalmente los autónomos que presentan pagos fraccionados lo hacen por su cuenta o apoyados por alguna gestoría. No me gustaría equivocarte, pero por sentido común, creo que tienes razón, iría en la casilla 2, sumado al resto de gastos fiscales deducibles, básicamente porque…no hay otro sitio donde ponerlo. No obstante, lo mejor es que llames a Hacienda.

    Un cordial saludo.

  • 42 admin 17/06/2008 a las 10:21 pm

    Hola Pilar, qué tal,

    la carta que Hacienda ha enviado a los retenedores

    http://piurl.com/p/2gD

    deja abierta la posibilidad a que solicites a la empresa un aumento voluntario del % de irpf hasta final de año, así que implícitamente ya te está contestando que sí, que puedes renunciar a cobrarlo en las nóminas.

    Saludos cordiales.

  • 43 admin 17/06/2008 a las 10:24 pm

    Hola Mercedes,

    en ese caso que dices no hay lugar a deducción.

    Un cordial saludo.

  • 44 admin 17/06/2008 a las 11:03 pm

    Hola Pilar,

    no me he dado cuenta que tu pregunta seguía. Me pasa una cosa muy curiosa, releyendo otra vez tus preguntas, no entiendo muy bien qué me quieres decir, y la primera vez que lo hice sin embargo creí tenerlo claro. Así que disculpa, debe ser que ya debería estar en la cama.

    En primer lugar, cuando hablamos de los 400 euros, nos referimos a su aplicación a las rentas obtenidas en el 2008, que se declararán en el 2009. Que no hayas presentado declaración en 2008 año no tiene nada que ver, son ejercicios fiscales diferentes.

    En segundo lugar, no entiendo lo que te dice tu empresa, pero si no te practican retención (ya sea porque no te corresponde o sabe Dios por qué), no tendrías derecho a la deducción, ni en las nóminas ni, en principio, en la declaración.

    En tercer lugar, la empresa no se queda con nada (bueno, no debería, es delito), lo que ocurre es que en los casos en los que se da la deducción paga menos por ti a Hacienda y ese dinero se traslada a tu nómina.

    No sé si te he aclarado algo.
    Un saludo.

  • 45 admin 17/06/2008 a las 11:10 pm

    Hola yoly:

    me faltan datos, no sé cuánto ganas, ni tu tipo de contrato.

    Un saludo.

  • 46 yoli 17/06/2008 a las 11:29 pm

    hola mi contrato es temporal en contrato indifinido y mi salari base es de 719.20 un saludo

  • 47 yoli 17/06/2008 a las 11:31 pm

    tendre derecho a los 200e en el mes de junio
    gracias

  • 48 tati 18/06/2008 a las 9:01 am

    Hola de nuevo:

    Mi pregunta es, en la nómina “física” de junio (uso las retenciones de primeros de año) simplemente no pongo ningún importe en la parte de retención?

  • 49 yoli 18/06/2008 a las 6:41 pm

    hola mi pregunta es yo firme un papel el año pasado para que me retubieran un 6% yo tengo derecho a cobrar en el mes de junio los 200e
    mi contrato es temporal en contrato indifinido y mi salari base es de 719.20 tendre derecho a los 200e en el mes de junio

  • 50 admin 18/06/2008 a las 7:16 pm

    Hola yoli,

    por lo que dices entiendo que recientemente tu contrato se ha transformado en uno indefinido. Creo que el tipo de retención que te estás aplicando voluntariamente (el 6%) es bastante alto considerando tus rentas, aunque probablemente hayas querido compensar el periodo de tiempo en que has estado al 2% en 2008, lo que me parece correcto.

    En junio te devolverán la retención de tu nómina de junio, esto es, 43,15, y si tienes paga extra, el doble.

    Un saludo.

  • 51 admin 18/06/2008 a las 7:40 pm

    Hola tati:

    la forma de hacerlo en excel sería incorporar una línea , justo debajo de la de retención irpf, que podrías llamar deducción irpf junio (por ejemplo).

    El valor ya sabes que va a ser, para todos, el de la retención que tengan, hasta un tope de 200€, salvo si no tienen retención, en cuyo caso no tendrías que incorporar nada, sino dejar la nómina como el mes anterior.

    Por último no olvides que este valor irá EN NEGATIVO, ya que está en la columna de deducciones.

    Espero haberme explicado.
    Saludos.

  • 52 Mari Mar 18/06/2008 a las 8:58 pm

    hola,

    soy del país vasco, tengo un contrato fijo discontinuo, mi salario bruto es de 1.020,13 euros, mi retención es de un 7% y tengo 14 pagas.

    ¿ Tengo derecho a los 400 euros? ¿De que forma deberían abonarmelos?

    Espero respuestas, muchas gracias,

    Mari Mar

  • 53 marita 18/06/2008 a las 9:18 pm

    hola, yo no lo tengo nada claro. tengo contrato indefinido, los dos últimos años hacienda me ha devuelto sobre los 800 euros porque tengo hipoteca y además me descuentan el 10%, me dicen que tengo sueldo pactado y por eso no me dieron el ipc, me dirán lo mismo por esto, yo no he pactado en ningún momento, dónde figura eso. Y además, me corresponden los 400 euros??

  • 54 marita 18/06/2008 a las 9:20 pm

    con todo esto ni las te doy, disculpa, es qu esoy muy confundida. atte. marita

  • 55 PILAR 19/06/2008 a las 9:25 pm

    Hola de nuevo; voy a intentar explicarme mejor respecto a mi problema.

    Vamos a imaginar que yo cobro 1300€; de esas cantidad hay una cantidad en nómina 840€ netos y otra cantidad en B 460€.

    Contando con que me retienen un 5% de IRPF que está alrededor de los 50€, si se me aplica este mes de junior la deducción, cobraría en nómina esos 50€ que me retienen cada mes.

    Hasta aquí bien, mi problema es que la empresa me ha dicho que entonces mi nómina sería de 890€ pero mi cantidad en B bajaría hasta 410€ ya que me restan la deducción hecha en nómina.

    Su excusa es que yo tengo pactado un sueldo neto, es a lo que me referia cuando decía que ellos se quedan con el dinero, ya que me dan 50€ menos en B.

    Solo quiere informarme para que no me tomen el pelo en este caso, ya que voy a recibir una ayuda del gobierno hacía mí como trabajadora, pero en mi sueldo total no voy a notar nada.

    Espero haberme explicado mejor.

    Muchisismas gracias

  • 56 admin 19/06/2008 a las 9:57 pm

    Hola Mari Mar,

    La medida está dirigida a los habitantes de todas las Comunidades Autónomas, ahora bien una consulta colgada en la web de Hacienda en relación a cómo se va a calcular la cantidad de la deducción que corresponde a cada uno, dice:

    “el importe de la deducción no podrá exceder del resultante de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas minorados, respectivamente, por las reducciones establecidas en los artículos 20 y, en su caso, 32 de la Ley de IRPF. Se entenderá por tipo medio de gravamen el resultante de sumar el tipo medio de gravamen general estatal y el tipo medio de gravamen general autonómico”.

