Las empresas no están obligadas a deducir los 400 euros en la nómina

by admin on 11/06/2008

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Este artículo es en respuesta al comentario de Alejandra.

A mí me surgió la misma pregunta cuando se aprobó el RD, y es curioso que nadie más me la haya planteado, ni clientes, ni amigos, ni blogueros, ni visitantes. En su momento, una seguidora de tusnominas fue a un cursillo organizado por Sagardoy, primer despacho laboralista a nivel nacional, y me confirmó que, efectivamente, la empresa no está obligada a practicar dichas deducciones.

La razón es que estamos ante una medida política instrumentada en un Real Decreto, que no tiene rango de ley, y que por tanto no cuenta con fuerza coercitiva suficiente para sancionar a los empresarios por su incumplimiento.

Si bien es cierto que la mayoría de las empresas están adoptando esta medida, ya que en definitiva el hecho de adelantar parte de la devolución redunda en beneficio de sus trabajadores; otros empresarios en cambio, están optando por no perder el tiempo en practicar estas deducciones, posponiéndolas al momento en que los contribuyentes hagamos por nuestra cuenta la declaración en el 2009.

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4 Razones por las que la empresa no está obligada a deducir los 400 euros en nómina | Tus nominas
22/06/2008 at 7:28 pm
Off Topic: Crisis... amarraos los machos...VOL IV - P?gina 54 - BMW FAQ Club
24/06/2009 at 2:46 pm

{ 91 comments… read them below or add one }

1 admin 29/07/2008 at 10:29 pm

Hola Mariluz,

sólo veo tres posibles explicaciones a tu caso:

1) tienes un contrato temporal inferior a un año, es decir un tipo de irpf de un 2%. En cuyo caso la reacción de la empresa ha sido correcta;

2) esto va a sonarte a ciencia ficción, pero te aseguro que puede ocurrir. Puede que tu empresa haya recalculado tu %irpf, y sin embargo !no haya cambiado!. Esto es porque estabas cerca de superar tu %irpf actual, es decir, de pasar al siguiente número entero. Al pasar el %iprf a tener decimales, ha registrado esta situación, y efectivamente, ha disminuido, pero tú no lo has notado (ej: si tenías un 10%, pero realmente estabas mucho más cerca del 11%; a lo mejor en la nómina de mayo, por ejemplo, si hubieran existido decimales, hubieras tenido un 10,98%). La actuación de la empresa sería correcta.

3) otra posibilidad es que tuvieras pactado el salario en neto y tu empresa haya optado por no hacer nada. En este caso te recomiendo que leas el artículo “salario pactado en neto y regularización de irpf…”.

Espero haberte aclarado algo.
Un saludo.

2 admin 29/07/2008 at 10:41 pm

Hola Montse,

por lo que dices has entendido bien la medida, se va a recalcular el irpf en la nómina de julio, y éste nuevo %, salvo nuevos ingresos, se va a mantener inalterable a partir de este mes, incluyendo pagas extras. Es decir, no va a bajar más; salvo cambio beneficioso en la situación familiar, realmente sólo podrá subir.

El nuevo cálculo de irpf es complejo, no valen esquemas, se hace a través del nuevo programa facilitado por Hacienda a tal efecto. Te puede servir de guía el artículo “una pequeña ayuda para calcular…”

La medida sirve para adelantar la devolución.

Un cordial saludo.

3 admin 29/07/2008 at 10:49 pm

Hola Esther,

simplemente bastaría con que solicitaras a tu empresa la aplicación de un irpf voluntario, el que quieras, mayor al que te vengan aplicando. No es necesario ningún modelo de carta, bastaría con un papel identificándote, solicitando el nuevo tipo a partir del mes X, y con tu firma, a veces incluso puedes mandar un simple correo electrónico desde tu trabajo. Háblalo con tu departamento de RRHH.

Te recomiendo que leas el artículo “salario pactado en neto y regularización de irpf…”.

Un cordial saludo.

4 esther 31/07/2008 at 2:20 pm

gracias

5 Jose 01/08/2008 at 9:51 am

Lo primero un saludo a todos, el mes pasado me aparecio en nomina una bonificacion de IRPF de 165 €, se suponía que nos iban a realizar a partes iguales una serie de bonificaciones hasta los 400€ de agosto a diciembre, sin embargo este mes la nomina es igual que la de mayo, o sea el irpf de siempre y sin bonificación, la gestoria nos dice que el gobierno no se aclara con lo de los 400€ y que ya se vera si se pagan o no, mi pregunta es; ¿se estan quedando con todos nosotros? Gracias.

