El plazo legal máximo que la empresa tiene para dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social es el día que éste inicia sus servicios como empleado o, lo que es lo mismo, el día que marca el contrato de trabajo como primero para la prestación de los servicios acordados, que será también reflejado fielmente en la nómina a los efectos oportunos. Dentro de ese día, no existe ninguna limitación horaria; el empresario dispone de las 24 horas del día para poder comunicar el alta, ya que ésta se realiza mediante el envío telemático directo de los datos, vía internet, a los servidores de la Seguridad Social. Esta acción se ejecuta a través del Sistema Red (modo on-line), o la Winsuite (modo diferido), servicios ambos que se encuentran a disposición del empresario de forma ininterrumpida. Muy al contrario, si el alta se hace mediante solicitud en papel, sí habría limitación horaria, ya que las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social permanecen abiertas sólo de lunes a viernes hasta las 14:00 horas, y la opción del fax no siempre es la más segura. De todos modos estas posibilidades han quedado obsoletas frente a la comodidad y rapidez de la comunicación telemática de datos.
Acabamos de hablar del límite temporal máximo que debe respetar el empresario, sin embargo es posible comunicar el “alta con carácter previo”, en concreto con una antelación de hasta 60 días naturales respecto a la fecha real de inicio de la actividad del empleado. Pocas empresas realmente utilizan todo ese plazo de antelación, ya que la realidad del mercado de trabajo es tan dinámica y cambiante hoy en día que una semana o unos pocos días, para evitar sorpresas de última de hora, suele ser el plazo realmente escogido por la empresa en la mayoría de los casos. Hay que recordar que las altas con carácter previo son útiles, pero también necesarias, no sólo porque permiten a la empresa organizarse con tiempo sino porque también posibilitan, por ejemplo, dar de alta un viernes a un trabajador de fin de semana, cosa que de otra forma no sería viable en muchos casos.
El alta que se comunica en un día posterior a aquel en el que se inicia la prestación laboral se denomina “alta fuera de plazo”, y puede resultar enormemente perjudicial para la empresa si fuera objeto de Inspección Laboral, ya que puede enfrentarse a una sanción de entre 300€ y 600€ por cada una de las altas que fueron comunicadas fuera de plazo. Hablaremos más adelante de cómo la empresa esquiva esta posibilidad y de los efectos de su acción en la nómina del trabajador.
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Hola, en una ocasion en este foro se hablo de que habia una administracion que ponia en plazo las altas dadas fuera de plazo (la de la calle la cruz en Madrid), por favor, necesito saber si sigue haciendolo, o si alguien conoce alguna donde lo hagan, he tenido problemas y he tenido que dar algunas fuera de plazo, sin mala fe, ha sido por descuidos simplemente, y las cotizaciones estan correctas, por favor a ver si alguien puede ayudarme..
Muchas gracias Admin,
La duda me surgió por preguntarle a un “amigo” gestor… vaya cara que tiene!… me decía una y otra vez que yo no podía hacerlo, que tenía que ser a través de una gestoría… ¡Deja que lo vea en la comida que tenemos mañana!… Se va a enterar.
Ya tengo el programa instalado y funcionando, y lo pagamos el próximo mes de enero.
Por si le interesa a alguien mas: “SLDI Geslaboral”; muy fácil de usar y mantenimiento con un trato personal impecable, (muy profesionales) precio aceptable. 300€/año por menos de 10 trabajadores. Nos estamos ahorrando ya casi 850€/año.
Muchas gracias de nuevo.
Hola,
Llevo trabajando casi dos años en un empresa, en verano me dieron un mes de vacaciones para irme fuera (vacaciones gratis, sin contrato). A la vuelta me incorporé al trabajo y aunque pedi más de 5 veces mi nuevo contrato y mis nóminas nunca me las dieron, pasados 4 meses me hicieron un nuevo contrato y al solicitar la vida laboral me di cuenta de que esos 4 meses no había estado dada de alta en seguridad social.
Hay alguna manera de reclamar para que consten esos 4 meses como trabajados? No tengo contrato ni nóminas ya que no me las dieron pero si puedo demostrar que he estado trabajando….
