Prescripción de la obligación del pago de deudas a la Seguridad Social

por admin el 19/11/2009 · 49 comentarios

en Seguridad Social

Llega un momento en que las deudas contraídas con la Seguridad Social, como ocurre con cualquier otro tipo de deuda en virtud de nuestro Código Civil, simplemente prescriben, dejan de ser exigibles, y liberan al deudor.

De 5 a 4 años

En un principio, el plazo de prescripción de las obligaciones para el pago de las deudas de Seguridad Social se situó en 5 años a contar desde la fecha en que éstas debieron ser ingresadas (Ley de bases de Seguridad Social de 1966).

Posteriormente se redujo de cinco a cuatro años en materia de reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas (art.45.3 LGSS). Es decir, si el trabajador cobró, por ejemplo, una prestación por enfermedad de forma incorrecta y hay que devolverla entera o en parte a la SS.

Sin embargo en 1.999 se llevó a cabo un proceso de homogeneización de los ámbitos tributario y de recaudación de deudas de la Seguridad Social (cristalizado en la Ley 55/1999 de medidas fiscales, administrativas y de orden social) y el plazo de 4 años también se extendió al ámbito recaudatorio de la Seguridad Social, por lo que a partir de entonces la Seguridad Social sólo dispone de 4 años a la hora de:

  • determinar las deudas con la misma, mediante liquidaciones,
  • poder exigir el pago tales las deudas,
  • poder imponer sanciones por incumplimiento de su normativa.

Asimismo el plazo empieza a contar desde la fecha en que finalice el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas. En el caso de las prestaciones desde la fecha de su cobro o desde que fuese posible ejercitar acción para su devolución (art.42 RGSS).

¿Quiere esto decir que si la Administración exige formalmente el pago de una cuota a los 3 años y 359 días de producirse la deuda, pudiera no cobrarla por no tener el tiempo administrativo necesario para hacerla efectiva?. No, porque en casos como éste el plazo se interrumpe.

Interrupción de la prescripción

La prescripción del plazo se interrumpe (art.43 RGRSS):

  • cuando el responsable del pago reconoce o extingue la deuda,
  • cuando la Seguridad Social da a conocer formalmente al responsable del pago su deuda mediante cualquier acto administrativo destinado a la liquidación o recaudación,
  • por la solicitud de una prestación económica de la Seguridad Social (cuando legal o reglamentariamente esté prevista la posibilidad de advertir al interesado de que ha de ponerse al corriente en el pago de sus cuotas en orden al reconocimiento de aquella),
  • por interposición de recurso administrativo o judicial, en cuyo caso se inicia de nuevo el cómputo del plazo de prescripción a partir de la fecha en que se dicte la resolución o sentencia firmes que los resuelvan, si bien, al menos en la redacción anterior al RD897/2009 , se precisaba que cuando se declarase la nulidad del acto impugnado, se consideraba no interrumpido del plazo de prescripción,
  • si existen varias deudas liquidadas a cargo de un mismo responsable de pago, la interrupción de la  prescripción por el ejercicio de una acción administrativa solo puede afectar a la deuda a que la acción se dirija. Si la prescripción de una deuda o parte de ella aprovecha por igual a todos los responsables de su pago, interrumpido el plazo de prescripción para uno, se entenderá interrumpido para todos los demás.

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49 comentarios Añade el tuyo

1 manuel 20/05/2013 a las 15:31

Hola,necesito buestra ayuda, yo llebo 20 meses de baja como autonomo para sobrevivir no pude pagar autonomo durante esos meses y es deuda mas una multa que me añadieron el expediente de invalidez permanente que tenia abierto y me iban a conceder me lo deniegan oor la deuda y me dicen que si no pago no hay invalidez,eso es cierto, porque me destrozan y me hacen indigente total, gracias.

