Si cambias de trabajo y te despiden antes de 3 meses, te quedas sin paro: reforzando el “no es el momento”

by admin on 11/06/2009 · 28 comments

Muchos ciudadanos de a pie desconocen este punto, por eso consideramos que es bueno sacarlo a la luz, y más en tiempo de crisis. Todos en alguna reunión de amigos hemos escuchado decir a alguien que está harto de su trabajo, pero que “no es el momento” de abandonar. El miedo a perder el trabajo paraliza decisiones que en algunos casos estaban ya casi tomadas.

A este miedo por el futuro incierto puede añadirse otro justificado en cierta base normativa. Para el trabajador que abandona voluntariamente su trabajo y accede a uno nuevo en el que resulta despedido el art. 208.1.1.g LGSS dispone:

[los trabajadores] se encontrarán en situación legal de desempleo…por resolución de la relación laboral, durante el periodo de prueba, a instancia del empresario siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a algunos de los supuestos contemplados en este apartado o haya transcurrido un plazo de 3 meses desde dicha extinción.

Es decir:

  1. a estos efectos no importa lo mucho o poco que hayas cotizado a la Seguridad Social, ni durante cuánto tiempo,
  2. tampoco influye el hecho de haber sido despedido,
  3. a pesar de conectar esta excepción con la circunstancia de encontrarse el trabajador en periodo de prueba (de lo que podría extraerse que si el trabajador es despedido después de este periodo sí tendría derecho a paro), el INEM en sus resoluciones deniega igualmente la prestación si no ha transcurrido más de 3 meses desde la extinción del anterior contrato. Para ello, se basa en la presunción de fraude de ley prevista en el art.6.4 del Código Civil.

A pesar de lo actual que pudiera parecer, este cambio fue introducido en la ley en el año 2002 para prevenir el fraude en el cobro de prestaciones, pues no era infrecuente que algún amigo empresario se ofreciese a dar de alta al trabajador durante un sólo día para que éste pudiese cobrar la prestación al completo.

Artículos relacionados:

  1. En tu primer trabajo, más te vale no caer enfermo los 6 primeros meses
  2. La casilla de los 400 euros: nunca antes una sola casilla creó tanta expectación
  3. Cambio del devengo de las pagas extras de seis a doce meses: ¿las que entran por las que salen?
  4. 420 euros y paro: un resumen práctico
  5. Más paro y más impuestos = más economía sumergida

{ 28 comentarios }

1 Luciana 08/02/2012 at 14:07

hola, mi caso es el siguiente:he cotizado durante dos años en regimen general(2006-2008), en marzo de 2008, me di de akta en autonomos,por lo cual pedi la baja voluntaria en mi trabajo, hoy dia la cosa no me va nada bien y queria saber si me doy de baja como autonomos y consigo un contrato de aunque sea un mes si tendre derecho a cobrar paro, gracias!!

2 hector 13/12/2011 at 03:16

hola queria saber si me podias ayudar, me di de baja voluntaria en la empresa en la que estaba por razones personales,fui al inem y me dijeron que no podia obtener la ayuda aun teniendo tiempo cotizado para eyo,ya han pasado mas de 3 meses desde que me di de baja voluntaria,la pregunta es¿si me doy de alta en alguna empresa un solo dia,puedo cobrar la ayuda?¿que tipo de contrato han de hacerme?espero que alguien me pueda ayudar
saludos.

3 alejandro 07/12/2011 at 21:10

hola mi situacion es la siguiente estaba en el paro y coji un trbajo por ETT que ahora no puedo con el es demasiado fisico para mi y saber si puedo dejarlo yo en los 15 dias de prueba y cobrar el paro o me tienen que despedir ellos gracias.

4 sandra 29/10/2011 at 21:03

Hola. Mi caso es el siguiente…Yo cause baja voluntaria en mi anterior trabajo, y tras dos meses en desempleo, empiezo a trabajar el día 1 de octubre con un contrato de tres meses, donde el primero es de prueba. Pues bien, acaban de comunicarme que no he superado el periodo y que causo baja con fecha 30 de octubre. Yo tengo cotizado año y pico de paro. ¿Estoy en el derecho de cobrar la prestación?
El día que cause baja voluntaria en mi anterior trabajo fue el 30 de julio, por lo tanto han pasado justo tres meses.

5 DANIELA 03/10/2011 at 15:55

BUENAS!
Estoy cobrando prestacion de desempleo.No entiendo bien si empiezo a trabajar por ejemplo con un contrato de tres meses, y al final me despide puedo cobrar el paro que me queda ?( me queda un año y medio de paro)
Gracias, un saludo

6 Patxi 11/06/2011 at 19:46

Os comento mi caso: Dejo voluntariamente mi trabajo por entrar a otro, en este nuevo con contrato indefinido y 6 meses de prueba decide la empresa que al 1mes y medio no he superado el periodo de prueba (tengo claro que ahí no cobraba el paro), estoy dos días contratado por una ETT?… puedo solicitar el paro ahora?….