    A pesar de que puede haber ligeras variaciones en la declaración de la renta, según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, sin embargo las instrucciones para las deducciones en nómina siguen siendo las mismas para todos. Te remito a la nota informativa general de Hacienda transcrita en el artículo “deducción 400 euros: el puzzle ya está resuelto”, para no repetirme.

    Un cordial saludo.

  • 57 admin 19/06/2008 a las 10:03 pm

    Hola marita, qué tal,

    cuando te dicen que lo tienes pactado, seguramente se refieran a que está pactado en el Convenio Colectivo que te aplican (por eso dices que no lo han pactado contigo directamente).

    Te irán deduciendo los 400 euros de tus retenciones conforme a las reglas generales, como dije en el anterior comentario. Consulta por favor la nota informativa, para no aburrir a la gente que lea los comentarios con lo mismo.

    Muchas gracias por tu comentario.

  • 58 admin 19/06/2008 a las 10:57 pm

    Hola PILAR, qué tal:

    En ese caso, ten en cuenta que lo que realmente va a contar va a ser lo que tengas en nómina.

    Sospecho por lo que dices que la empresa sólo te están pagando 840 brutos en la nómina para “ahorrarse” las cotizaciones y retenciones de los otros 460€ (1.300-840=460).

    En ese caso, en la nómina de junio tendrían que deducirte 840*5%=42€. Si se niegan no creo que puedas hacer mucho pero, como tú dices, te queda el consuelo de percibirlo en tu declaración, de esta forma tu salario tendría que ser como el del mes anterior.

    Ahora bien, lo que realmente pretenden según comentas, es “traspasar” esa deuda de 42€ que tienen contigo a Hacienda. Consecuencia: tú te quedas con 42€ menos en tu bolsillo, aunque te deduzcan los 42€ en nómina.

    Dentro de que es una auténtica tomadura de pelo, puestos a elegir, es mejor que te paguen como el mes anterior, y esperar a tu declaración.

    Mucha suerte, ya nos contarás.
    Un cordial saludo.

  • 59 Pilar 20/06/2008 a las 7:22 am

    Acabo de hablar con la contable de mi empresa y me ha explicado; mi IRPF lo va a pagar el gobierno por mí.

    En mi nómina de junio me va a aparecer con 0% de retenciones pero yo voy a cobrar lo mismo en sueldo total, ya que aumenta la cantidad en nómina pero desciende la cantidad en B.

    Como tengo un sueldo neto no voy a notar esta deducción, pero mi pregunta es: ¿la deducción lo voy a tener que devolver en la declaración?

    Otra pregunta; ¿el procentaje de retencion de IRPF debe ser siempre igual?

    Gracias

  • 60 alicia 20/06/2008 a las 1:04 pm

    Hola, queria saber si estos 400 euros es en relacion a lo retenido en el ejercicio 2007,o es en ralacion en lo que llevamos de este a;o 2008

  • 61 Odón 20/06/2008 a las 6:37 pm

    Hola, mi caso es el siguiente. Comencé un nuevo trabajo en enero, firmé 6 meses hasta este mes de junio, y no voy a renovar. La pregunta es, ¿ me pueden pagar los 400 € en este mes de junio?

    Muchas gracias!!!

  • 62 una interesada 21/06/2008 a las 4:11 pm

    Pero, cuál es la fórmula utilizada para establecer una cantidad u otra en la nómina. A mí me gustaría saber el método para luego poder utilizarlo en todos y cada uno de los casos. Quizás haya alguna página web o vosotros mismos me podríais facilitar el método.

  • 63 noe 21/06/2008 a las 7:12 pm

    hola ami marido le descuentan un 2% y cobra unos 840 euros y yo tengo un contrato por horas y cobro una ayuda del paro de 206 euros tenemos derecho a los 400 euros

  • 64 admin 21/06/2008 a las 8:28 pm

    Hola Pilar,

    si te aplican el 0% de retenciones (cosa que concuerda con el RD si tienes una retención en junio de 200€ o menos, y que sería por tanto correcto), tendrías que ganar MÁS que el mes anterior, si las circunstancias salariales se han mantenido iguales. Por lo tanto, algo sigue fallando, para no repetirme, te remito al comentario anterior, no obstante si estás contenta con la respuesta que te dan, no somos quiénes para llevarte la contraria.

    En la declaración, se considerará que te han devuelto ya esta cantidad.

    El porcentaje de retención debe estar calculado de acuerdo a las directrices que Hacienda da cada año a las empresas para el ejercicio fiscal correspondiente. Cualquier incremento de partidas salariales tributables que se haga en la nómina, o bien una solicitud personal del trabajador para que apliquen un mayor irpf, daría lugar a que la empresa tuviera que regularizar al alza el porcentaje de retención.

    Un cordial saludo.

  • 65 admin 21/06/2008 a las 9:39 pm

    Hola Alicia, qué tal,

    corresponde a las rentas que obtengas en el 2008, que tendrás que declarar en el 2009.

    Un saludo.

  • 66 admin 21/06/2008 a las 10:00 pm

    Hola Odón:

    no, no pueden. Sólo te pueden aplicar un máximo de 200€ en función de la retención que te corresponda en el mes de junio.

    Un cordial saludo.

  • 67 admin 21/06/2008 a las 11:55 pm

    Hola interesada,

    la “fórmula” para determinar las deducciones en la nómina, ya la ha establecido Hacienda de forma bastante clara, y la hemos comentado aquí hasta la saciedad. No es nuestra intención aburrir a nuestros sufridos lectores, porque además de sufridos, son también queridos.

    Un saludo.

  • 68 CONSOL 22/06/2008 a las 6:44 pm

    Os expongo mi caso, y os agradezco vuestra ayuda: Tuve contrato temporal del 01/10/07 a 19/04/08 (con retencion del 2%).
    El 19 de abril de 2008, recibi mi finiquito , y me hicieron contrato indefinido. Actualmente tengo retencion de 12%,y ahora en la paga extra de junio, como sólo me pagan a razón de 2.5 dias por mes trabajado, mi paga extra es de 5 días. Y la Devolución, me la calculan sobre esos 5 días, es correcto?
    Gracias y un saludo

  • 69 admin 22/06/2008 a las 9:06 pm

    Hola noe, qué tal,

    a tu marido le deducirán la retención de junio en la nómina, respecto a ti, no lo sé, dependerá de las retenciones que te practique la empresa y el INEM, respectivamente.

    Un cordial saludo.

  • 70 admin 22/06/2008 a las 11:17 pm

    Hola CONSOL,

    Aparentemente la empresa lo está haciendo bien, puesto que la paga extra que devengaste hasta el 19/04/08 ya está pagada en el finiquito. Así que tendrán que pagarte lo que hayas devengado de extra desde el 19/04/08, y sobre ella, además de sobre la nómina de junio, tendrán que hacerte la deducción de hasta 200 euros.