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2 pedro 04/03/2013 a las 19:04

Hola, comentar que hacienda me pide o me solicita la ,multa por no entregar lo de la sociedades de una empresa que intenete montar hace años, esto es del 1997-98-99, me pide 150€ por año de la multa y segun ella a dado de baja provisional a la empresa, que tengo que hacer? gracias

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3 Ana 25/02/2013 a las 09:12

Hola, mi problema es el siguiente…
Cuando cumplí la mayoría de edad mi padre puso una empresa a mi nombre en la que yo no tenía nada que ver, le genero unas deudas que con los intereses se han hecho enormes, imposibles de pagar.
Yo ahora tengo 33 años, cada vez que me he dado de alta me ha llegado una carta solicitándome el pago, pero como siempre he tenido contratos de media jornada nunca me han embargado nada.
Desde la última vez que recibí una carta han pasado 5 años, aquí diera saber donde y cómo puedo pedir su anulidad, pues yo no tuve nada que ver en eso.
Se qué ha prescrito, pero que cada vez que te mandan una carta se vuelve a activar, y creo saber que pasados 4 o 5 años puedes pedir la anulidad.
Me gustaría saber como y dónde, yo no tengo nada de esa empresa y se muy poco, pues fue cosa de mi padre y lleva ya unos años muerto.
Ahora me van a dar de alta y no me gustaría que me mandaran otra carta y me la volvieran a activar, es urgente por favor.
Muchas gracias por todo.

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4 francico 05/03/2013 a las 14:26

si la deuda es grande pasa de ella k se toquen el capullo por ladrones y sinberguenzas yo no gasto 3600 euros de medicos al año pero ese dinero lo quieren para ellos juvilarse antes y darde las bajas ha sus hijos y familia tengo treita años he sido autonomo 6 años y desde los 16 no he estado de baja y por 5000 euros no paran de dar porculo

EL LADRON QUE ROBA HA UN LADRON TIENE 100 AÑOS DE PERDON

UN SALUDO PASA DE ESA JENTUZA

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5 diego 18/02/2013 a las 23:48

hola mi caso es el siguiente se formo una cooperativa de vendedores anbulastes por que en año 1992 se pacto con el ayuntamiento de palencia la s,social en fin para que estubieses los vendedores com el seguro social ,
esta bue una ley, que en su dia sacaron los socialistas , dom felipe gonzalez,
bien se hizo la mencionada cooprtva, año 1992, com el presidente ,decipresidente,segretario, y un monton de socios mas ,bien en el año 2003 la cerraron por que no se hacia los deveres que requeria esta cooprtva,
la cerraro o la dieron de baja la misma s,social ,ahy documentos que costan asi ,
buen, ami me otorgaron en su dia en 1992 el cargo de dicepresidente ,se cerro en el 2003 , en el 2005
la dieron de nuebo de alta ,com los mismos componentes del año 1992 ,sin saber yo nada de nada ,,asta, el año
2007 ,que enpezaron a mandar cartas y mas cartas ,com una deuda de 16000€ que ahora son 26000€
e tenido muchisimos problemas com los responsables de este tema le iba a denuciar poro el que hizo la picia
dijo que se e iba a ahacer crgo de todo este Lio y fijamos un juicio, un mes hates de celebrase el juicio fallecio
el primer y unico rosponsabre ,tenia un poder ,de el secletario de dicha cooprtva,para hacer y desacer comO bien le pereciese , al final de estre juicio salimos todos culpabres , me enbargan 3500€ la mitac de la vivieda ,tenemos que pagar el juicio que son 3499€, estoi a puto de separarme yo estoi com depresio por QUE no se nada de esto ni cuando se dio de baja ,ni nada de nada tego unos agogados que nom sabe como decubrir esto