6 admin 01/08/2008 at 11:30 pm

Hola Jose,

si esa ha sido la respuesta de la asesoría, la verdad es que son poco serios. No obstante no aportas datos que me puedan servir para saber cuál es tu situación. Es posible que tengas un contrato temporal inferior al año, eso justificaría el modo de proceder de la empresa.

Un saludo.

7 Noelia 04/08/2008 at 8:17 am

Buenos dias a todos,

Mi caso es parecido al de Jose, en el mes de Julio tuve una bonificación de unos 84 euros que equivale al 7% del irpf que me retienen habitualmente, en el mes de agosto la nómina es igual a la de siempre y la gestoría nos ha dado la siguiente explicación:

Entre las medidas fiscales -de ultima hora- recogidas en el programa electoral del partido que ahora gobierna, está la deducción de 400 euros en el IRPF. Esto no quiere decir que le vayan a dar a cada contribuyente esta cantidad, es -como dice el decreto que desarrolla el pago- una reforma fiscal de aplicacion inmedicata, puesto que la deducción se realizará sobre las retenciones de las nominas sin esperar a liquidar el impuesto individual del IRPF en Junio de 2009 y que corresponde a lla declaracion de renta del año 2008.
En resumen, que lo que vayan a deducir del IRPF ahora (200, 400 € o -una vez se aclaren- lo que corresponda) van a regularizarse en la renta del 2008 -a liquidar en Junio de 2009. La razon es sencilla: se prometió por el partido ahora en el Gobierno estos 400 euros a primeros de Febrero 2008, cuando en Diiembre de 2007 ya se habian ratificado los presuestos generales del ejericio 2008, siendo imposible -no habia partida presupuesta- rebajar los porcentajes del IRPF.
Los porcentajes de aplicación sobre el bruto percibido en 2008 van a ser los mismos - de entrada- al final de la liquidacion del ejercicio (en Junio de 2009) Y digo de entrada porque hay prevista una nueva tabla de aplicación (al alza) en los puntos de retención para el mes de Septiembre.
En la actualidad la norma lo que recoge es que a los trabajdores y pensionistas se les descuente 200 euros (no 400 €) en la nómina de Junio 08, lo que ya se ha efectuado. Los trabajdores que no lleguen a esos 200 euros de retención, se les reducirá en los meses siguientes hasta Diciembre 2008. P. ej: un trabajador en Junio se le descuenta 195 euros, en el resto del ejercicio se le descontarán los 5 restantes. Es decir, a final de 2008 a cada contribuyente le habran deducido -no regalado- 200 euros de lo que tienen que pagar por el ejercicio de 2008 (insisto en que en Junio de 2009 cuando liquiden sus IRPF indivduales vendran sorpresas para aquellos que no tengan ningun tipo de reduccion fiscal : hipoteca, pago por alimentos a hijos, etc.)
A esos trabajadores se les puede aplicar:

1) una tabla que ha publicado la Admon de Hacienda donde se le van descontando decimales sobre su porcentaje de IRPF, o

2) la tabla publicada a primeros del año y, lo contempla la norma, regularizarlo en el ultimo trimestre del año.

Entendemos que es mas favorable para aquel trabajador que no se le haya deducido los 200 euros completos, que los restantes (en el ejemplo anterior los 5 euros) deducirlos en el último trimestre -siempre antes de diciembre 08- para que, si suben los porcentajes de IRPF, sus nóminas sean cada mes lo mas iguales en cuento al cobro líquido.
De momento no hay nada sobre los 200 euros restantes. En cuanto sepamos algo, os lo comentamos

Qusiera saber si esto es así pq se de amigos que en otras empresas les siguen abonando lo correspondiente a la retención del IRPF.

Muchas gracias y perdona pero quería que tuvieras todos los datos.

