El momento ha llegado, el 24 de mayo se ha publicado el RD 861/2008, que regula la deducción de los 400 euros. Hacienda a su vez, ha hecho pública una nota informativa, que por lo esclarecedora que resulta, paso a detallaros a continuación. Gracias a los que nos habéis seguido, veréis que el RD materializa lo que se ha venido diciendo desde tusnominas.
Trabajadores y pensionistas
- Nómina del mes de junio de 2008: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.
- Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200), minetras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).
Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:
- Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda para el cáculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio.
- Envío de una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla.
- Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.
Empresarios y profesionales:
- Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008 y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
- La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
Hasta aquí la teoría, sin embargo aún queda la práctica, que traerá cola, mucha. Prometo contaros las cosas curiosas que vayan surgiendo.
Un saludo a todos,
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Hola Teresa,
te remito a este artículo, que creo que te servirá de ayuda,
http://tusnominas.com/salario-pactado-en-neto-y-regularizacion-de-irpf-en-julio-4-posibilidades-solo-1-honrada
Un cordial saludo.
Hola buenas! Me gustaría saber si me corresponden los 400euros, ya que mi nomina es de 1400 euros y me retienen un 15%, es decir 212 euros y en junio no me retuvieron nada. Y de julio a septiembre no me han dado los 33 euros famosos… En hacienda me dijeron que las gente que tuviese un porcentaje de IRPF fijo no le dvolvian nada… Mis preguntas son… En la declaración del año que viene me devolveran los 200 que me pertenecen? O debería hablar con la gestoria de mi empresa para que me bajen el porcentaje del IRPF para asi ganar los 33 a partir de este mes? Espero que me respondais lo antes posible porque de no cobrar los 200 euros en la declaración del año que viene prefiero perder 66 que son los 2 meses que llevamos a los 200. Muchas gracias.
Hola Helen,
A riesgo de parecer adivino, que no quiero, eres una profesional que no efectúa su liquidación trimestralmente, seguramente un autónomo económicamente dependiente. En ese caso tendrás que esperar a hacer tu declaración de la Renta, y no podrás variar tu irpf, ya que es el que viene establecido legalmente como mínimo para casos como éste.
Un cordial saludo.
Buenos dias! No soy autonoma. Soy encargada de un McDonald’s, somos 4 chicos y 2 chicas. Y mi compañera y yo no hemos cobrado los 33 € de Julio, Agosto y Septiembre … Pero si los 200€ de junio. Nos dijeron en la oficina que era porque teniamos el IRPF fijo y no lo podian tocar… Perio queria informarme bien porque se suelen equivocar muchos con las nominas y no me fio…, por eso fui a Hacienda y vi muchos foros y este me gusto mucho. Muchas gracias por tu blog.
Hola Helen,
de acuerdo, en ese caso puede ocurrir que o bien tengas el sueldo pactado en neto, o bien que hayas solicitado un irpf voluntario.
¿Es esto así?.
Un saludo.
si que firme un IRPF fijo, pero en hacienda me dijeron que tampoco me correspondian los 200€ de junio, mi compañera y yo teniamos la duda de si nos lo devolvian con la declaración o que nos cambiasen el porcentaje del IRPF. Pero ya estoy mas tranquila, ahora entiendo que es asi porque firme un IRPF fijo. GRACIAS!
Hola a todos.
Me descontaron los 200 euros en Junio y me subió el sueldo esa cantidad pero en los meses posteriores no me han descontado nada.Puedo pedirlos en la declaración del 2009?o me los tiene que pagar mi empresa?
Hola Rubén,
no lo sé, habría que ver si no te los pagan porque no te corresponden, o porque tienes el salario pactado en neto, o porque lo han calcualdo mal, o….etc, etc, etc.
Un saludo.
Buenas!!
Me pasa un caso parecido al que comenta Helen, mi nómina es de casi 1400 euros, en Junio percibí los 200 euros famosos, pero en las nóminas posteriores me siguen reteniendo un 15,00% desde Enero de este año, por lo que mi nómina no ha variado, y no estoy cobrando los 33 euros dichosos.
Lo he comentado en mi empresa, y su única respuesta es que la gente que realiza las nóminas lo ha mirado y es correcto, pero no me dicen porqué.
PD: Yo no he pactado un IRPF fijo, ni el sueldo pactado en neto.
Muchas gracias.
Hola Anónimo,
gracias por dar todos los datos. Es posible que seas un autónomo económicamente dependiente (uno de los tipos de irpf de los autónomos es el 15% y es de carácter fijo). Otra opción es que seas trabajador y te haya jugado una mala pasado el paso a decimales del tipo de irpf. Es decir, aunque tuvieras un 15% es posible que te faltara muy poco para llegar al 16% (que tuvieras, por decirlo así un 15,99% de irpf latente en la nómina previa a la regularización de julio), de tal forma que el paso a decimales ha destapado esta situación, situándote de nuevo en el 15%. Escribimos un artículo para que puedas calcular tú mismo el irpf de tu nómina de julio, tal vez te sirva, te adjunto el enlace.
http://tusnominas.com/una-pequena-ayuda-para-calcular-tu-nuevo-irpf-2008-con-decimales
Un cordial saludo.
Hola a todos, tengo una duda y necesitaria que alguien me aclare la cosa. El pasado Junio 08 fue justo cuando dejé mi trabajo para cambiar a otro, y esa deducción no la vi para nada en mi nomina ni en el finiquito. Hay manera para que se puedan recuperar estos 400 euros ya que ese año me ha tocado pagar 1056 euros por haber tenido 4 contratos en un año?
Os agradeceria mucho una respuesta ya que me estoy volviendo loco por saberlo. En agencia tributaria cada uno te dice algo diferente.