Hola Maria,
yo presionaría a la empresa para que te diera de alta fuera de plazo (se puede hacer). No obstante la empresa sabe que eso le puede costar una sanción de + 600€. Por lo que no lo va a hacer. Si no lo hace, y tienes pruebas suficientes de tu trabajo, puedes amenazarles con denunciarles a la Inspección de Trabajo. Diles que has hablado de todo ello con un sindicato, que está detrás de ti y te respalda. Normalmente esto debería ser suficiente, suele ser muy efectivo.
Hola a todos.
Mi pregunta va dirijida a admin
Yo trabajo en una empresa, de autos. y un compañero empezo a trabajar sin estar dado de alta en la seguridad social, un día tubo un accidente, y la empresa le dio de alta con 5 días antes de tener el accidente,
mi pregunta en ¿que la pasara ahora a la empresa y al trabajador.?
Un saludo. a todos
Hola luis,
al estar de alta cuando se produjo el accidente la empresa sólo tendría que responder a una posible sanción por alta fuera de plazo (actualmente unos 600€). Supongo que el trabajador estará de baja y si puede seguir trabajando cuando se mejore, se reincorporará a la empresa. Si no, habría que ver si tiene alguna invalidez que cause derecho a una pensión.
Ayuda … mi hermana tiene una pequeña asesoria y el otro dia dio de baja voluntaria a un trabajador por el sistema red ahora nos llaman de la empresa y dicen que no es voluntaria sino que lo despiden para que tenga paro…… el caso es que ella esta de vacaciones y yo no se manejar el sistema red …. podeís decirme que hacer existe algun plazo para modificar este hecho ….. GRACIAS …
Hola SARA,
si no han pasado 6 días naturales desde que tu hermana dio la baja, puedes eliminar la baja en el sistema RED y darla de nuevo como no voluntaria. Si no tendrías que presentar un escrito en la TGSS explicando lo sucedido. En cualquier caso, no es grave.
Buenas , tengo que dar de alta a una persona fija durante el mes de Abril a Octubre y a otras dos les haré altas y bajas los días que las necesite, soy autónomo, ¿qué tengo que hacer? ¿necesito contratar una mutua? qué mas??? un saludo
Hola Rubén,
tu pregunta nos ha parecido muy interesante y escribiremos un post sobre ello la próxima semana. Permanece atento.
Mi caso es parecido: tuvimos una inspección de trabajo y en una de las mesas pillaron a un amigo que estaba chateando no trabajando, claro que el inspector lo metio como empleado sin dar de alta. no le hemos dado de alta tampoco ni siquiera fuera de plazo pues el tiene su trabajo y nada tiene que ver laboralmente con nosotros. el problema es que la multa ha sido de 6.000€ seis mil euros, esto es normal? esa multa en estos momento nos obliga casi a tener que cerrar el negocio… quería saber si esto es normal, y como recurrir. gracias tambien si hay algun caso similar nos puede contar que hizo
Hola Mikel,
me dejas fuera de juego. No parece normal. No obstante intentad demostrar que es autónomo dentro de los plazos y en la forma que os indican en la sanción.
Hola, buenas tardes alguien me puede decir que tiempo hay para que presenten el contrato en el inem, y si no lo hacen en el tiempo reglamentario y no te dan de alta en la seguridad social ,
¿te tiene que hacer fijo en plantilla?
Muchisimas gracias
hola
solo quiero saber como me doy de alta en el seguro social ,
gracias y felicidades por tu pagina.
TENGO UN PEQUEÑO NEGOCIO ESTOY DADA DE ALTA COMO REPECO, TRABAJAMOS NADAMAS EN EL NEGOCIO MI ESPOSO Y YO, PERO MI PAPA ENTRO A APOYARNOS ULTIMAMENTE, Y QUIERO DARLO DE ALTA EN EL SEGURO SOCIAL, PERO NUNCA HEMOS ESTADO COMO PATRONES, COMO LE HAGO, A DONDE VOY A DARME DE ALTA COMO PATRONA ?, para poder dar de alta a mi papa en el seguro social ?