8 admin 04/08/2008 at 4:55 pm

Buenos días Noelia,

caray, un discurso muy completo el del jefe. Bueno, para ser breves, e ir a lo que nos interesa realmente, te diré que no sé a qué se refiere con una posible subida de tipos en septiembre?¿?¿, eso no es oficial, de lo contrario, creo que me habría enterado, bueno no sólo yo, sino todos, porque lo habrían sacado hasta en los telediarios (primero baja, luego sube???, en el mismo semestre??). Otra cosa es que en ese mes pase algo concreto en vuestra empresa como que por ejemplo los contratos temporales vayan a pasar a ser fijos o que la empresa tenga por costumbre regularizar el irpf cada cierto tiempo para recoger posibles variables, por ejemplo, pero esto es algo, repito, que entra dentro de la esfera de conocimiento de tu jefe exclusivamente, y que no afecta en nada al mundo exterior.

Eso de que “de momento no hay nada sobre los 200 euros restantes, en cuanto sepamos algo, os lo comentamos” le da por un lado un toque muy dramático e intrigante al discurso y por otro da la sensación de que la empresa se haya realmente inmersa en una seria investigación de los 400 euros, y que quiere proteger a sus trabajadores a toda costa, ¿pero de qué?.

Vamos, que el discurso destila nobleza, pero no sé en qué se basa para decir todo eso, cuando la mayoría está aplicando las deducciones, siguiendo las sencillas (que no perfectas) directrices de Hacienda.

Lo mejor de todo es que la empresa no gana nada con no haceros la deducción, con lo que todo se vuelve aún más intrigante.

Por último, tampoco te fíes de lo que dicen tus amigos respecto a los 400 euros (en todo lo demás puedes y debes fiarte), ya que la situación de cada uno es diferente. Normalmente “se abona la retención completa”, como tú dices, a salarios bajos porque directamente se quedan sin tipo de irpf, no porque la medida se aplique de la misma forma que en la nómina de junio, dónde se devolvió toda la retención hasta un máximo de 200 euros.

Espero haberte aclarado algo.
Un saludo.

9 Ángel 06/08/2008 at 9:00 am

Muy buenas;

Mi problema es el mismo de la mayoría que han comentado aquí. Alegan no pagarme los 200 € por tener pactado un salario neto.

Normalmente de IRPF me retienen un 16 % y en esta nómina me lo han bajado a un 11,45 % además de haberme variado el resto de conceptos de la nómina, evidentemente a la baja, pero yo he percibido el mismo sueldo que todos los meses.

Teniendo en cuenta que todas esas reducciones que han efectuado de mi nómina afecta en caso de coger una baja, el paro y demás; hasta que punto es legal ?.

Un saludo

10 admin 06/08/2008 at 5:45 pm

Hola Ángel,

es legal hasta el punto de que figura en tu contrato ese pacto a netos. Te recomiendo que leas todos los artículos que hemos escrito en relación a los salarios pactados en neto, te aseguro que vas a quedar más informado.

Un cordial saludo.

11 Alberto 07/08/2008 at 10:15 am

Hola , me he leido casi todos los comentarios y me a aclarado muxas dudas , pero hay una que no. A mi en la nomina de junio me han dejado de retener lo correcto, mis 134 euros de retencion, hasta ahi bien. Ahora la sorpresa llega cuando en la de julio me deberian de haber dejado de retener 44 euros correspondiente al fragcionamiento de julio a diciembre, y me encuentro con que solo me meten 18 euros. Total que si sumo los 134 + 18×6=242 euros , hasta los 400 que hago. Me lio a puños con mi jefe?He leido que si tu empresa no te da esas retenciones te las daran en la declaracion del 2009, pero habra problemas si son solo parciales? Gracias

12 admin 07/08/2008 at 5:20 pm

Hola Alberto,

te remito a un artículo sobre el tema.

http://piurl.com/p/Hsq.

Te confirmo que no habrá problemas porque se trate de una devolución parcial, podrás recuperarlo en la declaración (si te corresponde).

Un saludo.

13 ZAPAMEMO 11/08/2008 at 6:19 pm

Lo cojonudo de tener pactado un salario neto, como es el caso de mi empresa, es que yo no veo un duro y el dueño de la empresa se ahorra 300×200=60.000 euros(300 trabajadores x 200 euros, ya que los primeros 200 si los pagaron).
Además cuando presente la declración de la renta tengo dcho a que me devuelvan menos ya que me retuvieron menos, un negocio redondo.
Pero claro zapatero ya tiene suficiente con “arreglar el mundo”, para que ocuparse de estas nimiedades.