(si la haces la pagas) ,pero es que a mi me an hecho una estafa ,no tengo nada com mi firma, e estado en el notario que dio el ata en el 2005 y le digo todo esto que cueto ,y que identifique quien estuvo alli para hacer una escritura nueva no tienen nada (copias del dni) ni video, nada dicsolamete fueron unos chicos y el apoderado y lla esta la s,scial le da igual
si alguien esta en esta situacion y puede decirme al guna cosa ,ES MAS ,ESPERO COMTACTAR COM
ENTENDIDOS EN ESTE TEMA, ME COMPROMETO A PAGAR ONORARIOS AUNQUE TENGA QUE PEDIR PARA HACERLO TENGO MUCHA DOCUMENTACION, mi tf 609883567 COMTACTAR MUCHAS GRACIAS AMIGOS ª diego

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6 José Lopez segura 12/01/2013 a las 20:53

Muy buenas, tengo una deuda con la ss desde hace más de 20 años por cobro indebido de prestación del paro, después de varias cartas reclamando la deuda, ahora llevo unos 10 años que no recibo nada, como podría saver si la deuda a prescrito y si aparezco en el BOE, muchas gracias.

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7 oli 07/12/2012 a las 20:17

hola..me gustaria me informase de una duda que tengo….tengo un amigo que contrajo una deuda con la ss de 4500 euros en el año 2009 mas o menos hoy acciende a mas de 7000 con lo s intereses..el contrajo la deuda porque al ponerse enfermo no pudo haacer frente al los pagos como autonomo..hoy esta transplantado y sin poder trabajar y le deniegan la paga por tener la deuda…le han considerado insolvente por no tener nada a su nombre ni ningun tipo de ingreso, mi pregunta es; ¿prescribe esa deuda en algun momento y podra cobrar la paga? o por lo contrario ¿no tendra derecho a la paga mientras no salde la deuda?….muchas gracias y espero una respuesta…

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8 dolores lopez 25/10/2012 a las 22:54

hola mi ex al separarnos como tenia deudas no podia poner la empresa asu nombre y la puso a nonbre de mi hijo que tenia 18 años una sl unipersonal la empresa se fue al traste por que mi ex no pagaba seguridad socia ni el autonomo de mi hijo le reclamaron la deuda ami hijo y el pobre esta agobiado podrian decirme si prescribe y si es asi en un futuro podra cobrar si sigue cotizando o esiste alguna manera de que el padre sea el responsable de esa deuda ya que mi hijo figuraba pero el padre hacia y desacia por favor esta destrozado y lo esta pasando muy mal con sicologos y todo gracias anticipadas .

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9 Gustavo 10/09/2012 a las 19:30

buenas noches.

Mi pregunta s la siguiente pasao mañana me subastan la vivienda comprada con mi mujer q ahoa es mi ex-mujer mi pegunta es si puedo parar la subasta que sale de una deuda de 1.200 eur. presentando una resoluciony que tal vivienda la estoy pagano yo y ella no paga nada y me amenazan con ello n tengo separacion de bienes, imagino quel menos me correspondera al menos el 50%.

Ruego que alguien quealla pasado la misma situacionme conteaste.

aexo: tiene una hipoteca de 56000 eur.
llevo pagando desde el 2002 yo solo

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10 ZORAIDA CAICEDO 23/08/2012 a las 21:35

QUISIERA QUE ME AYUDARAN EN ESTO : RESULTA DE UNA EMPRESA DE COBRO , ESTA COBRANDO LOS APORTES DE PENSION , DE UNOS EMPLEADOS DE LOS CUALES SE LE CONSIGNARON EN OTRO FONDO DE PENSIONES , REITERADAMENTE, SE LE HA NOTIFICADO , PERO LO QUE QUIERO SABER A QUE TIEMPO SE CADUCA UNA DEUDA DE SEGURIDAD SOCIAL, SI ESTO EXISTE O NO HAY NINGUNA LEY.
GRACIAS

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11 Mario Galián 16/08/2012 a las 16:04