    Como curiosidad, no me cuadra eso que comentas de que devengas la extra a razón de 2,5 días por mes. Eso suena a paga extra anual prorrateada (cobrada mes a mes 30/12=2,5) y no a paga extra de verano.

    Pero por lo demás, es correcto.
    Saludos.

  • 71 CRISTINA 23/06/2008 a las 9:01 pm

    Mi situacion es la siguiente: me acaban de contratar en una empresa justo el dia 16/06/08, mi salario neto con pagas prorrateadas es de 1000€,¿Me corresponden los 400€?.
    Gracias.

  • 72 Isa Mon 24/06/2008 a las 5:23 pm

    Mi pregunta es:
    Yo tengo un salario neto de 913,97 € en 15 pagas y me retienen un 8% tengo derecho a la deduccion? Empeze a trabajar el 16 de Enero y se me acaba el contrato el 16 de Julio Que pasa si no me renuevan?

  • 73 admin 24/06/2008 a las 10:40 pm

    Qué tal CRISTINA:

    El neto que percibes no es relevante para la deducción de los 400 euros, pero la fecha del contrato es indicativo de que el tipo de retención que te habrán calculado no será muy alto al considerar sólo medio año de rentas. En nómina te deducirán conforme a la regla general ya establecida por Hacienda, y en la declaración ten en cuenta que también contarán las retenciones que hayas generados por rentas obtenidas en el primer semestre.

    Un cordial saludo.

  • 74 admin 25/06/2008 a las 7:24 pm

    Hola Isa Mon:

    En principio se te aplica la regla general en junio en cualquier caso, pues es igual para todos, es decir, te descontarán las retenciones de tu nómina de junio+extra de junio si la tuvieras, hasta un máximo de 200€.

    Si te renuevan, la parte restante, hasta completar los 400, te la devolverán mes a mes de julio a diciembre.

    Si no te renuevan, el programa de nóminas detectará tu fecha fin de contrato, y cuando regularicen tu irpf en julio, éste se ajustará a las rentas que te queden por obtener, que serán las correspondientes a esos 16 días de julio, con lo que la retención será pequeña, al igual que la deducción. De cualquier modo para los 400 euros también cuentan las rentas que has obtenido en el primer semestre, pero tendrías que esperar a la declaración.

    Un cordial saludo.

  • 75 ana vega 28/06/2008 a las 11:46 am

    yo trabajo como dependienta y acorde con mi jefe un sueldo neto de 720 euros que va todo inlcluido pagas extras y demas eso fue en julio/07 y firmo una nomina actualmente de total percibido 1144.27 y total devengado 1249.20, tenia un contrato inferior a un año y me lo cambio a indefinido q empieza apartir de julio/08, lo q me descuentan de irpf siempre ha sido el 2%, mi pregunta es: si tengo derecho a percibir lo relacionado a los 400 euros de irpf ahora en junio o apartir de cuando? y tambien queria saber si cambiandome de contrato, debe pagarme finiquito? y si ahora q me pone indefinida, me descuentan mas de irpf? y en su defecto pagarme lo ekivalente a 400 euros de mas ? soy casada, no tengo hijos, ni hipoteca. Ah bueno otra cosa, soy imigrante y se q el empresario tiene ayudas economicas pero no se exactamente cuales son,quiciera saberlas. muchas gracias por su ayuda

  • 76 admin 29/06/2008 a las 6:05 pm

    Hola ana vega, qué tal,

    En la nómina de junio te deducirán (bueno, a la altura a la que estamos ya lo habrán hecho) ese 2%. Si te hacen indefinida a partir de julio, me temo que te aumentará el % irpf de forma muy significativa. Ten en cuenta que tienes que “recuperar” en este segundo semestre, lo que has tributado “de menos” (correctamente por otra parte) en el primer trimestre.

    Por otro lado, en las nóminas de julio a diciembre recuperarás los 400 euros de la devolución.

    Respecto a las ayudas económicas que comentas, supongo que te refieres a las bonificaciones de Seguridad Social sobre la cuota que paga la empresa. Hay un abanico bastante amplio de bonificaciones y es complicado encuadrarte sin tener los datos precisos. Para la transformación de temporal a indefinido no hay tal bonificación, salvo si el contrato temporal que tenías fuese formativo, de relevo, o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación. La bonificación en este caso es de 500 euros anuales durante 4 años.

    A veces la empresa pide al trabajador que vaya a inscribirse al INEM antes de contratarle indefinidamente. En este caso, por estar “desempleada” y ser mujer la bonificación sería de 850€ anuales durante 4 años.

    Espero que te sirva de ayuda.
    Un saludo.

  • 77 Pilar 30/06/2008 a las 7:31 am

    Hola de nuevo!

    Al final mi situación es la siguiente:

    Voy a cobrar más en nómina (el correspondiente a mi deducción de IRPF) pero voy a cobrar menos en B. Por lo tanto, en mi sueldo total de junio no voy a notar nada ya que , según mi empresa, tengo un sueldo neto.

    Así, esa cantidad menos que yo cobro en B la empresa se lo ahorra al no dármelo así que son ellos los que salen ganando…y no puedo hacer nada, me gusta o no me guste.

    Tengo una pequeña duda: ¿de quien depende el porcentaje de retención de IRPF? ¿de la empresa o del gobierno? ¿debe ser fijo durante todo el año o puede variar mes a mes?
    La contable de mi empresa dice que no sabe cómo explicarmelo, que cambia de un mes a otro.

    Gracias de nuevo!

  • 78 ARIANNA 30/06/2008 a las 8:59 am

    LOS SEGUROS D LOS TRABAJADORES NO TIENEN NADA QUE VER CON DICHA DEDUCCION ¿VERDAD? ES QUE CONOZCO DE UN CASO EN EL CUAL EL EMPRESARIO DICE QUE LOS 400 € SON PARA PAGAR LOS SEGUROS DE LOS TRABAJADORES COSA QUE NO ENCUENTRO NADA LOGICA.

