Modelo 145: radiografía de tu situación familiar para calcular el irpf

by admin on 29/11/2008 · 134 comments

Una de las cosas que se precisa para calcular correctamente el irpf de un trabajador en la nómina es la comunicación exacta de los datos familiares al pagador. Esta comunicación debe ser hecha por el trabajador a la empresa a través del modelo 145 al principio de la relación laboral y toda vez que se produzca un cambio en la situación familiar de la que se trata en dicho modelo. Es por esto que la empresa debe tener al menos un modelo 145 firmado por el trabajador (el inicial) en sus archivos (ya que la Inspección de Trabajo puede requerirlo), y es también responsabilidad del trabajador ir comunicando los siguientes.

Este modelo no es difícil de rellenar ya que viene explicado con detalle, no obstante pasamos a destacar lo más importante.

Dentro del apartado 1 hay que rellenar los datos personales que se solicitan, y optar por una de las tres situaciones familiares que se presentan, que son:

  1. soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente con hijo menor de 18 años o incapacitado judicialmente y que esté exclusivamente a su cargo. Por si sirve de algo, la primera vez que me explicaron esto recuerdo que me recomendaron visualizar la antigua situación de la mujer soltera con hijo a cargo.
  2. casado/a cuyo cónyuge gane menos de 1.500 € al año. Sí, has leído bien, al año.
  3. todos aquellos que no estén en la situación 1 ó 2. Aquí es donde se encuentra el mayor número de trabajadores. Están incluidos por tanto el soltero sin hijos; el casado cuyo cónyuge también trabaje y que supere los 1.500 €/año (a poco que trabaje…); y los felizmente casados con hijos menores de 18 a cargo de ambos, entre otros.

Dentro del apartado 2 hay que consignar el año de nacimiento de los hijos, así como tachar la ventanita pertinente si están a tu propio cargo. El mismo procedimiento ha de seguirse en el apartado 3, esta vez con los ascendientes. En el apartado 4 habría que dejar constancia de la pensión de alimentos a los hijos y al cónyuge, según haya sido establecida en la propia sentencia judicial.

Hay que evitar entrar en incoherencias al rellenar este documento. Por ejemplo, si soy soltero, tengo un bebé, y convivo felizmente con mi pareja no deberé señalar la opción 1, sino la 3; al igual que si pongo la fecha de nacimiento de mi hijo, y no señalo la casilla de cómputo por entero, no deberé haber escogido previamente la opción 1.

Puedes encontrar el modelo 145 aquí.

También puedes acceder a la versión más actualizada del modelo 145 2011.

¿Se os ha venido a la cabeza alguna vez una duda al rellenar este formulario?.

{ 134 comentarios }

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15/05/2009 at 05:46
¿Es posible que a tu jefe le embarguen por no haber presentado tu IRPF?
25/06/2010 at 17:36
1 Elena Carlon 08/02/2010 at 15:59

Hola: Tengo 2 hijos y me he divorciado en julio. Mi ex-marido y yo tenemos custodia compartida, de manera que los niños conviven 1 mes alterno con cada uno. Los dos aportamos una pensión alimenticia en una cuenta para los niños.
Yo he marcado la casilla 3, ya que no están exclusivamente a mi cargo. Pero en la empresa me dicen que tengo que marcar el 1. ¿Quién está en lo correcto?
Gracias y saludos.

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2 admin 08/02/2010 at 18:24

Hola Elena Carlon,

ni la 1 ni la 2, sino la 3, porque los hijos no están exclusivamente a tu cargo.

Otra cuestión es cómo incluir a los hijos. Los dos tendríais que consignar a los dos hijos en vuestros respectivos 145 apartado 2 sin tocar la última casilla (la de cómputo por entero).

Y aparte, consignar el importe anual por alimentos (apartado 4).

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3 Laura 08/02/2010 at 10:12

Hola!!
El modelo 145 una vez cubierto se lo damos a la empresa o nos lo quedamos para entregar en nuestra declareción.
Muchas gracias y perdona las molestias

Reply

4 admin 08/02/2010 at 18:00

Hola Laura,

un ejemplar firmado para la empresa y otro para ti, aunque no lo necesitas físicamente para la declaración. Allí tendrás que consignar nuevamente tus datos de situación familiar.

