Los becarios en las empresas: su relación

by AnaB. on 06/02/2010

Estamos en plena época de reestructuración de plantillas en las empresas, los departamentos han visto reducidos el número de empleados que tenían y en más una ocasión hay falta de personal pero no tienen suficiente presupuesto como para incluir un sueldo más, es entonces cuando los profesionales de recursos humanos tienen que buscar otras posibles soluciones a bajo coste como es la de contratar becarios.

¿Que es un Becario?

Bajo la denominación genérica de “becarios” se conoce a las personas que desempeñan un trabajo temporal en una empresa con el objeto de adquirir una experiencia práctica en el ejercicio de una profesión. Los becarios no tienen relación laboral con la empresa con lo que no existe la obligación de darles de alta en la Seguridad Social ni tienen los mismos derechos y obligaciones que un trabajador. Esto implica que no existen costes de seguridad social y nómina que a menudo los empresarios no están dispuestos a asumir.

La figura del becario además de este importante abaratamiento en los costes supone a su vez una ventaja para las personas que están estudiando ya que, a menudo, tienen la exigencia por parte del centro que imparte los estudios, de realizar unas prácticas en empresas donde puedan desarrollar los conocimientos teóricos que han adquirido a lo largo de sus estudios.

¿Como se regula la relación del Becario con la empresa?

Se regula por medio de los Convenios de colaboración que firman las empresas con las Universidades. Las Universidades proporcionan alumnos que están interesados en compatibilizar sus estudios con un proceso de aprendizaje en las empresas que después puede abrirles las puertas al mercado laboral. En el convenio se regulan las pautas de la relación del alumno con la empresa como el horario, el importe de la beca, las tareas que va a desempeñar, la persona que va a ser su tutor, la duración máxima de la beca, la entrega del certificado de aprovechamiento a su finalización,  asi como la cobertura de accidentes que va a tener con la propia Universidad.

Una vez finalizado el convenio de colaboración, la empresa puede darlo por finalizado y volver a contactar con el centro para firmar uno nuevo con otro estudiante, o bien, hablar con el centro para estudiar la posibilidad de prorrogar el convenio. Otra opción sería contratar de forma laboral al estudiante.

¿Existe regulación legal de la figura del Becario?

Salvo en el supuesto del denominado “becario de investigación” , no existe regulación legal alguna de la figura del becario, cuya delimitación se ha ido realizando por la jurisprudencia. En este sentido las sentencias dictadas por los tribunales entran a distinguir las peculiaridades que tienen que condicionar la figura del becario para que no se trate de una relacion laboral encubierta. Así se ha establecido que la finalidad primaria de la beca es la de  facilitar el estudio del becario, y que no se pierde el carácter de liberalidad que tiene la beca, cuando se obliga al becario a realizar tareas propias del proceso productivo de la propia empresa, es decir, cuando la concesión de la ayuda económica para el estudio (la beca) está condicionada al desempeño de actividades educativas. Por el contrario cuando la actividad encomendada al becario no está dirigida a su propia formación, sino a satisfacer otras necesidades del empresario, segun la jurisprudencia , se entiende que  pierde el carácter de liberalidad, por lo que la relación entre becario y empresa podría entenderse que es una relación laboral.

Ana Belén Siles es licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia y actualmente trabaja en el departamento de RRHH de una empresa a nivel nacional.

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{ 4 comentarios }

Monika 07/02/2010 at 19:58

Me gustaría añadir que, en algunos convenios con universidades, si se especifica que a la remuneración que perciba la persona, se le debe aplicar retención de IRPF.

admin 08/02/2010 at 17:59

Hola Monika,

gracias por tu apreciación.

Albert 17/02/2010 at 21:36

Pero entonces si te aplican el irpf te dan de alta en la seguridad o sigue sin salir en la hoja de vida laboral ?¿ Lo digo porque yo cobro una pensión paterna y estoy trabajando con un convenio y me han dicho de renovar. La cuestión es que si me dan de alta en la seguridad social pierdo la pensión y no sé si lo del irpf está ligado a lo de al seguridad social. Podrías decirme si las cosas van por separado , por favor ?¿

Muchas gracias !!!!!!!!!!!!

Ana Belén 18/02/2010 at 20:32

Hola Albert, por mi parte confirmarte que no te dan de alta en ningun caso en la Seguridad Social y por tanto no aparecere en tu vida laboral, como te digo no se considera relación laboral, es una ayuda simplemente. En los casos que yo he tratado es la Universidad la que Factura a la empresa y ellos pagan al becario , no se me ha dado el caso que expone Monika. De todas maneras, te aconsejo que lo consultes con la propia Universidad, pues es cierto que cada Universidad gestiona este tema según su propia politica.

Un saludo.

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