  • 79 DAVID 30/06/2008 a las 11:54 am

    Yo acabo de empezar a trabajar el 15 de mayo y desde enero a este dia no trabaje tengo derecho igualmente a cobrar este dienero, a mi me retienen apoximadamente un 12% y mi contrato es de tres meses con la posibilidad de un segundo de 9 meses gracias

  • 80 Jose 30/06/2008 a las 12:26 pm

    Mi situación es la siguiente, trabajo en dos empresas diferentes, con dos nóminas diferentes, que tienen la misma gestoría. Una de las nóminas da de sobra para hacer la retención de los 400€ y la otra, juntando todo el año, no debe llegar a los 200€.
    Mi pregunta es, la deducción de los 400€ ¿sobre cual de las nóminas se debe hacer? Según la gestoría, me lo aplicarán en las dos, de forma que cobraré a lo largo del año 400 por un lado y lo que me retengan por el otro. ¿Es esto correcto? Si fuera así, ¿esto afectará a mi declaración del año que viene? (a la baja, por supuesto).
    Estoy echo un mar de dudas…
    Saludos, Jose

  • 81 benito 30/06/2008 a las 3:38 pm

    buenos dias

    tengo una duda, yo pensaba que si tenia derecho a esos 400€ , pero mi empresa me dice que no , que al estar mi sueldo neto por encima del convenio ( esta el sueldo base y el resto aparece en un plus del que ahora no recuerdo el nombre) no tengo derecho a ello

  • 82 Nora 30/06/2008 a las 10:19 pm

    Hola, mi situación es la siguiente. Mi empresa es bastante grande, unos cien trabajadores. Todos, sin excepción, cobramos dinero en B. En mi caso, me retienen un 3%. La nómina de Junio ha subido, pero me lo has descontado del B. Según mi jefe, es paga nuestro irpf durante todo el año, que según él tendríamos que pagarlo nosotros, por lo tanto, su respuesta ante nuestras preguntas y protestas ha sido que ese dinero no nos lo tiene que dar, vamos, que según pienso yo, nos está robando. ¿Hay algo que se pueda hacer? Sentimos una gran impotencia. Gracias

  • 83 maria C 01/07/2008 a las 12:12 am

    hola! he recibido hoy la nomina de junio y no hay ninguna variante…..verás cobro 357,43 euros (media jornada) con un IRPF de 2% (y eso que tengo el contrato indefinido) que supone una deducción de 7,94€ al mes. llevo todo el año trabajando en la empresa…asi que no se que es lo que deberian haberme pagado…gracias.

  • 84 rafa 01/07/2008 a las 9:43 am

    si eres autonomo asalariado como deben de ingresarte esos 200 euros.

  • 85 alicia 01/07/2008 a las 10:19 am

    hola mi pregunta es la siguiente:

    Si no me retienen nada de irpf, tengo derecho a los 400 euros?. La empresa me dice que no me van a dar nada.
    Además, también soy viuda y pensionista me han de dar los 400 euros.
    Gracias

  • 86 pedra 01/07/2008 a las 10:48 am

    Hola! que tal?
    En mi empresa me han dicho que como se pacta en netos no nos lo dan. que si fuera en bruto muchas veces acabariamos cobrando menos, y que de esta manera es algo asi como un hoy por ti mañana por mi. Yo he entendido que es como una donacion forzada, es legal?
    Llevo 4 años con contrato (antes unos 8 si contrato en la misma empresa) y me retienen un 19%

    muchas gracias!!

  • 87 SONY 01/07/2008 a las 11:09 am

    Hola, alguien me puede proporcionar un modelo de cómo solicitar a la empresa que no me plique la deducción en la nómina de junio???? Como tengo otro trabajo y me deducen en ese, noq uiero que me lo hagan en los dos. Gracias.

  • 88 Mary Carmen 01/07/2008 a las 12:56 pm

    Hola! En 1º lugar, Gracias, me habeis aclarado muchas dudas, pero todavía tengo alguna:
    1 - Si este año me devuelven los famosos 400€, el año que viene, cuando haga la declaración de la renta, si normalmente me sale a devolver p.e. 800€ ¿me devolverán 400€ porque los otros 400€ ya los he cobrado este año?
    2 - Si mi empresa decide no pagarme esos 400€, el año que viene, cuando haga la declaración, ¿me tendrán que devolver esos 400€ fijos + lo que me corresponda por el resto retenido (si hay)?
    Gracias.

  • 89 admin 01/07/2008 a las 5:31 pm

    Hola de nuevo Pilar, qué tal:

    respecto a tu situación definitiva ten en cuenta que no es lo mismo tener un salario en neto, que tenerlo en “B”. Un salario pactado en neto supone tener unas retenciones y unas cotizaciones, cosa que tú, en la parte de salario que cobras en “B”, no tienes. Lo que quiero que veas es que lo que han hecho con tu nómina de junio es totalmente correcto, ya que te han devuelto la retención de ese mes, pero eso no es excusa para que luego te rebajen la parte en “B”, eso es algo totalmente aleatorio, es algo así como decirte, “te doy un boli, pero te quito el cuaderno” aunque supongo que este es uno de los riesgos que se corren al cobrar el salario de esta forma. Sale ganando la empresa, ya que en la declaración no te deducirán lo ya deducido, y tú seguirás sin cobrar la parte restante “en B”. No sé si me explico, es lo mismo que te decía en el último comentario.

    El porcentaje de irpf es calculado por la empresa normalmente ya de forma automática en base a las directrices oficiales de Hacienda, que pueden variar de un año a otro. Se te calcula un porcentaje inicial a principio de año (enero), y éste va variando fundamentalmente en función de mejoras retributivas (%irpf más alto) o cambios en situación familiar (normalmente %irpf más bajo).

    Un saludo.

  • 90 admin 01/07/2008 a las 5:35 pm

    Hola ARIANNA:

    no, no tiene nada que ver ni remotamente. No es una ayuda a la empresa, sino una “ayuda” individualizada a cada trabajador, que se refleja en sus nóminas y en su declaración de la Renta, de la forma establecida.

    Un saludo.

  • 91 admin 01/07/2008 a las 6:04 pm

    Qué hay DAVID:

    en la nómina de junio ya te habrán deducido una cantidad igual a tu retención, es decir, te habrán devuelto la retención, en el resto de tiempo que te quede hasta cumplir con los 3 meses, proseguirá la deducción, pero será mucho más pequeña ya que se hará sobre las rentas que te quedan por cobrar, julio y parte de agosto, y además repartida sobre esos periodos.

    En caso de nuevo contrato, el nuevo irpf que te calculen ya será con decimales e incluirá la deducción hasta final de año.

    Un saludo.

  • 92 admin 01/07/2008 a las 6:18 pm

    Hola Jose,

    es así, si bien podrías evitarlo, simplemente diciendo a una de las empresas que quieres mantener el irpf anterior. Como hemos dicho en algunos comentarios, puedes elegir un %de irpf voluntario, siempre que sea superior al que te practican. La cuestión será decir a uno de ellos que quieres seguir cobrando lo mismo.

    Un saludo.

  • 93 admin 01/07/2008 a las 6:26 pm

    Hola benito:

    sí, ya lo hemos comentado por aquí, es una de las desventajas de estipular el sueldo en neto, cuando el irpf sube tu salario sigue igual, pero cuando baja también, ¿parece justo no?. Te remito al artículo “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

    Un saludo.

  • 94 admin 01/07/2008 a las 6:52 pm

    Hola Nora,

    tu caso es exactamente al de Pilar, a la que he contestado en el comentario 83.

    Añadir que la empresa está obligada por ley a practicar las retenciones en las nóminas de los trabajadores y a pagarlas trimestral o mensualmente, según corresponda, a Hacienda.

