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Una sencilla fórmula para hallar la fecha de baja de enfermedad a partir de un parte de confirmación

04/11/2008 · 2 Comentarios · Seguridad Social

Cuando el trabajador es dado de baja por enfermedad, el médico de la Seguridad Social que toma la decisión expide un parte de baja por triplicado. El trabajador ha de hacer llegar uno de esos partes a la empresa, que debe tenerlo en cuenta (como justificante, para el cálculo de nómina, y para su comunicación a la Seguridad Social). Tras este parte, a los 3 días se expide el primer parte de confirmación, y a partir de esta fecha cada siete días se expiden los siguientes partes de confirmación hasta la concesión del alta definitivo.

No es extraño sin embargo que el parte de baja se extravíe, sucede que el trabajador no lo entrega, lo pierde, e incluso puede que la empresa ni llegue a enterarse de que el trabajador no ha asistido a trabajar (sí!, sucede!). Mi caso emblemático fue el de un cliente que enviaba “paquetes” de partes cuando se acordaba, en esos paquetes a veces faltaba el más importante, el parte de baja, ¿con qué fecha proceso la baja en la nómina?. No es nada del otro mundo, se puede hacer de memoria, pero es mejor la ayuda de un pequeño fichero, tal y como se puede ver abajo.

Partiendo de la fecha de confirmación 4/11/08, y sabiendo que el parte es el número 9, podemos averiguar sin problemas cuál fue la fecha de la baja para el cálculo de la nómina. La fórmula es F10-(3+(7*8)), donde F10 es la fecha del parte de confirmación que conocemos y 8 el número de partes de confirmación semanales. No obstante, no dejes de pedir al cliente o al trabajador el parte de marras.

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2 comentarios hasta ahora ↓

  • 1 VERONICA // 14/11/2008 a las 2:49 pm

    BUENOS DÍAS:

    -ES LA 1ª VEZ QUE ENTRO EN SU PAGINA WEB Y ME GUSTARÍA QUE ME CONTESTARA A UNAS DUDAS QUE TENGO.
    TRABAJO EN UNA RESIDENCIA PRIVADA DE MAYORES COMO TRABAJADORA SOCIAL. MI CONTRATO ES DE MEDIA JORNADA (4 HORAS).

    UNA COMPAÑERA MIA, VA A DAR A LUZ Y YO VOY A CUBRIR SU BAJA MATERNAL. PERO MI COMPAÑERA TRABAJA MÁS HORAS QUE YO. MI DUDA ES: LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A CAMBIAR MI CONTRATO DE TRABAJO O ME TIENEN QUE HACER UNO NUEVO.

    GRACIAS Y UN SALUDO

  • 2 admin // 23/11/2008 a las 8:10 pm

    Hola VERÓNICA,

    van a hacerte un nuevo contrato (de sustitución por maternidad), sin embargo no es imprescindible que hagas la misma jornada que la sustituida.

    Un cordial saludo.

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