Buenas tardes, en primer lugar quisiera saber lo siguiente. Soy el tutor legar de mi hermano mayor que actualmente está ingresado en una residencia de personas con enfermedades cerebrales y por cuya estancia paga cada mes y además esta jubilido, insolvente por el juzgado de lo social desde l997 y actualmente tiene una deuda con la TGSS por un importe de 31.000 € aprox., de su pensión le van descontando cada mes unos 20,98 €, la semana pasada le embargaron el importe total de la cuenta, incluyendo la pensión, cosa que al enterarme, hice un recurso ya que se tenía que pagar la mensualidad de la residencia y en esa semana, me lo volvieron a ingresar, pero el resto me lo embargaron (que eran 2 pagas de la pensión de Novbre. 2011 y Junio 2012), les pregunté si esta deuda del 1997, no prescribía, me dijeron que mientras hayan movimientos de embargo, se paraliza la prescripción, durante 4 años (o algo similar), aunque fuentes de la misma tesorería, aunque diferente departamento, al pedir la relación de la deuda, me dijeron esto “del 97 esta deuda, esta deuda está prescrita, que lo preguntara a la URE eso hice y me dijeron lo anteriormente expuesto, volví a comentárselo a la señora y me dijo que hiciera un recurso”. Observo en los extractos de la cuenta corriente de mi hermano, y no hay ningún movimiento de embargo de cualquier cantidad desde el año 2002 hasta Julio de 2007 inclusive.
Mis preguntas son las siguientes:
1 Puedo reclamar el importe embargado
2 Puedo hacer recurso sobre esa deuda que parece ser que haya prescrito

Me haría mucha ilusión que me indicaran los pasos a seguir si los hubieren

Mucha gracias por haberme atendido

Cordiales saludos

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12 Gustavo 10/09/2012 a las 19:35

ahors yo haria una pregunta, ustd sabe si el nbargo es e la pension o de la cuenta del banco.

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13 rafael pons 30/06/2012 a las 10:59

ten go 68 años y tengo una deuda con la seguridad social estuve con unsocio que me estafo falsificando mi firma bas tante denero y ademas le pusieron una multa de 6.000 euros por tener una persona sin papeles sin nada la en presa estaba ami nombre entonces le puse una denuncia pero la deuda latengo yo aora mas de 60.000 euros con gasto recargos idemas que puedo acer sime quisiera retirar cobrar re retiro la deuda caduca no tengo entradas por nada tanpoco trabajo que puedo acer ‘

gracias

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14 vicente 27/06/2012 a las 13:23

como recurrir una deuda con la seguridad social que me piden de 33100 euros des los años 97y 98, del 2000 y 2001.me han denegado la paga de jubilacion y sin embargo he estado cobrando 4 años como jubilado parcial . al 85%.
no entiendo como estando jubilado parcial no me exigen deuda alguna y ahora que pido jubilacion total, si me exigen eñ pago
puedes ayudarme?
gracias

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15 anjali 15/06/2012 a las 21:49

hola, tengo una deuda con la seguridad social como autonomo, de casi 18ooo euros, me embargaron pero antes pude salir del pais, ahora trabajo en italia, que problemas me traera esta deuda en el futuro, existe la baja automatica, ya quwe no vivo en espana, ya han pasado casi 4 anos y no tengo problemas pero que pasara con mi jubilacion despues, alguien tiene una IDEA:

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16 teresa 31/05/2012 a las 14:24

he tenido mi nómina embargada por una deuda que contrajo mi ex con la seguridad social hace ya al menos 12 años y mi pregunta es ¿porque no se la reclaman a él? en la tesorería me han dicho que está trabajando entonces no entiendo porque me lo reclaman a mí.

