Definición y ejemplo de salario en especie

by admin on 08/06/2008

En la práctica cada vez está más extendido el empleo de este tipo de salario, en cualquier organización, y en todos sus niveles, ya que si bien no aumenta la retribución bruta del trabajador, consigue no obstante fidelizar al trabajador a un bajo coste. A continuación, por tener una redacción sencilla y clarificadora, os muestro los dos preceptos que regulan este tipo de remuneración.

De acuerdo con la normativa de aplicación (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) constituyen rentas en especie:

la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda. Cuando el pagador de las rentas entregue al contribuyente importes en metálico para que éste adquiera los bienes, derechos o servicios, la renta tendrá la consideración de dineraria.

A esto hay que añadir el tope que establece el art.26.1 ET según el cual:

En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30 por 100 de las percepciones salariales del trabajador.

Para ver mejor estos preceptos pongamos como ejemplo el coche en especie: es muy frecuente que la empresa ponga a disposición de sus comerciales un coche, de forma gratuita, para que el comercial desempeñe su trabajo visitando a sus clientes habituales, o a algún potencial comprador. También en la mayoría de los casos este profesional se acabará llevando el coche a casa, ya que puede no ser viable devolver el coche si se encuentra visitando a clientes de otras ciudades, o incluso porque el centro de trabajo no disponga de plaza de aparcamiento (piénsese por ejemplo en el directivo comercial que viene de otro país para abrir mercado en España). En estos casos, estamos hablando de salario en especie, ya que la empresa está dando un bien al trabajador, de forma gratuita, y que puede utilizar con fines particulares, dado que el vehículo se encuentra a su disposición (podrá utilizarlo, por ejemplo, si lo desea, durante el fin de semana).

En cuanto al segundo precepto, hay que decir que el coche beneficia fiscalmente a la empresa tanto en el impuesto del IVA, como en el de Sociedades. De forma parecida tenemos que el trabajador recibe por un lado un coche de, supongamos 20.000€, y a cambio soporta una retención de irpf proporcionalmente muy baja en su nómina (la correspondiente al uso privado, lo veremos más adelante). Es claro por lo tanto que la razón de ser de este tope legal (como la de casi todos pensándolo bien), es evitar posibles actuaciones fraudulentas, junto a que no solo de especie vive el hombre, por supuesto.

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{ 72 comentarios }

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una interesada 21/06/2008 at 16:06

Tengo una duda respecto a la retribución en especie. Sé que incluye una parte de valor en especie calculada según normas fiscales y otra parte de ingreso a cuenta.
Mi problema está en la llamada especie voluntaria, la que señala la Seguridad Social como exenta de cotización en el 20% del Iprem, ¿estaría exenta tanto en el valor como en el ingreso a cuenta?
Ejemplo: suponed que tengo una especie cuyo valor es 100 euros y el ingreso a cuenta es 10 euros, ¿cuánto está exento sólo los 100 por estar por debajo del tope del 20% Iprem o tomaría el valor del tope que son 103,38 aunque tomara parte del ingreso a cuenta????

admin 21/06/2008 at 23:47

Hola interesada.

Respecto a lo que comentas en tu primer párrafo, por un lado está el valor de la especie, que determina la base sobre la que se va a tributar. Luego por otro lado, sobre esa base, se obtiene el pago a cuenta.

Como aclaración, retribuciones dinerarias es a retenciones (irpf), lo que retribuciones en especie es a pago a cuenta. Lo mismo, pero con distinto nombre.

El segundo párrafo creo que estás mezclando muchas cosas. No sé a qué te refieres con “especie voluntaria”, nunca lo había oído.

La exención del 20% del IPREM opera para las cotizaciones de conceptos como el plus de transporte. Y significa que la parte del importe que supere el 20% del IPREM, COTIZA.

No obstante, quiero dejar claro que el plus de transporte no es salario en especie, y que no tiene relación con el artículo publicado.

Por favor, os pediría que no escribáis cosas sin darle forma antes, porque puede hacerse indigesto, desinforma, y hace que tengamos que perder tiempo en “adivinar” cosas. Una forma de evitar esto es no utilizando “tecnicismos”, si no se comprenden, y explicar el caso concreto que quieres exponer de la forma más sencilla y detallada posible.