14 Begoña 18/08/2008 at 5:28 pm

Buenas tardes:
Tengo una duda que me gustaría, si es posible, me la pudieseis solventar. En el mes de mayo le notifiqué a mi empresa que quería que me subieran la retención de la nómina hasta un 14% y así lo hicieron, por lo que en Junio me devolvieron los 200€ sin problema. Este mes, al cobrar la nómina de julio, me encuentro con que me han ingresado el importe correspondiente a un mes “normal” y no han añadido los 33,33 € que supuestamente hay que percibir hasta final de año. Le he preguntado al contable pero insiste en que la cantidad es correcta ya que al solicitar un 14% no me corresponde que me devuelvan nada, que ya me lo deduzco en la renta del año que viene. ¿Es esto así? Entiendo que si me corresponde la devolución en junio ¿por qué no en Julio siendo la misma retención? He estado contrastando las 2 nóminas por si me hubieran cambiado algo pero coinciden todos los importes.
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo.

15 admin 19/08/2008 at 10:35 pm

Hola Begoña, qué tal:

El contable de tu empresa tiene razón. Como ya sabrás, la devolución de julio a diciembre se lleva a cabo mediante la regularización del porcentaje de irpf (mientras que en junio era una cantidad fija en función de las retenciones practicadas en dicha nómina hasta un máximo de 200€). La regularización o recálculo del %irpf por aplicación de la medida de los 400€ hace que, lógicamente el % definitivo sea más bajo, y tu empresa se encuentra con que no puede bajar del tope que tú has impuesto para este año, seguramente por otras sabias razones.

Yo no me preocuparía, podrás deducir lo que te quede en la declaración de la Renta´08.

Espero que te sirva.
Un saludo.

16 Begoña 20/08/2008 at 8:13 am

Buenos días:

Muchísimas gracias por vuestra ayuda, claro que me ha servido para aclarar dudas.

Un saludo.

17 BELEN 27/08/2008 at 9:46 am

¿y si no tienes retenciones practicadas ya que llevas tres meses en un trabajo y , segun la asesoria del jefe,el bruto de mi salario hasta diciembre no me permiten que se practique ninguna retencion?Asi me lo dijo mi jefe que a su vez lo habia consultado con la asesoria teniendo en cuenta mi situacion familiar, hijos, estado civil, etc. Eso significa que no tengo derecho a recibir esos 400 € y se suponia que todos los contribuyentes teniamos ese derecho.

18 admin 31/08/2008 at 10:34 pm

Hola BELEN,

La deducción de 400 euros es una medida que intenta disminuir la presión fiscal sobre trabajadores, autónomos, pensionistas, etc. Si no generas retenciones en tu nómina, la deducción se torna en imposible. Piensa que, al no haber de dónde descontar, no tendría mucho sentido querer tener retenciones superiores a las que realmente corresponden aplicar para que se practicase la deducción, ya que el resultado acaba siendo el mismo. Es decir, tal y como están las cosas planteadas, sería contradictorio no tener retenciones y querer que se aplique la deducción para no tener retenciones, o tener las menos posibles.

Como ya han dicho alguna vez desde el Ministerio de Economía, ésta no es una medida de justicia social, sino de carácter económico, y no todos los contribuyentes van a beneficiarse de igual forma con ella.

Un cordial saludo.

19 Patricia Gutierrez 01/09/2008 at 7:54 pm

Hola admin,
cobro 2.200 brutos al mes, me devolvieron de la retención de junio 200 euros y ahora, por la regularización del IRPF me retienen más que al principio del año (supongo que tendrían que retenerme más y me van reteniendo un poco menos a cuenta de los otros 200€).
Mi pregunta es si este dinero que me devuelven, y como estoy obligada a hacer la Declaración de la Renta, lo tendré que devolver al año que viene?.
No le encuentro sentido si he de devolverlo al año que viene.
Muchas gracias,
Patricia

20 admin 01/09/2008 at 11:14 pm

Hola Patricia,

Si tus retribuciones han sido constantes todo el año, y sin embargo en julio te ha subido el % irpf, es posible que en enero, por lo que sea, el cálculo de tu irpf haya sido incorrecto. También es posible que en el transcurso de los meses de este año hayas tenido alguna remuneración y se hayan olvidado regularizar tu irpf (p.e.: salario en especie; vales de comida, plan de pensiones…). Por último (opción también a tener muy en cuenta), es posible que los decimales te hayan jugado una mala pasada, es decir, es posible que tuvieras un porcentaje del 18% a principios de año, por ejemplo, pero realmente estuvieras más próxima al 19%, y la entrada de los decimales haya puesto esta realidad al descubierto (esto ha sido muy frecuente en la nómina de julio, no obstante si tu subida ha sido de más de 1 punto, deberías desestimar esta tercera opción).