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17 Bikendi 05/05/2012 a las 01:00

Hola tengo una deuda con seguridad social. en el año 1999, mi padre me puso como administrador en una empresa, yo tenia 18 años recien cumplidos, la empresa duró 1 año y en realidad solo la usó para sacar prestamos a mi costa,para despues no pagar nada, (yo no tenia ni idea), desapareció despues de un par de años y a los 23 años me llegó el primer embargo a la empresa donde estaba trabajando, ahora me reclaman 13.000eur. por 6 años de autonomos, porque ademas me dieron de baja ellos administrativamente, ya que el simpatico de mi padre, si se puede llamar así , ni siquiera se preucupó de darme de baja en los autonomos, ahora no se como hacer para por lo menos pagar solo el año que la empresa estuvo activa, ya que en tesoreria no me dan ninguna solución, me dicen que ya me pasaron los plazos de reclamación, pero si nadie me notificó nada en su momento. necesito ayuda ya que tirarme con la nomina embargada 4 o 5 años hoy en dia con un hijo y solo mi nomina de ingreso en mi casa, se me hace imposible cobro 1500eur. y con lo que me quitan me queda lo justo para pagar las facturas. necesito que me den alguna solución,
Gracias

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18 gabriel 13/10/2012 a las 18:16

bikendi.

Ante todo decirte que perdones a tu padre.o a menos lo intentes comprender, A veces la vida lleva a las personas a her cosas que creen que van a controlar y lugo se escapan de las manos.

Una posible solucion es ENCONTRAR documentos que demuestren que no hubo la actividad que lleva aparejado el pago de autonomos.
un ejemplo: tu nomina en otro trabajo, tu matricula e estudios…..etc.etc.
Por supuesto han sido MUY listos en la Tesoreria , dandote de baja, asi evitan que la des tu ahora con caracter retroactivo.

busca esas pruebas. con ellas podras lograrlo
gabriel

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19 MAR 02/05/2012 a las 17:21

HOLA, TENGO UNA DEUDA EN LA SEGURIDAD SOCIAL Y MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SI TENGO ESA DEUDA PODRÍA COBRAR LA AYUDA POR MADRE MANTENEDORA YA QUE TENGO UNA HIJA Y SOY MADRE SOLTERA. ESPERO RESPUESTA. UN SALUDO.

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20 cris 31/05/2012 a las 22:11

Hola tengo deuda en la seguridad social hace 5 anos.Mi pregunta es si tengo esta deuda puedo cobrar paro o ayuda para personas mayores de 52 anos.Espero respuesta Gracias

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21 Jorge 29/04/2012 a las 19:55

Hola, tengo embargada la nómina en ella aparecen dos retenciones en concepto de “retención judicial” una de 80€ y otra de 120€ hace 7 años me empezaron a retener y la hora de comprar una vivienda fue cuando me enteré que tenía una deuda con la seguridad social de autonomos , me informe y me dijeron que era de que no se dio de baja en su dia . lo primero que hice fue darme de baja ese mismo año y todavía sigo pagando con el embargo de la nomina este mes en la nomina me aparecen los dos mismos conceptos pero me retienen 130€ por dos y nos se cual es el motivo de pagar mas ahora despues de 7 años. Alguien me puede informar si realmente prescribe esta deuda o si se puede presentar algún tipo de reclamación para que no me sigan embargando la nomina? y si no es así ¿por que me están embargando mas dinero si yo cobro lo mismo que el año pasado?

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22 David p. 01/03/2012 a las 10:03

Hola tengo una deuda con la S.S de mas de 12.000 e. cuando prescriviria esta deuda?y en que condiciones?gracias

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23 Luis Enrique 11/02/2012 a las 12:52

Tuve una microempresa, tuve dos trabajadores, hice un convenio con la SS y pago 154 X mes, ahora se me acabó el dinero y estoy absolutamente insolvente, que hago? Solamente tengo para pagar el mes de Febrero.

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24 Ricardo Gil 21/01/2012 a las 23:52

Hola,tengo una deuda con la SS desde el 2008/2009 de 4200€ que en la actualidad ha subido por los intereses a más de 7000€ mi situación laboral no es buena y quisiera saber cuando presquibiria en caso de no poder solucionarlo o sí se mejora mi situación sí podría evitar algo de los intereses. Muchas gracias

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25 Coi 16/01/2012 a las 01:15

Hola tengo una Sl y debo 300.000€ ire a carcel por esto….

