El alta on-line en la Seguridad Social de un trabajador, paso a paso

by admin on 25/09/2009

En este post, vamos a explicar cómo la empresa da de alta al trabajador en la Seguridad Social a través del Sistema Red en 6 pasos y cumplimentando el mínimo de requisitos posibles.

Página web de la Seguridad Social. Entrada por el icono del sistema RED en la parte inferior derecha del sitio.

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2. Acceso al certificado SILCOM del usuario y verificación mediante contraseña.

Seguridad social 2

3. Entrada en “Afiliación Online Real”, puesto que vamos a proceder a dar un alta real.

Seguridad social 3

4. Una vez dentro, seleccionar la opción “Altas Sucesivas y Bajas”

Seguridad Social 5

5. En “Acción”, seleccionar Alta. Introducir los datos relativos a “Nº de afiliación del trabajador”; “Identificador de personas Físicas” (DNI, pasaporte, o NIE, precedido por el código 1, 2, ó 6 respectivamente); “Régimen” (en este caso el General tiene el código 0111); “Cuenta de cotización de la empresa”.

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6. En la pantalla siguiente seleccionamos la “Situación” 01 (pulsar el botón de ayuda para ver el resto de opciones), introducimos la “Fecha Real de alta”, el “Grupo de cotización” en el que se enmarca el trabajador, así como el “Tipo de contrato” del trabajador (ver aquí correspondencias de tipos de contratos con códigos).

Seguridad Social 7

Para obtener el impreso TA2 oficial del alta del trabajador habría que seleccionar la opción Sí en “Impresión Documento”, y OnLine en “Tipo de Impresión”. El documento sale al instante en pdf.

Realmente se tarda 5 mins. en dar de alta a un trabajador en la empresa, si bien es verdad que el ejemplo propuesto es fácil. Por el camino has podido ver multitud de opciones que hay que dominar para hacer correctamente otro tipo de altas más complicadas, no conozco a nadie que se sepa todas al dedillo, pero nosotros vamos a cambiar eso.

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{ 11 comentarios }

peters 01/10/2009 at 17:53

Muy interesante. Para este procedimiento se necesita una autorizacion de la empresa, no?.

admin 01/10/2009 at 18:06

Hola peters,

sí, obviamente un ciudadano no puede hacer esto por sí mismo. Veremos cómo se tramita la autorización más adelante.

Un saludo.

Iñaki 04/03/2010 at 16:09

Hola:
¿Es necesario cambiar mensualmente en afiliación el coeficiente a tiempo parcial en los contratos a tiempo parcial con cobro por horas para ajustarlos a las horas cotizadas cada mes?.Por ejemplo; si en el contrato se dice que el trabajador trabajará todos los lunes y martes a razón de 8 horas al día y la jornada habitual de la empresa es de 40 horas a la semana prestadas de lunes a viernes.
Marzo 2010:
Cotización: 10 lunes y martes*8 horas= 80 horas
Afiliación: Coef. tpo parcial: 184 horas/mes ———–100% de la jornada
80 horas/mes————-X% de la jornada

Iñaki 04/03/2010 at 16:13

Hola:
Le he dado a enviar sin querer. Acabo el caso práctico:
X= 43,48% de la jornada
Abril 2010:
Cotización: 8 lunes y martes*8 horas= 64 horas
Afiliación: Coef. tpo parcial: 176 horas/mes ———–100% de la jornada
64 horas/mes————-X% de la jornada
X=36,36% de la jornada.
¿Es correcto?

admin 10/03/2010 at 01:25

Hola Iñaki,

sí, es necesario comunicar a la S.S cualquier variación de jornada.

Jesús 30/03/2010 at 12:23

Estoy intentando dar de alta a una trabajadora en la oficina virtual de la S.S. pero en el segundo paso no me deja continuar, se trata de una trabajadora que pidió excedencia por maternidad y ahora se reincorpora, el contrato es normal, pero en la seguridad social me han dicho que en el cuadro correspondiente a Mujer Reincorporada ponga una S, lo demás lo hago igual que en el ejemplo, pero de ahí no me deja seguir. ¿Cual puede ser el problema?
Muchas gracias

admin 01/04/2010 at 19:56

Hola Jesús,

aunque no somos el servicio técnico del sistema RED, pudiera ser que te has pasado de plazo a la hora de comunicarlo.

Te remito a un artículo que tal vez te pueda ayudar.

http://tusnominas.com/hay-que-comunicar-la-reincorporacion-por-maternidad-a-la-seguridad-social/

Manuela 22/04/2010 at 15:33

Hola Buenas Tardes!

Trabajamos con el Sistema Red
Necesito saber a la mayor brevedad posible ( muy tarde mañana por la mañana), que si doy un alta previa para el día 27 de Abril, pero la transmito mañana día 23, el plazo que tengo para anular el alta si el trabajador no se presenta el día 27

Manuela 22/04/2010 at 15:34

Perdonad, pero se me había pasado dar las gracias de antemano.

Un saludo

admin 28/04/2010 at 00:11

Hola manuela,

no sé si son 48 o 72 hrs.

ROSA SANDOBAL JIMENEZ 29/07/2010 at 04:00

YO ACABO DE INICIAR UN NEGOCIO PEQUEÑO Y QUISIERA SABER EN CUANTO SALE DAR DE ALTA EN PESOS MEXICANOS AL UNICO TRABAJADOR QUE TENGO Y SI ES DICIFIL HACER ESOS TRAMITES A Y SI PUEDO DAR DE ALTA A MIS HIJOS Y MI MADRE

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