COTIZO EN EL SEGURO SOCIAL, PERO PRONTO EL NEGOCIO PEQUEÑO EN QUE ESTOY CERRARA POR PROBLEMAS FINANCIEROS, Y SE QUE A MI EDAD, ES DIFICIL CONSEGUIR OTRA VEZ EMPLEO, TENGO UN CREDITO DE INFONAVIT, LO VOY A SEGUIR PAGANDO, PERO QUIERO SEGUIR COTIZANDO AL SEGURO SOCIAL, PARA NO PERDER MI ANTIGUEDAD, COMO LE PUEDO HACER, SINO CONSIGO TRABAJO NUEVAMENTE, VOY A PERDER TODOS MIS AÑOS DE TRABAJO ??
Hola maria,
no sé a qué te refieres. Supongo que para ser autónoma. Es mejor que vayas a cualquier TGSS.
Hola a tod@s…y gracias por tomaros el tiempo de contestar!
…estoy en el paro (y me quedan 2 meses)…ahora he encontrado una empresa que me quiere contratar para solo 2 meses (quiza algo mas)…he empezado un periodo de prueba con exito en esta empresa, pero sin estar dado de alta aun (o sea sin estar dada de baja en el paro)…cual debe de ser la fecha correcta para darme de alta…¿puede ser anterior (para coincidir con la fecha que empecé el periodo de prueba)?…o debe de ser el mismo dia, que yo tambien se lo tengo que comunicar a la seguridad social?…despues de estos 2 meses, podré reanudar el paro que me queda?…
Ya veis…tengo mil preguntas y quiero hacerlo correctamente…asi que mil gracias por ayudar!
Saludos y mucho animo a tod@s,
Peppi
Hola, mi duda es la siguiente:
Poseo una explotación agrícola dedicada al cultivo de la fresa, la cual se encuentra en pleno auge. Debido al temporal unos días necesito 20 y otros días solo con 2 trabajadores me sobra para la recolección.
Mi pregunta es, si algún día necesitase de mas trabajadores de los que habitualmente dispongo, en caso de tener q verme obligado a contratar a trabajadores para la recolección ese mismo día, si tuviese una inspección a las 12:00 y no los tuviese dado de alta ya que en el campo no dispongo de las oficinas correspondiente y lo diese de alta a las 15:00 que pasaría?
Me surge la duda puesto que antes he leído un artículo en el cual decía que tenía un plazo de 24h si realizo un alta por internet desde la contratación del mismo.
Agradecería la respuesta por e-mail
buenas tardes:
Paso a comentarte un problema que me ha pasado, tuve de alta un trabajador al que dí de alta fuera de plazo, sin darme cuenta, el asunto que he tenido 2 inspecciones de trabajo, en la primera todo correcto y en la segunda, y con 1 año de tiempo desde el alta fuera de plazo, la inspectora de trabajo nos sanciona con 626 euros, por ese alta fuera de plazo. Es esto posible?, puedo recurrirlo de alguna manera?, dado que de todas formas he cotizado a la seguridad social por esos dias.
hola buenas tardes, tengo una inquietud ,porque fui despedido el dia 10-03-2010,cogi la carta de despido y me busque un abogado , despues de asistir al acto de conciliacion la parte demandada no asistio ,pero si me mando un burofax para que me presentara a trabajar ,lo cual yo no me negue . yo ya habia echado el paro el dia 15-03-2010 ,que fue aprobado una semana despues ,mi abogado me dice que me tengo que presentar a trabajar por no se que motivos ,solicito mi informe de la vida lavoral y me encuentro que estoy dado de alta en ambos sitios , es decir en la prestacion con fecha 11-03-2010 y en la empresa el dia 11-03-2010 con fecha de efecto 31-03-2010 , segun estas fechas por lo que leo en este parrafo de ustedes , ”El alta que se comunica en un día posterior a aquel en el que se inicia la prestación laboral se denomina “alta fuera de plazo”
creo que estoy en fuera de plazo , por favor ¿ me lo podeis confirmar ?
gracias de antemano
Hola, tengo una duda con unas altas en la seguridad social: son unas chicas que van a trabajar como azafatas-promotoras, y un dia antes, les van a dar una formación que además es retribuida, ¿tienen que estar este dia de alta en la seguridad social, por considerar que ha empezado la relación laboral?¿o se les da de alta el mismo día que empieza el trabajo?