    Además resulta gracioso que diga que paga vuestras retenciones cuando una parte de vuestro salario es en negro.

    Por último, salís claramente perjudicados, por los mismos motivos que comenté a Pilar, ya que la cantidad en “B” la ha manejado en su provecho, y no podrás recuperar dicha cantidad, ni siquiera en la declaración, ya que esa cantidad no va a constar en ningún lado.

    Suerte, y un saludo.

  • 95 PILI 01/07/2008 a las 7:01 pm

    HOLA QUE TAL YO QUISIERA SABER SI ME TIENEN QUE DEVOLVER LOS 400E TENGO EL SALARIO BASE DE 608.32 PRORRATA DE 152.08 EN DIETAS Y VIAJES ME PONEN 188.27 Y ME DESCUENTAN EL 2 DE IRPF Y EN LA NOMINA ME PONE -ABONO I.R.P.F. HASTA 200E- EN TOTAL A DEDUCIR COBRO 900 TODOS LOS MESES IGUAL ES ACUERDO MUCHAS GRACIAS

  • 96 admin 01/07/2008 a las 7:08 pm

    Qué tal maria C:

    pues si tu nómina de julio no presentaba ninguna variante respecto a la anterior, tendrías que haber cobrado esos siete euros y pico de más en junio, es decir, tendrían que deducirte tu retención completa. Y luego, nada más, solo quedaría esperar a la declaración.

    Un cordial saludo.

  • 97 admin 01/07/2008 a las 7:12 pm

    Hola rafa,

    no estoy muy familiarizado con la expresión “autónomo asalariado”, supongo que te refieres a que a pesar de ser autónomo, tienes una nómina en la que no te descuentan la cuota de Seguridad Social porque ya la pagas tú por tu cuenta.

    En ese caso, tendrían que hacerte las deducciones en nómina como a los demás, siguiendo la reglas generales fijadas por Hacienda (ver artículo “Deducción 400 euros: el puzzle está resuelto”).

    Un saludo.

  • 98 admin 01/07/2008 a las 7:16 pm

    Hola alicia, qué tal,

    me temo que tienen razón en tu empresa, si no tienes retenciones no recibirás nada, por la pensión me temo que si no es muy alta, que no suelen serlo, tampoco.

    Lo siento, saludos.

  • 99 victor 01/07/2008 a las 7:40 pm

    mi pregunta es , en mi nomina sale abono de irpf
    56 euros , perdona mi ingnorancia pero no deveria ser de 200 euros , por que solo me descuentan 56 euros?? gracias

  • 100 admin 01/07/2008 a las 7:44 pm

    Hola pedra,

    creo que tú misma te has contestado, pactar en netos tiene estos riesgos, es la misma cantidad pase lo que pase. Se ha comentado ya en otras rsspuestas, así que permíteme que no me repita. Tal vez te interese echar un vistazo al artículo “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

    Un cordial saludo.

  • 101 admin 01/07/2008 a las 8:01 pm

    Hola Mary Carmen,

    respondiendo tus cuestiones:

    1. si este año, en nómina, te devuelven los 400, en la declaración de la renta tendrás que declarar que ya se te han aplicado, y no tendrá mayor efecto en la declaración que el puramente informativo.
    2.si este año, en nómina, no te devuelven los 400, en la declaración de la renta podrás pedir que se te haga esta deducción.

    Por supuesto, en las respuestas he partido del hecho de que te corresponden los 400 euros íntegros.

    Un cordial saludo.

  • 102 admin 01/07/2008 a las 8:40 pm

    Qué tal Sony,

    Es algo sencillo, no te compliques. Bastaría algo así:

    “Yo Sony, con NIF 00000000X, me dirijo a Vds. para solicitar que mi porcentaje de iprf no baje con ocasión de la deducción de los 400 euros, sino que permanezca en el X% , que se me venía aplicando hasta la fecha, y que igualmente mi neto no se vea afectado en ningún caso por esta medida en la nómina de junio”.

    Firmado, Sony.

    De todos modos, habla con tu departamento de RRHH para acordar el modo de hacerlo, en ocasiones con el envío de un e-mail entendible desde la cuenta de tu empresa es más que suficiente.

    Un saludo.

  • 103 admin 01/07/2008 a las 8:54 pm

    Hola PILI,

    Si tienes un 2% de retención, te devolverán la retención de tu nómina de junio y tendrás que esperar a la declaración de la Renta para ver si puedes deducirte algo más.

    Un saludo.

  • 104 admin 01/07/2008 a las 8:55 pm

    Hola victor,

    no, los 200 es la cantidad máxima que pueden deducirte, si tu retención es menor a 200 te retienen el importe de la retención.

    Un saludo.

  • 105 jimmy 01/07/2008 a las 10:02 pm

    Hola mi pregunta s la siguiente: yo trabajo en la construcción y me pagan por horas trabajadas es decir tengo una nómina y la diferencia me la pagan en negro, la empresa no me descuenta de las horas trabajadas el irpf aunque en mi nomina la refleja y la pagan elllos, este mes me viene reflejados en la nómina 200 euros más y me dicen que no tienen porque pagarmelos ya que así como no me descuentan del irpf no tengo derecho a cobrarlos quisiera saber si es cierto o no y si afecta en algo esto a la declaracion del año que viene gracias de antemano.

  • 106 silvia 01/07/2008 a las 11:28 pm

    hola,trabajo de dependienta,mi sueldo es de 690 euros al mes, me retienen un cinco por ciento y tengo 15 pagas,cuanto me van a devolver en la nomina del mes de junio?

  • 107 jose 02/07/2008 a las 5:57 am

    Hola, mi pregunta es muy sencilla, empecé a trabajar en Diciembre del 2007 en una empresa y el mes pasado me hicieron indefinido, tengo un importe neto de nómina pactado con el empresario y siempre me han deducido un 2% irpf con lo cual no llego a 200€ de retencion en estos primeros 6 meses, mi nómina de Junio ha venido como siempre “sin rastro de los 200€ de ayuda”, ¿a qué tengo derecho? o ¿que debo hacer o que me interesa para beneficiarme de algún modo de la ayuda?

  • 108 anA 02/07/2008 a las 8:36 am

    NECESITO ASESORAMIENTO,TRABAJO EN UNA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES COBRAN MAS DE LO QUE SE REFLEJA EN NOMINA,MI PREGUNTA ES,SI COBRAS MAS DE LO Q REFLEJA LA NOMINA AHI QUE DARLE TAMBIEN LO QUE PONE SEGUN EL TIPO DE IRPF QUE TENGA O POR COBRAR MAS DE LO QUE PONE EN NOMINA NO TIENE DERECHO??SE LE DEBE DE APLICAR ESE DINERO EXTRA O NO? Y CUANDO Y DONDE SE LE REFLEJA A LA EMPRESA??.GRACIAS VALLA LIO ,MAS DINERO PA LOS RICOS Y LOS POBRESSS QUE?

