Deducción 400 euros

by admin on 02/05/2008

Es el tema de moda ahora mismo, y sin embargo todo en él es pura incertidumbre. Para los que no estén muy al tanto, les pongo en antecedentes. Durante la campaña electoral 2008 ZP presentó una medida fiscal consistente en la devolución de 400€ a todos los contribuyentes españoles (lo que a primera vista dejaría fuera a todos aquellos que no presentan su declaración de la renta, punto éste muy criticado) . El origen de esta medida es la actual crisis crediticia internacional y la explosión a nivel local del boom inmobiliario; nuestro dinero puede ahora comprar menos cosas, lo que está provocando un descenso del consumo y del ahorro, que a su vez implica un menor crecimiento en la economía del país (la famosa desaceleración-recesión económina). Esos 400 euros irían destinados precisamente a aumentar la renta disponible de las familias favoreciendo así su capacidad para gastar y para ahorrar (lo que a su vez, si ésta es una medida sólo para el presente ejercicio fiscal, también debería favorecer la recaudación de impuestos de la renta y de IVA del año que viene, con lo que, lo comido por lo servido, o nadie da duros a cuatro pesetas, y menos el Estado). Como dato curioso, el propio ministro Solbes ha comentado que esta medida va a favorecer la contratación de trabajadores, dado que el coste que el empresario asume por un trabajador va a ser menor (ej:se contrata a un trabajador por 18.000 euros brutos al año, pero de esos 18.000€ el Estado “regala” 400€, con lo que el empresario ahora está pagando realmente 17.600€ brutos por el trabajador. Mi opinión es que como mucho aumentará la contratación de becarios durante el verano, y nunca se sabrá si es por este motivo o porque este es un hecho tradicional o porque el alcance de la crisis económica no permite otra cosa que contratar becarios.

¿Pero, cómo va a hacerse la devolución?. Hasta ahora lo que sabemos es que sólo hay un borrador de Real Decreto pendiente de ser aprobado por el Consejo de Ministros. De este borrador sacamos en claro que la primera deducción se hará casi con toda seguridad en la nómina de junio minorando por un importe de 200€ la cuota de retención que corresponda de aplicar las mismas reglas de cálculo de irpf que se vienen aplicando hasta ahora. Para los 200€ restantes se regularizará el tipo de irpf, que obviamente será menor, y que incluirá dos decimales, volviendo así a los tipos de irpf del “siglo pasado”, como muchos lectores recordarán. No os preocupéis porque Hacienda va a colgar un programa de ayuda online para hallar los nuevos porcentajes. Asimismo como es lógico, todos los programadores informáticos están trabajando a destajo para incluir parches en las aplicaciones informáticas de nómina. En cuanto sepamos más cosas, lo iremos diciendo. Del mismo modo, si tenéis cualquier información de interés o queréis opinar sobre este tema, esperamos vuestros comentarios. Un cordial saludo a todos.

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{ 169 comentarios }

“Deconstructing” 400 euros: me aplican un 2%, me quedo sin deducción | Tus nominas.com
27/05/2008 at 23:13
Las empresas no están obligadas a deducir los 400 euros en la nómina | Tus nominas
12/06/2008 at 00:11
admin 01/07/2008 at 20:54

Hola PILI,

Si tienes un 2% de retención, te devolverán la retención de tu nómina de junio y tendrás que esperar a la declaración de la Renta para ver si puedes deducirte algo más.

Un saludo.

admin 01/07/2008 at 20:55

Hola victor,

no, los 200 es la cantidad máxima que pueden deducirte, si tu retención es menor a 200 te retienen el importe de la retención.

