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Salario pactado en neto y regularización de irpf en julio: 4 posibilidades, sólo 1 honrada

26/07/2008 · 18 Comentarios · Contratos, Nomina

Artículo en respuesta a Javier.

Ya hemos hablado de las funestas consecuencias de pactar el salario en neto. Recapitulando, y al hilo del comentario de Javier, podríamos decir que existen cuatro posibilidades con los salarios pactados en neto en las nóminas de julio a diciembre.

  1. Que la empresa decida recalcularte el irpf a la baja, como a los demás. En este caso descendería también y en la misma proporción tu salario bruto, ¿por qué?, porque para el cálculo de este tipo de nóminas se tienen que elevar las cantidades netas a brutas, y una de las “palancas” sobre la que se sustenta este cálculo es el porcentaje de irpf, que sería menor. Consecuencia: tú cobras lo mismo y la empresa se ahorraría coste. Esta opción es la más practicada, y es el origen del profundo malestar de los trabajadores.
  2. En segundo lugar, te dejan el tipo como está, pero te practican la devolución. Es decir, como en la nómina de junio, te devuelven una cantidad fija, sin tocar el tipo. Consecuencia de esta opción: cobras más de lo pactado, y la empresa no tiene ningún coste adicional. Es decir, la empresa se vuelve generosa, y se olvida del pacto a netos. No parece mal negocio para el trabajador pero pueden existir severos errores en el cálculo de dichos importes, y si la empresa calcula más devolución de la que realmente te corresponde podría meterse en problemas.
  3. En tercer lugar, como variante de la anterior, se calcula también la devolución “a vuela pluma” y la cantidad resultante se eleva a bruto, lo que supone mayor coste para la empresa y más neto para ti, con lo que la opción se descarta sola.
  4. Por último, se deja todo como está, para que el trabajador recupere lo que le queda en su declaración. Consecuencia: nadie gana, ni la empresa, ni el trabajador. Ésta es la opción que ha dado la empresa a Javier. Esta aparente indolencia de la empresa esconde sin embargo, a nuestro parecer, un verdadero conocimiento de la situación, ya que de este modo la empresa renuncia a beneficiarse de la coyuntura y deja el campo libre para que el trabajador cobre el resto de la deducción en su declaración. Me parece la solución más honrada porque en el caso del punto 1 (la más extendida), si finalmente se incorpora una casilla para los 400 euros en el certificado anual de retenciones, la empresa lógicamente dirá que ha aplicado la medida, y el trabajador podría quedarse sin su parte de la deducción. El riesgo existe.

La solución que proponemos desde tusnominas es “encauzar” a la empresa hacia el apartado 4 solicitando un irpf voluntario mayor, que para sueldos que no varían de un mes a otro (como suele ocurrir con los sueldos pactados en neto), podría ser el mismo que se tuvo en la nómina de junio y anteriores.

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18 comentarios hasta ahora ↓

  • 1 JUAN CARLOS // 30/07/2008 a las 7:09 pm

    Hola, me gusta tu blog y tengo unas preguntas muy interesantes que hacerte.

    Si cobro 1200€ brutos de los cuales 300€ se los doy a Hacienda, me quedan 900€ netos pagando un 5% de IRPF. En mi nomina existen conceptos como “Plus de garantia” y otros… Todos ellos cotizan. En el mes de Julio La empresa aplica la reducción del IRPF al 0,33% (cosa que subiria el valor neto) y seguidamente me quita uno de los “Pluses” con el fin de que cobre exactamente lo mismo (900€).

    ¿Dónde se ha ido ese dinero?
    ¿Hacienda creera que lo he disfrutado yo a la hora de declarar?
    Teniendo en cuenta que no te pueden devolver mas de lo que te te retienen ¿Puede esto afectar al computo de la Declaración?
    ¿Gana algo la empresa con todo esto?
    ¿Es un fraude lo que me hace mi Jefe o es un fraude “ZP” como dice él?

    Estoy en dificultades. Teniendo en cuenta mi renta tan baja me parece una falta de decoro por parte de mi jefe pues posiblemente ni siquiera llegue a cobrar integramente ese dinero.