Los 200 euros de julio a diciembre estarían amortiguando una subida mayor de tu % irpf y en la declaración, en lo que a los 400 euros se refiere, lejos de tener que “devolverlos”, podrás pedir la diferencia que te quede por percibir, ya que la regularización del % de irpf no está facilitando la deducción completa de los “segundos” 200 euros en la mayoría de los casos. Te adjunto artículo sobre el tema,

http://piurl.com/p/Hsq

Espero que te sirva.

De todos modos, consulta a las personas que te llevan las nóminas, porque ellos sabrán dar una explicación a tu caso.

Un cordial saludo.

21 MARINA 05/10/2008 at 8:22 pm

Hola,

mi contrato es por obra y servicio, en el mes de enero y en febrero me retuvieron un 2% de IRPF, por lo que les pedía que me subieran la retención hasta el 22%, cosa que hicieron. En el mes de junio me han pasado los 200 euros, pero en las nóminas siguientes no aparece ninguna disminución del tipo de retención, ellos dicen que es por haber solicitado el 22%, ¿esto es asi?, ¿tendré que esperar a la declaración? y ¿si sólo hay una casilla para lo de los 400 euros? yo he cobrado la mitad, peor no los 400…

Un saludo y gracias!!

22 admin 07/10/2008 at 1:38 am

Hola MARINA,

sí, es así, al solicitar un irpf superior, no pueden aplicarte la medida por tu decisión. Pero con ese tipo de irpf es muy posible que lo recuperes sin problemas íntegramente o casi en tu declaración de la Renta.

Un cordial saludo.

23 Maria 08/10/2008 at 9:32 am

Hola,
Lo mio es un poco más complicado por lo menos es lo que me cuentan. Yo tuve 4 tipos de IRPF desde junio 2007 hasta junio del 2008. Los 200€ me los dieron pero desde julio hasta hoy, octubre 2008 mo han dado ni 1€ ya que me dicen que no se puede, porque no estaba claro como lo tienen que hacer. Me baje el formulario lo complete pero claro yo lo hice hasta junio de 2008 y con solo 1 tipo de iprf que era el ultimo, 12%, pero claro no cuadra con lo que me da la empresa ya que ellos calculan hasta el dia de hoy octubre del 2008. A quien puedo preguntar. Gracias

24 Maria 08/10/2008 at 9:32 am

Perdon, me equivoque de mail ya teneis el corecto ahora

25 admin 08/10/2008 at 2:53 pm

Hola María,

no sé a qué formulario haces referencia. Puedes ir con todas tus nóminas del año a Hacienda, o puedes calcular tu irpf tú misma, pues escribimos un artículo para ello. Te dejo el enlace:

http://tusnominas.com/una-pequena-ayuda-para-calcular-tu-nuevo-irpf-2008-con-decimales

Espero que te sirva.
Un saludo.

26 Maria 29/10/2008 at 6:38 pm

Hola de nuevo, Resulta que les enseñe en mi trabajo como habia yo calculado yo la regularizacion pero poniendo los datos hasta julio. Me han dicho no es asi ya que yo ahora estoy en octubre y tienen que calcularlo hasta octubre y ademas como en el mes de septiembre me han cambiado el tipo de contrato , pero sin subir el sueldo que por eso tienen que hacerlo asi. Es decir si yo calcule hasta julio y me dio un 9.99% de IPRF que no es correcto ya que ellos han calculado hasta octubre y les aparece un 11.91% y es lo correcto. En fin yo la verdad que no aclaro.