Un saludo.

jimmy 01/07/2008 at 22:02

Hola mi pregunta s la siguiente: yo trabajo en la construcción y me pagan por horas trabajadas es decir tengo una nómina y la diferencia me la pagan en negro, la empresa no me descuenta de las horas trabajadas el irpf aunque en mi nomina la refleja y la pagan elllos, este mes me viene reflejados en la nómina 200 euros más y me dicen que no tienen porque pagarmelos ya que así como no me descuentan del irpf no tengo derecho a cobrarlos quisiera saber si es cierto o no y si afecta en algo esto a la declaracion del año que viene gracias de antemano.

silvia 01/07/2008 at 23:28

hola,trabajo de dependienta,mi sueldo es de 690 euros al mes, me retienen un cinco por ciento y tengo 15 pagas,cuanto me van a devolver en la nomina del mes de junio?

jose 02/07/2008 at 05:57

Hola, mi pregunta es muy sencilla, empecé a trabajar en Diciembre del 2007 en una empresa y el mes pasado me hicieron indefinido, tengo un importe neto de nómina pactado con el empresario y siempre me han deducido un 2% irpf con lo cual no llego a 200€ de retencion en estos primeros 6 meses, mi nómina de Junio ha venido como siempre “sin rastro de los 200€ de ayuda”, ¿a qué tengo derecho? o ¿que debo hacer o que me interesa para beneficiarme de algún modo de la ayuda?

anA 02/07/2008 at 08:36

NECESITO ASESORAMIENTO,TRABAJO EN UNA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES COBRAN MAS DE LO QUE SE REFLEJA EN NOMINA,MI PREGUNTA ES,SI COBRAS MAS DE LO Q REFLEJA LA NOMINA AHI QUE DARLE TAMBIEN LO QUE PONE SEGUN EL TIPO DE IRPF QUE TENGA O POR COBRAR MAS DE LO QUE PONE EN NOMINA NO TIENE DERECHO??SE LE DEBE DE APLICAR ESE DINERO EXTRA O NO? Y CUANDO Y DONDE SE LE REFLEJA A LA EMPRESA??.GRACIAS VALLA LIO ,MAS DINERO PA LOS RICOS Y LOS POBRESSS QUE?

ANGEL 02/07/2008 at 08:46

Una pregunta: ¿El empresario cuando recupera los 400 euros que le paga a los trabajadores?

Jorge 02/07/2008 at 18:04

Hola,expongo mi duda, estamos a dia 2 y aun no he cobrado, y necesito saber que va a pasar con mis 200€ del mes de Junio, pues yo tengo dos contratos uno de 10 horas semanales y otro de 30 horas semanales y aparte hago bastantes horas extras y en el primero serán unos 920 euros y en el otro seran 1500, en ambos brutos. en los dos me retendrán un 14% , como me quedará la cosa??
Gracias

admin 02/07/2008 at 23:04

Hola jimmy, qué tal,

en primer lugar no entiendo muy bien eso de que de tus horas trabajadas no te descuentan el irpf, pero sí lo reflejan en la nómina y lo pagan a Hacienda, parece una contradicción.

Si no te descontaran irpf, habría que ver en primer lugar si ese cálculo es correcto en función del salario bruto que te pagan, si lo fuera y te pagaran, sin corresponderte, supongo que es un pago en negro.

Si me lo aclaras algo más, estaré encantado de contestarte.
Un saludo.

admin 02/07/2008 at 23:31

Hola silvia,

pues una cantidad igual a la retención que te practiquen en esa nómina de junio.

Un saludo.

admin 02/07/2008 at 23:38

Hola jose,

son pocos datos, pero es posible que si tu salario es muy pequeño, al pasar a indefinido tu tipo de retención se haya convertido en un 0 (esto puedes verlo en tu nómina) con lo que no tendrías derecho a la deducción en la nómina de junio.

Si tienes alguna retención, la empresa tendría que haberte devuelto una cantidad igual a esta retención, hasta un máximo de 200 euros. Si no lo ha hecho, tendrás que esperar a tu declaración.

Saludos.

admin 02/07/2008 at 23:46

Hola anA,

si cobras más de lo que ves en tu nómina es que te están pagando una parte en dinero negro, esto implica que la empresa no paga las retenciones y cotizaciones que están legalmente obligados a pagar por ti, al menos por esa parte que está fuera de la nómina.

Lógicamente los 400 euros no se aplican sobre esa parte, ya que no va a figurar en ningún sitio, eso es precisamente lo que caracteriza al dinero negro.

