Malos tiempos para nuestras nóminas. Hoy leemos en la version escrita del diario “el economista” que la renovación del Convenio colectivo de los trabajadores de las grandes superficies se encuentra estancado. La patronal (Anged) exige la congelación de los salarios durante los próximos 5 años. De esta forma los trabajadores que tienen estipulado su salario por Convenio cobrarían durante 5 años el mismo sueldo que en el 2008. Se dejaría una vía abierta a un posible incremento salarial vinculado a la consecución de objetivos. De no ser así, arguye la patronal, la caída del consumo puede llevarse consigo una riada de más de 300.000 puestos de trabajo.
No hace mucho comentábamos en el blog que el Banco de España aconsejaba la inclusión de cláusulas de descuelgue salarial en los Convenios para evitar la aplicación de subidas de ipc, y por lo que vemos, las circunstancias siguen apuntando en esta línea.
Como ya sabes, el ipc mide el consumo de bienes por las familias españolas. Éste índice ya ha mostrado síntomas de debilidad en el mes de mayo, y las previsiones para junio presentan un panorama nada halagüeño que profundizan en su caída. Con el ipc en negativo muchas de las cláusulas de revisión salarial quedarán sin efecto este año, pero como veíamos en el ejemplo, se quiere asegurar la congelación salarial hasta en un periodo de 5 años. La situación parece francamente mala, y la pregunta que cabe hacerse ahora es si ésta es realmente tan grave como para sacrificarnos durante 5 largos años.
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{ 6 comentarios }
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Si un trabajador pacta un salario en neto al ser contratado, y éste, como es de esperar, es superior al salario que marca el Convenio, ¿la empresa está obligada a subir el IPC anualmente del sueldo del trabajador?
Entiendo que si el salario no queda por debajo de Convenio (o de su revisión), no estaría obligada a subir el IPC, pero, ¿cúal es la opinión del experto?
Volviendo al tema planteado…
Las sentencias en las diferentes instancias, sobre el lío de subidas vinculadas a un ipc previsto positivo y realmente negativo, no excluyen que no sería ilegal pactar – supongo que sólo colectivamente – un descenso salarial si el ipc anual es finalmente negativo… No sé qué se llegará a firmar en diversos sectores, pero el pc previsiblmente negativo en ’09 nos ha pillado descolocados a todos.
Angel,
el post no iba encaminado a explicar el ipc, por eso pongo un enlace, para que la gente minuciosa como tú pueda solazarse.
En ningún momento digo que no sea beneficioso para el trabajador (aunque tampoco esté de acuerdo), lo que desde luego no lo es, es que esté congelado respecto a años anteriores, y lo siga estando cinco años más (para dentro de unos meses el ipc dejará de ser negativo).
Aparte, por el efecto de la inflación, el poder adquisitivo del trabajador es menor si su salario es el mismo, por eso se llevan a cabo las subidas salariales realmente.
Ah, por cierto, tu próximo comentario en la misma línea será eliminado, te lo digo porque luego la gente como tú se sorprende.
Como NO sabes , el IPC mide el indice de precios al consumo, no el consumo. Una caida del IPC no es un factor negativo para el consumo y una revisión salarial tiene su fundamento en la subida de precios. Si no existe subida de precios es lógico que no exista revisión salarial, pero esto no significa que se gane menos. Es más, una congelación de sueldos con un IPC en negativo resultaria beneficioso para el trabajador, porque su sueldo no se veria modificado
Nice Post, Thanks…