7 Raquel 28/05/2011 at 00:19

Hola, yo estuve contratada por más de 5 años en una empresa, luego me hice autónoma por 1 año, pero no funcionó: ahora me contrataron por 3 meses pero me han despedido después de 1 mes a prueba: puedo bajo estas circunstancias tener paro???? Nunca he cobrado paro antes.
Gracias,

8 Raquel 28/05/2011 at 00:17

Hola, yo estuve contratada por más de 5 años en una empresa, luego me hice autónoma por 1 año, ahora me contrataron por 3 meses pero me han despedido después de 1 mes a prueba: puedo bajo estas circunstancias tener paro???? Nunca he cobrado paro antes.
Gracias,

9 iván 02/03/2011 at 09:54

Hola, me gustaria saber si estando de baja, el tiempo que he gastado de mi paro, lo puedo recuperar al darme de alta y trabajar en los 15 dias siguientes aunque sea un par de días, y luego pedir el paro completo sin que me hayan restado el tiempo de baja
gracias y saludos

10 luis 15/01/2011 at 00:23

LES CUENTO MI CASO..
YO TENGO MÁS DE 4 AÑOS COTIZADOS EN LA SEGURIDAD SOCIAL. HACE 4 MESES ME DESPIDIERON Y EMPECÉ A COBRAR EL PARO.
HACE UNA SEMANA EMPECÉ A TRABAJAR EN OTRA EMPRESA, Y AHORA EN EL PERIODO DE PRUEBA ME HAN DESPEDIDO.
EN TOTAL SOLO HE CONSUMIDO 4 MESES DE PARO, PERO AHORA ME SURGE LA DUDA DE SI TENGO DERECHO A SEGUIR DISFRUTANDO DE LO QUE ME RESTA DE PARO

11 IRMA 03/01/2011 at 13:23

he trabajado en una campaña de navidad antes de finalizar unos 4 dia, me fui del curro porque me ofrecieron para cubrir una baja por larga temporada,a los 7 dias de estar trabajando volvio la chica a quien remplazaba y me despidieron en periodo de prueba, no puedo cobrar el paro, ahora me consegui para reemplazar por 30 dias las vacaciones de los empleados en un restaurante. mi pregunta es me daran el paro si empiezo a trabajar el 10 de enero hasta el 10 de febrero.

12 carmen 02/10/2010 at 18:25

Hola, estaba cobrando prestacion de desempleo y me quedaban 15 meses,cuando comencé a trabajar en otro sitio que a los 4 días dejé por encontrar otro trabajo que me gustaba más.
Mi contrato es de dos horas diarias y termina en 3 meses. Podría recuperar la prestacion de los 15 meses que me quedan, cuando finalice el nuevo contrato

13 Rosa 17/09/2010 at 23:56

Gracias por sacarme de dudas. Precismente yo trabajé un año en una empresa y me di de baja voluntariamente, conseguí un contrato de verano que duró dos meses y veinticinco días, se supone que no me echan ni me voy sino que el contrato finaliza, por tanto, puedo cobrar el paro, ¿he entendido bien? Muchas gracias.

14 admin 15/08/2010 at 11:07

Hola xim,

Buen punto de vista, ciertamente esta regla supone un daño “colateral” para los chicos buenos.

15 xim 14/08/2010 at 01:49

si te pones a pensar en lo bueno es que el que quiere cobrar el paro por la cara, lo unico que tiene que hacer es, decirle al jefe que le arregle los papeles del paro ,o buscar un trabajo y hacerse el buen chico tres meses o buscar un contrato de verano ,y al que molestan es al quequiere mejorar de trabajo que lo tienen 3 meses acojonado en la nueva enpresa y aun asi te tachan de intento de estafa que no se si te sancionaran ,manda huevsss

16 xim 13/08/2010 at 23:20

como he comentado anteriormente esto sucede si eres despedido en el periodo d tres meses en el 2º trabajo,pero si tu 2º trabajo es de dos meses o de 15 dias y no es despido, si no finalizacion de obra y servicio te pagan el paro , otra cosa muy importante es que lo chicos del paro se pongan remolones y te la juegen y se salten la ley, y te toque llevarlos a juicio o reclamar a un alto nivel, y entonces pasara que te tiraras una buena temporada de juicios o de reclamaciones sin cobrar ni un duro haste que salga la resolucion

17 xim 13/08/2010 at 23:07

todo este hecho viene supuesto a despido antes de tres meses de dejar el trabajo,pero no a la extincion del 2º trabajo por obra y servicio .