Un saludo.

admin 02/07/2008 at 23:47

Hola ANGEL,

la empresa no recupera nada, ya que es un simple intermediario o colaborador de la medida.

Un saludo.

admin 03/07/2008 at 22:43

Hola Jorge, qué tal,

en principio te deducirán en la nómina de junio entre los dos sitios 138+200=338€ según los datos que me das.

No olvides que la deducción es una única de 400 euros, y que tendrás que hacer la declaración al tener más de un pagador.

Un cordial saludo.

Susana 04/07/2008 at 11:04

Hola me llamo Nuria, y tengo un lio exagerado con estos de los 200€, mira te explico mi situacion, yo llevo trabajando en una empresa desde principios de año, mi jefe me ha dicho que no me corresponde esa cantidad debido a que no tengo antiguedad en la empresa, es que yo no entiendo mucho de eso, asi que no se si me corresponden o no. Tengo de IRPF un 2% al igual que todos los trabajadores, ellos si lo van a cobrar, pero cobran solo 20.97 o algo asi, ya que es el 2%, eso estaria bien??? Yo deberia cobrar algo de los 400€?. Muchas gracias por adelantado

NURIA 04/07/2008 at 11:20

Hola mira la situacion la e explicado antes, pero por si necesitas datos sobre lo que cobro para ver si me correspondiese algo estos son;

Salario base 819.29, Incentivos; 82 , y pagas extras; 196.50. En total cobro total liquido a percibir 1006.11, y me quitan el 2% del IRPF, es de decir 21.96.

Las pagas extras ya estan metidas en mi sueldo y las vacaciones, vamos todo, siempre cobro lo mismo todos los meses, y claro al decirme que no me corresponde, pues… no lo se. Gracias por todo, si te falta algun dato no dudes en decirmelo. Un saludo

Nuria

MIRIAM 04/07/2008 at 17:38

Buenas tardes,
Tengo un pequeño problemilla con esto de la devolución de los 400 euros, intentaré explicarme lo mejor posible.
Mi nomina es más baja de lo que yo en realidad cobro, vamos que parte lo tengo en B. Esto lo hice por ahorrarle a mi jefe algo en la seguridad social. El caso es que ha llegado la nomina de junio y la extra de verano, con las deducciones pactadas. 85.92€ en una nomina y 85.91€ en otra nomina. Yo entiendo que esos 171.83 euros de más me los tiene que pagar mi jefe pero el no lo ve así. Dice que hemos pactado un salario y que si me lo paga el sale perdiendo. Si a mí no me hacen retencion en la nomina, el no tendra que pagar tampoco por ella no?
Bueno, la pregunta es esta: Me tienen que pagar a parte esos 171.83 euros. Si no es así tendria que pedir que me pongan la retencion de siempre, porque sino en la declaracion del 09, AEAT entenderá que ya me lo han dado no?
Muchas gracias.
Un saludo

Flavio 04/07/2008 at 20:46

Hola a todos,mi caso es similar al de Pilar.
Cobro un dinero en nomina y el resto de lo pactado como sueldo en B ,como una gran cantidad de trabajadores españoles.
Por lo que entendi esta ayuda del estado al final va a beneficiar a los empresarios que se ahorran las cotizaciones y retenciones (pagan en negro parte del sueldo)ya que ellos van a desembolsar menos dinero para llegar al sueldo pactado.
Entendi bien?

jimmy 05/07/2008 at 08:10

bien veras yo cobro x horas trabajadas aunque en mi nomina refleja un pago de 1200 euros x ejemplo cada mes yo hago 200 horas a 10 euros son 2000 y luego la diferencia q son 800 euros me lo dan en negro y lo que quiero saber ya q en la nomina de junio me viene reflejada la devolucion de 200 euros en nomina si tengo que cobrarlos ya que la empresa alega que al ir por horas y ellos pagarme el irpf sin descontarlmelo de mis horas no tienen x que pagarmelo espero haya sido un poco mas claro gracias de antemano.

laura 05/07/2008 at 15:25

hola yo cobro 536e y queria saber si tengo derecho a los 400 tengo de irpf un 2%.un saludo

ivizia 05/07/2008 at 18:00

hola.tengo en nomina 843€ de de irpf 5€.cuanto me tienen que añadir en la nomina este mes?gracias

admin 06/07/2008 at 10:08

Hola Susana/NURIA,

antes que nada, gracias por dar los datos de tu nómina de forma tan clara.

