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Es el tema de moda ahora mismo, y sin embargo todo en él es pura incertidumbre. Para los que no estén muy al tanto, les pongo en antecedentes. Durante la campaña electoral 2008 ZP presentó una medida fiscal consistente en la devolución de 400€ a todos los contribuyentes españoles (lo que a primera vista dejaría fuera a todos aquellos que no presentan su declaración de la renta, punto éste muy criticado) . El origen de esta medida es la actual crisis crediticia internacional y la explosión a nivel local del boom inmobiliario; nuestro dinero puede ahora comprar menos cosas, lo que está provocando un descenso del consumo y del ahorro, que a su vez implica un menor crecimiento en la economía del país (la famosa desaceleración-recesión económina). Esos 400 euros irían destinados precisamente a aumentar la renta disponible de las familias favoreciendo así su capacidad para gastar y para ahorrar (lo que a su vez, si ésta es una medida sólo para el presente ejercicio fiscal, también debería favorecer la recaudación de impuestos de la renta y de IVA del año que viene, con lo que, lo comido por lo servido, o nadie da duros a cuatro pesetas, y menos el Estado). Como dato curioso, el propio ministro Solbes ha comentado que esta medida va a favorecer la contratación de trabajadores, dado que el coste que el empresario asume por un trabajador va a ser menor (ej:se contrata a un trabajador por 18.000 euros brutos al año, pero de esos 18.000€ el Estado “regala” 400€, con lo que el empresario ahora está pagando realmente 17.600€ brutos por el trabajador. Mi opinión es que como mucho aumentará la contratación de becarios durante el verano, y nunca se sabrá si es por este motivo o porque este es un hecho tradicional o porque el alcance de la crisis económica no permite otra cosa que contratar becarios.
¿Pero, cómo va a hacerse la devolución?. Hasta ahora lo que sabemos es que sólo hay un borrador de Real Decreto pendiente de ser aprobado por el Consejo de Ministros. De este borrador sacamos en claro que la primera deducción se hará casi con toda seguridad en la nómina de junio minorando por un importe de 200€ la cuota de retención que corresponda de aplicar las mismas reglas de cálculo de irpf que se vienen aplicando hasta ahora. Para los 200€ restantes se regularizará el tipo de irpf, que obviamente será menor, y que incluirá dos decimales, volviendo así a los tipos de irpf del “siglo pasado”, como muchos lectores recordarán. No os preocupéis porque Hacienda va a colgar un programa de ayuda online para hallar los nuevos porcentajes. Asimismo como es lógico, todos los programadores informáticos están trabajando a destajo para incluir parches en las aplicaciones informáticas de nómina. En cuanto sepamos más cosas, lo iremos diciendo. Del mismo modo, si tenéis cualquier información de interés o queréis opinar sobre este tema, esperamos vuestros comentarios. Un cordial saludo a todos.
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Hola phosphoro,
hemos hablado bastante del tema…te aconsejo que en el casillero donde pone BUSCAR introduzcas las palabras 400 euros, para poder encontrar todos los artículos y comentarios relacionados con el tema.
Es posible de todos modos que tengas un contrato temporal a un 2%, o un salario pactado en neto; cualquiera que sea tu caso, podrás enterarte mejor leyendo los artículos.
Un cordial saludo.
Es correcto que en las nominas de julio a diciembre aparezcan reflejado el irpf con un porcentaje distinto a lo habitual y no aparezca lo que te devuelven como pasaba en la nómina de junio? Es que me aparecia en el concepto de irpf a 0 y especificaba abono por irpf y la ucantía, pero en esta nómina me aparece irpf 4.83 y nada mas. Está bien? gRACIAS
Hola Nati,
sí, el modo de proceder es correcto. Ese es el procedimiento que adelantó Hacienda, y que reflejamos en el artículo “deduccion 400 euros: el puzzle ya está resuelto”.
Un cordial saludo.
156 hector 18/08/2008 a las 7:52 pm
Desde mi gestoria, me han comunicado que este trimestre, en vez de pagarle a hacienda, me tinen ellos que devolver dinero. Como es la primera vez que esto me ocurre en 20 años, me ha extrañado tanto que me interesaria saber donde puedo comprobar mi impreso 130, pues me han dicho que como me sale a devolver, no me loo envian como cuando sale a pagar.
Me he quedado extrañadisimo pues mi trabajo, produce mas o menos casi siempre los mismos rendimientos.
Hola Héctor, qué tal,
en efecto la medida de los 400 euros también se adelanta a los profesionales que presentan el modelo 130 de la siguiente forma (transcripción de nota informativa de Hacienda):
* Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008 y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
* La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
Si este tema lo está llevando una gestoría por qué no solicitar una copia del modelo presentado en otros trimestres. No soy experto en este impuesto en concreto, pero te puedo decir que los modelos 110 o 111 negativos (modelos que presentan las empresas por las retenciones practicadas a empleados y profesionales que no presentan el 130) tampoco se llevan al Banco.
