Una de las cosas que se precisa para calcular correctamente el irpf de un trabajador en la nómina es la comunicación exacta de los datos familiares al pagador. Esta comunicación debe ser hecha por el trabajador a la empresa a través del modelo 145 al principio de la relación laboral y toda vez que se produzca un cambio en la situación familiar de la que se trata en dicho modelo. Es por esto que la empresa debe tener al menos un modelo 145 firmado por el trabajador (el inicial) en sus archivos (ya que la Inspección de Trabajo puede requerirlo), y es también responsabilidad del trabajador ir comunicando los siguientes.
Este modelo no es difícil de rellenar ya que viene explicado con detalle, no obstante pasamos a destacar lo más importante.
Dentro del apartado 1 hay que rellenar los datos personales que se solicitan, y optar por una de las tres situaciones familiares que se presentan, que son:
- soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente con hijo menor de 18 años o incapacitado judicialmente y que esté exclusivamente a su cargo. Por si sirve de algo, la primera vez que me explicaron esto recuerdo que me recomendaron visualizar la antigua situación de la mujer soltera con hijo a cargo.
- casado/a cuyo cónyuge gane menos de 1.500 € al año. Sí, has leído bien, al año.
- todos aquellos que no estén en la situación 1 ó 2. Aquí es donde se encuentra el mayor número de trabajadores. Están incluidos por tanto el soltero sin hijos; el casado cuyo cónyuge también trabaje y que supere los 1.500 €/año (a poco que trabaje…); y los felizmente casados con hijos menores de 18 a cargo de ambos, entre otros.
Dentro del apartado 2 hay que consignar el año de nacimiento de los hijos, así como tachar la ventanita pertinente si están a tu propio cargo. El mismo procedimiento ha de seguirse en el apartado 3, esta vez con los ascendientes. En el apartado 4 habría que dejar constancia de la pensión de alimentos a los hijos y al cónyuge, según haya sido establecida en la propia sentencia judicial.
Hay que evitar entrar en incoherencias al rellenar este documento. Por ejemplo, si soy soltero, tengo un bebé, y convivo felizmente con mi pareja no deberé señalar la opción 1, sino la 3; al igual que si pongo la fecha de nacimiento de mi hijo, y no señalo la casilla de cómputo por entero, no deberé haber escogido previamente la opción 1.
Puedes encontrar el modelo 145 aquí.
También puedes acceder a la versión más actualizada del modelo 145 2011.
¿Se os ha venido a la cabeza alguna vez una duda al rellenar este formulario?.
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soy divorciado y paso pensión alimentaria q casillas devo marar gracias
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE
COMO DEBE MI PAREJA RELLENAR EL MODELO 145, LA SITUACION ES LA SIGUIENTE.
SOLTERO(CONVIVIMOS PERO NO ESTAMOS CASADOS), CON HIJA DE 4 MESES DE EDAD, PAGA UNA PENSION ALIMENTICIA A OTRO HIJO EN ALEMANIA, (EXISTE SENTENCIA DE JUZGADO EN ALEMÁN), PAGA UNA HIPOTECA.
PODRÍA EXPLICARME EL APARTADO NÚMERO 5
GRACIAS
mi cónyuge cobrar una paga no contributiva la de los 52 años de 426 e mes ,,,,tengo que poner la casilla 3 ,,,,, ella no trabaja es una ayuda ,,
y que puede pasar si pongo la casilla .2
yo cobro bruto 17.500e año,,,,y no hago la declaracion de la renta ,,,Muchas gracias
Mi situacion es la siguiente, mi pareja y yo vivimos juntos, somos pareja de hecho y tenemos a un niño en comun de dos años. Que casilla tengo que poner?
HOLA , MI SITUACION ES Q TENGO UNA CASA (HIPOTECADA) COMO TODO EL MUNDO CON MI CHICO, PERO NO QUIERO DECIR A LA EMPRESA YA Q SON UNOS COTILLAS Y NO DEJAN EN PAZ , PASARIA ALGO SI PONEMOS Q NO TENEMOS NADA?
Hola, mi empresa me pide rellenar el modelo 145 y tengo algunas dudas. En mi caso, tengo un niño de 2 años y mi marido es menor de 65 años pero está jubilado por enfermedad (incapacidad permanente absoluta) y tiene una minusvalía reconocida del 65 %. No sé dentro del apartado 1, si tengo que marcar la opción 2 o la 3. Igualmente por la situación de mi marido, no sé si en el apartado 2 tengo que marcar la opción de que mi hijo está a mi cargo por completo.
Gracias de antemano.
