Las empresas no están obligadas a deducir los 400 euros en la nómina

by admin on 11/06/2008

Este artículo es en respuesta al comentario de Alejandra.

A mí me surgió la misma pregunta cuando se aprobó el RD, y es curioso que nadie más me la haya planteado, ni clientes, ni amigos, ni blogueros, ni visitantes. En su momento, una seguidora de tusnominas fue a un cursillo organizado por Sagardoy, primer despacho laboralista a nivel nacional, y me confirmó que, efectivamente, la empresa no está obligada a practicar dichas deducciones.

La razón es que estamos ante una medida política instrumentada en un Real Decreto, que no tiene rango de ley, y que por tanto no cuenta con fuerza coercitiva suficiente para sancionar a los empresarios por su incumplimiento.

Si bien es cierto que la mayoría de las empresas están adoptando esta medida, ya que en definitiva el hecho de adelantar parte de la devolución redunda en beneficio de sus trabajadores; otros empresarios en cambio, están optando por no perder el tiempo en practicar estas deducciones, posponiéndolas al momento en que los contribuyentes hagamos por nuestra cuenta la declaración en el 2009.

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{ 94 comentarios }

4 Razones por las que la empresa no está obligada a deducir los 400 euros en nómina | Tus nominas
22/06/2008 at 19:28
Off Topic: Crisis... amarraos los machos...VOL IV - P?gina 54 - BMW FAQ Club
24/06/2009 at 14:46

María Victoria 17/06/2008 at 18:05

Hola, he leido la respuesta al comentario sobre la deducción de los 400 € en la que se dice que las empresas no están obligadas a deducirlos en las nóminas, quisiera saber si esto es totalmente cierto, no quiero dudar de ello, pero es que he llamado a AEAT de Madrid, y me han dicho que a pesar de que para la renta del 2008, que se hará en el 2009, aparecerá una casilla en la que cada persona obligada al pago del IRPF, podrá deducirse los 400 €, el empresario está obligado a realizar la deducción en las nóminas, por lo menos eso es lo que me han contestado en AEAT, pero es algo que no entiendo, y me gustaría saber si es del todo cierto o no.
Muchas gracias

ANTONIO 17/06/2008 at 19:50

buenas tardes queria saber si la deduccion de los 400 euros repercute en la declaracion de renta del 2009

admin 17/06/2008 at 23:05

Hola María Victoria,

Me gustaría responderte con un artículo que colgaré este viernes 20 como muy tarde, porque me parece un tema importante y no eres la primera persona en decirme esto.

Por supuesto, estamos abiertos a las críticas. El compromiso de este blog es razonar sus posturas, y escuchar las del resto.

Un cordial saludo.

admin 17/06/2008 at 23:11

Hola Antonio,

así es,

Saludos.

empleado 30/06/2008 at 10:41

buenos días, ya que estamos en junio, ahora en mi empresa, me han aplicado el descuento de los 200 € de la retención, pero no nos dan el dinero,
Ejemplo:

De los 410 € de retención normal de todos los meses, me han retenido, 210 € , pero en la nómina no aparece el concepto del pago y porsupuesto he cobrado lo de todos los meses, Ahora que se hace, la empresa puede no estar obligada, pero claro cuando te retienen , pero no te lo pagan lo que han dejado de poner a cuenta de hacienda que se hace ? donde acudir ?

SILVIA 30/06/2008 at 12:09

Hola!!
Acabo de recibir mi nomina de junio y veo lo siguiente: a mi me retienen un 13% y cobro 1.200€ mensuales y este mes me han modificado la nomina de modo que no tengo retención alguna y sigo cobrando 1.200€. He reclamado este echo y alegan que como mi nomina está pactada en base a un importe liquido ellos pueden retocarla para que siga cobrando lo mismo. Me han bajado la B.I. y todo para que cuadre. Esto es legal????? Contestadme por favor ya que estoy muy cabreada con mi empresa con lo que nos han echo.

pedro 30/06/2008 at 21:20

saludos, referente a lo de los 400 euros, yo cobro en nomina con pagas incluidas 836,euros y me retienen un 9% de IRPF,me podria explicar cuanto me deberian pagar en la nomina del proximo mes, por cierto la retencion asciende a 103 euros, gracias

admin 01/07/2008 at 17:59

Hola empleado, qué tal,

no me cuadra del todo lo que dices, si has cobrado lo de todos los meses, es que no te han aplicado el descuento de los 200 euros. Si te lo han aplicado y el neto sigue siendo el mismo, hay un fallo claro de cálculo, ¿por qué iban a incluir si no el concepto de la deducción??, lo mejor sería hablarlo con el departamento de RRHH.