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5 Marcos 04/02/2010 at 19:19

Buenas,
estoy casado con mi conyuge ( ella no trabaja), tenemos un hijo comun ( menor de 18 años) y convive con nosotros su hija de otra relación ( menor de 18 años).
Cual casilla tenga que marcar 2 0 3?
En los hijos cuantos tengo que inscribir 1 0 2?

Muchas gracias

Reply

6 admin 05/02/2010 at 17:25

Hola Marcos,

casilla 2, consignando a tu hijo y al de tu mujer (porque convive con vosotros). El padre biológico, si pasa una pensión, eso es todo lo que tendría que consignar en su 145 (dicha pensión).

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7 Mari 03/02/2010 at 11:17

Respecto al modelo 145, si soy un trabajador que su mujer acaba de tener un hijo pero no cobra prestacion por desempleo, esta sin trabajo, pero si percibe una prestación de ayuda familiar mínima. No se si dicha prestación es parte de los rendimientos exentos, por lo que si asi fuese la casilla correcta a marcar en el apartado 1- datos del perceptor seria la segunda de la situacion familiar.

¿Me podeis ayudar?
un saludo

Reply

8 rosa 02/02/2010 at 11:05

Estoy divorciada y tengo a mi cargo un hijo de 4 años de edad, tambien tengo contraido el pago de hipoteca. Mis ingresos anuales son de 14.782.-e (contemplado en 14 pagas). ¿Me gustaria saber que porcentaje de IRPF me tienen que aplicar en nomina?. Muchas gracias.

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9 admin 04/02/2010 at 03:55
10 Mark 14/12/2009 at 19:34

Si tengo el cónyuge a cargo (puesto que no tiene ningún ingreso), entiendo que puedo marcar a nuestro hijo como que computa “por entero” puesto que está a mi cargo al 100%, ya que de lo contrario sería una incongruencia. ¿Es correcto?

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11 admin 29/12/2009 at 15:06

Hola Mark,

no, para considerar que tu hijo computa por entero sería necesario que conviviera únicamente contigo.

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12 Francisco 28/11/2009 at 20:58

Yo tenia hipoteca hasta Octubre he de marcar la casilla del apartado 5 aun no completando el año? Y con una discapacidad del 33% y contrato mod. 130 la empresa no me quita IRPF es esto posible? Gracias

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13 JUAN 20/10/2009 at 21:37

HOLA, TENGO UN HIJO DE 8 MESES, AL NACER CAMBIE EN EL MODELO 145 Y AÑADÍ EL NIÑO. AHORA ME HE CASADO Y MI MUJER NO TRABAJA, SE HA PEDIDO UNA EXCEDENCIA EN EL TRABAJO PARA CUIDAR AL NIÑO. TENGO QUE MARCAR LA CASILLA 2?? ME RETENDRÁN MENOS SI MARCO LA 2 QUE SI DEJO LA 3??

Reply

14 admin 23/10/2009 at 21:29

Hola JUAN,

En efecto, tendrías que marcar la situación 2 en el modelo 145. No obstante, la repercusión de este hecho en el porcentaje de irpf es prácticamente inapreciable.

Un saludo.

Reply

15 admin 18/08/2009 at 12:08

Hola Mª Angels,

la información que firmas en tu modelo 145 se toma para el cálculo del % de irpf de tu nómina. Esta información, también tendrás que reflejarla en tu declaración aunque la hagas individual.

Un saludo.

Reply

16 Mª Angels 17/08/2009 at 19:22

Buenas tardes:
Gracias por esta información, que es muy clara y oportuna. Una duda. Si vivo con mi madre, de 80 años, que a su vez recibe una pensión. ¿En qué me beneficia o perjudica que la incluya en el Modelo 145? Según tengo entendido el porcentaje de retención disminuye al incluirla, pero al presentar la declaración de la renta no tenemos forma de presentarla conjunta… No sé si me explicado bien. Un saludo.

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17 David 15/05/2009 at 14:22

En relación al comentario “Sergio 27/02/2009 at 9:53 am” en el mes de enero he modificado mi situación familiar en el modelo 145 ya que vivo con mis padres y cobran menos de 8000 euros anuales; lo cierto es que la retención en nomina en estos 5 meses es bajisima (es decir, gano más dinero). Mi duda está en que esta modificación la he hecho “un poco tarde” ya que esta situación familiar es la misma que el año pasado, por lo tanto ¿de todo lo que se me retuvo el año pasado puedo recuperar algo aunque la modificación familiar la actualizase en enero de 2009? muchas gracias

Reply

18 admin 15/05/2009 at 20:49

Hola David,

debes cumplimentar tu declaración de la renta 2008 reflejando esa situación familiar.