    Gracias

  • 2 admin // 30/07/2008 a las 10:35 pm

    Hola Juan Carlos, qué tal,

    lo que ocurre es que tienes el salario pactado en neto, y que además estás encuadrado en el supuesto 1 del artículo, por eso ha “desaparecido” parte de tu bruto. No obstante, ya que dices que tu sueldo de por sí es bajo, te recomiendo que te hagas con el Convenio que te esté aplicando la empresa y te cerciores de que sigues superando el sueldo que dicho Convenio, o su última revisión salarial, establece para tu categoría, ya que estos salarios son “intocables”, incluso aunque hayas pactado tu salario en neto.

    Un cordial saludo.

  • 3 JUAN CARLOS // 31/07/2008 a las 3:52 pm

    Me temo que el sueldo esta bien. 35 horas semanales, convenio oficinas.

    Gracias, tu opinión viene a confirmar un “fraude legal” que nos está sucediendo a muchos.
    Entiendo entonces que mi declaración será como el año pasado, sólo qué, por tener una hipoteca y dos hijos las ayudas del Estado no me las ingresarán a mi cuenta corriente sino que se las habrá quedado mi jefe para que se comprarse un caballo ¿Me equivoco?

    No entiendo como puede haber Gobiernos tan ingénuos y empresarios con tan pocos escrúpulos.

    Espero que mi experiencia le pueda servir a alguien. Gracias por regalarnos La Verdad en tu blog.

    La Verdad te Hará Libre. Juan 8:31-59
    (aunque no sea religioso me viene al pelo)

  • 4 Josico // 26/08/2008 a las 3:50 pm

    Hola!! No entiendo como se puede calcular la devolución a “vuela pluma” como indicas en el artículo. ¿Sería dividiendo 200 € (siempre que en junio me hayan devuelto esa misma cantidad) entre 6 (si tengo pagas prorrateadas) ó 7 (si tengo la paga de diciembre) y el resultado se “devuelve” como en junio dejando igual el tipo de retención del mes anterior (es decir, opción 2 de la que indicas). Un saludo.

  • 5 admin // 26/08/2008 a las 6:33 pm

    Hola Josico,

    sí, a eso nos referíamos. Por ejemplo, si en tu caso te quedaran 200 euros a devolver en las nóminas de julio a diciembre (sin extras), la empresa podría calcular lo siguiente 200/6=33,33. La empresa añadiría esos 33,33 a tu neto habitual y elevaría la cantidad neta resultante a bruto. De todas es la opción más imposible, digamos que conjuga el pacto a netos con un mayor neto, cuando lo más lógico es tomar partido por una de las dos acciones. Hemos intentado dar una idea general plasmando todas las posibilidades imaginables.

    Un saludo.

  • 6 DC // 02/09/2008 a las 12:53 pm

    Hola, no entiendo nada…
    En mi empresa no aplican ninguna de las 4. Resulta que desde julio que estoy cobrando menos. He preguntado y me dicen que ahora me retienen más IRPF porque ha salido una ley que ha cambiado las tablas ¿es esto verdad? No encuentro nada al respecto… pr es que de esta manera no es que no cobre los 400 € sino que pago 600€. No lo entiendo…. Gracias por todo.

  • 7 admin // 02/09/2008 a las 8:45 pm

    Hola DC,

    te remito a la respuesta dada a tus misma pregunta en otro artículo.

    http://piurl.com/p/Q4w

    Un saludo.

  • 8 ANA ISABEL // 08/09/2008 a las 2:51 pm

    hola, ¿puedo exigirle a mi empresa que me deje la nomina como está sin aplicar retenciones tal y como indicas en el punto 4? y beneficiarme de la deducción el año proximo en mi declaracion de hacienda???
    En mi empresa me han dicho que no y se han quedado tan campantes y con parte de mi deduccion pues tengo un salario pactado en neto (tonta de mi), ¿puedo apoyar esto legalmente de algun modo? Muchas gracias.

  • 9 maria // 14/09/2008 a las 1:35 pm

    hola, menuda la que nos ha montado Zapatero.
    Yo tengo un sueldo pactado de 1100€ pagas incluidas (menudo sueldazo) y una deduccion del 8% irpf. El primer mes me ingresaron 87€ mas en la nomina total 1187€ pero en el segundo me dijeron que ya no me pertenecia nada más y me bajaron el irpf a un 3,25% ¿Es esto normal o son muy listos en la gestoria?

    Del 09/09/2008 a las 6:25 PM

  • 10 admin // 16/09/2008 a las 9:00 pm

    Hola ANA ISABEL,

    Está claro que no todas las empresas son tan comprensivas para aceptar el punto 4, pudiendo beneficiarse del punto1.