Desde este blog mantenemos que la empresa no está obligada a hacer la deducción de los 400 euros, si bien es cierto que recomendamos que se haga, ya que no supone ningún coste adicional a la empresa, y sí una ayuda en muchos casos a muchos trabajadores. Otra cosa es “hacer un feo” al trabajador innecesariamente.

Un cordial saludo.

admin 01/07/2008 at 18:12

Qué tal SILVIA,

ya hemos dicho en otros comentarios que sí pueden hacerlo, también hemos escrito un artículo sobre si es buen negocio o no pactar un salario en neto, te recomiendo que le eches un vistazo.

La explicación es sencilla, si ante un aumento de tu irpf la empresa está obligada a “tragar” con ese coste adicional, ya que tendrán que pagarte un bruto más elevado, ante la situación contraria tú eres la perjudicada, y pueden hacerlo, porque indirectamente, así lo pactaste.

Un cordial saludo.

admin 01/07/2008 at 18:37

Qué tal pedro,

En el mes de junio te habrán deducido ya los 103 que dices. Pero ten en cuenta que a partir de julio se recalculará tu % irpf, donde entrará en escena también tu situación familiar. Si tu salario bruto se va a mantener igual hasta final de año la forma lógica de comprobar si lo están haciendo bien es multiplicar por 6 (meses) la diferencia de neto que te salga en la nómina de julio, y si el resultado es igual a 297 (la cantidad que resta por deducirte, teniendo en cuenta que te hayan deducido en la nómina de julio 103 euros), la deducción va siendo correcta.

Espero haberme explicado,
Un saludo.

Un saludo

Fco. Javier 01/07/2008 at 18:39

Hola, qué tal, esta mañana he visto el ingreso de mi nómina en mi cuenta, curiosamente he cobrado lo mismo de todos los meses.
He llamado a mi superior para preguntarle y me dice que en administración le han comentado que la devolución de los 400 euros depende de diversos factores como la situación familiar o el dinero que te retienen normalmente en concepto de irpf cada mes.
Cobro 2000 euros brutos, 1593 netos cada mes, con un descuento del 14%, por eso no comprendo a que se refiere y por que no me han realizado el descuento.

Gracias por su atención, un saludo.

admin 01/07/2008 at 20:49

Hola Fco. Javier,

tal y como supongo que ya habrás intuido, es completamente falso. La deducción de los 400 euros en nómina, va a depender de las retenciones que tengas, esto es, en última instancia, de las rentas que tengas. De tal forma que, a más rentas, más asegurado tienes la deducción íntegra de los 400 euros.

En tu caso, según los datos que expones, tendrían que haberte deducido 200 euros en junio, quedando pendiente de deducir los 200 restantes entre los meses de julio y diciembre.

No entendemos, ya que la deducción no supone ningún coste adicional para la empresa, por qué ésta no se aplica según las instrucciones de Hacienda, tal vez les ha pillado el toro, o en su programa de nóminas se ven incapaces de hacerlo.

Te queda intentar convencerles amistosamente (puede que se haya tratado incluso de un error administrativo), o esperar a hacer la declaración el año que viene.

Un cordial saludo.

Josefa 02/07/2008 at 12:10

Hola, qué tal? En la empresa donde trabajo no cobramos por nómina, tenemos un sueldo fijo acordado, mi pregunta es ¿en qué medida afecta esto al empresario a la hora de la deducción de los 400 Euros al no cobrar por nómina, si supone un coste adicional para dicho empresario o si, sin embargo, no le afecta.