Por supuesto, si os lo pedimos, es porque antes nos hemos aplicado a nosotros mismos la misma medicina.

Por favor, no lo tomes como algo personal.
Gracias, un saludo.

Nacho 01/12/2008 at 02:17

Hola,
en mi empresa tenemos plan de compensación flexible: podemos elegir de entre los beneficios sociales que la empresa pone a nuestra disposición (tickets restaurant, tickets guardería, seguro salud, plan de pensiones, y coche de empresa-renting) cuando de nuestro bruto queremos dedicar (sin superar los límites legales).
Mi pregunta va relacionada con el coche. A partir de ahora puedo añadir el coche al conjunto de beneficios, pero no tengo claro como va a impactar en el neto de mi nómina por que:

Primero: La cuota de renting que he de pagar incluye el 50% del IVA (la empresa asume el otro 50%, que es el límite máximo que se puede desgravar, según tengo entendido). Ejemplo: si la cuota (antes de impuestos) es de 500€, la cuota que yo tengo que pagar es de 500*1,16= 580€. En este caso los 500€ se detraen del bruto, pero ¿los 80 restantes, correspondientes al IVA, también disminuyen el bruto? o se tienen en cuenta de otra manera.

Segundo: es de esperar que el porcentaje de IRPF disminuya pero ¿cuanto? He intentado averiguarlo con el programa de la Agencia Tributaria de “Retenciones 2008 (2º semestre)” que indicasteis en otro post, pero no he sido capaz.

Tercero: esta retribución en especie, que tiene un importe anual alto, ¿tiene algún impacto en la declaración de la renta del año siguiente?

En definitiva, que no tengo claro que cuota mensual de renting elegir, por que no soy capaz de calcular cual va a ser mi salario neto correspondiente.

P.D.: Ya he pedido en mi empresa que me hagan la simulación de la nómina, pero no están por la labor :(

Natalia 03/02/2009 at 15:41

Buenas tardes,
Necesitaría aclaración acerca del siguiente tema:
Yo tengo, por contrato, un salario bruto anual “A”.
En nómina me están sumando, al salario base (es decir, “A”/14 pagas), dos conceptos: por un lado Ayuda Vivienda, y por otro Ayuda Comidas. (Estas ayudas no superan, entre las dos, el 30% del salario base mensual que entiendo requiere la ley). A la suma del Salario Base+Ayuda Comidas+Ayuda Viviendas le están aplicando la Retención de IRPF (pues esta suma es la que figura en nómina como Base Imponible) ¿No podrían considerarse dichas Ayudas como pago en especie, de manera que, por un lado, estuvieran exentas- total o parcialmente, este dato lo ignoro- de aplicación del IRPF, y por otro me beneficiara fiscalmente al aplicar un nuevo tipo de retención potencialmente inferior al actual, correspondiente al Salario Base (que sería inferior al actual)? ¿Dónde puedo consultar el Tipo de Retención que me correspondería?
Muchas gracias por vuestra atención.

admin 03/02/2009 at 21:49

Hola Nacho,

vas desencaminado, una cosa es la factura del renting y otra cómo influye que la empresa te proporcione un vehículo a un precio inferior al de mercado, esto es, el salario en especie que debe meterse en tu nómina.

1)Un comentario no es el sitio para explayarnos sobre esto, pero para llegar a la cantidad de la especie a tener en cuenta en la nómina, se toma el valor real de mercado del vehículo incluyendo impuestos, se aplica un 20%, y sobre el resultado un 60%, por uso privado del vehículo.

2)Es de esperar que tu porcentaje de irpf no disminuya, salvo que el coche en especie se encuentre “no repercutido”, es decir, aquel caso en el que la empresa se hace cargo de las retenciones.

3)Sería cuestión de descontar la retribución en especie de tus retribuciones sometidas a retención, sólo si estás en el caso que comentamos en el punto anterior (2), por supuesto; de lo contrario irían en el lote.