En tu nómina de junio tendrían que haberte devuelto 21,96€, por lo tanto tu neto debería haber sido de 1.028, 07 .

En tus nóminas de julio a diciembre no te adelantarán nada, ya que así lo ha establecido Hacienda para los contratos inferiores al año (a un 2% de irpf).

Ahora déjame informarte de una mala noticia, estás dentro del grupo del que hablamos en el artículo “Deconstructing 400 euros…”, cuya lectura te recomiendo porque puede resultarte interesante.

Si hubieras estado trabajando todo el año tendrías un bruto de 13.173,48 multiplicado por 2%=263,46. No obstante, no has trabajado todo el año, no sé tu fecha de inicio, y tampoco si has tenido otro trabajo en el 2008, así que pongamos que en números redondos ganas 12.000€ (porque éste haya sido tu único empleo de este año y no hayas empezado en enero). Si estás soltera y sin hijos y haces la declaración de la Renta descubrirás que por 12.000 euros te corresponde aproximadamente un 5% de tipo retención, y no ese 2% que te han aplicado.

12.000*5%=600 euros, con lo que, aplicándote la deducción, tendrías que pagar unos 200€.

Ten esto en cuenta, porque es probable que no tengas 400 euros más en tu bolsillo por esta medida, al contrario que los contratos indefinidos de salarios más elevados.

Un cordial saludo.
Gracias por tu comentario.

admin 06/07/2008 at 10:10

Hola MIRIAM,

te remito a la respuesta dada a pilar (comentario 32 del artículo “deducción 400 euros: el puzzle está resuelto), y anteriores. También te puede servir el articulo que publicamos hace unos días titulado “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

Un cordial saludo.

admin 06/07/2008 at 10:58

Hola Flavio:

pues has hecho una buena lectura de la situación de Pilar, es tal y como dices y suena brutal…

No obstante, no es culpa de la medida, o del Gobierno, sino lógicamente del empresario, puesto que en el caso de Pilar lo que hacen es aplicar las reglas de un salario pactado en neto a un salario pagado en negro, y no tiene nada que ver una cosa con la otra.

Ya que en el salario en negro no se practican retenciones, no veo por qué tiene que variar a la baja por la entrada en vigor de los 400 euros.

Estoy contigo.
Gracias por tu comentario.

admin 06/07/2008 at 10:59

Hola jimmy,

me has aclarado algunas cosas, esto es lo que yo he entendido:

1)Tu nómina refleja la deducción de 200 euros, sin embargo tu neto no ha aumentado, esto es porque tienes un salario pactado en neto. En este caso te digo lo mismo que a MIRIAM (comentario 123).

2)La empresa te dice que no te los paga porque ya ellos pagan el irpf sin descontártelo del neto. Esto viene a reforzar la idea de que tienes un salario pactado en neto, porque lo que te están intentando decir es que a partir de tu neto, ellos pagan las retenciones que correspondan, aunque está mal expresado, ya que realmente la empresa se encarga de pagar el irpf de sus trabajadores, en TODOS los casos, por mandato legal, cosa que ellos no hacen con la parte que te pagan en negro.

Espero haberte respondido.
Un cordial saludo.

Juan Antonio V. G. 06/07/2008 at 20:46

Hola…. quisiera saber … mi contrato actual es de 2,5 h a la semana y lo tengo compatibilizado con el subsidio de desempleo… esta situacion la tengo desde hace 3 meses y anteriormente el empleo que tenia si me retenian lo suficiente como para que la declaracion de la renta me salira a devolver… no se si con esto teneis los datos que necesitais… si no es asi diganmelo y se los proporciono… mi pregunta es ¿me corresponde que la empresa actual me den el dinero y despues ellos lo reclamen a hacienda aunque mi nomina sea ridicula y las retenciones proporcionales???????? gracias por su interes.

admin 07/07/2008 at 21:15

Hola laura e ivizia,

a estas alturas ni os digo la de veces que hemos podido responder preguntas como las vuestras, os remito a comentarios anteriores.