XAVIER 02/07/2008 at 14:05

Hola.
Estoy leyendo sobre este artículo y os cuento mi caso:
Cobro 1300 Euros netos, más los descuentos en total unos 1880 euros brutos.
Me han descontado unos 44 euros en el IRPF de lo que solia pagar, eso supone que en vez de 198 euros , en el IRPFpago unos 154 euros, pero en el liquido a cobrar, osea el neto me sale 1300 euros. No entiendo donde está el error ya que debiera haber cobrado 1344 ¿no?.
Poe cierto en el bruto mensual en vez de 1880 me salen 1800, pierdo 80 eurazos para la pension de la seguridad social, si es que la cobro ya que estoy en la generacion que no la irá a cobrar.
Valiente ley a favor del trabajador, se los ha quedado mi jefe el muy c……..

Celeste 02/07/2008 at 15:45

Hola,
Mi pregunta es, cual es la situación de las personas que han entrado en paro este año?. Una amiga quedo en paro en mayo, hasta entonces cobraba 1000 € brutos al mes incluidas las pagas y ahora con el paro también le retienen IRPF y esta cobrando unos 800 €. Tiene derecho a los 400 €?gracias

ALFREDO 02/07/2008 at 22:43

HOLA!!
Acabo de recibir mi nomina de junio y veo lo siguiente, normalmente me retienen un 10% y este mes no me retienen nada ¿ si me siguen reteniedo el 0% como recupero los 400€ ?
¿ y si en los siguientes meses me siguen retenindo (x%) hasta diciembre 2008

muchas gracias
Un cordial saludo

admin 02/07/2008 at 23:51

Hola Josefa,

no entiendo muy bien tu situación, la medida sólo se aplica sobre lo que os retengan sobre la nómina, si no tienes nómina, no cabe la aplicación, tal vez cobres en negro, no lo sé, necesitaría algo más de información.

Un saludo.

Laura 03/07/2008 at 21:48

Hola, a los interinos de Justicia del País Vasco también se les ha aplicado el descuento del IRPF en la nómina de Junio? Es que en mi nómina no me aparece nada y además me han subido el tanto por ciento de IRPF este mes y no sé si tendrá algo que ver.
Muchas gracias

admin 03/07/2008 at 22:25

Hola ALFREDO,

eso es porque tu retención en la nómina de junio era de 200 euros o menos.

En las nóminas de julio a diciembre se minorarán tus retenciones pero en menor medida, y de forma proporcional hasta llegar a los 400 euros, si es el caso, así es como se devuelven los 400 euros en la nómina.

Un saludo.

admin 03/07/2008 at 22:34

Hola XAVIER,

lo que parece es que tienes pactado tu salario en neto; si el irpf sube, también lo hace tu bruto, si baja, tu bruto baja.

Lo que no entiendo es cómo han deducido tus retenciones….una posible explicación es que hayas tenido una paga extra en junio de donde te hayan extraido la parte restante hasta llegar a 200 euros.

Un cordial saludo.

admin 03/07/2008 at 22:37

Hola Celeste, qué tal

sí, tiene derecho a la deducción sobre sus retenciones en igualdad de condiciones que los demás.

Un saludo.

admin 03/07/2008 at 23:35

Hola Laura,

la verdad es que no tengo noticia de que para ese colectivo las reglas sean distintas. Si me entero de algo te lo comentaré. De igual forma te agradeceré que si te enteras de la razón, nos la cuentes.

Gracias, un saludo

yolanda 04/07/2008 at 10:18

hola yo queria preguntar porque tenía un contrato fijo llevo 4 años trabajando y pedí una excedencia de un año en enero del 2008, pero volví a reincorporarme en mayo de 2008 a trabajar con mi contrato fijo, etc… me suelen retener un 9 % de irpf, me gustaría saber si tengo derecho a los 400 euros, gracias.