  • 109 ANGEL 02/07/2008 a las 8:46 am

    Una pregunta: ¿El empresario cuando recupera los 400 euros que le paga a los trabajadores?

  • 110 Jorge 02/07/2008 a las 6:04 pm

    Hola,expongo mi duda, estamos a dia 2 y aun no he cobrado, y necesito saber que va a pasar con mis 200€ del mes de Junio, pues yo tengo dos contratos uno de 10 horas semanales y otro de 30 horas semanales y aparte hago bastantes horas extras y en el primero serán unos 920 euros y en el otro seran 1500, en ambos brutos. en los dos me retendrán un 14% , como me quedará la cosa??
    Gracias

  • 111 admin 02/07/2008 a las 11:04 pm

    Hola jimmy, qué tal,

    en primer lugar no entiendo muy bien eso de que de tus horas trabajadas no te descuentan el irpf, pero sí lo reflejan en la nómina y lo pagan a Hacienda, parece una contradicción.

    Si no te descontaran irpf, habría que ver en primer lugar si ese cálculo es correcto en función del salario bruto que te pagan, si lo fuera y te pagaran, sin corresponderte, supongo que es un pago en negro.

    Si me lo aclaras algo más, estaré encantado de contestarte.
    Un saludo.

  • 112 admin 02/07/2008 a las 11:31 pm

    Hola silvia,

    pues una cantidad igual a la retención que te practiquen en esa nómina de junio.

    Un saludo.

  • 113 admin 02/07/2008 a las 11:38 pm

    Hola jose,

    son pocos datos, pero es posible que si tu salario es muy pequeño, al pasar a indefinido tu tipo de retención se haya convertido en un 0 (esto puedes verlo en tu nómina) con lo que no tendrías derecho a la deducción en la nómina de junio.

    Si tienes alguna retención, la empresa tendría que haberte devuelto una cantidad igual a esta retención, hasta un máximo de 200 euros. Si no lo ha hecho, tendrás que esperar a tu declaración.

    Saludos.

  • 114 admin 02/07/2008 a las 11:46 pm

    Hola anA,

    si cobras más de lo que ves en tu nómina es que te están pagando una parte en dinero negro, esto implica que la empresa no paga las retenciones y cotizaciones que están legalmente obligados a pagar por ti, al menos por esa parte que está fuera de la nómina.

    Lógicamente los 400 euros no se aplican sobre esa parte, ya que no va a figurar en ningún sitio, eso es precisamente lo que caracteriza al dinero negro.

    Un saludo.

  • 115 admin 02/07/2008 a las 11:47 pm

    Hola ANGEL,

    la empresa no recupera nada, ya que es un simple intermediario o colaborador de la medida.

    Un saludo.

  • 116 admin 03/07/2008 a las 10:43 pm

    Hola Jorge, qué tal,

    en principio te deducirán en la nómina de junio entre los dos sitios 138+200=338€ según los datos que me das.

    No olvides que la deducción es una única de 400 euros, y que tendrás que hacer la declaración al tener más de un pagador.

    Un cordial saludo.

  • 117 Susana 04/07/2008 a las 11:04 am

    Hola me llamo Nuria, y tengo un lio exagerado con estos de los 200€, mira te explico mi situacion, yo llevo trabajando en una empresa desde principios de año, mi jefe me ha dicho que no me corresponde esa cantidad debido a que no tengo antiguedad en la empresa, es que yo no entiendo mucho de eso, asi que no se si me corresponden o no. Tengo de IRPF un 2% al igual que todos los trabajadores, ellos si lo van a cobrar, pero cobran solo 20.97 o algo asi, ya que es el 2%, eso estaria bien??? Yo deberia cobrar algo de los 400€?. Muchas gracias por adelantado

  • 118 NURIA 04/07/2008 a las 11:20 am

    Hola mira la situacion la e explicado antes, pero por si necesitas datos sobre lo que cobro para ver si me correspondiese algo estos son;

    Salario base 819.29, Incentivos; 82 , y pagas extras; 196.50. En total cobro total liquido a percibir 1006.11, y me quitan el 2% del IRPF, es de decir 21.96.

    Las pagas extras ya estan metidas en mi sueldo y las vacaciones, vamos todo, siempre cobro lo mismo todos los meses, y claro al decirme que no me corresponde, pues… no lo se. Gracias por todo, si te falta algun dato no dudes en decirmelo. Un saludo

    Nuria

  • 119 MIRIAM 04/07/2008 a las 5:38 pm

    Buenas tardes,
    Tengo un pequeño problemilla con esto de la devolución de los 400 euros, intentaré explicarme lo mejor posible.
    Mi nomina es más baja de lo que yo en realidad cobro, vamos que parte lo tengo en B. Esto lo hice por ahorrarle a mi jefe algo en la seguridad social. El caso es que ha llegado la nomina de junio y la extra de verano, con las deducciones pactadas. 85.92€ en una nomina y 85.91€ en otra nomina. Yo entiendo que esos 171.83 euros de más me los tiene que pagar mi jefe pero el no lo ve así. Dice que hemos pactado un salario y que si me lo paga el sale perdiendo. Si a mí no me hacen retencion en la nomina, el no tendra que pagar tampoco por ella no?
    Bueno, la pregunta es esta: Me tienen que pagar a parte esos 171.83 euros. Si no es así tendria que pedir que me pongan la retencion de siempre, porque sino en la declaracion del 09, AEAT entenderá que ya me lo han dado no?
    Muchas gracias.
    Un saludo

  • 120 Flavio 04/07/2008 a las 8:46 pm

    Hola a todos,mi caso es similar al de Pilar.
    Cobro un dinero en nomina y el resto de lo pactado como sueldo en B ,como una gran cantidad de trabajadores españoles.
    Por lo que entendi esta ayuda del estado al final va a beneficiar a los empresarios que se ahorran las cotizaciones y retenciones (pagan en negro parte del sueldo)ya que ellos van a desembolsar menos dinero para llegar al sueldo pactado.
    Entendi bien?

  • 121 jimmy 05/07/2008 a las 8:10 am

    bien veras yo cobro x horas trabajadas aunque en mi nomina refleja un pago de 1200 euros x ejemplo cada mes yo hago 200 horas a 10 euros son 2000 y luego la diferencia q son 800 euros me lo dan en negro y lo que quiero saber ya q en la nomina de junio me viene reflejada la devolucion de 200 euros en nomina si tengo que cobrarlos ya que la empresa alega que al ir por horas y ellos pagarme el irpf sin descontarlmelo de mis horas no tienen x que pagarmelo espero haya sido un poco mas claro gracias de antemano.