4)No seas impaciente.

Un saludo.

admin 03/02/2009 at 22:13

Hola Natalia,

En cuanto a los talones de comida , hasta los 9€ (por talón) están exentos, pero a partir de 9€ se considera salario en especie, que tributa.

Una ayuda para el alquiler no es salario en especie, sino dinerario.

¿De dónde sacas que la especie por norma no tributa?, otra cosa será quien asume las retenciones.

Puedes calcular tu irpf siguiendo los pasos que marcamos en este artículo:

http://tusnominas.com/el-programa-de-ayuda-de-hacienda-para-el-calculo-de-las-retenciones-de-irpf-en-el-2009-y-un-ejemplo-practico

Un saludo.

Natalia 04/02/2009 at 11:43

Admin, muchas gracias por la rapidez de tu respuesta. En cuanto a quién asume las retenciones de los pagos en especie, la única duda que me queda es qué criterio se sigue para determinar quién asume la retenciones.
Saludos.

admin 07/02/2009 at 22:07

Hola Natalia,

corresponde al libre criterio de la empresa.

Un saludo.

VERONICA 25/02/2009 at 13:48

Hola, en mi caso sucede lo siguiente:
Tengo un seguro medico contratado con mi empresa, porque a parte de assessoria hay seguros. En lugar de ir pagandole cada mes en efectivo el importe del seguro, nos lo descuenta en nomina.
Bueno, la verdad es que esta situado como devengo y luego deduccion, de esta forma no se resta del neto no??
Como deberia actuar realmente, entiendo que como una deduccion no?
gracias

admin 01/03/2009 at 12:40

Hola VERONICA,

es muy curioso que me digas esto, en la misma pregunta en la que definimos el salario en especie. Tu seguro médico es salario en especie, y entra en tu nómina, no para que lo cobres, sino para que retengas irpf y cotizes S.S. por él.

No actúa como una deducción, ya que es una retribución más, sólo que es una retribución no dineraria, por eso tu neto por ese concepto es 0.

Un saludo.

Yadira 04/03/2009 at 23:27

Buenos días.
Con relación a este tema ( SALARIO EN ESPECIE) ´me gustaría preguntar algo. Si mi empresa quiere pagarme como salario en especie por ejemplo, la guardería de mi hijo, que beneficios tiene para mi y qué beneficios tiene para mi empresa. Porque debo entender que se tributa y se cotiza por ese salario en especie, no?

Gracias,

admin 04/03/2009 at 23:36

Hola Yadira,

precisamente el beneficio que tienen los tickets guardería es que ni cotizan ni retienen, por tanto el coste de empresa de SS también disminuye.

Un saludo.

Yadira 05/03/2009 at 00:24

por favor, me podrías explicar un poco más en qué consisten los tikets guardería? Conozco los de restaurant, pero estos no. ¿ De dónde salen? Quién los da? ¿ Hasta cuánto importe no cotizan ni tributan?
O si me dices dónde puedo encontrar toda esta información, te lo agradecería.

Muchas gracias

admin 08/03/2009 at 10:52

Hola Yadira,

no cotizan ni tributan por completo.

Aunque tu nómina no puede tener más del 30% del salario en especie.

Te paso un enlace de una empresa que los suministra,

http://www.cheque-dejeuner.es/principal.php?p=2&s=1&gclid=CIrIuomHk5kCFcST3wodUDs9Zw

Un saludo.

jose carlos 17/03/2009 at 13:00

Buenas…

Me gustaría saber si existe alguna diferencia entre beneficios sociales y retribución en especie..veo una delgada linea en la que no veo clara la diferencia…

Un saludo y muchas gracias

Plan de pensiones sin retencion IRPF 25/03/2009 at 17:21

Hola,
en mi empresa me han ofrecido la posibilidad de hacerme una subida de sueldo que consistiria en un pago anual de 900 Euros, que yo debo de destinar obligatoriamente para aportarlo a un plan de pensiones. Si me acojo a esto, me han dicho que debo firmar una carta en la que me comprometo a hacerlo.
Mi pregunta es la siguiente: ¿me harían retención de IRPF por estos 900 Euros, o podrían darmelos íntegros declarandolos como pago en especie?