Hola,
Tengo que rellenar el modelo 145 y no se como hacerlo, es la primera vez que tengo que hacerlo ya que es mi primer trabajo. Yo vivo con mis padres (uno de ellos pensionista por discapacidad) y un hermano que esta estudiando aun. Me gustaria saber como rellenar el modelo y saber plasmar estos datos.
Muchas gracias, un saludo.
Ana Criss.
Hola, tengo dos trabajos y no sé cuánto debería ajustar el IRPF para que en la declaración de hacienda no me quiten todo de golpe. Ingresos netos de mi trabajo ¨estable¨ 740€/mes; ingresos netos de mi trabajo ¨temporal¨ 485€/mes. Actualmente me retienen un 2%en cada nomina.
Gracias,
Saludos.
Hola: estoy casada desde 2005 y tengo una vivienda desde el mismo año, y mis rentas son inferiores a 22.000, tengo q marcar la segunda casilla del apartado 5? mi marido tiene puestos a nuestros dos hijos en su modelo 145 ¿debo ponerlos yo tambien?gracias
Hola. Tengo que rellenar el modelo 145 y mi duda es la siguiente, vivo en casa de mis padres y ambos son mayores de 65 años con una renta inferior a 8000 euros. Al no tener casa propia y vivir en la de ellos debo rellenar el apartado 3 de dicho modelo?. Muchas gracias.
Buenos días.
Mi mujer no trabaja y tengo 2 hijos. La casilla que yo marcaba era la 2. Pero cuando entregé la baja por paternidad en el INSS, la administrativa me preguntó si mi mujer trabajaba y me cambió la marca a la opción 3. ¿ es esto correcto? En mi trabajo les he entragado el modelo 145 con la casilla 2, ¿ cual es la correcta?
Muchas gracias.
Un saludo
Hola.
Tengo una duda al cumplimentar el documento 145, de comunicación datos del pagador. Estoy divorciado, tengo 2 hijos mayores de 18 años, están viviendo con sus respectivas parejas. Que casilla tengo que anotar en el documento? creo que es la nº 3, pero no estoy seguro.
Gracias de antemano.
Saludos.
Hola!!! me gustaría que me solucionen una duda,estoy casado mi cónyuge tiene una hija de otra relación la niña es menor y no si la tengo que poner en el modelo 145 es la primera vez que la hago, necesito una respuesta rápida gracias
hola.tengo una nomina de 1989 € bruto..al mes..cobro 26.000 e al año con la paga extra incluida..me quita 13% IRPF.Mi situacion familira es la presente : solo trabajo yo..estoy casado ,tengo 2 niñas de 5 y 3 años.este año me va subir 2% IRPF mas..para que me baje el IRPF me han dicho la empresa que tengo que traer justificante de la acienda con el minimo que me puede cobrar..la pregunta es..frente mi situacion familiar cual es minimo de IRPF que me puede cobrar y cual es el maximo?tengo amigos en la misma situacion y le quita 8 de IRPF con el mismo sueldo..si sirve de ayuda vivo en alquiler.gracias
En el apartd.2 cual dice conyuje que gane menos de 1500… Se cuenta las ayudas familiares que te dan en el Inem despues de acabarse el paro?
Es decir si recibo esta ayuda que es de 400 euros deberia mi conyuje poner la opcion 2? Gracias.
jubilado,divorciado y sin hijos a cargo ni obligación de pasar pensión alguna. mis ingresos por jubilación ascienden a 30.000 €anuales.Si me caso con una persona que tiene el 65% de minusvalía y una pensión no contributiva , ¿como variaría mi deducción por IRPF?
q diferencia tendria o cuanto ganaria al meter a mi hijo de 20 dias… y el alquiler del piso y q solo yo trabajo de los dos es una cuantia q valga la pena o no gracias
Hola, nuestra situacion es la siguiente:
Casados desde septiembe 2011 con una hipoteca al 50% desde el año 2010.
Yo desgravo el 50%l de la hipoteca de nuestra casa actual, pero el hasta ahora ha estado desgravandose la hipoteca de un piso que compro antes de casarnos.
¿A partir de ahora podemos seguir asi? ¿o por ser matrimonio debemos desgravar por la misma vivienda?
Yo al hacer mi declaracion individual marcaria la casilla 3, y al no poner el NIF de mi marido, Hacienda puede ver la incongruencia de que un matrimonio declare cada uno por una vivienda y acarrearnos problemas?
Estoy divorciado, con dos hijos compartidos. No nos pasamos pensión de ningún tipo porque ambos estamos con trabajo y compartimos los hijos, como puse anteriormente. Mi situación familiar ahora mismo es 3. Debo cambiarla por mi nuevo estado?