Espero que te sirva de orientación.
Un cordial saludo.
Saludos.
Hola,
acabo de dejar el trabajo, un contrato de un mes,con 16 horas a la semana,en un centro de mayores, sin preavisar a la empresa. Cuantos dias me tienen que descontar de la nomina por no avisar con antelación?
gracias
Hola, con cargo a la famosa deducción de los 400 euros, cobre 200 euros más en una nómina, el resto se iba a distribuir en nóminas scesivas. Pues bien, a mí no sólo no me han pagan más sino que me han subido la retención y cobro menos gracias a los 400 euros ¿Es lógica esta menma en la nómina? ¿Puedo hacer algo para recuperar los 200 restantes?
Hola, estoy un poco liada y no se si me podreis ayundar. Yo estoy trabajando con un contrato de 1/2 jornada. Hasta Junio me iban reteniendo un 2% en nomina en concepto de IRPF pero a partir de hay no me retienen nada. Mi pregunta es la siguiente podrie exigirle a la empresa que quiero que me sigan reteniendo ese 2%? lo digo porque yo cobro una cantidad neta negociada con la empresa y este dinero lo estoy perdiendo y cuando vaya a ser la declaracion no lo voy a percibir poque consta de que ya me lo ha pagado la empresa, gracias por vuestra respuesta
Hola José Luis Pérez,
la regularización supone la puesta al día de tus retenciones incluyendo la medida, pero también cuentan las retenciones que previamente la empresa te ha calculado o dejado de calcular.
Puede ocurrir que el nuevo irpf esté bien aplicado (lo más seguro), en cuyo caso tendrías hecha ya la deducción, o bien que no lo hubieran aplicado (muy improbable), en cuyo caso podrás recuperarlo en la declaración de la renta.
Un saludo.
Hola JUANI,
Dada tu retención de irpf del 2% entiendo que tienes un contrato temporal.
Si en julio prorrogaron tu contrato por algunos meses más (no hasta final de año), es posible que tu % irpf sea O. Si no es así, es posible que no esté bien calculado, puesto que el tipo del 2% era fijo y no estaba afectado por la medida.
Hemos hablado ya de ello, te adjunto enlace:
http://tusnominas.com/400e-temporales-con-2-de-irpf-barridos-de-las-nominas-de-julio-a-diciembre
Un saludo.
Hola soy de nuevo Juani. No es temporal mi contrato soy fija desde hace 2 años. Mi nomina es de 577.30€ brutos - 43.56€ s/s ademas antes me retenian ese 2% mas que segun o e comentado desde junio ya no me lo retienen y no se si es correscto
Hola JUANI,
en ese caso, es correcto.
Un saludo.
Por este motivo no se si me tienen que poner ese 2% en nomina, empieza un nuevo año y no quiero que me ocurra en enero lo mismo que me ha estado pasando estos 6 meses anteriores. Porque esa retencion hacienda despues en mi declaracion de renta no me la devuelve ¿no? y estoy obligada a hacerla por los hipotecarios que tengo
Hola JUANI,
En función del porcentaje de retención que tenga en su nómina de enero, proceda a informar o no sobre su hipoteca en el modelo 145.
En cualquier caso, lo que no aplique en sus nóminas, podrá aplicarlo más tarde en su declaración de la Renta en la cuantía que le corresponda.
Doy el tema por zanjado, gracias.
MUCHISIMAS GRACIAS, vuestra pagina es estupenda. OS FELICITO, Me habeis ayudado un monton.
GRACIASSSSSSSSSSS
Buenos días, mi duda es la siguiente:
Trabajé en una empresa hasta 8junio2008, y me retuvieron durante todo esos meses mas de 400€, pero en el finiquito no me pagaron los 200€ del plan Zapatero. El 9junio2008 comencé a trabajar en la otra empresa con una retencion del 2% hasta diciembre de 2008, ahora ya al 11%, pero tampoco me pagó ni los 200€ ni veo en la nomina que me los paguen prorrateados.
¿Me devolveran los 400€ en la declaracion de la renta?, yo no estoy percibiendo esa ayuda de ninguna manera.Por favor aclarenmelo, ¿que debo hacer?.
Gracias.
Hola cace,
ya que estás obligada a hacer la declaración de la renta, no te queda otra que hacerla y esperar.
En la primera empresa es hasta normal que no modificasen sus cálculos dado la fecha de tu baja. En la segunda, al retenerte a un 2%, verás que si tienen que devolverte algo de los 400 es probable que sea una muy pequeña parte de él en el mejor de los casos, pero yo no sé toda tu situación.
Te adjunto enlace sobre el por qué, que puede servirte de ayuda,
http://tusnominas.com/deconstructing-400-euros-me-aplican-un-2-contratos-temporales-me-quedo-sin-deduccion
Un saludo.
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