Muchas Gracias por adelantado.
Giorgio
Hola Giorgio,
sí, en tu declaración de la renta del año que viene (en el caso de que te corresponda y en la cuantía que te corresponda, esto es, siempre en función de las retenciones asociadas a tus rentas). No te descontaron nada en junio porque tenías un contrato temporal inferior a un año (tipo de retención fijo del 2%). Te adjunto 1 artículo que puede interesarte sobre este tema.
http://tusnominas.com/400e-temporales-con-2-de-irpf-barridos-de-las-nominas-de-julio-a-diciembre
Un cordial saludo.
Un cordial saludo.
buenos dias.
Yo tengo el sueldo neto pactado, y no me influyen las variaciones. Desde Julio he visto mi IRPF afectado a menos (por lo q cotizo por menos) y sigo cobrando lo mismo.L a respuesta de la gestora de mi empresa es que me lo baja por lo de los 200, y q ya me lo pagara hacienda el año q viene. Me suena a tongo total, si me los va a abonar hacienda pq me tienen que tocar la nomina y bajar el IRPF??me estan robando! cotizo menos y cobro lo mismo.
no se si lo he explicado bien.gracias
Hola sandra,
ya escribimos un artículo sobre el tema. Te adjunto el enlace.
http://tusnominas.com/salario-pactado-en-neto-y-regularizacion-de-irpf-en-julio-4-posibilidades-solo-1-honrada
Un saludo.
me parece muy bien el enlace pero no me soluciona nada!
gracias de todas maneras
Hola sandra,
Por orden;
1) no cotizas menos, los tipos de cotización permanecen invariables aunque tengas el salario pactado en neto, te refieres a las retenciones de irpf
2) si te han bajado el % de irpf y cobras lo mismo, estás en el supuesto 1 del artículo que te menciono, que refleja de lleno tu caso.
Un saludo.
y no se puede hacer nada para remediarlo??? yo estoy totalmente no deacuerdo!!
y mi gran duda es, ¿percibiremos los 200 € que nos quedan??? o la empresa se queda con un dinero q el estado me esta dando a mi!!!???
Hola, en mi caso si tuve la reducción de 200 euros en la nómina de junio, pero al calcular con el programa de ayuda el importe de las retenciones me sale que me han retenido 500 euros de más de los que me correspondían, que ocurrirá con los 200 restantes? Creo que el problema es que no me pusieron la deducción por un hijo. Supongo que en la declaración me devolverán los 500 euros que he pagado de más pero los 200 restantes, que pasa con esos.
Hola SONIA,
Dando por sentado que realmente te han retenido 500 euros de más, te devolverán 500 euros.
Siento ser tan obvio, pero así es. Los 200 euros de los que hablas no son un “extra”, sino que van incluidos en el lote.
Un saludo.
Hola!, yo soy autónomo y hago los pagos a cuenta trimestrales, con la dedución de los 400 euros. Mi duda es la siguiente: En la declaración del IRPF, qué cantidad haré constar como pagos a cuenta, la que realmente tendría que pagar sin descontar los 400 o la cantidad realmente pagada? De tener que poner la cantidad realmente pagada la declaración saldrá con mayor cantidad a pagar, y lo de los 400 euros será un engaño.
Hola vicente,
lógicamente, siempre la cantidad realmente pagada, es la única forma de poder demostrar que tienen que devolverte.
Un saludo.
Hola,
mi padre que es pensionista (con una pensión en torno a los 16000 euros anuales aproximados), me ha comentado que ha recibido ya el certificado de retenciones del año 2008. Él ha sumado nómina a nómina lo que le han retenido todos los meses de enero a diciembre, y en el certificado de retenciones le vienen 400 euros menos de la cantidad que le han ido reteniendo mes a mes. ¿Es eso posible?. En su caso, en junio recibió los 200 euros, y luego también ha visto incrementada la paga en la parte proporcional de julio a diciembre.
Hola Silvia,
Me parece que no es posible. Tal y como dices, le han deducido 200 euros en la “nómina” de junio, y otros 200 de julio a diciembre mediante una minoración del % de irpf, con lo que la suma que ha hecho no parece correcta.
En cualquier caso el certificado de retenciones debe ser fiel a lo que ha ocurrido durante el año. En caso de no haberse aplicado las deducciones, tendría que aparecer exactamente como si no se hubiesen aplicado las deducciones, para permitir al trabajador declararlo de este modo ante Hacienda y aplicarse así la deducción correspondiente.
Un saludo.
Una duda razonable.
Soy trabajador por cuenta ajena de una empresa de seguridad.
Mi empresa me ha retenido 1400 euros de irpf durante 2008
El mes de junio me devolvió el 100 x 100 de retencion de irpf (135 euros)
De julio a diciembre de 2008 no me ha bajado nada mi irpf
No tengo pactado sueldo con la empresa
Tengo pactado el 11% de retencion de irpf
Mi pregunta:
¿Donde está el descuento restante?
¿Lo cobraré?
¿Cómo y donde?
Gracias
Hola Jose,
No es una duda muy razonable, si tienes el irpf pactado al 11%, ¿cómo querías que te descontaran los 200 restantes, si este descuento se hacía a través de una minoración del tipo de retención?. Lo restante está en tu declaración, te va a comer.
Un saludo.
me gustaria saber si el año próximo hay
deducción de los 400 euros.
Hola jose luis,
no lo sé, se determinará en los Presupuestos Generales del Estado del año que viene. El nivel de gasto público en el que España está inmerso hace que sea complicado extender esta medida al año que viene, pero todo es posible.
Un saludo.
La deducción se aplica a partir del año 2008 y los años siguientes hasta que la norma sea modificada. Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007.
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