Gracias.
Un saludo.

admin 07/07/2008 at 21:48

Hola Juan Antonio V.G.

para la deducción en tus nóminas, lo importante es la retención que tengas en la nómina, si tuvieras un 2% de retención, solo te devolverían la retención de junio. Exactamente lo mismo para el caso del subsidio por desempleo.

Si no, seguirías la regla general dada por Hacienda, que transcribimos en el artículo “deducción 400 euros: el puzzle está resuelto”.

Un apunte más, la empresa tras devolver la cantidad que te corresponde en la nómina, no reclama nada a Hacienda; sólo se limita a seguir sus instrucciones, que en esta ocasión consisten en que la empresa retenga menos al trabajador, y fruto de ello es percibir un mayor neto.

Un cordial saludo.

Josefa 08/07/2008 at 17:38

Buenas tardes,

Mi pregunta es la siguiete:
Ya he recibido la nómina de Junio pero sólo me retienen el 9% con lo que con la base IRPF que tengo (1141.50 Euros) no me sale el abono de los 200 Euros sino 102, 74, podría perdir al empresario que me ampliara la retención en esta nómina para alcanzar los 200 Euros?.

Además con esta retención si hago la declaración me sale a pagar sobre unos 300 Euros y ya que no estoy obligada a hacerla evidentemente no la hago pero así estoy perdiendo dinero de otras retenciones que hacienda me practica a mí. Que porcentaje de IRPF tendría que pedir al empresario que me hiciera para que no me saliera a devolver la declaración?

ricardo 08/07/2008 at 23:26

buenas noches

mi duda es la siguiente
en mi nomina de junio esta hecha la deducion de los 200 euros pero el tema es muy curioso en el apartado de otras percepciones no salariales tenemos una cantidad de dinero en mejoras voluntarias y lo que han hecho que de hay han descontado 200 euros y los han metido en la deducion para que en el liquido total a percibir salga nuestro sueldo y los sabados que trabajamos entoces mi duda es que lo que esta haciendo la empresa es quedarse con nuestro dinero y para la renta del 2008 saldremos perjudicados al tener que declarar un dinero que no a sido cobrado espero contestacion por que no sabemos que hacer si firmar la nomina o no.un saludo gracias

admin 09/07/2008 at 23:24

Hola Josefa,

sí, podrías pedirlo, así lo dispone Hacienda en la carta informativa sobre los 400 euros que ha remitido a las empresas. Pero ten en cuenta que tendrías que mantener ese nuevo porcentaje de retención, superior al que te aplican actualmente, hasta final de año.

Me resulta raro eso último que dices, quizás el año pasado estuviste en más de una empresa, y por eso te salió a pagar, o puede que haya sido por alguna otra razón ajena a tu nómina, si no fuera así, la empresa te está calculando mal el irpf.

En ese caso, Josefa no tengo ni idea del tipo de irpf que te vendría bien, entiéndeme. Habla con tu empresa y coméntales el problema que tuviste el año pasado porque seguramente tenga alguna explicación. Y asegúrate de que te calculen el irpf POR TODO EL AÑO. Si tienen un programa informático de nóminas mínimamente decente no deberían tener problema para el cálculo.

Por último, diles que te estás asesorando bien, y que te has enterado de que puedes reclamar a la empresa en caso de que ésta te retenga menos de lo que te corresponda, lo que es totalmente cierto, y acojona bastante.

Un cordial saludo.

admin 10/07/2008 at 00:01

Hola ricardo,

la razón es que probablemente tengáis un salario pactado en neto. Al disminuir las retenciones, también disminuye el bruto. Lo explicamos en el artículo “¿es buen negocio pactar el salario en neto?”.

Un cordial saludo.