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26 juan 25/11/2011 a las 16:40

hola tengo una deuda con la junta de andalucia por varias denuncias por venta de cupon de mi nusvalidos k ascienden con intereses a mas de 3000E pero la deuda es de 1995 y 1996,posteriormente yo he trabajado asegurado e incluso en la once durante 4 años con nominas superiores a 2000E y nunca ni me han molestado ni enbargado nada y ahora al cabo de los 16 años me kieren embargar las cuentas,mi pregunta,es legal k despues de 16 años me reclamen? y kisiera saber si han prescrito gracias

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27 fran 21/11/2011 a las 15:45

tengo una deuda con la ss de 5ooo a horra cobrare el paro unos 731 euros alguien sabe cuanto me pueden embargar de la cuenta tengo una niña y mi mujer esta invalida y no cobra nada de nada muchas gracias

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28 angela 17/11/2011 a las 16:10

hola tengo una pequeña deuda con la ss, que la tengo con aplazamiento y la pago mensualmente sin falta pero como la cosa va tan mal me he retrasado en 2 pagos de ss del corriente y ahora , este mes no me han cobrado el aplazamiento, en una ocasion me dijeron que no me atrasara en el pago dela ss mensual pero me ha sido imposible y voy pagando poco apoco qme acaba de llegar un certificado, y tengo que presentarme me da miedo que me reclamen la deuda completa podrian hacerlo. gracias por todo

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29 hola orion 11/11/2011 a las 15:50

hola tengo una deuda con seguridad social de mas o menos 5000 euros mas intereses y cosas asi como puedo solucionar este caso actualmente no trabajo y no cobro nada de nada porq antes era autonomo que mala hora eleji para ser autonomo y como no podia cubrir la cuotas por pagar el alquiler de mi piso no se que hacer haver si alguien me puede ayudar gracias

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30 alberth 14/09/2012 a las 00:21

te recomiendo que liquidez con ellos porque no entienden de nada y son muy malas personas,te sacaran hasta los ojos porque son los chupas sangres mas grandes que tenemos en españa,mientras tengas deudas con ellos ni una pensiòn podras cobrar,saludos.

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31 jose 21/08/2011 a las 00:43

hola , quisiera saber cuanto es el tiempo de prescripcion de una deuda contraida con la A.R.T ( ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ) GRACIAS

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32 hiyayo 18/08/2011 a las 17:11

hola:
quisiera saber si una vez que una persona fallece y la seguridad social le sigue pagando durante 1 año, cuanto tiempo ha de pasar para que esta cantidad percibida indebidamente prescriba, es decir, que la seguridad social no pueda reclamarte ese dinero.

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33 hiyayo 18/08/2011 a las 17:05

hola:
quisiera saber si una vez que una persona fallece y la seguridad social le sigue pagando durante año, cuanto tiempo ha de pasar para que esta cantidad percibida indebidamente prescriba, es decir, que la seguridad social no pueda reclamarte ese dinero.

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34 alberto 01/06/2011 a las 10:25

hola soy un xico de 23 k tengo una deuda con la ss i no se si puedo pajarla con el paro acumulado algien me podria decir algo

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35 rosario 06/05/2011 a las 12:37

notificacion de una deuda de la seguridad social del año 1998 siendo notificada en el 2009 dirigida a mi cónyugue, del que tengo separacion de bienes desde 2003, interpongo recurso de prescripcion y solicitud de importe ya cobrado y en fecha 5-5-2011 me counican por correo a mi domicilio ener embargado el vehículo porque en su mmento no encontraron direccion donde comunicarme la resolucion, teniendo el mismo domicilio donde recibi a principios de 2009 las notificaciones de mi marido y poseriormente donde sigo recibiendo comunicaciones posteriores de la seguridad social, por lo cual solo se produjo la incapacidad de localiizarme para comunicarme la resolucion y el tiempo de reclamacion.