Rosa 04/07/2008 at 21:12

Hola, el principio de mi duda es que si este año me descuentan los 400 euros de las retenciones, el año que viene en la declaración del ejercicio 2008, ¿Me los restarán, los tendré que pagar? Otra duda viene porque a mí si me lo han descontado, pero a mi marido no, ya he leído que no es obligatorio que las empresas apliquen la medida, pero si no se lo descuentan, ¿pierde los 400 euros, o por el contrario el año que viene se los sumaría en la declaración de la renta? Por último, ¿Qué me conviene más, hacer la declaración conjunta o por separado el año que viene?, teniendo en cuenta que a mí si me los han descontado y a mi marido no. Muchas gracias y perdón por lo que me he extendido.

chippie 05/07/2008 at 00:03

Hola, buenas noches.
Llegado el mes de junio estoy igual que los anteriores. En cuenta me ponen que cobro 1000 euros, como lo estaba haciendo en meses anteriores. De cotización tenía un 3% con lo cual me deducían 33,50 euros mensuales. Todabía no he recibido la nómina del mes, pero sí he visto el extracto en cuenta. Sigo cobrando 1000 euros. Por información en Hacienda, me dicen que deberían de pagarme la deducción, es decir, esos 33,50 euros, pero no los veo por ningún lado.
Preguntando hoy por la mañana al jefe, resulta que le digo: miré en la nómina y no se ven reflejados esos 200 euros de los que se habla. Qué, qué devolución? yo no sé nada de la devolución, me dice. Me dice que hable con el gestor (que es el que nos hace las nóminas). Me pongo en contacto con el gestor y me dice que eso es cosa de mi jefe. Bueno… en qué quedamos, se andan pasando la pelota de uno a otro para tomarnos el pelo, creo yo!.
Mi demás compañeros de trabajo creo (o eso espero) que están en mi misma situación. Aunque viniendo de mi jefe todo es posible. Para él unos trabajadores por el hecho de ser amigos son más que otros (aunque nos trata a todos como mierda, pero claro, a unos más que a otros).
Mi pregunta es, qué pasa si en la nómina pone que me descuentan (es decir, se me añaden los 33,5o euros que dice hacienda que me tienen que devolver o sease, 1033,50 euros) y después en cuenta sólo me ingresan 1000. A quién tengo que recurrir?. Porque decírselo a mi jefe es como

admin 05/07/2008 at 12:19

Hola yolanda, qué tal,

habría que ver la retención que se te practica en la nómina, o al menos el bruto, para así hallar ésta mediante la aplicación del tipo que señalas. Si desde mayo, sumando todas tus retenciones hasta diciembre (si tu salario no varía lo tienes fácil, si no, haz una hipótesis), obtienes más de 400 euros, tendrás derecho a ello.

Por lo pronto, imagino que estarás recibiendo la devolución en tus nóminas, dado ese porcentaje parece probable (repito, no sé cual es tu retención, aunque lo puedes averiguar como te he dicho, echando un vistazo a la nómina) que percibas la devolución íntegra de los 400 a través de ellas.

Un saludo.

admin 06/07/2008 at 11:04

Hola Rosa, qué tal,

si te adelantan los 400 euros en la nómina, en la declaración tendrás que hacer constar que ya te los han adelantado, con lo que Hacienda ha saldado ya esa “deuda” contigo. Tu marido en cambio podrá solicitar en la declaración que se los devuelvan.

No sé si te sale más a cuenta hacer la declaración conjunta o por separado, siento no poder responderte a eso.

Un cordial saludo.

admin 06/07/2008 at 11:14

Hola chippie, qué tal,

por lo que comentas, creo que tienes un salario pactado a neto.

Lógicamente no creo que la nómina te la hagan con la devolución, con un mayor neto a cobrar, y luego no te lo paguen, porque sería como echarse un soga al cuello.

Lo que va a ocurrir es que tu neto será igual, reflejarán la deducción y tu salario bruto será menor, esto es porque al tener el salario pactado en neto, una subida de irpf resulta mayor coste para el empresario, pero una bajada le beneficia.

Espero haberte respondido,
Un saludo.

admin 06/07/2008 at 11:21

Hola chippie, qué tal,

por lo que comentas, creo que tienes un salario pactado a netos. Digo esto porque no creo que te hagan la nómina con la deducción y un mayor neto a cobrar, y luego no te la paguen, ya que sería como echarse una soga al cuello.