27 Pablita 05/11/2008 at 8:17 pm

Hola.. a lo mejor mi pregunta llega algo tarde. Tengo dudas sobre esto de la famosa devolución de los 400 euros. Hace tres meses (nóminas) que en el apartado de Impuestos sobre la renta de las personas físicas ya no pone nada de 2.00%. Seré más específica: tengo un total devengado de 1.000 euros, antes en ese apartado de impuestos sobre la renta de las personas físicas ponía 1.000 / 2.00% /20 euros. Es decir yo recibía 20 euros menos todos los meses por este concepto. Hace tres meses, como decía antes, ese apartado ya no aparece y por ello el líquido total a percibir ha aumentado en 20 euros. El problema es que cuando me hacen el ingreso en el banco esos 20 euros no me los dan. Hablé con mi superior la primera vez que vi ese cambio en la nómina y me dieron los 20 en efectivo. Las dos últimas veces lo volví a pedir y me dijeron que no me lo darán porque no me corresponde, que aparecen 20 euros más por “fallos en el sistema”. ¿Me están robando? ¿Debo insistir y reclamar? ¿Me beneficia en algo dejar de firmar mis nóminas? ¿Qué puedo argumentar en la empresa para que me den mi dinero? (si es que me corresponde) Un saludo y muchas gracias por tu respuesta.

28 admin 10/11/2008 at 9:59 pm

Hola María,

por lo que dices, calculaste tu porcentaje de irpf para la nómina de julio. En principio éste se mantendría en tus nóminas siguientes si no sucediera ninguna otra cosa hasta final del año. La conversión del contrato de temporal en indefinido o una prórroga hasta final de año sin embargo sí tiene incidencia sobre el cálculo de irpf ya que los ingresos sobre los que estimar las retenciones se amplían (más ingresos=más retenciones).

De todos modos, si quieres calcular el % irpf para noviembre sólo tienes que coger los ingresos brutos acumulados en el año hasta octubre y añadir a ellos los que vas a tener en noviembre y diciembre. Y por otro lado deberías tener en cuenta las retenciones que han practicado en tu nómina hasta octubre.

Es importante también que hagas uso del programa habilitado por Hacienda para el segundo semestre del 2008, no el anterior.

Un cordial saludo.

29 admin 11/11/2008 at 1:37 am

Hola Pablita,

por la aplicación de la medida es bastante lógico que de un 2% pases a un 0%. Si has estado trabajando todo el año en la empresa, puede que te convenga un irpf más alto, si es que vas a presentar la declaración.

Pero ése es otro tema, tu verdadero problema es que tu nómina no coincide con lo que te pagan (la verdad, hay que ser cenutrios). Es complicado, podrías intentar decirles que al menos te rehagan la nómina como antes, con un 2%, y luego recuperar esas cantidades en tu declaración. Eso es totalmente factible, incluso podrías solicitar un irpf mayor si quisieras, como te decía al principio.

Suerte, ya nos contarás.
Un saludo.

30 marta 31/12/2008 at 1:48 pm

Hola,

mi caso es el siguiente, en la nomina de Junio recibi los 200 euros, pero de Julio a final de año me bajaron unas decimas el irpf de 10% a 9,73% y solo estoy recibiendo un importe de 5,67 euros mas de lo que cobraba. No entiendo el caso, y lo hablo con mi jefe y me dice que el recalculo esta bien hecho y que la parte restante hasta los 400 euros me lo podre deducir en la renta.

31 admin 01/01/2009 at 3:07 am

Hola marta,

ya lo preveíamos en el artículo…

http://tusnominas.com/la-devolucion-de-los-400-euros-de-julio-a-diciembre-no-sale-bien-todos-a-esperar

…las devoluciones no son exactas, para hacer la regularización de julio los programas de nómina tienen:

1) primero que transformar el % de irpf que antes se expresaba en números enteros, a otro % de irpf expresado en números decimales,

2)y luego rebajar ese % lo suficiente para alcanzar la medida en las nóminas que restan hasta finalizar el año.

El primero de estos pasos es el más complejo y estamos convencidos de que es el responsable de que surjan estas diferencias.

Un saludo.

32 Mara 10/02/2009 at 12:46 pm

Hola, a ver si alguien me puede solucionar esta duda.
Yo entré en mi empresa cobrando un fijo (no firmé nada, de hecho en mi contrato habla de brutos) ejemplo. Te contratamos, empezaras cobrando 1.200 euros y a los 6 meses te subiremos a 1.350 euros. Hasta ahí todo bien. Ahora veo que para ajustarme en la nómina de nov, dic y enero a 1.350 euros no me han quitado nada de IRPF, con lo cual yo estoy cotizando menos, es decir estoy perdiendo en estos 3 meses unos 750 euros de mi cotización, esto es legal.
Que alguien me resuelva esto que casi ni duermo por este tema.

33 Mara 10/02/2009 at 12:47 pm

AH!!!! se me olvidaba, ellos se escudan diciendo que yo entré pactando un neto.