Josefa 10/07/2008 at 11:19

Buenos días,

Efectivamente estás en lo cierto, el año pasado estuve en dos empresas ya que donde trabajo “tienen dos empresas” (la misma actividad pero con dos empresas) y pasan a los empleados de una a otra para así beneficiarse ellos y no hacer contratos indefinidos hasta pasado un largo tiempo.

Gracias por aclarame mis dudas.

Un saludo.

Mayte 11/07/2008 at 11:43

Buenos días,

Tengo una gran duda sobre este tema. Resulta que yo tengo un IRPF de un 12 % y mi bruto es de 1.213,37 por lo que me retienen 145,60 €.
Entiendo que en el mes de junio me “devolvieran” esos 145,60 € y que el resto hasta los 200 € de junio (54,40 €) y los otros 200 € me los vayan “abonando” en proporcion hasta el mes de Diciembre.
Sin embargo, he realizado la prectica y resulta que no es asi: que yo no cobraré los 400 € en total.
Resulta que me he recalculado el IRPF% y ahora será de 9,81% por lo que mi retencion será de 119,03 € de lo que deduzco que en el mes de julio y en los siguientes a mí se me estarían “abonando” 26,57 €, es decir, un total de 212,56 € (porque serían los 6 meses mas los dos de las pagas). Pues bien, estos 212,56 € mas los 145,60 € me dan un total de 358,16 € que son los que me “devuelven” de los famosos 400€.
Mi pregunta es ¿donde está el resto que me corresponde? porque me faltarían 41,84 €? ¿como se me abonan? no se trata de que sea una egoista o rácana…se trata de que no veo claro ni limpio lo de la famosa DEDUCCION DE LOS 400 €…

Aparte…tambien creo que esto no debe ser bueno porque como dicen por ahí no dan duros por pesetas…con esto quiero decir que quizá entonces después de todo esto el IRPF nos suba más cuando se realice un recalculo anual… aqui queda dicho.

Espero que me puedas responder. Muchisimas gracias por todo.

admin 12/07/2008 at 21:53

Hola Mayte, qué tal,

Es probable que haya algún desajuste entre tus cálculos y los procesados por tu empresa. Piensa que con el tipo de irpf expresado en números naturales pasaba una cosa…que se mantenía el tipo de irpf hasta que no se superaba un determinado umbral, es decir podías ganar un poco más que un compañero y sin embargo compartir los dos el mismo tipo de irpf. Ahora se puede dar el caso de que el compañero que ganaba un poco más que el otro se beneficie más de esta medida. Tú podrías ser en este caso el que ganaba un poco menos… Eso puede producir un desajuste de unos 5 euros en tu retención, que multiplicado por 8, llega a los 41,84 que indicas.

No te preocupes porque recuperarás la diferencia en la declaración de Hacienda, declarando la “devolución” que efectivamente haya realizado tu empresa a través de las nóminas.

En principio el recálculo en enero no te va a beneficiar en la misma medida que el que has hecho ahora en julio, básicamente porque éste es para medio año y aquel por el año completo.

Espero haberte aclarado algo.
Un cordial saludo.

eva 16/07/2008 at 16:46

Hola, en mi caso me pagan una cuantía inferior a la que figura en mi nómina, no coincide para nada, se trata de un acuerdo trabajador-empresario. Cuando hemos recibido la nómina de Junio, figura un 0% de retención IRPF. No se si esto está bien así o no. Pero todo este tema de los 400€ no entiendo nada, ¿en qué me beneficia a mi? porque para Hacienda realmente yo voy a percibir esos 400€ pero no ha sido asi, y ¿qué pasará el año que viene con la renta? si por ejemplo tuvieran que devolverme 1000€ entonces me devolverán 600€ no? según lo entiendo lo mire por donde lo mire salgo perdiendo 400€. Me lo podrían explicar. Gracias

admin 19/07/2008 at 20:00

Hola Eva, qué tal,

si te figura un 0% de retención en la nómina de junio, y antes te figuraba un porcentaje mayor, evidentemente, es porque te han aplicado la medida, aunque de un modo técnicamente incorrecto, ya que el porcentaje de irpf sólo tendría que regularizarse en julio, y no antes. Si son hábiles y consiguen que su programa, no obstante esto, lo haga bien en julio, no habrá mayor problema.