Lo que va a ocurrir es que tu neto será igual, reflejarán la deducción y tu salario bruto será menor, esto es porque al tener el salario pactado en neto, una subida de irpf hace que tengas un mayor bruto, asumiendo ese coste el empresario, y una bajada, al contrario, hace que disminuya el bruto, asumiendo la empresa un menor coste.

Espero haberte respondido,
Un saludo.

SERGIO 07/07/2008 at 17:40

EN MI CASO ME INDICAN QUE NO ME PUEDEN REALIZAR LA DEVOLUCION PORQUE YO FIJE UN UN 12% DE RETENCION DE IRPF EN ENERO PARA TODO EL AÑO. CLARO QUE LO HICE PORQUE LOS DE RRHH NOS DICEN AL ENTRAR QUE EL PORCENTAJE DE IRPF LO DEBEMOS DECIR NOSOTROS. ME DICEN QUE HASTA LA DECLARACION DEL AÑO QUE VIENE NADA.

ALFREDO 07/07/2008 at 19:29

visto lo visto felicitar a los señores que nos gobiernan, pues el metodo de ayudar al obrero es ingresarle en muchisimos de los casos los 400€ al patron.
¿ que cara seme puede quedar cuando escuche decir que me dieron 400€, y se los quedo mi empresa.
un saludo.
MUCHAS GRACIAS

XAVIER 07/07/2008 at 20:16

Gracias admin por tus palabras, por desgracias para mí el sueldo pactado con la empresa (por lo visto) era en neto, ya que ellos así me lo obligaron a aceptar, le doy mis más grandes palabras de felicitación a nuestro amigo Alfredo, que como yo piensa que esta ley beneficia a la empresa y no al trabajador como así debiera ser (por que era con esa intencion ¿no?).
¡¡¡FELICIDADES A TODOS POR ESTA LEY!!!
y felicidad para todos los pringaos como yo.

XAVIER 07/07/2008 at 20:28

Por cierto admin, en referencia a lo de la paga extraordinaria de verano, la solía cobrar a principios de julio, pero todavia y estamos a 7 de julio, no me la han pagado. En el cual deduzco que quizas lleves razón o que dividan los 356 euros restantes en los meses que quedan por cobrar (extra de verano, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, más la paga extra de diciembre)
que casualmente equivale a 8 pagas x 44 euros = 352 mas los picos = 356 euros.
De todas formas de verdad: FELICIDAD

admin 07/07/2008 at 21:58

Hola SERGIO,

Con los datos que me das, no entiendo la actitud de tu empresa, precisamente por tener un irpf voluntario de un 12%, tendrían que practicarte las deducciones, aún con más razón.

De todos modos, si no quieren (incomprensiblemente), no te queda más que esperar.

Un cordial saludo.

admin 07/07/2008 at 22:25

Hola XAVIER,

sí, será como planteas si tienes la extra de julio, no obstante me intriga que tu deducción haya sido sólo de 44 euros en junio si no tuviste extra en junio…

Pero más vale tarde que nunca.
Un cordial saludo.

SERGIO 08/07/2008 at 15:57

HOLA DE NUEVO:
Efectivamente lo peor es mi sueldo es de 15.600 anuales por lo que la deducción del 12% es más que suficiente. Además a otros de mis compañeros si se la han hecho. Esto es lo que me contestan al reclamarlo:
“El 21 de enero de 2008, nos solicitaste un IRPF fijo para todo el año, por tanto, según los decretos publicados, aquellos trabajadores que hayan procedido a pedir un IRPF fijo, se considera que están fuera de las tablas salariales de la AEAT. Por tanto, los 400,00 € será una cantidad que se descontará de tu IRPF en la próxima declaración de la renta, pero no en las nóminas 2008.
El resto de los compañeros que no nos han solicitado un IRPF fijo para el resto del año tienen condiciones son diferentes.”
Gracias.

yippy 08/07/2008 at 23:33

Hola,
creo que estoy un poco perdido en todo esto, pero esto es legal…
yo tengo un sueldo fijo en nomina y otro en negro que suman el total de mi sueldo de cada mes, en la nomina de junio sale reflejado la deduccion del irpf y mas abajo la bonificacion, o sea que este mes la nomina es mas alta, no pago irpf, pero mi jefe me lo ha descontado del negro y el sueldo no ha cambiado.