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36 Fernando 15/03/2011 a las 16:26

Estimada Rosa Lopez:

He vuelto a releer tu post y hay algo que he dejado sin responderte, según me indicas la multa viene por no considerar a los trabajadores dentro del regimén de cuenta ajena y al ser vendedores ambulantes solo me caben 2 opciones Autonomos o Rep. Comercio, en este caso deberias verificar que la cantidad liquidada en los Seguros Sociales es la apropiada al régimen en el que te dicen que debías estar, ya que tendrá efectos retroactivos, en este caso solicita si es necesario la diferencia ecónomica de pagar por un régimen u otro, es decir, si has pagado como trabajador por cuenta ajena, será muy superior a haber cotizados por los otros 2 regímenes que te indicaba arriba, por tanto procede la devolución de ingresos indebidos, de esa manera podras o bien compensar la deuda o por lo menos recuperar un importe que no debísteis haber ingresado.

Gracias.

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37 Fernando 15/03/2011 a las 16:20

Estimada amiga Rosa:

He intentado entender todo lo que indicas respecto de la deuda con la TGSS y la reclamación via ejecutiva y protocolo de embargo, pero creo que me faltan datos, no obstante te intentaré dar algunas connotaciones:
1.- ¿El importe de la deuda se ha liquidado ya con embargos de nominas?
2.- Debo entender que lo del juicio te refieres al Contencioso Administrativo, en este caso te diré que 4 años es mucho tiempo y que deberías realizar una consulta a través del Graduado Social o el Abogado que haya llevado tu caso.
3.- Prescripción no habrá ya que hay reclamación previa por tu parte e inicio de proceso Contencioso, lo que si puede ser es que se haya resuelto parcialmente hayan suspendido la ejecución y no tengas notificación. Deberías informarte.
4.- Si está suspendido no te bloquearan las cuentas hasta que salga la resolución definitiva.

Si te dejo con alguna duda, hazmelo saber, y por favor no olvides valorar mi respuesta. Gracias.

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38 Mª ROSA LOPEZ VELARDE 13/03/2011 a las 23:29

Hola.
Tengo una deuda con la seguridad social, por haber tenido una cooperativa de vendedores ambulantes, la seguridad social dijo que no eran trabajadores por cuenta ajena y me pusieron una multa. Como yo no estaba de acuerdo yo puse una denuncia para ir a juicio, el juicio todavia no ha salido. En un principio intentaron embargarme mi casa y mi coche, asi como el embargo de nominas. Todo eso se paro y yo, que ahora mismo estoy en paro, estoy cobrando el paro. Todo esto empezo hace ya 7 años, el intento de embargo fue hace 2 años. Yo creo que llevo esperando juicio por lo menos 4 años o mas. Mi pregunta es si todo esto ha prescrito ya y si ha prescrito en que situación me quedo yo, sigo teniendo deuda, tengo que pagar algo.
PD. Mis cuentas bancarias no estan embargadas al menos por el momento, no se si será porque tampoco tengo dinero.
Un saludo

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39 Sofia 08/02/2011 a las 13:59

Hola leo muchas dudas repecto a este tema, pero entiendo, que la deuda no prescribe en cuanto la Tesorería comunica al interesado que tiene una deuda, ésta sigue su cauce, y hasta no estar liquidada no se tiene derecho ni a pensión ni a nada.
De todas formas en la Tesorería os informan muy bien de todo esto, pues en el caso de Carmen ¿no le reclamaron la deuda que contrajo tu padre a tu madre?, me parece raro, y han pasado muchos años.
Aconsejo, siempre, que os informeis muy bien en la Tesorería.
Saludos.