Muchas gracias por tu ayuda.

admin 28/03/2009 at 18:31

Hola Plan de pensiones….

habría que ver en detalle el caso, pero en principio se trataría de una ayuda dineraria destinada a un fin concreto (como podría ser el alquiler de una vivienda), y tributaría en nómina.

Posteriormente, en la declaración de la Renta, las aportaciones a planes de pensiones desgravan.

Un saludo.

lola 28/04/2009 at 20:06

hola mi empresa me regala una aportación mensual a un plan de pensiones, pero luego no me lo mete en el total devengado de mi nomina, esto es así o me lo devería meter, si que lo declaro a hacienda.
muchas gracias

admin 02/05/2009 at 12:44

Hola lola,

la aportación que la empresa hace directamente a tu plan no figura en nómina (si no, lo cobrarías dos veces, tiene sentido, ¿no?). Por otra parte, debe declararse.

Un saludo.

JDL 26/05/2009 at 17:08

Tengo una pregunta respecto a este tema.
Estoy negociando un translado con mi empresa (desde el extranjero a España) y me dicen que como parte del paquete de ayuda al translado, que en España, la empresa pagaria el alquiler de mi sueldo bruto, con la coveniencia que evidentemente, el alquiler seria mas economico para mi (por ejemplo, un piso de 1500 euros al mes, me saldria bastante mas barato de esta manera, ya que se pagaria de mi nomina bruta).
Es esto cierto o es un cuento que me estan contando?
Gracias
J.

Vane 15/09/2009 at 13:21

Buenos días:
Mi pregunta es la siguiente: tengo una nómina en la que aparecen un importe de 44.52 euros mensuales en concepto de productor recibidos en especie (comida, es un trabajador de un restaurante), que cuenta contable utilizaria para este concepto?? hay que sacarle el IRPF para declararlo en el modelo 110?? Podriais poner un ejemplo práctico.
Muchas gracias

admin 16/09/2009 at 17:07

Hola Vane,

lo siento, tengo por costumbre no hablar de cosas que no domino, y la contabilidad es una de ellas.

Sí puedo decirte que tanto la base de la especie como el pago a cuenta se deben incluir en el 110, y en casillas distintas de las correspondientes a las bases y retenciones dinerarias. Estas casillas vienen señalizadas convenientemente en el modelo 110.

Un saludo.

Carles 17/09/2009 at 16:08

Buenas tardes,

querría preguntar si es legal, si así el trabajador firma conforme, que el importe de retribución en especie de un coche por uso del mismo por el trabajador, se calcule de una forma distinta a la fórmula: 20% del valor del vehículo x 60%.
Es decir que se pueda poner en nómina un importe más alto que el que nos daría aplicando la fórmula que he mencionado.
En este caso, se calculó: valor total del coche x 40%.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Carles 17/09/2009 at 17:10

Disculpad…
he visto algún ejemplo en webs como “laboral-social.com” que aplicaban la retribución en especie directamente al 20% sobre el valor del vehículo.
Es decir, no aplicaban ningún porcentaje al 20% del valor de coche, era el caso de un ingeniera.
De este modo, si se trata de trabajadores que no utilizen el coche de una forma continua en el trabajo (como comerciales por ej. ) se podría considerar la retribución como especie el 100% del 20% del valor del coche?
Y si no es el 100%, un porcentaje un poco menor ( 90% o 80%….)

Espero haberme explicado. ;-)

Gracias.

admin 18/09/2009 at 10:18

Hola Carles,

en efecto, se puede considerar un uso privado del vehículo del 100%, y por lo tanto sólo aplicar un 20% al valor del vehículo.

Un saludo.