lo puede hacer?

un saludo

francho 09/07/2008 at 21:21

hola a todos!yo soy pintor hace 3 meses que estoy trabajando,cobro x hora.y me gustaria saber si a mi pertenecen los 400€

admin 09/07/2008 at 23:07

Hola SERGIO, qué tal,

Te adjunto la carta que Hacienda ha enviado a las empresas, que se entiende bien, y donde podrás ver cómo tu empresa se contradice en 2 ocasiones. En primer lugar el comunicado establece que a partir de julio quedan excluidos de las deducciones en nómina los que tienen un tipo fijo legal del 2% o 15% (no tiene nada que ver con un tipo superior que tú solicites). No obstante, por si queda alguna duda, la carta recuerdaal final la posibilidad que tiene el trabajador de solicitar un irpf superior al que le corresponde. Te adjunto el enlace.

http://piurl.com/p/3dE

Espero que te sirva.
Un saludo.

admin 10/07/2008 at 00:30

Hola yippy,

Te remito a los comentarios 64 y 89 del artículo “deducción 400 euros”, donde respondía a pilar, que estaba en idéntica situación a la tuya. Creo que puede servirte de ayuda.

Un cordial saludo.

admin 10/07/2008 at 21:09

Hola francho,

los datos que das no son nada reveladores. De todas formas te aconsejo que leas otros comentarios, porque seguro que conseguirás identificarte rápidamente con alguno.

Gracias,
Un saludo.

David 18/07/2008 at 22:27

Hola, buenas noches.
Llegado el mes de junio estoy igual que los anteriores. En cuenta me ponen que cobro 1000 euros, como lo estaba haciendo en meses anteriores. De cotización tenía un 3% con lo cual me deducían 33,50 euros mensuales. Todabía no he recibido la nómina del mes, pero sí he visto el extracto en cuenta. Sigo cobrando 1000 euros. Por información en Hacienda, me dicen que deberían de pagarme la deducción, es decir, esos 33,50 euros, pero no los veo por ningún lado.
Preguntando hoy por la mañana al jefe, resulta que le digo: miré en la nómina y no se ven reflejados esos 200 euros de los que se habla. Qué, qué devolución? yo no sé nada de la devolución, me dice. Me dice que hable con el gestor (que es el que nos hace las nóminas). Me pongo en contacto con el gestor y me dice que eso es cosa de mi jefe. Bueno… en qué quedamos, se andan pasando la pelota de uno a otro para tomarnos el pelo, creo yo!.
Mi demás compañeros de trabajo creo (o eso espero) que están en mi misma situación. Aunque viniendo de mi jefe todo es posible. Para él unos trabajadores por el hecho de ser amigos son más que otros (aunque nos trata a todos como mierda, pero claro, a unos más que a otros).
Mi pregunta es, qué pasa si en la nómina pone que me descuentan (es decir, se me añaden los 33,5o euros que dice hacienda que me tienen que devolver o sease, 1033,50 euros) y después en cuenta sólo me ingresan 1000. A quién tengo que recurrir?. Porque decírselo a mi jefe es como

hola, en mi empresa han echo lo mismo seran..

te lo reflejan en nomina pero luego no ingresan nada.
Puedo negarme a firmarla o pedir que me hagan otra que no refleje haber cobrado esos 200 euros.
Es que si firmo es que estoy conforme y entonces luego enla declaracion del año que viene me sale a pagar seguro porque este año me han devuelto 90 euros.
un saludo

admin 19/07/2008 at 20:58

Hola David, qué tal,

eso es consecuencia de haber pactado el salario en neto, te remito a la contestación dada a una duda idéntica a la tuya.

http://piurl.com/p/A1O

Espero que te sirva.
Un cordial saludo.