18 Aritz 28/07/2010 at 20:51

He estado leyendo y la verdad no he entendido nada, para lo que es mi caso al menos. Mi situación es la siguiente. Me despidieron estando de baja. Pasado un mes me dieron de alta y fui al Inem y me dijeron que si no quería que me restaran el mes que estuve de baja. Tendría que conseguir un contrato. Pero mi pregunta es, si yo empiezo en un trabajo, teniendo eso 15 días de prueba, me echaran en tres días, luego podría pedir el paro?me lo darían?
Muchas gracias.
Saludos.

19 P 16/06/2010 at 12:09

Buenas
No entiendo muy bien… osea que si yo dejo voluntariamente un trabajo, estoy 6 meses sin trabajar y me contratan y me despiden en 2 semanas, al mediar 3 meses entre despidos tendría derecho al paro? siempre contando que tengo 5 años de cotización acumulada…

gracias

un saludo

20 admin 27/10/2009 at 14:44

Hola laura,

1) sí, básicamente esa es la idea,
2) los 3 meses es el tiempo que debe pasar para que no importe en absoluto como fue tu baja en el anterior trabajo.

21 laura 26/10/2009 at 13:06

hola a todos, leyendo vuestros comentarios no me queda claro el tema, os expongo lo que yo entiendo :

estas en una empresa y te das de baja voluntariamente
a continuacion empiezas en otra empresa, y al cabo de un periodo inferior a 3 meses te despiden, en este caso es en el que no tienes derecho a paro? o lo de los tres meses es el tiempo que debe de pasar entre la baja voluntaria y el despido nuevo?

22 admin 24/10/2009 at 02:23

Hola juan,

no sé, ¿tal vez trabajar en otro lugar?.

Un saludo.

23 juan 24/10/2009 at 00:31

Me parece una auténtico atropello contra los derechos del trabajador… Qué pasa si te cambias de empresa y a los pocos días ves que te has equivocado???

24 teeresa 18/06/2009 at 13:27

El art. 6.4 del Código Civil sobre el fraude de lay. La contratación de corta duración busca eludir la aplicación de los art. 208.2.1 y 203.1 y 2 del TRLGSS que le impiden lucrar la prestación por desempleo respecto al cese voluntario en el trabajo.

25 Laura 17/06/2009 at 13:32

Buenos días,
Yo entiendo, leyendo el artículo 208.1.1.g LGSS, que el punto g se refiere únicamente a la resolución de la relación laboral durante el periodo de prueba, y que la distinción la hace entre haber cesado en el trabajo anterior por una causa legal de desempleo y una baja voluntaria.
Entonces, en el caso de haber cesado de manera voluntaria en el último trabajo, si te dan de baja por periodo de prueba, o han pasado más de tres meses desde la baja voluntaria o no se considera situación legal de desempleo.
Si el legislador hubiera querido que el cómputo de los tres meses fuera para todos los casos lo habría incluido en el redactado del punto 1 en general no específicamente en el punto g (el cual habla de la situación legal de desempleo por resolución de la relación laboral durante el período de prueba).
Es mi humilde opinión, si tenéis jurisprudencia que confirme lo contrario os ruego que me la indiquéis.
Saludos,
Laura

26 Pep 12/06/2009 at 03:10

Ok, releyendo el artículo 208.1.1.g LGSS me queda ahora perfectamente claro, deben mediar 3 meses entre la baja voluntaria y la segunda baja (de cualquier tipo) o perderemos el derecho a desempleo, punto.

En una primera lectura entendí ERRÓNEAMENTE que para tener derecho al paro debíamos estar en alta al menos tres meses íntegros en la “empresa de nuestro amiguete” :-)

27 Pep 12/06/2009 at 03:02

Me da la impresión que eso solo pasa si entre la baja en una empresa y la baja en la otra median menos de 3 meses, pero ¿y si esos 3 meses los pasamos sin trabajar?, ¿ seguiríamos sin derecho a prestación de desempleo?. A mi me lo han comentado esto tambien, pero me indicaron que mientras entre una baja y otra medien mas de 3 meses no te ponen problemas (digamos que no las salta el aviso en el ordenador del SPEE)

28 Juan 11/06/2009 at 23:20

Pues sí, como bien comentáis es cuando cambias voluntariamente de trabajo. Sí ya estas percibiendo una prestación o subsidio por desempleo y te contratan, aun cotizando menos de 3 meses sí puedes recuperar la prestación que cobrabas anteriormente en caso de despido o fin de contrato.

Deja tu comentario