  • 122 laura 05/07/2008 a las 3:25 pm

    hola yo cobro 536e y queria saber si tengo derecho a los 400 tengo de irpf un 2%.un saludo

  • 123 ivizia 05/07/2008 a las 6:00 pm

    hola.tengo en nomina 843€ de de irpf 5€.cuanto me tienen que añadir en la nomina este mes?gracias

  • 124 admin 06/07/2008 a las 10:08 am

    Hola Susana/NURIA,

    antes que nada, gracias por dar los datos de tu nómina de forma tan clara.

    En tu nómina de junio tendrían que haberte devuelto 21,96€, por lo tanto tu neto debería haber sido de 1.028, 07 .

    En tus nóminas de julio a diciembre no te adelantarán nada, ya que así lo ha establecido Hacienda para los contratos inferiores al año (a un 2% de irpf).

    Ahora déjame informarte de una mala noticia, estás dentro del grupo del que hablamos en el artículo “Deconstructing 400 euros…”, cuya lectura te recomiendo porque puede resultarte interesante.

    Si hubieras estado trabajando todo el año tendrías un bruto de 13.173,48 multiplicado por 2%=263,46. No obstante, no has trabajado todo el año, no sé tu fecha de inicio, y tampoco si has tenido otro trabajo en el 2008, así que pongamos que en números redondos ganas 12.000€ (porque éste haya sido tu único empleo de este año y no hayas empezado en enero). Si estás soltera y sin hijos y haces la declaración de la Renta descubrirás que por 12.000 euros te corresponde aproximadamente un 5% de tipo retención, y no ese 2% que te han aplicado.

    12.000*5%=600 euros, con lo que, aplicándote la deducción, tendrías que pagar unos 200€.

    Ten esto en cuenta, porque es probable que no tengas 400 euros más en tu bolsillo por esta medida, al contrario que los contratos indefinidos de salarios más elevados.

    Un cordial saludo.
    Gracias por tu comentario.

  • 125 admin 06/07/2008 a las 10:10 am

    Hola MIRIAM,

    te remito a la respuesta dada a pilar (comentario 32 del artículo “deducción 400 euros: el puzzle está resuelto), y anteriores. También te puede servir el articulo que publicamos hace unos días titulado “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

    Un cordial saludo.

  • 126 admin 06/07/2008 a las 10:58 am

    Hola Flavio:

    pues has hecho una buena lectura de la situación de Pilar, es tal y como dices y suena brutal…

    No obstante, no es culpa de la medida, o del Gobierno, sino lógicamente del empresario, puesto que en el caso de Pilar lo que hacen es aplicar las reglas de un salario pactado en neto a un salario pagado en negro, y no tiene nada que ver una cosa con la otra.

    Ya que en el salario en negro no se practican retenciones, no veo por qué tiene que variar a la baja por la entrada en vigor de los 400 euros.

    Estoy contigo.
    Gracias por tu comentario.

  • 127 admin 06/07/2008 a las 10:59 am

    Hola jimmy,

    me has aclarado algunas cosas, esto es lo que yo he entendido:

    1)Tu nómina refleja la deducción de 200 euros, sin embargo tu neto no ha aumentado, esto es porque tienes un salario pactado en neto. En este caso te digo lo mismo que a MIRIAM (comentario 123).

    2)La empresa te dice que no te los paga porque ya ellos pagan el irpf sin descontártelo del neto. Esto viene a reforzar la idea de que tienes un salario pactado en neto, porque lo que te están intentando decir es que a partir de tu neto, ellos pagan las retenciones que correspondan, aunque está mal expresado, ya que realmente la empresa se encarga de pagar el irpf de sus trabajadores, en TODOS los casos, por mandato legal, cosa que ellos no hacen con la parte que te pagan en negro.

    Espero haberte respondido.
    Un cordial saludo.

  • 128 Juan Antonio V. G. 06/07/2008 a las 8:46 pm

    Hola…. quisiera saber … mi contrato actual es de 2,5 h a la semana y lo tengo compatibilizado con el subsidio de desempleo… esta situacion la tengo desde hace 3 meses y anteriormente el empleo que tenia si me retenian lo suficiente como para que la declaracion de la renta me salira a devolver… no se si con esto teneis los datos que necesitais… si no es asi diganmelo y se los proporciono… mi pregunta es ¿me corresponde que la empresa actual me den el dinero y despues ellos lo reclamen a hacienda aunque mi nomina sea ridicula y las retenciones proporcionales???????? gracias por su interes.

  • 129 admin 07/07/2008 a las 9:15 pm

    Hola laura e ivizia,

    a estas alturas ni os digo la de veces que hemos podido responder preguntas como las vuestras, os remito a comentarios anteriores.

    Gracias.
    Un saludo.

  • 130 admin 07/07/2008 a las 9:48 pm

    Hola Juan Antonio V.G.

    para la deducción en tus nóminas, lo importante es la retención que tengas en la nómina, si tuvieras un 2% de retención, solo te devolverían la retención de junio. Exactamente lo mismo para el caso del subsidio por desempleo.

    Si no, seguirías la regla general dada por Hacienda, que transcribimos en el artículo “deducción 400 euros: el puzzle está resuelto”.

    Un apunte más, la empresa tras devolver la cantidad que te corresponde en la nómina, no reclama nada a Hacienda; sólo se limita a seguir sus instrucciones, que en esta ocasión consisten en que la empresa retenga menos al trabajador, y fruto de ello es percibir un mayor neto.

    Un cordial saludo.

  • 131 Josefa 08/07/2008 a las 5:38 pm

    Buenas tardes,

    Mi pregunta es la siguiete:
    Ya he recibido la nómina de Junio pero sólo me retienen el 9% con lo que con la base IRPF que tengo (1141.50 Euros) no me sale el abono de los 200 Euros sino 102, 74, podría perdir al empresario que me ampliara la retención en esta nómina para alcanzar los 200 Euros?.

    Además con esta retención si hago la declaración me sale a pagar sobre unos 300 Euros y ya que no estoy obligada a hacerla evidentemente no la hago pero así estoy perdiendo dinero de otras retenciones que hacienda me practica a mí. Que porcentaje de IRPF tendría que pedir al empresario que me hiciera para que no me saliera a devolver la declaración?

  • 132 ricardo 08/07/2008 a las 11:26 pm

    buenas noches

    mi duda es la siguiente
    en mi nomina de junio esta hecha la deducion de los 200 euros pero el tema es muy curioso en el apartado de otras percepciones no salariales tenemos una cantidad de dinero en mejoras voluntarias y lo que han hecho que de hay han descontado 200 euros y los han metido en la deducion para que en el liquido total a percibir salga nuestro sueldo y los sabados que trabajamos entoces mi duda es que lo que esta haciendo la empresa es quedarse con nuestro dinero y para la renta del 2008 saldremos perjudicados al tener que declarar un dinero que no a sido cobrado espero contestacion por que no sabemos que hacer si firmar la nomina o no.un saludo gracias

  • 133 admin 09/07/2008 a las 11:24 pm

    Hola Josefa,

    sí, podrías pedirlo, así lo dispone Hacienda en la carta informativa sobre los 400 euros que ha remitido a las empresas. Pero ten en cuenta que tendrías que mantener ese nuevo porcentaje de retención, superior al que te aplican actualmente, hasta final de año.