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40 carmen 08/02/2011 a las 11:03

si alguien me pudiera ayudar?mi padre murió hace 13 años ,él tenia una deuda con la S.S ,por esa deuda mi madre no tubo derecho a pensión de viudedad,ni siquiera a cartilla de pensionista,ahora pasado tanto tiempo ,creemos que la deuda habrá prescrito y queremos solicitar la pensión ,ya que ella no tiene ningún ingreso ni nada y tiene 64 años, ¿creeis que tendrá derecho a cobrar algo de mi padre?

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41 raquel 08/02/2011 a las 01:00

hola!!! mi preguntas es mi tío debe a al seguridad social 1650 euros de unos sello por agricultura y me han dicho que a partir de los 5 años prescribe le han cancelado hasta su cuenta bancaria
alguien me puede informar .gracias!!!

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42 elena 07/02/2011 a las 17:21

Hola: mi marido tiene una deuda con la s.s. la cual se esta pagando poco a poco y como podemos, pero me sorprende que hableis de prescrición de la deuda cuando a nosotros no nos lo hicieron, hasta ahora la s.s. se callan puesto que les ingresamos mas dinero del que embargarian de la nomina, pero aun asi nos queda la duda de saber si a mi marido le quedara pension de jubilacion. Hay alguien que este en la misma situacion que pueda decirme algo.gracias.

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43 Jose Rodriguez Gomez 03/02/2011 a las 18:24

Algo como a Jordi…Por razones que no vienen al caso “debo” unos 25.ooo euros a la S.S. …Interpuse reclamaciones que se desestimaron. Lo cierto es que a dia de hoy tengo embargadas las nóminas. En diciembre de 2010 se cumplieron los cuatro años de prescripcion que exige la ley, desde que me dieron baja de oficio, pero en la nomina de febrero, la últina, me siguen aplicando el embargo….Mi pregunta es si el legal lo que hacen y hasta cuando pueden siguir haciendolo? …Puedo reclamarles por apropiaciom indebida y exigirles la devolucion?….
Saludos

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44 Jordi 02/02/2011 a las 15:52

Hola buenas tardes,
Mi pregunta es tengo una deuda con la seguridad social de 80000€ porque ami empresa le deven 300000€ varis constructoras, me lo han reclamado al administrador que ese soy yo, ahora soy salariado y me embargan una parte de la nomina cada mes , esto es por vida o algun dia prescribe , porque con lo que me embargan cada mes no cubren ni los intereses, no puedo tener nada a mi nombre por vida!!!!!!!!
I la gente que me debe a mi viven de lujo.

Sludos

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45 ANTONIA 10/12/2010 a las 15:23

Buenas tardes
Mi pregunta es la siguiente,tengo una deuda con SS de unos 4.200 € de hace unos seis años,la deuda ha presquito me lo informaron en las oficina. Ahora me pertenece una paga por enfermedad,y me la deniegan por la deuda,digo que se la vallan cobrando de la paga,y dicen que esta presquita,pero que cobrare asta que pague la deuda.
Hay alguna forma legal de anular la deuda o que la cobrasen de la paga.

Muchas gracias por vuestro tiempo.

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46 teresa 19/11/2010 a las 19:23

hola, hace años contraje una deuda con la seguridad social, e la han reclamado en varias ocasiones, pero creo que ya la han dado por archivada, me puede decir alguien si prescribe, y si a la hora de jubilarme me tendran en cuenta esta deuda, gracias

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47 Carmen 15/11/2010 a las 15:32

prescripcion ss

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48 Marina Valenzi 20/06/2010 a las 18:57

Hola me reclamaron la deuda y firme un papel en la seguridad social despues de de 5 años en algun caso y en otro despues de 10 El haber firmado un papel que me dieron en la SS mientre la deuda esta ya prescrita es legal ? se has renovado el plazo de la deuda o es contestable????
Gracias

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49 Sevilla 12/06/2010 a las 19:06

Tambien está modificado el art. 21

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