Todos los meses la empresa detrae de tu nómina una cantidad en concepto de irpf. Esta cantidad viene determinada por el resultado de aplicar un porcentaje sobre determinadas retribuciones de tu nómina gravadas por este impuesto (en realidad todo el sueldo es gravable en principio, salvo algunas pocas excepciones).
El porcentaje a aplicar es mayor cuanto mayor sea el salario, es decir, a principio del año se calcula un primer porcentaje estimado, y a medida que se van produciendo cambios en el salario (si se producen), el porcentaje de irpf bascula. Lo que importa saber aquí es que el porcentaje es el instrumento que permite a la empresa alcanzar el objetivo final de retener lo que corresponde en relación a las retribuciones anuales de los trabajadores, de tal forma que cada nómina podría considerarse una mini-declaración de la renta, y el porcentaje de irpf el instrumento encargado de ajustar las retenciones mensuales a las anuales que serán solicitadas en la declaración de la Renta.
En ocasiones, estos ajustes son bruscos, y el trabajador pide saber la razón. Este tipo de ajustes se dan por 3 motivos fundamentales:
- la persona encargada de las nóminas ha olvidado en algún momento regularizar el porcentaje de irpf, y según pasan los meses, el error se acumula hasta explotar en la nómina de diciembre. Esto debe evitarse, según establece el reglamento de irpf (art.87.4.2º pár.), regularizando el porcentaje de irpf, al menos cada tres meses;
- conversión de contratos temporales a indefinidos. Cuanto más tarde se produzca la conversión, mayor impacto sufrirá el porcentaje de irpf. Esto podría evitarse mediante la solicitud por el trabajador de un porcentaje de irpf voluntario con la suficiente antelación;
- aplicación de la norma, y cambios normativos no previstos. Ejemplo de lo primero lo vemos en el cambio de situación familiar por el nacimiento de un hijo, y de lo segundo lo hemos podido ver con la deducción de 400 euros, que produjo desajustes en el 2008, y la reducción de un 2% por ayuda a la vivienda.
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Buenos dias.
Tengo una pregunta relativa a las retenciones practicadas en la nomina a cuenta del IRPF.
Si se da el caso de un trabajador en cuya declaracion el unico concepto a declarar son los rendimientos del trabajo, por un importe de 20.000€, inferior a los 22.000 € anuales, que, por tanto, no estaria obligado a hacer declaracion del IRPF, ¿puede pedir a su empresa que se le retenga el 0%? ¿o el 2%? ¿hay un minimo que es obligatorio retener en funcion del rendimiento del trabajo, o es a eleccion del trabajador?
Gracias.
No, Nacho no se puede, la razón es obvia; todos aquellos que no estuvieran obligados a presentar declaración de renta al año siguiente se acogerían a una retención 0% (ó a 2% si el contrato es temporal), y en consecuencia, pagarían menos al fisco y tendrían más líquidez mensual.
La empresa está obligida a efectuarles a ajustarles la retención en función del salario bruto anual que ellos abonarán, y a partir de aquí, el perceptor (trabajador) en modo alguno puede solicitar que se le infrarretenga, ya que obviamente prácticamente todo el mundo se acogería a esta modalidad y las arcas públicas no tardarían en quebrar.
Lo que sí que puedes solicitar es una retención mayor a la que reglamentariamente te tocara, pero inferior, nunca. Aún así, si la empresa por desconocimiento traga con tu petición (lo cual es bastante improbable) o por que te ha infrarretenido por error (lo que puede ser más habitual como dice el post), que sepas que el marrón se lo come ella, por cuanto ella es la obligada de retener, y si lo hace incorrectamente, Hacienda irá por ella no por ti.
Un saludo
Hola, desde hace un año estoy cobrando de neto 1538.40. En Abril y Mayo he cobrado 180.00 euros de gratificación. En Abril cobre 1581.00 y en Mayo 1585.00, habiendome subido la retención en estos dos meses casi 2 puntos. La sorpresa ha sido que este mes que ya no percibo gratificación, me siguen reteniendo lo mismo que en estos dos últimos, y me dicen que además es para siempre, y todo porque he ganado 180.00 euros de más en los dos últimos meses. No lo entiendo, solo he pasado de ganar 25000.00 euros anuales a 25180.00, y voy a perder en mi sueldo líquido 26.00 euros indefinidamente. Es normal? Prefiero que mi empresa no me gratifique. Por favor si alguien puede que me conteste. Gracias.
Hola, empecé a trabajar el 15-12-08 con contrato de 6 meses y retención del 2%. A los 6 meses me hicieron nuevo contrato por obras y servicios y siguieron reteniéndome lo mismo. Mi bruto anual son 15.180 Euros. Yo pensé que a partir del año me cambiarían la retención. Pero sin avisar me han retenido en el sueldo de septiembre el 22% y dicen que seguirán haciéndolo hasta diciembre. El sueldo se me ha quedado en una gran porquería. ¿Pueden hacerme esto sin llevar en la empresa todavía un año? ¿Y sin avisar? Se lo han hecho a casi 100 personas, pero unas 20 llevamos menos de un año y no sé si por error nos han metido a todos en el mismo saco. Por favor, ¿me pueden ayudar? Muchas gracias!
Hola Mariló,
como trabajo “al otro lado”, te digo lo que puede haber pasado. Si hubieras tenido un 2º contrato de 6 meses probablemente la empresa desde julio (suponiendo que el segundo contrato de 6 meses empezase el 1 de julio; es lo de menos, sólo un ejemplo) hubiera regularizado tu porcentaje de irpf, que ya de por sí habría impactado bastante en tu nómina (a ojo, hubieras estado a más de un 10%).
Sin embargo, es posible que en tu empresa no supieran si ibas a estar el año completo (aunque eres una fantástica trabajadora, lo sé, pero así están las cosas ahora), y en septiembre sí lo supieran y procedieran a regularizar a todos. Si lo sabían de antemano, se han despistado.
Si pudiéramos retroceder al 1 de julio (siguiendo el ejemplo), podrías solicitar un irpf superior al calculado por la empresa, en tu caso simplemente pidiendo que te calculen el % de irpf como si fueras a estar en la empresa durante todo el año.
Un cordial saludo.
Muchísmas gracias por contestar! Pues sí, se han despistado pq se sabía de antemano que nos quedaríamos.
Pero qué le vamos a hacer, habrá que ajustarse el cinturón hasta quedarnos sin respiración…
Os reitero el agradecimiento, es un placer que haya estas páginas en la red donde se ayuda desinteresamente.
Todo lo mejor para vosotros.