Estos días, como cada año por estas fechas, muchos trabajadores recibirán sorpresas poco agradables al recibir su borrador de la declaración de la Renta. ¿Cómo es posible que me toque pagar?, ¿y además tanto?. Hace unos días un cliente me hacía estas mismas preguntas. Mi primera respuesta fue decirle que no solo es posible, sino que es muy posible. Ocurre muy a menudo cuando una persona ha tenido más de un trabajo a lo largo del año, en estos casos varias empresas han calculado tu irpf y cuando esto sucede…empiezan los problemas. Una vez identificada la causa, el cliente busca automáticamente responsabilidades: ¿de quién es la culpa?, ¿de la empresa A, de la empresa B, o (la que más duele) vuestra?.
Para explicarlo mejor recurriré al ejemplo real de este cliente: esta chica había estado trabajando durante el mes de enero en otra empresa, la empresa A, y a partir de febrero pasó a trabajar para nuestra empresa cliente, o empresa B. Su sueldo aquí es de unos 18.000€ brutos al año, y por lo que me comentaba, en su anterior trabajo era similar. Nosotros le calculamos el tipo de retención desde la fecha de su alta en la empresa B hasta final de año, pues tenía un contrato indefinido, ¿parece lógico verdad?. Le mandé por e-mail un informe sobre sus retenciones aplicadas durante el 2007 en la empresa B, y otro sacado del programa oficial de Hacienda, cuadraba, pero ella seguía sin creerlo. !Pero si en la empresa A estuve varios años y nunca tuve problemas, siempre me retuvieron bien!!. ¿Porqué en el 2007 lo iban a hacer mal?, la respuesta es sencilla: porque en el 2007 causó baja. En estos casos muchas empresas optan por regularizar el irpf, es decir por recalcular el porcentaje a aplicar, considerando que lo que ha ganado en la empresa (A), va a ser todo lo que va a ganar el trabajador en el año, lo que supone automáticamente un 0% de retención, que es totalmente lógico por otra parte.
¿De quién es la culpa entonces?. “La culpa” no es sino de la propia trabajadora, ella podría haber evitado este contratiempo informándonos desde el principio que había trabajado en otra empresa y pidiéndonos que le calculáramos el irpf no desde su fecha de alta, sino por todo el año, lo que suaviza en gran medida estas desagradables sorpresas. Otra opción, dado que si fue baja voluntaria, era porque ya había conseguido este otro trabajo, hubiera sido comentar a la empresa A que no le tocaran el irpf, pero tampoco lo hizo.
En definitiva, en casos de despido, quien debe arreglar el entuerto es la siguiente empresa, pero con la necesaria colaboración de la trabajadora.
¿Te ha pasado esto o algo parecido alguna vez?, coméntanos tu caso.
14 comentarios hasta ahora ↓
1 coco // 25/05/2008 a las 1:02 pm
si y no me he enterado aún, a quién le pido que no me toque los dfsdfsdf del IRPF, causando baja voluntaria, de la que me voy o a la que entro,a A ó B?.
2 admin // 25/05/2008 a las 7:49 pm
Qué hay coco,
en caso de baja voluntaria, podrías pedir a la empresa que abandonas (A) que no te baje el tipo de irpf, o a la empresa a la que te vas (B) que te calcule el irpf por todo el año. La primera opcion (con la empresa A) también puedes utilizarla cuando eres despedido, naturalmente, pero es que en este caso entiendo que no sabes realmente cuándo vas a trabajar de nuevo y es muy posible que prefieras cobrar el máximo neto posible. Por eso en caso de despido la mejor opción pasa por la empresa B.
Ten en cuenta una cosa importante, que se desprende del artículo, la empresa está obligada a calcular el irpf básicamente en relación a las rentas obtenidas en la empresa y a la situación familiar del trabajador. Éste no puede pedir que se le retenga menos, pero sí puede solicitar que se le retenga más. Puede hacerlo mediante escrito informal a la empresa debidamente firmado, o desde el e-mail del propio trabajo, pues la empresa pedirá un soporte, pero no se negará a hacerlo, ya que es totalmente legal.
Espero haberte respondido,
Un cordial saludo,
3 janeth // 25/06/2008 a las 1:03 pm
hola, el año pasado en el mes de junio, la ett me diò la nòmina en la q me descontaban el, 25% (mi sueldo era de 1.300 netos) de mi sueldo por concepto de irpf, me dijeron q este año al hacer la declaraciòn de la renta me lo iban a devolver, el problema es q mi sueldo no llega a 18.000 como para hacer declaraciòn, esta ett solo me retenìa el 2% de irpf, luego en la sigte me descontaban igual y en esta ùltima me descontaron el 8%. ¿debo pagar ò me tienen q devolver a mi? gracias.