    En cualquier caso, el trabajador puede solicitar un % irpf voluntario superior al que le corresponde. Lo que ocurre es que en este caso, si aumentas tu irpf aumentas el coste que asume la empresa, y de ahí su negativa.

    Sin ir más lejos Hacienda lo recordaba en la nota informativa relativa a los 400 euros, te la adjunto, punto 2.c)

    http://piurl.com/p/3dE

    Un saludo.
    Publicado el 09/10/2008 at 10:35 PM

  • 11 admin // 16/09/2008 a las 11:44 pm

    Hola maria,

    a partir de julio la deducción se hace mediante una minoración de tu tipo de irpf, si te deducen menos por el concepto de irpf, también verás más neto en tu nómina.

    Un saludo.

    Publicado el 09/10/2008 a las 10:41 PM

  • 12 Marta M. // 26/09/2008 a las 11:16 am

    Hola! mi duda es la siguiente:
    Tengo un sueldo pactado en neto de 1000 euros, en la nomina de Junio me devolvieron la parte correrspondiente a mi retencion (que es de un 12%), unos 150 euros, hasta aqui bien, pero en las últimas nominas (Julio y Agosto) me he dado cuenta de que me retienen un 8,9% y no un 12%, como siempre, pero el neto no ha cambiado. Tengo derecho a reclamar?

  • 13 admin // 27/09/2008 a las 11:55 am

    Hola Marta M.

    lo único que puedes hacer es lo que proponemos al final del artículo.

    Un saludo.

  • 14 miguel // 05/10/2008 a las 11:01 am

    Hola, mi consulta es la siguiente, es sobre la dedución de los 400 euros. Mi resultado neto de la nomina es de 1.ooo euros, mi salario base es de 923,28 el IRPF es un 6%. Yo no he percibido nada, ya que me han bajado la base para que el resultado sea de 1.000 euros netos a cobrar, yo he preguntado en la Agencia tributaria y me dijeron que hiciera un escrito con la renuncia del abono de los 400 euros en las nominas firmado por mí, pero la asesoría y la empresa dice que no es así. Yo no he firmado desde junio ninguna nomina, pero no sé que hacer legalmente, ya que Hacienda me dice una cosa y ellos hacen otra y no sé como solucionarlo. Gracias y un saludo.

  • 15 admin // 07/10/2008 a las 1:29 am

    Hola miguel,

    Lo que te ha comentado Hacienda es lo mismo que recomendamos en el artículo.

    Siento decir esto (de verdad), pero si no acceden, al tener tu salario pactado en neto por contrato, no le veo otra solución.

    Un cordial saludo.

  • 16 miguel // 14/10/2008 a las 11:16 pm

    Hola, de nuevo con relación al comentario escrito el día 5/10, sobre la deducción de los 400 euros. La nomina es el neto, pero no tengo ningún salario pactado con la empresa ni firmado ni firmando ningún contrato que lo verifique. Le puedo exigir de algún modo algo a la empresa, que pasos debo de seguir. Gracias anticipadas. Un saludo.

  • 17 admin // 15/10/2008 a las 11:47 pm

    Hola miguel,

    si no has firmado ningún contrato, eso trae consigo otras consecuencias que te podrían beneficiar como por ejemplo tu consideración como indefinido dentro de la empresa, pero es evidente que cobras 1.000 euros netos y ello obedece a un pacto previo, sea escrito o no.

    Obviamente, podrías presionar a la empresa para que aceptara tu petición recordando la irregularidad de tu situación, pero es algo que ya debes considerar tú sopesando los riesgos.

    Un saludo.

  • 18 Alicia // 30/12/2008 a las 3:00 pm

    Buenos días, en primer lugar felicidades por tu artículo, y en segundo una duda, yo también tengo el salario pactado, y mi IRPF es siempre de 223 con algo, en el mes de julio me aplicaron el IRPF total y en un anexo me aparece la devolución de 200 euros, ningún otro importe varió ni lo más mínimo. Desde entonces hasta la nómina de diciembre no me han devuelto nada ni me han minorizado el IRPF, y la gestoría me ha dicho que me lo devolverán en la renta, ¿esto es así? por lo que he leido habrá una casilla para solicitar la devolución de los 400, pero ¿también se podrán solicitar sólo 200?
    Gracias por todo, un saludo

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