Un saludo.

Reply

19 PACO 21/04/2009 at 11:57

Buenos dias, tengo una duda a la hora de saber cuando se computa un hijo por entero. Mi mujer no recibe renta alguna, yo trabajo, marco la situación 2. Vivimos juntos y estamos casados ¿tendría que computarme a mis tres hijos por entero?.

Reply

20 admin 09/04/2009 at 13:01

Hola mar,

en ese caso tendrías que incluir la fecha del traslado en el modelo 145 cuando entres a trabajar.

Un saludo.

Reply

21 mar 07/04/2009 at 08:07

hola, mi duda es la siguiente:
Soy demandante de empleo, me voy a trasladar de provincia por motivos laborales, pero aún no se la fecha exacta en la que me tengo que incorporar, ¿tengo que rellenar lo de movilidad geográfica? ¿que fecha pondría?.Gracias

Reply

22 admin 03/04/2009 at 22:49

Hola Rodolfo,

si tienes pactado tu salario en neto, tu neto no va a aumentar.

Un saludo.

Reply

23 Rodolfo 03/04/2009 at 16:24

Buenas tardes
Mi salario + percepciones no salariales asciende a 2.220,18 Euros, de los cuales mi empresa me retiene un 7,32 % de IRPF sobre una base de 1.706,76 Euros siendo finalmente el neto que recibo mensualmente de 2.000 Euros. La cuestión que me planteo es la siguiente : tengo dos hijos menores a mi cargo, estoy casado y mi mujer no tiene ingreso alguno. Mi empresa me ha dado a entender que me podrían reducir la retención que me practican hasta ahora, pero lo que quisiera saber es si esa reducción se debería plasmar en que el neto que recibo mensualmente aumentaría en proporción a esa reducción en la retención. Yo me temo que lo que quiere mi empresa es seguir pagándome lo mismo pese al beneficio que le supone esa rebaja en la retención que se me practica. Gracias de antemano.

Reply

24 admin 28/03/2009 at 20:08

Hola Clemente,

te remito al artículo relacionado con la nueva cláusula para el modelo 145 del 2009, que es lo que buscas,

http://tusnominas.com/nuevo-modelo-145-para-el-2009-otra-ayuda-que-impacta-en-las-nominas-les-toca-a-los-hipotecados

Un saludo.

Reply

25 Clemente 27/03/2009 at 23:41

Querian que me explicaran el paso numero 5 del modelo 145, tiene que ver con la hipoteca o es otra cosa.

Reply

26 admin 22/03/2009 at 00:01

Hola Marc,

si contando la prestación gana menos de 1.500 al año, la 2. Si no, la 3.

Un saludo.

Reply

27 Marc 17/03/2009 at 12:34

Que situacion tenemos los casados con el/la cónyuge en paro?

Reply

28 admin 01/03/2009 at 12:09

Hola Sergio,

sí, en ese caso sólo tendrías que indicar su año de nacimiento.

Un saludo.

Reply

29 Sergio 27/02/2009 at 09:53

Hola, vivo con mis padres, mi madre es mayor de 65 años, no tiene ninguna minusvalía y es ama de casa (por lo tanto cobra menos de 8000€ anuales). En el apartado número 3 del modelo 145 ¿debo poner el año de nacimiento de mi madre y ya está?. No me queda claro ese punto 3.
Gracias.

Reply

30 admin 22/02/2009 at 11:38

Hola Jorge,

en ese caso debes marcar la casilla de la situación 3, no la 1.

Respecto a la hipoteca, te enlazo a un artículo donde hablamos del tema,

http://tusnominas.com/nuevo-modelo-145-para-el-2009-otra-ayuda-que-impacta-en-las-nominas-les-toca-a-los-hipotecados

Un saludo.

Reply

31 admin 22/02/2009 at 11:33

Hola Mara,

1) depende de si está a tu cargo exclusivamente o no, te remito al propio modelo 145, donde se explica.

2)no entiendo a qué te refieres con lo del porcentaje, un hijo menor de 18 años debería reflejarse en el modelo 145, eso es lo que hay que saber a efectos del modelo.