Orion 25/09/2009 at 14:36

hola,

en mi empresa nos proponen pargar parte de la cuota de renting y de esa manera podríamos coger el coche para hacer kilometros personales…fin de semana…vacaciones, etc….

es que me puede beneficiar o perjudicar?? la cuota que pago la puedo desgravar??

gracias

admin 28/09/2009 at 15:14

Hola Orion,

No creo que te lo puedas desgravar (no es una aportación a un plan de pensiones). Lo más seguro es que la empresa tome el 100% del importe y se lo desgrave en el Impuesto de Sociedades, y que tu única utilidad sea la de poder disponer siempre de tu coche a cambio de un poco menos de dinero en tu nómina.

Un saludo.

santi 03/11/2009 at 13:34

Buenas tardes:

Es obligatorio aceptar el pago en especie de un coche el cual no utilízo en vacaciones y fiestas, solo lo uso para los días de trabajo.
El problema es que mi empresa está en Barcelona y yo en Bilbao y no lo puedo llevar al parking de la empresa .
Gracias

admin 03/11/2009 at 16:43

Hola santi,

no entiendo la pregunta. No es obligatorio. Puedes decir que te lo quiten, entonces te quedarás sin coche de empresa, sin pago en especie en la nómina, y tendrás que utilizar el tuyo propio para ir al trabajo¿?.

santi 03/11/2009 at 16:46

ya, a eso me refiero, la empresa me obliga a tener coche de empresa, ya que soy comercial y no les interesa pagarme el kilometraje usando mi coche.
Pueden obligarme a usar el coche de empresa? y a el pago en especie?
Muchas gracias

FRC 05/11/2009 at 11:31

Buenos dias. TEngo una pregunta a ver si me podeis ayudar. Algunos empleados tenemos un cohe de empresa por el cual se nos descuenta mensualmente el IRPF correspondiente al 35% del 20% del valor total del vehiculo. Cada empleado tiene una cuota maxima asignada que es lo que le permite elegir el modelo y tipo de coche.
Ahora la empresa quiere modificar esta cuota reduciendola un elevado tanto por ciento. ¿ Es esto legal? ¿ AL ser salario en especie, no es ilegal reducirlo? Al reducir la cuota del vehiculo al final lo que te están reduciendo es tu salario en especie.

Muchas gracias

admin 05/11/2009 at 19:08

santi,

eso ya es una cuestión de negociación con tu empresa.

FRC,

el salario en especie no es igual que el salario en metálico, ya que la especie implica que la empresa añade a la nómina un bien a un valor inferior al del mercado (tiene un aspecto de beneficio social). No obstante, si el valor de la especie fue pactado de algún modo concreto en tu contrato (ya te aseguro yo que no), tal vez sí podrías reclamar por la diferencia en una demanda por reclamación de cantidades, aunque sinceramente, no conozco ningún antecedente.

Un saludo.

santi 09/11/2009 at 17:39

gracias

Josep Ma. 01/12/2009 at 19:38

Buenas tardes. ¿Las ayudas a la formación para hijos de empleados son consideradas como salario en especie? Si es que sí, ¿Qué límite tienen? Y si es que no, ¿Cómo tributan?

Gracias por anticipado.

Teresa 11/01/2010 at 21:03

Buenas tardes Admin:

Esa retribución en especie del 20% del valor del vehículo ¿se mantiene igual aunque el vehículo tenga ya 12 años?, es decir, ¿se puede hacer un total de retribuciones en especie a un empleado (sumando las retribuciones de esos 12 años) que supere el valor del propio vehículo?.

Según avanzan los años, ¿no debería irse reduciendo el valor del vehículo sobre el que se calcula ese 20%?

Un saludo y muchas gracias por anticipado,

admin 12/01/2010 at 02:56

Hola Teresa,

en principio no, porque lo que se grava es el uso práctico actual del vehículo, no lo bueno, antiguo, o usado que esté. Por eso se toma como base el precio objetivo del vehículo.

Ángeles 18/01/2010 at 14:52

Buenos días,

en retribución en especie que se le puede pagar a un empleado, creo que hay un límite. ¿ para calcular este tope, tengo que incluir todo lo que ha cobrado el empleado en el año? ¿tanto el fijo como lo cobrado en variable?

admin 18/01/2010 at 23:46

Hola Ángeles,

para mí la referencia a tomar es el salario fijo (un 30%). Porque el variable, como su propio nombre indica, varía.