Muchas gracias.
una persona de 17 años se puede dar de alta ante el imss
Actualmente estoy en el paro, tengo 58 años y se me acaba en enero del 2011. actualmente estoy cotizando con una base de cotización de unos 2475€.
Quisiera saber, cuanto tendria que pagar de mi bolsillo a la SEG.social, si quiero seguir cotizando con la misma base, hasta los 61 años. Fecha en la que pienso jubilarme.
hola
Mi experiencia es temprana ya que el mismo dia que di de alta a un trabajador, recibimos una inspeccion y como no concuerdan las horas , porque el inspector llego a las 10:30 y se le dio de alta a las 12, dice que nos va a sancionar. Le hemos aclarado que tenemos una trayectoria intachable, pero el dice que si no hubiera ido que no le habriamos dado de alta. Mi pregunta es ¿Cuanto puede ser la cuantia de la sancion y a quines van a sancionar(subcontrata y constructora)? ¿Se puede demostrar o recurrir de alguna manera que no fue con esa intencion?
Saludos
en un apartado mencionas los recargos que se le hacen a una empresa por no dar de alta en el seguro social al personal de nomina(trabajadores)lo diste en euros.
yo vivo en mexico
Hola admin, felicitaciones por tu página, una cuestión, me cogieron trabajando sin estar dado de alta, y antes de esto, solicite la ayuda R.A.I. por tener el año inscrito en el paro, y ser mayor de 45 años, y estoy pendiente que me comuniquen si me conceden o no, por derecho me pertenece, mi pregunta es:, podrían, no concederme ésa ayuda, por haber estado trabajando sin estar dado de alta?, el empresario, me hizo un contrato de dos horas, solo por el dia, que la Inspectora me cogió, según comentó el gestor una vez pasada la inspección, que tenía que hacerme ése contrato el empresario y posiblemente (seguro), le sancionen con 6.ooo €, pero no sé si me negaran ésa ayuda por esta circunstancia, o si me sancionaran con algunos meses, si me la conceden, qué tipo de sanción podrían imponerme a mí??.. Gracias.
disculpen como podemos forzar a mi patrona para que nos de dealta enel IMSS somos como 20 trabajadores y no lo ha hecho
somos trabajadores y siempre estamos en la calle trabajajando (construccion) mi patrona no nos ha dado de alta como podemos forzarla sin que note que fuimos sus trabajadores quien lo solicitados
Como proceder para dar de alta a un trabajador que no estará laborando en la matriz? Estamos expandiendonos, la empresa está en el estado de Sinaloa pero el trabajador estará en Sonora. Como le daran atención médica en su ciudad?
Me comentan que hay que hacer un escrito para el seguro pero no tengo idea de como hacerlo ni que debe de contener.
Espero su ayuda. Gracias!
Aunque estuve trabajando , no aparezco en la seguridad social, si consta que coticé. Cómo puedo hacer que se me reconozca ese año de trabajo?
gracias
Hola Rocío Hernandez,
solo hablamos de temas españoles.
hola lola,
no aparecer en la seguridad social y constar que cotizaste parece contradictorio, o no he entendido bien.
Hola, aver, trabajo para una ETT, en una multinacional, estoy haciendo una baja, por lo que la SS me envió un sms. diciendome que me había dado de baja el día 20 de este mes y todavía estoy trabajando, pero claro, sin estar de alta.
La empresa en la que estoy no sabe nada y es una empresa que lleva el tema de la seguridad social a raja tabla con sus trabajadores.
He llamado a la ETT, y me han respondio que la carta para darme de alta en la seguridad social está mandada, pero que no habrá llegado. El caso que hoy ha sido el sexto dia que trabajo sin estar de alta. No sé, estoy flipada, alucinada y siento hasta verguenza ajena, que morro, trabajo para ellos y encima.
He pensado ir al INEM a preguntar sobre este tema, si debo comunicarlo a la empresa en la que trabajo, si debo presentarme en la ETT y comprobar todos los dias que he trabajado con ellos aver si he estado de alta, pués ya no me fío.
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