Un saludo.

Reply

32 Jorge 22/02/2009 at 10:39

Buenos dias,
me gustaria saber, dentro de el aptdo 1, que casilla debo marcar.
Soy soltero sin hijos, sin pareja y tenco una hipoteca.
gracias por su respuesta.
slds

Reply

33 Mara 18/02/2009 at 15:36

Buenas tardes:

¿Cuándo se aplica la deducción del mínimo familiar por descendiente y en qué caso la deducción íntegra?.
Otra cuestin:
Los hijos menores de 18 años empadronados en la vivienda familiar pero que por estudios viven en otra ciudad o pais , ¿se deducem igualmente?¿qué porcentaje?

Reply

34 admin 02/02/2009 at 23:06

Hola Alberto,

1)en definitiva se trata de adelantarte un dinero a través de una disminución de tu % irpf, tú verás si te interesa.

2)sí, computa.

Un saludo.

Reply

35 Alberto 02/02/2009 at 22:33

Hola,tengo una nomina de 1041€ brutos estoy casado,tengo un hijo de 3 años y pago 420€ de hipoteca.Mi mujer cobra 350€ del paro.Mis preguntas son 1ª-¿Me interesa marcar la casilla para bajarme los 2 puntos del IRPF?–2ª-¿Lo que cobra mi mujer del paro se computa en lo de si gana 1500€ anuales?

Reply

36 admin 01/02/2009 at 00:25

Hola Mar,

es totalmente libre señalar la casilla 5 del modelo.
Si crees que no te va a compensar, no lo presentes con esta modificación (es decir si un 2% más de tu neto supone más de 400 euros).

Un saludo.

Reply

37 admin 01/02/2009 at 00:21

Hola Vanessa,

tendrías que marcar la opción 1, poner el año de nacimiento de tu hijo y que computa por entero.

Si posteriormente el padre te pasa una pensión reconocida en Convenio tendría que consignarlo él en su 145.

Un saludo.

Reply

38 MAR 28/01/2009 at 19:10

Buenas tardes
con el tema de la casilla 5 del modelo 145 en el que se aplica deducción por vivienda mi pregunta es si al bajarme 2 puntos el irpf, toda esa deducción que me aplico mensualmente, no será superior a la que marca la ley y luego me toque pagar en la declaración del año que viene. Lo comento porque yo pago una hipoteca muy baja ( aproximadamente 400 euros) y puede que me beneficie más de lo que marca la ley.

Reply

39 Vanessa 27/01/2009 at 23:06

Buenas noches!!! Mi caso es que estoy soltera y tengo una niña de 5 años viviendo conmigo, aunque de vez en cuando pasa con el padre algun dia que otro a la semana. No me pasa ninguna pension, los gastos de la niña los cubro yo y no hay nada firmado de momento. Que casilla tengo que marcar? Y si mi situacion cambiara? Es decir, cuando se firme el convenio y haya establecido un regimen de visitas a favor del padre y una pension alimenticia de por medio. Muchas gracias.

Reply

40 admin 27/01/2009 at 22:07

Hola guadalupe,

te remito al comentario 16.

Un saludo.

Reply

41 admin 27/01/2009 at 22:06

Hola Mark,

tú mismo te has contestado, es así.

¿Tiene lógica, no?.

Un saludo.

Reply

42 admin 27/01/2009 at 22:05

Hola NATALIA MARIA,

te adjunto enlace de un artículo reciente donde tratamos el tema.

http://tusnominas.com/el-programa-de-ayuda-de-hacienda-para-el-calculo-de-las-retenciones-de-irpf-en-el-2009-y-un-ejemplo-practico

Un saludo.

Reply

43 guadalupe 27/01/2009 at 17:48

Buenas tardes:

Por favor,me gustaria saber que irpf me tienen que aplicar en mi nómina.Con un sueldo bruto de unos 2.300 euros,casada con marido trabajador y un hijo de 24 años.Este año en septiembre cumple los 25.
Muchas gracias

Reply

44 Mark 27/01/2009 at 11:07

Buenas tardes,

Es normal que una liquidación del mes de enero (por fin de contrato) lleve una retención 0% ??
Durante todo el 2008 tenía un % muy superior.
Imagino que es correcto puesto que el bruto correspondiente a los pocos días que he estado dado de alta en 2009 no es suficiente para que arroje algún % de retención.