34 admin 10/02/2009 at 9:20 pm
35 Mara 11/02/2009 at 5:12 pm

Gracias, admin, ya me lo leí todo. lo que yo quería saber exactamente es si era legal que te bajaran el bruto y la cotización y de eso no pone nada en el link que me has puesto. Gracias igualmente.

Les he pedido que me pasen la nómina a brutos (estando mi nómina en bruto y sin nunca haber firmado nada) y me piden esto, escribo textualmente: “Como se está armando tanto lío con el IRPF de los trabajadores, y ahora estamos con los brutos y líquidos cambiando, te ruego que le comentes a los trabajadores que quieran cambiar su situación, del líquido al bruto, que en dos líneas a puño y letra te lo escriban y me lo envías para así tenerlo yo en la base de datos.”

Alguien me puede asesorar sobre esto, y si tengo que hacer el escrito que escribir exactamente.

36 admin 11/02/2009 at 11:41 pm

Hola Mara,

yo no haría eso (cambiar líquido a bruto), al menos no tal y como está tu bruto ahora (habiendo bajado tu porcentaje de irpf por los 400 euros, hipoteca, etc.). Cuando suba, ganarás menos.

La solución es subir voluntariamente tu irpf (no has leído bien los artículos, y los comentarios mucho menos). No es necesario ninguna formalidad para esto, háblalo con tu empresa para ver cómo quieren recibir la solicitud.

Un saludo.

37 Mara 12/02/2009 at 12:46 pm

hola admin, si, eso de subir voluntariamente el irpf ya se lo comenté a la gestoría pero me dijo algo así como que de esa forma la empresa perdía y yo ya no se si me están tomando el pelo. Supongo que lo mejor será ir a una gestoria para que me lo solucione. Y la opción de cambiar a brutos sería ponermelo tal como estaba el año pasado, está claro que tal como está ahora no compensa.

38 Iván 20/02/2009 at 12:31 am

Muy buenas! Me en cuentro en la misma situación que la mayoria de las preguntas que he leído, pero todavía me queda una duda sobre los “supuestos” pactos de salario neto. En mi caso, yo hago horas extras, y son incluidas en nómina. Un mes hago 5, otro 6, ect… El caso es que yo cada mes cobro un neto distinto determinado según el número de horas que hago. ¿Puede esto romper el “supuesto” pacto (no firmado) que tengo con mi empresa?

39 admin 22/02/2009 at 12:01 pm

Hola Mara,

no es ilegal pactar el salario en neto, puede hacerse, aunque es antinatural y distorsiona el cálculo de irpf, ya que éste toma como referencia un bruto, no un neto.

La empresa tiene su parte de razón, porque en tu contrato pone que has pactado el salario en neto, y los cálculos son los que son. Por eso es necesario un entendimiento por ambas partes para llegar a un nuevo acuerdo.

Si no, no hay gestoría que lo arregle.

Un saludo.

40 admin 22/02/2009 at 12:13 pm

Hola Iván,

es muy curioso eso que dices, y supongo que sabes por qué lo hacen de este modo…si te pagaran las horas extras en neto se dispararía el coste que asume la empresa, ya que el de la hora extra cuesta más a la empresa a efectos de cotización que la hora normal.

Consecuencia: la empresa sabe perfectamente hacer los cálculos para que le favorezca la situación, y no parece que vaya a cambiar de postura, aunque deberías intentarlo.

Un saludo.

41 Araceli 31/03/2009 at 10:07 pm

Hola, a mí en junio me dieron los 200€ de deducción.A parte ya de por sí tengo el IRPF más alto de lo que me toca, ya que así lo solicité yo.Resulta que de Julio a Diciembre del 2008 debía haber percibido los otros 200, pero no ha sido así.Mi jefe dice que me los darán en la declaración.Es decir, que si normalmente me devuelven unos 430€, este año me tocarían 630€ (según él).
Ahora bien, me ha llegado el borrador de la declaración y en la casilla 735 me aparecen los 400€ (es una casilla nueva)
Entiendo que es como si me hubieran dado los 400 cuándo en realidad he recibido sólo 200.He de modifiar el borrador, no??y que me sumen los 200€ a lo que me toca que me devuelvan, no??Espero tu respuesta.Muchas gracias por disipar nuestras dudas.
Un saludo

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