4 admin // 27/06/2008 a las 11:57 pm
Hola janeth:
en primer lugar, me sorprende que te retuvieran el 25% de irpf, más bien creo que, según ese neto, se trataría más bien de un 15%.
En segundo lugar, aunque no te corresponda presentar la declaración, si te van a devolver, lo lógico es que la presentes (no entiendo muy bien tu postura).
El resto la verdad es que no lo entiendo, espero que alguien más te pueda ayudar.
Un cordial saludo.
5 María // 03/07/2008 a las 12:39 pm
Hola,
Es de gran utilidad este cometnario, pero en mi caso, despues de terminar mi relación laboral entre en el paro y a estos, creo que no se les puede pedir que te aumenten el irpf. No se si por lo que estoy leyendo tendría entonces que haber pedido un aumento de IRPF en la empresa A, que es con la que termine.
En la declaración del año pasado, tuve que pagar Hacienda 277€ ya que en el mismo año 2006 terminé la relación laboral con la empresa y además cobre paro durante seis meses, luego comence a trabajar con otra empresa pero ya para el año 2007 asi que este año me toco a devolver menos mal!! sólo 115€ que es menos de lo que me toco a pagar pero bueno no me quejo.
En el supuesto caso que terminara la relación laboral en estos momentos, cuánto debería pedir de aumento IRPF para que no me saliera a pagar? cómo lo calcularíamos?en estos momentos mi retención es de 4%.
Un saludo a todos y gracias
6 admin // 03/07/2008 a las 11:22 pm
Hola María,
en ese caso lo ideal es que te cojas el programa de Hacienda y te calcules el irpf que te corresponde teniendo en cuenta las cantidades ya percibidas y las retenciones que te han practicado en el anterior trabajo.
Pero es más fácil decir simplemente a la empresa a la que entres que te calcule el irpf por todo el año.
Un cordial saludo.
7 piedad // 29/09/2008 a las 11:49 pm
mi pregunta es la sigiente ,llevo 20 años trabajando con un contrato interino,en la seguridad social, y nos van adespedir alos interinos,mi pregunta es tengo derecho a indenizacion por este contrato . muchas gracias
8 Paloma // 30/09/2008 a las 1:58 pm
Estimado administrador,
Comentabas que para solicitar el nuevo irpf en la nueva empresa utilicemos el progrma de Hacienda. Mi pregunta es ¿exactamente donde puedo localizarlo y cómo se llama?
Un saludo
9 admin // 30/09/2008 a las 11:26 pm
Hola piedad,
me gustaría ayudarte, pero ignoro por completo el régimen de la función pública, suelo asesorar a empresas privadas, con lo que prefiero no meterme. Lo siento, espero que encuentres tu respuesta.
Un cordial saludo.
10 admin // 30/09/2008 a las 11:28 pm
Hola Paloma,
sí, escribimos un artículo sobre cómo descargarte el programa y utilizarlo. Te lo adjunto:
http://tusnominas.com/una-pequena-ayuda-para-calcular-tu-nuevo-irpf-2008-con-decimales
Espero que te sirva de ayuda.
Un saludo.
11 Andrés // 11/11/2008 a las 8:06 pm
Hola, espero me puedas ayudar
Hace un mes comencé a trabajar como camionero, mis ingresos en octubre han sido de 2.400€ y tengo una retención del 2%, ¿debo pedirle a la empresa me suba este porcentaje para no verme perjudicado al hacer la declaración de la renta?
Muchas gracias y un saludo
12 admin // 23/11/2008 a las 7:21 am
Hola Andrés,
en efecto, puedes solicitar a la empresa un irpf voluntario mayor. Ponte en contacto con tu empresa para saber de qué forma quieren que les hagas llegar la solicitud.
Un cordial saludo.
13 JUAN // 18/12/2008 a las 7:26 pm
Hola, he estado trabajando desde enero en la misma empresa, hasta el 24/07/2008 que me han despedido, tenia un sueldo neto de 1086 euros con un 8% de retencion,despues hasta final de año he estado cobrando del paro. Son los unicos ingresos que he tenido, no tengo vivienda, ni nada para desgravar. Alguien me puede decir mas o menos si me tocara pagar a hacienda, muchas gracias.
14 admin // 19/12/2008 a las 12:15 am
Hola JUAN,
dependera en gran parte de la retencion que te hayan practicado en el INEM. Si no te ha practicado ninguna, vas a tener que pagar. Tambien va a depender de lo que hayas ganado en total, si no has llegado a 9.000 euros anuales (aprox.) entre el trabajo y el paro, no te corresponderian retenciones.
Logicamente cuando te vas del trabajo tienen que regularizarte, sobre todo si se trata de un despido.
Un saludo.
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