¿es realmente así? Gracias!!

Reply

45 NATALIA MARIA 26/01/2009 at 15:48

Buenas Tardes:
Me estan volviendo loca con mi nomina,necesito saber que irpf me tienen que quitar en mi nomina si soy soltera sin hijos y pago una Hipoteca.Me gustaria saberlo porque me han puesto un 9,06 y no se si es correcto o no.Garcias por vuestra ayuda.

Reply

46 admin 24/01/2009 at 01:37

Hola EMILIO,

La 2 o la 3, según tu pareja gane más o menos de 1.500 euros al año (ver artículo), porque lo que está claro es que tu situación civil es la de casado. No olvides incluir la fecha de nacimiento de tu hijo, y el importe anual de la pensión alimenticia, acompañada de la Sentencia o Convenio regulador donde se refleje dicha cuantía.

Un saludo.

Reply

47 EMILIO 22/01/2009 at 17:52

Muy buenas, yo estoy actualmente casado, pero tambien estoy separado legalmente, que casilla marco. En el apartado 4 que tipo de documento tengo que acreditar el convenio regulador que tengo con mi ex-mujer, ya que a mi hijo le paso una pension alimenticia, un saludo.

Reply

48 admin 16/01/2009 at 11:55

Hola Arantza,

situación 3, poniendo la fecha de nacimiento del hijo, y sin reflejar la pensión de alimentos. Puedes preguntar a tu empresa sin problemas sobre estos temas.

Un saludo.

Reply

49 Arantza 15/01/2009 at 23:35

Mi caso: 1 hijo 4 años, fruto relación sin casamiento. Vivimos separados. Sin sentencia judicial alguna. Libro de familia a nombre de los 2 padres. En la renta nos desgrabamos al niño al 50% (es correcto?). IRPF: Que supuesto debo elegir.. 1 0 3? Padre pasa pensión pero no hay sentencia judicial. Tengo que entregarlo ya… MIL GRACIAS

Reply

50 admin 14/01/2009 at 19:28

Hola NATALIA MARIA,

sí, puedes hacerlo. Con lo de que tienes la nómina calculada de abajo a arriba, entiendo que te refieres a que tienes tu sueldo pactado en neto.
Estoy contigo, yo esperaría, ya que estamos exactamente ante el mismo supuesto que ocurría con los 400 euros. Te adjunto enlace que te puede interesar.

http://tusnominas.com/salario-pactado-en-neto-y-regularizacion-de-irpf-en-julio-4-posibilidades-solo-1-honrada

Un saludo.

Reply

51 NATALIA MARIA 14/01/2009 at 19:16

Hola
Cumplo los requisitos para que me bajen los 2 puntos, mi pregunta es.Si yo no quiero que me los quiten porque luego me los desgrabo en la declaracion.¿puedo hacerlo?
Es que me realizan la nomina de abajo a arriba y creo k me va a perjudicar.

Reply

52 admin 13/01/2009 at 03:00

Hola LORE,

sí, a eso me refería.

Un saludo.

Reply

53 LORE 12/01/2009 at 12:40

respecto a tu respuesta del 20/12/08….el 28/12/08 se aprobó el real decreto q permite q los trabajodres q perciben retribuciones anuales brutas inferiores a 33.007 euros y destinen cantidades para la adquisición o rehabilitación de vivienda mediantee financiación pueden solicitar la reducción de dos enteros a partir del día1 ,no?

Reply

54 admin 20/12/2008 at 12:25

Hola Angel,

nada, no puedes hacer nada, la empresa debe practicarte las retenciones que correspondan para esos 33.000 euros, sin entrar a valorar que tengas o no hipotecas.

Un saludo.

Reply

55 Angel 20/12/2008 at 01:07

Al tener hipoteca y cobrar menos de 33000 € como y que tengo que hacer para que me rebajen 2 puntos el irpf en mis nominas.
Un cordial saludo

Reply

56 admin 04/12/2008 at 22:44

Hola Ismael,

tienes razón, he modificado el ejemplo.

Gracias.

Reply

57 Ismael 04/12/2008 at 18:04

Respecto a tú último comentario considero que una persona separada que paga una pensión por alimentos no esta en situación familiar 1, sino en situación familiar 3. Ésta no tienen ningun hijo a su cargo.

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