Las bases de cotización en tu nómina: un ejemplo básico

by admin on 15/05/2008

Dentro de la estructura de tu nómina, normalmente en la parte inferior izquierda del recibo, hallarás las bases de cotización, estas bases identifican la parte de tu sueldo que necesariamente generará cotizaciones a ingresar en la Seguridad Social, previa aplicación de unos porcentajes legalmente establecidos.

Para la determinación de estas bases, hay que tener en cuenta las siguientes reglas generales (art.1 O. 18/1/2005) que ilustraremos con el ejemplo de un sueldo bruto de 1.000€/mes en 14 pagas de un licenciado.

  • Base de contingencias comunes:
  1. se computa la remuneración devengada en el mes, con exclusión de los conceptos no cotizables (ej: dietas, o plus de transporte y cheques comida hasta cierto importe, hablaremos de estos conceptos en futuros comentarios, ahora, para simplificar, tomaremos los 1.000€ devengados en el mes como cotizables).
  2. A la remuneración anterior se añadirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias (es decir, 1000€*2pagasextras/12meses=166,66€).
  3. Si hubiera gratificaciones cuyo devengo fuera superior al mes o percepciones no periódicas a recibir en el mismo año, habría que hallar la parte proporcional, dividiendo el importe anual entre 365 días o entre 12 meses, según sea el salario diario o mensual, y multiplicándolo luego por los días del mes a cotizar (ej. bonus de 5.000€ devengado en el año/12*1=416,66€).
  4. Que la base de cotización resultante esté comprendida entre la base máxima y mínima de cotización vigente. Si no fuera así, habría que aplicar esos topes, establecidos en función del grupo de cotización de la categoría profesional del trabajador (ej.: 1000€+166,66€+416,66€ =1.583,33€; esta base es la definitiva, pues está entre la bases máximas y mínimas establecidas en el 2008 para un licenciado).
  • Base de contingencias profesionales: se siguen las mismas reglas que para la base de contingencias comunes, pero añadiendo el importe de las horas extras.
  • Base por desempleo, formación profesional y FOGASA: se siguen las mismas reglas que para la de contingencias profesionales.

Si tienes dudas sobre cómo ha sido calculada tu base de cotización, escríbenos dándonos detalles.

Saludos cordiales a todos.

Artículos relacionados:

  1. Pluriempleo y Seguridad Social: bases de cotización partidas
  2. Cobro menos porque me ha subido la base de cotización, ¿está mal mi nómina?
  3. Definición y ejemplo de salario en especie
  4. El complemento de enfermedad: el Convenio de Oficinas y Despachos como ejemplo
  5. El programa de ayuda de Hacienda para el cálculo de las retenciones de irpf en el 2009, y un ejemplo práctico

{ 112 comentarios }

“Cuando me pongo enfermo y no voy a trabajar, ¿quién me paga?: ¿la Empresa o la Seguridad Social?, y lo más importante, ¿cuánto?” | Tus nominas.com
19/05/2008 at 18:21
¿Cuál es el coste que la empresa asume por mí? | Tus nominas.com
05/06/2008 at 20:08
Noticias de economía Las bases de cotización en tu nómina: un ejemplo básico | Tus nominas la Economía en el mundo Las bases de cotización en tu nómina: un ejemplo básico | Tus nominas
15/05/2009 at 01:29
Natalia 14/06/2010 at 21:49

Hola. Gracias por el artículo. Tengo una duda sobre cómo calculan las bases de cotización en mi nómina.

Aquí un ejemplo de ella:

SALARIO MINIMO: 769.91
INCENTIVOS: 214.63
NOCTURNIDAD: 87.54
ANTIGÜEDAD: 8.42
———-
TOTAL: 1080,50

prorrata pagas extras: 127.94

TOTAL BASE: 1208.44

DESCUENTO CONT. COMUNES 4.7%: 56.80
DESCUENTO DESEMPLEO FP 1.65%: 19.94
RETENCION IRPF 13%: 140.47

LIQUIDO A PERCIBIR: 863.29

Hasta ahí todo correcto. Lo que no entiendo es que abajo de la nómina en un recuadro pone esto:

BASE REGIMEN GENERAL GRUPO 8: 1567.94

¿De dónde sale esa cifra de 1567,94? ¿No sería la base de cotización los 1208.44 de antes?

Gracias

Maria 30/06/2010 at 23:44

Hola.
Me gustaría hacer una pregunta sobre la baja maternal. Soy médico y hago guardias que cobro a mes vencido, es decir, por ejemplo, las guardias realizadas en mayo, las cobro el mes de junio, y las guardias de junio las cobro el mes de julio y así sucesivamente, más el sueldo base. Ya sé que la cuantía de la baja por maternidad se calcula según la base de cotización del mes anterior a la baja, pero en mi caso, no se corresponde con las guardias realmente realizadas el mes anterior de la baja, sino los 2 meses antes. ¿Depende de la buena voluntad del adminitrativo de la empresa que me cuenten las guardias efectivas y reales realizadas el mes anterior al inicio de la baja por maternidad? ¿o maquinalmente cogen la base de cotización del mes anterior (que incluye las guardias del mes previo)?
Gracias y saludos.

maricela 06/07/2010 at 23:02

hola soy maricela me gustaria me fasciliten un ejemplo de nomina donde vayan incluido baja de enfermedad y accidente laboral, las mismas que detallen el procedimiento de como se calculan los porcentajes
gracias

Alex 07/07/2010 at 17:35

Hola, tengo a una trabajadora que en el momento de caer de IT estaba con contrato a tiempo completo, pero su contrato 1 mes después volvía a pasar a jornada parcial, siguiendo de IT mi pregunta es ¿ su base de cotización sigue siendo la de la jornada completa que es la del mes anterior a la baja?

Muchas gracias.

Marta 18/07/2010 at 21:31

Hola, he cambiado de empresa, me han subrogado, y me respetarán todo, hasta la antigüedad. El problema es que pacté que no me prorratearan las pagas extras pero veo un concepto en la nómina que no entiendo y me hace pensar que sí lo han hecho.

Paga distri. cotizable.
Paga distri. no cotizable.

El caso es que según mis cálculos las cantidades de esos conceptos coinciden con lo que debería haber cobrado por paga extra si ésta hubiera estado prorrateada.

Otra cosa que no me cuadra mucho es que en un apartado de la nómina aparece p.p. extra en blanco, entonces no consigo entender esos conceptos, y no encuentro información al respecto, ¿sería usted tan amable de ayudarme en mi duda?

Muchas gracias, saludos cordiales.

la rusa 22/07/2010 at 22:57

esto es una cosa que no me agrada mucho en un apartado de la nomina aparesce . extra en blanco no consigo entender esos conceptos
y no encuentro segun mis calculos las cantidades
de esos conceptos que no coincieden com lo que deberia haber cobrado
por paga extras si hubiera estado la imformacion correcta yo diria al respecto esta

y me hacen pensar si lo ha hecho el estado financiero lo cual el procedimiemto de como se calculan los porcentajes
gracias
muy amables por haberme
escuchado

la rusa 22/07/2010 at 22:58

saben q esto es una mierda
hjajajjaja invesiles

israel 26/08/2010 at 10:31

buenos dias , mi pregunta es que , aparte del irpf te pueden retener de nomina el 20% como impuesto de la renta, mensualmente?

admin 26/08/2010 at 12:23

Hola israel,

el 20% es el tipo de irpf. Se trata de lo mismo.

Deja tu comentario