Modelo 145 – 2011: pequeños cambios

by admin on 09/02/2011 · 2 comments

El 5 de enero 2011 se publicó en el BOE el nuevo modelo 145 aplicable a todo el año 2011.

Por qué el modelo 145: el contexto

El modelo 145 es un cuestionario sobre la situación familiar (solter@, divorciad@, con hijos, ascendientes a cargo, etc) en la que se encuentra el trabajador en un determinado momento. Estos datos son relevantes a la hora de hacer la declaración de la renta, ya que inciden en la cantidad total a pagar, por lo general minorando dichos importes a pagar.

Como ya comentamos en una entrada anterior, las retenciones de irpf en las nóminas no son otra cosa que 12 (o más) minideclaraciones de la renta, de tal forma que, si sólo tuvieras que tener en cuenta en la declaración definitiva las rentas obtenidas por el trabajo, unas nóminas bien calculadas darían como resultado un saldo total a ingresar de O en la casilla correspondiente de la declaración de la renta.

En definitiva, las retenciones de irpf  que se practican en las nóminas, ya recogen la situación familiar del trabajador, que debe ser informada previamente a la empresa a través del modelo 145. Es aquí donde este modelo entra en escena.

Por último, el modelo 145 tradicionalmente ha hecho solo mención a aquellos datos referentes a la situación familiar del trabajador. Pero a partir del 2009 ha incorporado otro apartado, la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con financiación ajena, con el objetivo de que los trabajadores recibieran algo más de dinero en sus nóminas anticipadamente (aplicándoles un 2% menos de retención de irpf en sus nóminas). Si quieres recordar algo más sobre este punto, tal vez te interese el siguiente enlace:

Nuevo modelo 145 para el 2009: otra medida que impacta en las nóminas

Cambios para el 2011

La única variación tiene que ver precisamente con la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con financiación ajena. El trabajador sigue pudiendo optar a beneficiarse de un 2% menos de retención en sus nóminas, pero además se rebaja el requisito para poder acceder a dicha medida, alcanzando a partir de 2011 también a aquellos trabajadores con rentas totales obtenidas del trabajo no superiores a 22.000€ al año. El esquema de la situación sería el siguiente:

  • 2010: rentas de trabajo totales no superiores a 33.007,20€ anuales: sigue aplicándose en 2011 este límite si la inversión tuvo lugar antes del 1 de enero de 2011 (y no es necesario entregar nuevo 145),
  • 2011: rentas de trabajo totales no superiores a 22.000€ anuales: se aplica para aquella inversión que se produzca después del 1 de enero de 2011.

Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con financiación ajena: qué no es

  1. adquisición o rehabilitación: es decir, no es válido si la inversión se destina a la construcción, la ampliación de vivienda o a cuentas vivienda.
  2. vivienda habitual: es decir, no aplica si se trata de una segunda o tercera vivienda,
  3. financiación ajena: esto es, un préstamo concedido por una entidad de crédito, una hipoteca. No aplica un préstamo amistoso o entre familiares.

Plazo para la comunicación

El primer día natural del año, lo cual resulta jocoso teniendo en cuenta que la resolución que aludía a las modificaciones en el modelo tenía por fecha el 3 de enero, y que dicha resolución fue publicada en el BOE el día 5 de enero.

En caso de cualquier variación en la situación del trabajador a lo largo del año, habría que entregarse el modelo a la persona encargada de confeccionar las nóminas con 5 días de antelación.

Posibilidad de comunicarlo de forma telemática

Se incluye, también como novedad, la posibilidad de hacer la comunicación de estos datos de forma telemática, siempre que se se garantice “la autenticidad del origen, la integridad del contenido, la conservación de la comunicación y la accesibilidad por parte de la Administración tributaria a la misma”. (¿Tal vez valdría un e-mail desde una cuenta del trabajo?).

Esta opción de momento no aplica en caso de modelo 145 que incluya deducción por pensión compensatoria a cónyuge y/o anualidades por alimentos a favor de los hijos, debido a que también debe aportarse el testimonio literal de las resoluciones judiciales.

Más información

Para cualquier duda sobre la forma de cumplimentar el modelo 145, te remito al siguiente enlace, donde puedes encontrar información detallada y casos prácticos resueltos en los comentarios:

Modelo 145: radiografía de tu situación familiar para calcular el irpf

Puedes obtener el modelo 145 – 2011 en el siguiente enlace:

Modelo 145 -2011

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{ 2 comentarios }

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17/02/2011 at 20:26
1 marc 09/02/2011 at 13:31

Quiere decir que este 2% que se le retendrá ahora de menos deberá pagarlo luego en la declaración de renta, o bien se trata de un descuento del 2% en la renta para siempre (ni lo paga ahora en retenciones ni después en la renta) mientras que utilice financiación ajena ??

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