    Me resulta raro eso último que dices, quizás el año pasado estuviste en más de una empresa, y por eso te salió a pagar, o puede que haya sido por alguna otra razón ajena a tu nómina, si no fuera así, la empresa te está calculando mal el irpf.

    En ese caso, Josefa no tengo ni idea del tipo de irpf que te vendría bien, entiéndeme. Habla con tu empresa y coméntales el problema que tuviste el año pasado porque seguramente tenga alguna explicación. Y asegúrate de que te calculen el irpf POR TODO EL AÑO. Si tienen un programa informático de nóminas mínimamente decente no deberían tener problema para el cálculo.

    Por último, diles que te estás asesorando bien, y que te has enterado de que puedes reclamar a la empresa en caso de que ésta te retenga menos de lo que te corresponda, lo que es totalmente cierto, y acojona bastante.

    Un cordial saludo.

  • 134 admin 10/07/2008 a las 12:01 am

    Hola ricardo,

    la razón es que probablemente tengáis un salario pactado en neto. Al disminuir las retenciones, también disminuye el bruto. Lo explicamos en el artículo “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

    Un cordial saludo.

  • 135 Josefa 10/07/2008 a las 11:19 am

    Buenos días,

    Efectivamente estás en lo cierto, el año pasado estuve en dos empresas ya que donde trabajo “tienen dos empresas” (la misma actividad pero con dos empresas) y pasan a los empleados de una a otra para así beneficiarse ellos y no hacer contratos indefinidos hasta pasado un largo tiempo.

    Gracias por aclarame mis dudas.

    Un saludo.

  • 136 Mayte 11/07/2008 a las 11:43 am

    Buenos días,

    Tengo una gran duda sobre este tema. Resulta que yo tengo un IRPF de un 12 % y mi bruto es de 1.213,37 por lo que me retienen 145,60 €.
    Entiendo que en el mes de junio me “devolvieran” esos 145,60 € y que el resto hasta los 200 € de junio (54,40 €) y los otros 200 € me los vayan “abonando” en proporcion hasta el mes de Diciembre.
    Sin embargo, he realizado la prectica y resulta que no es asi: que yo no cobraré los 400 € en total.
    Resulta que me he recalculado el IRPF% y ahora será de 9,81% por lo que mi retencion será de 119,03 € de lo que deduzco que en el mes de julio y en los siguientes a mí se me estarían “abonando” 26,57 €, es decir, un total de 212,56 € (porque serían los 6 meses mas los dos de las pagas). Pues bien, estos 212,56 € mas los 145,60 € me dan un total de 358,16 € que son los que me “devuelven” de los famosos 400€.
    Mi pregunta es ¿donde está el resto que me corresponde? porque me faltarían 41,84 €? ¿como se me abonan? no se trata de que sea una egoista o rácana…se trata de que no veo claro ni limpio lo de la famosa DEDUCCION DE LOS 400 €…

    Aparte…tambien creo que esto no debe ser bueno porque como dicen por ahí no dan duros por pesetas…con esto quiero decir que quizá entonces después de todo esto el IRPF nos suba más cuando se realice un recalculo anual… aqui queda dicho.

    Espero que me puedas responder. Muchisimas gracias por todo.

  • 137 admin 12/07/2008 a las 9:53 pm

    Hola Mayte, qué tal,

    Es probable que haya algún desajuste entre tus cálculos y los procesados por tu empresa. Piensa que con el tipo de irpf expresado en números naturales pasaba una cosa…que se mantenía el tipo de irpf hasta que no se superaba un determinado umbral, es decir podías ganar un poco más que un compañero y sin embargo compartir los dos el mismo tipo de irpf. Ahora se puede dar el caso de que el compañero que ganaba un poco más que el otro se beneficie más de esta medida. Tú podrías ser en este caso el que ganaba un poco menos… Eso puede producir un desajuste de unos 5 euros en tu retención, que multiplicado por 8, llega a los 41,84 que indicas.

    No te preocupes porque recuperarás la diferencia en la declaración de Hacienda, declarando la “devolución” que efectivamente haya realizado tu empresa a través de las nóminas.

    En principio el recálculo en enero no te va a beneficiar en la misma medida que el que has hecho ahora en julio, básicamente porque éste es para medio año y aquel por el año completo.

    Espero haberte aclarado algo.
    Un cordial saludo.

  • 138 eva 16/07/2008 a las 4:46 pm

    Hola, en mi caso me pagan una cuantía inferior a la que figura en mi nómina, no coincide para nada, se trata de un acuerdo trabajador-empresario. Cuando hemos recibido la nómina de Junio, figura un 0% de retención IRPF. No se si esto está bien así o no. Pero todo este tema de los 400€ no entiendo nada, ¿en qué me beneficia a mi? porque para Hacienda realmente yo voy a percibir esos 400€ pero no ha sido asi, y ¿qué pasará el año que viene con la renta? si por ejemplo tuvieran que devolverme 1000€ entonces me devolverán 600€ no? según lo entiendo lo mire por donde lo mire salgo perdiendo 400€. Me lo podrían explicar. Gracias

  • 139 admin 19/07/2008 a las 8:00 pm

    Hola Eva, qué tal,

    si te figura un 0% de retención en la nómina de junio, y antes te figuraba un porcentaje mayor, evidentemente, es porque te han aplicado la medida, aunque de un modo técnicamente incorrecto, ya que el porcentaje de irpf sólo tendría que regularizarse en julio, y no antes. Si son hábiles y consiguen que su programa, no obstante esto, lo haga bien en julio, no habrá mayor problema.

    Te beneficia porque luego en la declaración habrá una casilla en la que dispondrás de la parte de los 400 euros que te han aplicado, y si no te han aplicado nada, y te corresponde, Hacienda te devolverá los 400€.

    En principio la deducción de los 400 euros no es incompatible con las demás, así que en el caso que dices no se restaría del resto de deducciones.

    Un cordial saludo.

  • 140 Mayte 24/07/2008 a las 11:06 am

    Debo ser dura de mollera jjejeje…pero me gustaría aclarar que sigo sin entender cuando cobraré yo mis 41,84 € que me faltan puesto que lo he comprobado con otros ejemplos y no es la misma cuantía pero en resumidas cuentas que no queda plasmado de ninguna manera que lleguemos a cobrar los 400 € en su totalidad. No salen las cuentas y no hay desajuste entre mis calculos y los de la nomina.
    Me lo podría aclarar si no es molestia alguna.

    Muchisimas gracias y perdon por la insistencia.

  • 141 javier 25/07/2008 a las 10:00 am

    Estimado amigo:
    buenos dias a todos los que haceis posibles que podamos despejar nuestras dudas sobre el citado Decreto de los 400 euros. Actualmente yo me enc