Te beneficia porque luego en la declaración habrá una casilla en la que dispondrás de la parte de los 400 euros que te han aplicado, y si no te han aplicado nada, y te corresponde, Hacienda te devolverá los 400€.

En principio la deducción de los 400 euros no es incompatible con las demás, así que en el caso que dices no se restaría del resto de deducciones.

Un cordial saludo.

Mayte 24/07/2008 at 11:06

Debo ser dura de mollera jjejeje…pero me gustaría aclarar que sigo sin entender cuando cobraré yo mis 41,84 € que me faltan puesto que lo he comprobado con otros ejemplos y no es la misma cuantía pero en resumidas cuentas que no queda plasmado de ninguna manera que lleguemos a cobrar los 400 € en su totalidad. No salen las cuentas y no hay desajuste entre mis calculos y los de la nomina.
Me lo podría aclarar si no es molestia alguna.

Muchisimas gracias y perdon por la insistencia.

javier 25/07/2008 at 10:00

Estimado amigo:
buenos dias a todos los que haceis posibles que podamos despejar nuestras dudas sobre el citado Decreto de los 400 euros. Actualmente yo me encuentro con unas cuantas dudas y rogaria de alguna manera ver si alguien puede despejar alguna.
Mi principal duda seria la siguiente:
Actulmente trabajo en una empresa donde tenemos un sueldo neto pactado de 1481 euros mensuales, pagas aparte. En el mes de Junio se nos dio la primera parte del decrecto añadiendo a nuestro sueldo la cantidad de 200 euros pero ahora en la segunda parte la direccion de la empresa me ha propuesto dejar el mismo porcentaje de IRPF como lo teniamos anteriormente del decreto y cobrar la otra parte de los 200 euros a la Declaracion de la Renta. Quisiera saber que beneficios tiene esto pues me dice que es lo mismo que pagarlo mensualmente, asi como si entrarian o incurririan en fraude legal por no hacerlo como marca el estado, en mensualidades.
Bueno sin mas agradecer una pronta respuesta y la ayuda

admin 25/07/2008 at 21:48

Hola Mayte,

no estoy diciendo que tus cálculos estén mal, sino que es realmente complicado que cobres los 400 euros exactos a través de la nómina, me reitero en la explicación que ya te he dado; respecto a cuándo cobrarás la diferencia, ya te lo he dicho; por otra parte no entiendo que digas que no hay desajuste entre tus cálculos y los de la empresa…si estáis de acuerdo no veo ya dónde está el problema. (Y no te enfades conmigo).

Un saludo.

Azucena 06/08/2008 at 14:32

Qué pasaría si percibo los 400 euros pero no estoy obligada a realizar declaración. El hecho de cobrar esos 400 euros ¿me obligaría a presentar la declaración de IRPF el año que viene? ¿Tendría que devolver esos 400 euros a hacienda en el caso de no presentar declaración porque sale positiva??

Un saludo

Azucena 06/08/2008 at 14:55

¿Todo el que cobre los 400 euros este ejercicio, está obligado a presentar la declaración de la renta 2008?

admin 06/08/2008 at 17:57

Hola Azucena,

no, no te obligaría en absoluto. Si te devuelven los 400 euros es porque te corresponde, ya se practique dicha devolución en nómina o en la declaración. O dicho de otra forma, si no te hubieran hecho la deducción de los 400 euros en las nóminas, aunque no estuvieras obligada a hacer la declaración, podrías hacerla para beneficiarte de la medida.

No entiendo tu pregunta de si tendrías que “devolver los 400 euros en el caso de no presentar la declaración porque sale positiva”, una cosa es si estás obligada o no a presentar la declaración, que es lo primero que tienes que comprobar, y otra si ésta te sale positiva o negativa.