PALOMA 05/02/2010 at 11:54

Si mi base de cotización de la nómina es de 2000 euros, y además la empresa me paga el alquiler de la vivienda que son 300 euros, mis preguntas son las siguientes:
1.- Es obligatorio que la empresa declare la percepción en especie y me la incluya en nómina?
2.- Si es así cuál es el importe máximo y mínimo que hay que declarar.
3.- Beneficios e inconvenientes, tanto para la empresa como para mí.

Muchas gracias. Paloma

ANA 08/02/2010 at 14:02

Hola,

Me gustaría saber si debo incluir en las nóminas de los trabajadores un seguro médico que paga la empresa a cada de uno de ellos. La empresa realiza la transferencia de todos y si lo incluyo en nómina, aunque no lo cotice me sube el bruto y, por tanto, el líquido, por lo que la empresa lo pagaría dos veces.
Gracias.

admin 08/02/2010 at 18:10

Hola ANA,

Obviamente en las retribuciones en especie, aparte de la cantidad bruta, también se incorpora en la nómina un descuento en neto para conseguir un efecto 0.

ANGEL 09/02/2010 at 18:12

Hola,

en mi empresa cuando adquieres un coche en renting como salario flexible te reducen el sueldo bruto anual un 26% del precio de compra del coche. Al ser un renting de 4 años al final habrás pagado el 104% del P.C. del coche. En algunos casos es más que la cuota de renting y en otros es menos ¿No es más lógico descontar directamente el coste que supone el coche a la empresa, es decir, las cuotas mensuales de renting?

La parte por la que tributamos es el 70% sobre el 20% lo cual creo que es correcto pero luego tributamos por 30€ de gasolina ¿esto se hace así normalmente? ¿como proceden las empresas con el tema de la gasolina? Tenemos tarjetas solred por lo que la empresa se hace cargo del coste de la gasolina.

Muchas gracias

Plan Pensiones Nomina 11/02/2010 at 20:33

Hola, la aportación de la empresa al plan de pensiones se que no forma parte de la base de cotización, pero ¿forma parte de la Base de IRPF?, o sea lo que la empresa paga en concepto de plan de pensiones, ¿lleva retención de IRPF?

Un saludo.

admin 22/02/2010 at 10:34

Hola Plan Pensiones Nomina,

si está incluido en la nómina, sí.

ISABEL 22/02/2010 at 20:37

Hola Administrador,

Quisiera saber si hay algún sitio donde venga recogida una relación de conceptos que se consideran salario en especie, muchas gracias.

un saludo,

JUANJO 24/02/2010 at 15:36

hola : me podes aclarar esta duda ,gracias
yo pacte por decir alguna cantidad 1000 € brutos mensuales
en la nomina en percepciones no salariales ,me abonan 45€
pero al cobrar no deberia de ser 1045 € brutos

admin 24/02/2010 at 16:39

Hola JUANJO,

En la nómina se aplican una serie de deducciones al sueldo bruto.

Te remito a los artículos:

http://tusnominas.com/estructura-de-tu-nomina/
http://tusnominas.com/modelo-de-nomina/

admin 24/02/2010 at 17:03

Hola ISABEL,

no lo sé, pero me has dado una buena idea.

ISABEL 02/03/2010 at 20:23

Hola Admin,

Sigo teniendo dudas sobre algunos conceptos sobre si son o no salario en especie. Nosotros tenemos anticipos y préstamos, los préstamos los tratamos como salario en especie pero los anticipos no; es correcto???.De que depende de la cantidad, del tiempo en devolverlo??

Se considera salario en especie un regalo no metálico que hace la empresa a los trabajadores por el nacimiento de hijo ?? Si lo fuera seguro que los trabajadores renunciaría al mismo.

gracias,
un saludo, Isabel.

dolors 05/03/2010 at 21:27

DOLORS
Hola Admin.
Mi pregunta es: si cobro en especie por un valor de 500€ y mi sueldo asciende a 2015€
mensuales, es correcta la cantidad abonada por la empresa en especie.

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