Aitziber 24/07/2008 at 13:24

Buenas!!
Yo quisiera saber de dónde puedo extraer documento alguno en el que quede reflejado y citado expresamente que al ser un sueldo pactado a neto, quien asume la deducción del irpf es la empresa y por lo tanto el trabajador no verá diferencia alguna en su sueldo neto.
Necesito algo escrito…
Muchas gracias!

admin 25/07/2008 at 22:05

Hola Aitziber,

se basa en el salario pactado en el contrato de trabajo, si se estipulaba que el sueldo era de 1.000 euros NETOS al mes, esto es más que suficiente. El resto son cálculos que se derivan de la aplicación de lo acordado en el contrato, así que por mucho que busques no conseguirás nada escrito. Pero basándote en el contrato, es totalmente defendible.

De hecho, nos sorprende mucho esto ahora, sin embargo antes, si tenías un hijo, ocurría exactamente lo mismo.

Un cordial saludo.

bokeron 25/07/2008 at 23:21

buenas . mi pregunta es la seuiente y es q en la nomina no me pone nada de nada de los 200€ ni me a dado nada de dinero nada mas q la paga de sienpre. me retienen de irpf 10% y 122€ y ahora ya q no he percibido la dicha paga o lo q me tengan q dar ¿ q devo de hacer? me coresponde algo si o no? y otra pregunta si paso de 2 años con un contrato de final de obra ¿paso a fijo?

admin 26/07/2008 at 12:45

Hola bokerón,

a la primera pregunta te diría que lo preguntaras directamente a quien te haya hecho la nómina, aunque una explicación posible es que en las nóminas anteriores estuvieras más cerca del 11% que del 10% que te aplican. Y te digo esto, porque trabajo en una asesoría y he tenido un par de casos misteriosos como el tuyo. Resumiendo, si estabas rozando el 11%, te ha bajado la retención casi un punto, a 10%, y ha sido coincidencia que ni siquiera tengas decimales, sino que te siga dando el número entero, como si tu empresa no hubiera hecho nada. También es posible que hayas solicitado que te apliquen un tipo de irpf voluntario de un 10%, en cuyo caso la empresa no puede bajar de de ese tope que has puesto.

A tu segunda pregunta, si los motivos que motivaron tu contratación (motivos reales, no vodeviles) continúan, podrías perfectamente seguir con ese contrato, ya que a pesar de ser temporal, no tiene fecha de fin, sino que su finalización va unida al hecho de la finalización de la obra para la que fuiste contratado. También es cierto que en cualquier momento la empresa es libre de hacerte indefinido, sin tener que esperar a que finalice la obra, por supuesto.

Un cordial saludo.

Mariluz 29/07/2008 at 09:30

Hola,
Tengo una duda respecto a lo que me tiene que retener de IRPF durante los meses de Julio a Diciembre. En Junio de devolvían integramente lo que me retenian. Pero a partir de Junion o lo tengo claro, ya que m nomina vienen como siempre, sin cambiar el % de retención. Si sumo lo que me retienen normalmente y lo multiplico por los seis meses que quedan de Julio a Diciembre el importe es menor a lo que me queda de los 400 € menos lo que me han devuelto en Junio. Mi pregunta es si tienen que retenerme 0% hasta Diciembre o por el contrario tienen que seguir reteniendome lo mismo??

Un saludo y gracias.

Montse 29/07/2008 at 16:55

Hola!, Me gustaria saber como se deben aplicar las deducciones de irpf (200 €) en el segundo semestre del año. He visto que a través de una disminución en el % que se venia aplicando pero me surgen dudas … ¿siempre en la misma proporción de julio a diciembre? ¿Se puede ir adaptando mes a mes?. Puesto que como he leido afecta a la declaración de la renta (nueva casilla), realmente para que ha servido esta media ¿?. Os agradecería enormemente que me facilitarias algún esquema, ejemplo para poder entenderlo mejor.
Gracias y un saludo

Esther 29/07/2008 at 21:11

En mi caso, por pactar un sueldo líquido me han contestado que se quedan ellos con ello. Ya que no es obligatorio la aplicación de es RD, ¿existe alguna posibilidad que yo le comunique al empresario la no aplicación del mismo y siga manteniendo mis nóminas igual que estaban?. ¿Existe alguna carta tipo?
Gracias.

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