Un saludo.

abraham 06/08/2008 at 19:30

Hola estoy en un caso parecido al de Javier, y no veo su respuesta, en junio dieron 103 euroa porque no llego a los 200 de retencion, pero ahora me dice mi jefe q los otros 200 me los devolveran en la proxima declaracion, nesto se lo a dicho su gestoria delante mia, a mi me suena raro pero es correcto?

muchas gracias

admin 07/08/2008 at 17:13

Hola abraham,

respondimos a jorge mediante un artículo.
Te adjunto el enlace:

http://piurl.com/p/Hsi

Espero que te sirva.
Un saludo.

Azucena 08/08/2008 at 07:49

Gracias por tu pronta respuesta. Verás, es que yo había escuchado por ahí que puede darse el caso de que te devuelvan los 400 euros la empresa, pero que después como no te corresponden se los tengas que reintegrar a Hacienda.
Un saludo,

Luis 08/08/2008 at 07:55

Hola, muy buenas….
Os cuento lo que me hizo a mí la empresa:
soy un trabajador que tiene un sueldo neto pactado y en junio en concepto de paga extra cobré lo mismo que siempre (mi neto pactado) pero sin embargo me aplicaron una deducción dentro de dicha nómina de 200 euros.
Si lo he entendido bien ese dinero ¿se le ha quedado la empresa? Estoy esperando a cobrar la mensualidad de julio porque me temo que me hagan lo mismo ¿se me van a quedar con mis 400 euros? ¿lo puedo reclamar a la empresa? o bien ¿puedo decirles que me regularizen la nómina de la paga y posteriores y que no me apliquen el decreto?
Vaya lío!
Un saludo,

admin 08/08/2008 at 21:00

Hola Azucena,

lo que has oído probablemente sea el caso de aquellas personas con más de un trabajo, que perciben los 400 euros por partida doble, ya que al existir más de un empleador, el trabajador tendrá que presentar la declaración, e incorporar en ésta las devoluciones adelantadas por ambas empresas, estando obligado entonces a devolver lo percibido de más p0r la aplicación fraudulenta de la medida.

También es cierto que en los salarios pactados en neto hay un cierto riesgo con los salarios muy bajos, ya que hemos notado que si la empresa opta por elevar a bruto el mismo neto de siempre pero con un irpf inferior (el de julio, con decimales), el resultado bruto a veces es tan ridículo que la retención acaba siendo O%, en estos casos puede ocurrir claramente que el trabajador tenga que devolver los 400 euros (o los que corresponda) que haya cobrado de más.

Sobre este segundo punto te enlazo a un artículo de interés:

http://piurl.com/p/Hsi

Espero haberte respondido.
Un saludo.

admin 08/08/2008 at 21:39

Hola Luis,

te recomiendo que te leas todos los artículos que hemos escrito en relación a los salarios pactados en neto, para verlos todos puedes introducir en el casillero donde pone “BUSCAR” las palabras “salario pactado en neto”, por ejemplo.

La única solución sería que pidieras a la empresa la aplicación de un irpf voluntario, mayor al que actualmente tienes en tu nómina, que incluso, si tu salario no varía de mes a mes, podría ser el mismo que tuviste en tu nómina de junio, mayo, abril…Habla con tu empresa para ver de qué forma le haces llegar tu solicitud.

Espero que te sirva.
Un cordial saludo.

phosphoro 10/08/2008 at 09:48

ni junio ni julio no he visto un duro.
porque no me ha entregado nada extra mi empresa???
en la nomina no aparece nada, absolutamente nada, puede ser porque llevo menos de seis meses trabajando en esta? hacienda si me ha devuelto (menos de lo que he pagado como a todos),
pero a pesar de estar pagando hipoteca y prestamos por casi el doble de lo que cobro, no me han dado el empujoncito prometido. podriais explicarme de nuevo los requisitos a ver cual es el que no cumplo.
no creo que la empresa haya falsificado la nomina aunque viendo lo que le han hecho a los compañeros de arriba(“tienes un sueldo pactado “)
que majo el jefe (y el se pasea con sus 200€).
gracias por las respuestas

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